1000 resultados para Decreto de 9 de septiembre de 1861
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El jardín protagonista del Decreto que se transcribe a continuación es el que constituye el jardín artístico del Parque de la Concepción de Málaga, que databa de mediados del siglo XIX y que fue formado a expensas de los Marqueses de la Casa Loring, que hicieron traer de África todo tipo de ejemplares de plantas exóticas para poblar aquellos jardines. Su estructura formaba un conjunto de alamedas, serpenteantes senderos, estanques, cascadas, puentes rústicos, grutas, praderas, invernaderos, glorietas, y todo tipo de elementos al servicio de la naturaleza que lo hacían único en su especie, por lo que las autoridades competentes decidieron protegerlo y que su tutela pasara a manos del Ministerio de Educación Nacional.
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Por el presente Decreto se declaraba jardín artístico el 'Carmen' de los Mártires de Granada por ser una de las fincas más importantes de Andalucía, por su belleza, encanto interior y situación dominando el paisaje granadino. Se trataba de un conjunto que recogía tradiciones moriscas y renacentistas, repartiéndose su extensión en bosque, con arroyos, estanques y terrazas.
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Transcripción del Decreto de septiembre de 1943 por el que se declaraba monumento histórico-artístico la antigua Casa del Cabildo de Jerez de la Frontera en Cádiz, edificio de estilo plateresco formado por dos salones cubiertos de bóvedas decoradas y construido en 1575 por Andrés de Ribera, Martín de Oliva y Bartolomé Sánchez.
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La importancia histórica del Puente de San Miguel de Jaca, en Huesca, por su valor como muestra de arquitectura civil de la época y por su historia, al tratarse éste de un puente que servía de acceso a los peregrinos que procedían del otro lado de los Pirineos y que caminaban hacia Santiago de Compostela, le hacen merecedor de la protección y tutela del Ministerio de Educación Nacional bajo este Decreto.
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'La Dehesa', situado en la ciudad de Gerona, comenzó a construirse en el siglo XIX, constituyéndose así el llamado 'Jardín Antiguo'. Seguidamente, en el siglo XX, se unió a otro segundo jardín y se les añadió la avenida de los plátanos, formando todo un conjunto que se extendía entre los cauces de los ríos Ter y Güell y que por sus características sobresalientes, se consideró digno de protección y quedó su tutela bajo el Ministerio de Educación Nacional como este Decreto dictamina.
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Transcripción del Decreto por el que se declaraba monumento histórico-artístico a la Torre de Ercilla, en Bermeo, Vizcaya, por ser ésta una fortaleza señorial cuyo conjunto destacaba por encima de la arquitectura de la ciudad, por lo que se decidió proteger y poner bajo tutela del Ministerio de Educación Nacional.
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Debido a las características arquitectónicas tan notables que poseía la Iglesia de Santa María del Palacio en Logroño, cuya construcción se situaba en torno al románico-ojival y que después fue transformada en los siglos XVI y XVIII, se firmó este Decreto que protegía dicha construcción y además, la ponía bajo tutela del Ministerio de Educación Nacional.
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Transcripción del Decreto por el que la Educación Física pasaba a ser una asignatura obligatoria tanto en las Facultades Universitarias como en los Centros de Enseñanza Superior Técnica. Este Decreto dejaba constancia de la obligatoriedad de la gimnasia educativa o la práctica de algún deporte como una materia de enseñanza más en las carreras de Ingeniería Industrial, Agrónomos, Minas, Montes, Navales, Arquitectura y Estudios Mercantiles. Quedaba además constituida la Inspección Nacional de Educación Física, que serviría como órgano de dirección y coordinación de los servicios de Educación Física.
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Transcripción del Decreto mediante el que se definen las características de la Real Academia de Farmacia; se establecen los fines de investigación y estudio de las ciencias farmacéuticas; los miembros de los que consta la Academia, nacionales, extranjeros, numerarios, académicos de honor, etc.; la forma de elección de los miembros; cómo pueden ser nombrados académicos de honor; la forma de proveer vacantes de los académicos de número; la forma de tomar posesión los académicos electos; la organización de su Junta de Gobierno y la asignación y organización de presupuestos en la Real Academia de Farmacia.
Resumo:
Decreto por el que se establece que la Real Academia de Farmacia tenga como fines la investigación y el estudio de las ciencias farmacéuticas y el asesoramiento, cuando lo soliciten, de los Organismos del Estado en las materias de su especialidad. Constaría de cuarenta académicos numerarios, de académicos correspondientes nacionales o extranjeros y de académicos de honor, cuyos nombramientos y características, se articulan en esta legislación.
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Resumen basado en el de la publicación.