705 resultados para Lex
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Prix Lex Electronica
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Les « dispositions successorales spéciales » de la lex situs apportent une exception particulière au système unitaire de la loi applicable à la succession. Leur reconnaissance dans le récent Règlement du Parlement européen et du Conseil relatif à la compétence, la loi applicable, la reconnaissance et l'exécution des décisions, et l'acceptation et l'exécution des actes authentiques en matière de successions et à la création d'un certificat successoral européen du 4 juillet 2012 témoigne de l’importance et de l’actualité de cette prévision normative. L’exception trouve sa source dans l’article 15 de la Convention du 1er août 1989 sur la loi applicable aux successions à cause de mort, formule qui fut suivi par l’article 3099 al. 2 du Code civil du Québec. La conception originaire de la règle se situe à l’article 28 de la Loi d’introduction au Code civil allemand de 1896. Ces législations reconnaissent la nécessité de respecter certaines dérogations aux règles successorales ordinaires dont le contenu matériel justifie une rupture exceptionnelle de l’unité de la succession internationale. Ainsi, l’opposition traditionnelle entre le système scissionniste qui divise la loi applicable à la succession en fonction de la nature mobilière ou immobilière des biens et celui qui postule l’unité législative trouve dans le respect des « dispositions spéciales » de la lex rei sitae régissant certains biens de la succession un facteur conciliateur. Il s’agit de respecter un minimum normatif de la loi de l’État où sont situés certains biens de la succession malgré la compétence générale d’une lex successionis étrangère. Ce bloc normatif irréductible se présente comme un pont qui relie les deux solutions extrêmes dans une position intermédiaire où il n’y a plus de scission au sens classique du terme mais où l’unité est néanmoins brisée en raison de certaines considérations substantielles tirées de la destination des biens.
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la lex mercatoria como ordenamiento jurídico autónomo, creado y aplicado por la comunidad internacional de los comerciantes, como respuesta a sus necesidades y a la incapacidad de los ordenamientos jurídicos nacionales de responder con rapidez
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La mayor motivaci??n para aprender una segunda lengua o una lengua extranjera es lograr comunicarse con ella. Al hablar con personas cuyo idioma es diferente, lo que separa no es solamente un conjunto de normas gramaticales o de vocabulario, sino una concepci??n del mundo, en definitiva, una cultura. Para ser hablantes eficaces en la lengua que aprendemos hay que desarrollar una serie de competencias y habilidades que trascienden el plano estrictamente ling????stico. A trav??s del cine se puede desarrollar la competencia comunicativa y las sub-competencias que la componen, tal y como las define el Consejo de Europa en el Marco Com??n Europeo de Referencia para las lenguas: la competencia ling????stica, la competencia socioling????stica y la competencia pragm??tica. Estas sub-competencias ???en especial la socioling????stica y la pragm??tica??? est??n en relaci??n con la variaci??n cultural de los patrones comunicativos (en los que interviene tanto el lenguaje verbal como el no verbal), patrones o modelos que se reflejan de manera extraordinaria en el cine. Es por ello que las im??genes f??lmicas facilitan de manera excepcional la comprensi??n de los mensajes ling????sticos y culturales, al mostrar situaciones reales de uso del idioma al espectador. De acuerdo con estas consideraciones, los docentes de lenguas modernas en la actualidad tienen que apostar por el cine como una importante herramienta did??ctica. A partir de una de las pel??culas espa??olas m??s importantes de la ??ltima d??cada -La comunidad (2000, Alex de la Iglesia)- se centra la atenci??n en el potencial pedag??gico del cine.
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La presente Tesis, analiza como objetivo fundamental, la determinación de existencia de un derecho transnacional que supere las fronteras nacionales e internacionales, para ello pretende efectuar una distinción entre la antigua lex mercatoria medieval y la moderna lex mercatoria, utilizando la puntualización de sus características transnacionales, que forman parte del desarrollo en la historia del andamiaje jurídico, del variado y disperso Derecho Mercantil Internacional. El presente trabajo establece los principios en juego de las negociaciones comerciales internacionales, éstos contienen normas de derecho generales y de origen consuetudinario, se estudia el conjunto de usos y costumbres que se implementaron en la Edad Media, mismos que regían los actos de comercio, configurando la institución jurídica denominada “Lex Mercatoria”. Se investiga si la lex mercatoria, constituye una categoría jurídica a la par de las normas promulgadas por un órgano competente, si es un ordenamiento jurídico autónomo o la subordinación de ordenamientos jurídicos preexistentes, se efectúa un enfoque desde varias perspectivas, utilizando argumentos a favor y en contra, respecto al ámbito de válidez de la lex mercatoria. Un grupo de autores consideran a la “lex mercatoria” como nuevo derecho creado por particulares, para regir relaciones de Derecho Privado, otros la razonan, como una herramienta jurídica de apoyo a las legislaciones nacionales, para lo que se analizan las relaciones comerciales y convenios internacionales, basándonos en instrumentos definitivos por organizaciones internacionales. En conclusión la lex mercatoria, es una herramienta jurídica, que permite, por medio de las negociaciones transnacionales, el desarrollo de un derecho uniforme del comercio internacional, soporte de las legislaciones nacionales, sin descartar, que es un tercer derecho en estado de formación, que se vislumbra terminará de constituirse gracias al progreso de las relaciones económicos transnacionales.
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Open Source Communities and content-oriented projects (Creative Commons etc.) have reached a new level of economic and cultural significance in some areas of the Internet ecosystem. These communities have developed their own set of legal rules covering licensing issues, intellectual property management, project governance rules etc. Typical Open Source licenses and project rules are written without any reference to national law. This paper considers the question whether these license contracts and other legal rules are to be qualified as a lex mercatoria (or lex informatica) of these communities.