50 resultados para DESPIDO INTEMPESTIVO


Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Dissertação apresentada para cumprimento dos requisitos necessários à obtenção do grau de Mestre em Línguas, Literaturas e Culturas,

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

O autor diz que, de outubro de 1941 a dezembro de 1943, insulou numerosos fungos patogênicos de lesões as mais variadas. Obteve culturas puras de 5 casos de Rinocladiose, 3 de Moléstia de Lutz, apurou um Actinomyces minutissimus, 2 de Malassezia furfur e 2 Actinomyces, ainda em estudos, etc. Uma das observações de Esporotricose merece referência especial. Tratava-se de um indivíduo, morador em Governador Valadares, que apresentava uma lesão gomosa, nodular e verrucóide, fistulosa, localizada na região umbilical, provocada pela dentada de um peixe, de espécie ignorada, que atacou o paciente quando êste se banhava, completamente despido, nas águas do Rio Doce. O ponto da dentada sangrou ligeiramente e pouco depois começavam a aparecer os nódulos, que se sucederam progressivamente sem perturbar o estado geral do paciente. As sementeiras do pus de uma dessas gomas deram culturas puras do Rhinocladium Beurmanni, única espécie que o autor até hoje insulou, em 55 casos de Esporotricose em Minas Gerais. O autor já havia registrado a moléstia pela dentada de ratos, pelos ferimentos de espinhos de roseiras, pedaços de madeira, facas de cozinha, marteladas etc. Pensa, porém, que a moléstia produzida pela dentada de peixe é a primeira vez que se faz referência na literatura. Referiu-se depois o autor aos casos de Otomicoses que lhe chegaram às mãos em 1942, no serviço do Prof. ILDEU DUARTE. Dá o resumo das observações e concluiu que se tratava de lesões produzidas pelo Aspergillus fumigatus de FRESENIUS, 1841, de acôrdo com as lesões histopatológicas e as culturas que obteve.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

En sus inicios, la huelga como tal, era considerada jurídicamente como un delito o como una libertad, pero no como un derecho, y así, se mantuvo durante muchos años. En una primera etapa, común en los ordenamientos jurídicos europeos del S. XIX, la huelga no fue admitida como un fenómeno de protesta lícito, por su origen y desarrollo claramente colectivo, consti-tuyendo de forma clara un atentado a los principios de la concepción individualista de la rela-ción laboral; de ahí que fuese reprimida enérgicamente por la vía penal al ser considerada un delito. En una segunda etapa, encontramos primero que se toleró a medida que las conciencias políticas y sus nuevas ideas entendieron que el fenómeno era imparable, con lo que a pesar de existir normas penales que prohibían y castigaban esas manifestaciones colectivas de trabaja-dores no se hacía uso de la represión. Más tarde se aceptó abiertamente pero no se reguló, lo que dio lugar a que al ser calificada la conducta del trabajador como una falta voluntaria de asistencia al trabajo, pudiese ser reprimida por el empresario y así justificar su despido por incumplimiento contractual, es decir, la huelga como libertad individual jugaba exclusivamen-te en el marco de la relación laboral individual de trabajo, pudiendo provocar, si esa era la decisión del patrono, la ruptura del contrato. No había excusa, en este supuesto, dado que la orden sindical de ir a la huelga no cambió la naturaleza del acto del trabajador, que, como se ha dicho anteriormente, representaba un incumplimiento de la obligación contractual

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El actual debate sobre la reforma laboral pendiente en España se centra demasiado en el abaratamiento del despido o las modalidades de contratación como únicas formas de flexibilizar el mercado de trabajo. Este tipo de propuestas, además, choca con la percepción de una fuerte pérdida de seguridad de los trabajadores. En este trabajo nos planteamos cómo conciliar una mayor flexibilidad del mercado laboral sin una pérdida de la seguridad de los trabajadores. Para hacerlo revisamos qué sugiere la teoría, con qué evidencia empírica contamos y cuáles son las experiencias internacionales de las que podemos aprender para así poder hacer planteamientos serios de reformas laborales basados en evidencias y no en ocurrencias. Finalmente proponemos una línea de trabajo de la reforma del mercado de trabajo que no renuncia ni a la mejora de la flexibilidad ni a asegurar el empleo de los trabajadores.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Gestión del conocimiento

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. A partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política de prevención del daño antijurídico en relación con el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico gozan de una especial protección constitucional. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. El problema jurídico a resolver con el presente trabajo se plantea a partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política para la prevención del daño antijurídico por el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico, gozan de una especial protección constitucional o legal. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Algunos de los efectos ambientales y sociales que se pueden apreciar luego del cierre de una mina son la desaparición de acuíferos, la existencia de aguas superficiales contaminadas con sustancias químicas y la afectación a la salud de las personas que viven cerca de minas abandonadas. Esta investigación busca analizar los principales aspectos jurídicos relacionados con la terminación y cierre definitivo de la operación minera desde el punto de vista social y ambiental. Para ello, se presentan los principales efectos ambientales y sociales de ésta terminación; se mencionan los aspectos jurídicos más relevantes del contrato de concesión minera y de la licencia ambiental; se exponen las obligaciones jurídicas que están a cargo tanto del concesionario minero como de las autoridades competentes respecto del cierre de la mina y el papel que asumen los entes de control frente a la terminación y cierre de la mina. Así mismo, se hace un breve análisis de derecho comparado de la regulación en España y Estados Unidos sobre éste tema. Finalmente, se presentan los resultados de la revisión de los expedientes administrativos que fueron proporcionados por la Agencia Nacional de Minería, en los cuales se determina la aplicación y cumplimiento en la práctica de estas obligaciones jurídicas del concesionario minero al término del contrato. Con base a los resultados obtenidos, se puede concluir, en primer lugar, que las obligaciones a cargo de los concesionarios mineros no están claras por parte de la regulación minera y ambiental; en segundo lugar, que la regulación en cuanto al cierre de minas en España y Estados Unidos es más ordenada, completa y específica y; en tercer lugar, en relación con los expedientes analizados, se puede observar que los concesionarios y las autoridades competentes no están cumpliendo sus respectivas obligaciones.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Se aborda la polémica suscitada entorno a los despidos de varias profesoras de Religión por orden de sus respectivos obispados. Se describe cada caso, las razones aducidad por las autoridades eclesiásticas y las actuaciones judiciales de respuesta. Se trata de un conflicto de competencias Iglesia-Estado que ha generado mucha expectación pública. Se aportan diversas opiniones de personalidades y periodistas que aparecieron en los medios de comunicación escritos a raíz del conflicto.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Analiza el r??gimen contractual de los profesores de religi??n cuyo principal problema reside en la convivencia de dos elementos aut??nomos que son incompatibles en un mismo tipo contractual. Por un lado, la intervenci??n activa y decisiva de la Iglesia Cat??lica en el proceso de contrataci??n y despido y por otro la configuraci??n del Estado como empleador de este colectivo docente. Finalmente propone una soluci??n ante este problema.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Realiza un análisis de la autonomía organizativa del centro en cuestiones de recursos humanos y de financiación. Puede dividirse en tres puntos, primero habla sobre la limitación de autonomía en los centros. En un segundo punto trata la autonomía de los centros en la organización de recursos humanos, o sea, todo lo referente a contratación y despido de profesorado, oferta educativa, titulaciones y especialización de los docentes, y las ratios profesor/alumno, profesor/unidad. Por ultimo se centra en la autonomía de la financiación del centro, tratando las cuestiones de cómo se ve reflejado en el concierto educativo, la financiación por concierto y las actividades y servicios complementarios u otros ingresos del centro.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

I.-Desvelar cómo vive la mujer su desarrollo profesional, laboral y personal, su dedicación a éstas tareas, y cómo se la puede apoyar convenientemente en su desarrollo, a partir de las pertinentes y convenientes actuaciones en Formación del Profesorado.II.-Analizar las variables que conviene considerar a la hora de plantearse la Formación, tanto Inicial como Continuada, de las Maestras de Educación Infantil. Muestra representativa de 286 docentes de Educación Infantil, de una población total de 755 en toda la geografía Navarra: urbana y rural. Una vez clarificado el tema de análisis a nivel teórico, se procede a elaborar un cuestionario que se pasa a la muestra.Cada cuestionario va acompañado de una entrevista personal clarificadora en relación a los contenidos del cuestionario y a las diferentes percepciones sobre el tema. El cuestionario consta de 154 ítems, y al igual que la entrevista, pretende conseguir información acerca de problemas de salud físico-psíquicos, de desarrollo personal, social y profesional. I.-Constituyen un colectivo poco dinámico ( la edad tardía de jubilación, está prácticamente cerrada la oferta de empleo público.. ). II.-Profesionales con sobrecarga de trabajo ( falta de tiempo para la realización de tareas profesionales y domésticas ). III.-Tienen sentimientos de satisfacción por las prestaciones que tienen por su trabajo ( sueldo fijo, no tener riesgo de despido, largas vacaciones, acceso fácil a créditos bancarios.. ). IV.-En cuanto a la Formación Inicial, la mayoría de las maestras en activo se han formado siguiendo planes de estudio anteriores a 1990. Este aspecto es importante a la hora de diseñar los planes de Formación Permanente. V.-Es alta la participación de las maestras de Educación Infantil en actividades de Formación Permanente planificadas por la Administración Educativa. VI.-A la hora de formar los equipos docentes, se evidencia la no existencia de colaboración entre los profesionales. No se ha vencido todavía el aislamiento profesional. VII.-Las variables a tener en cuenta para dar salida positiva a estas cuestiones son: las profesionales (mujeres), el contexto, la evolución del conocimiento, estrategias de enseñanza, cultura de colaboración, el proceso de cambio y el valor moral de la educación.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

En los próximos veinte años las conciencias de los profesores empezarán a debilitarse al faltarles la satisfacción en el trabajo el nivel de la conciencia práctica. La comprensión que aquí describimos podría amenazar la continuidad del control social, las funciones reproductoras y legitimadoras de la enseñanza. Cuando la insatisfacción de los profesores saque a la luz su insatisfacción en el nivel discursivo, se producirá un serio desafío a la rutinización de la enseñanza. La consecuencia será mayor posibilidad de cambio, pero es difícil saber hasta que punto es compartida esta conciencia discursiva por los profesores y podrá abrir nuevas expectativas. La necesidad que sienten los profesores de que se les confirmen sus recetas rutinizadas para la supervivencia puede entenderse como necesidad de una continua reproducción de las actividades establecidas que es tranquilizadora y a través de la cual se contienen los efectos especialmente corrosivos de la ansiedad. La necesidad surge de la experiencia de la enseñanza cotidianamente vivida. Los intentos por parte de la administración pública británica para ejercer un mayor control sobre el currículo, los exámenes, el contenido de la formación del profesorado y la contratación y despido de los profesores pueden considerarse como los primeros disparos de dicho conflicto.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El presente estudio busca evidenciar la ruptura existente entre los principios, derechos y garantías relativos al trabajo, consagrados tanto en la Constitución Política de la República, como en acuerdos y convenios internacionales suscritos por el Ecuador, por una parte; y por otra, la legislación secundaria que ha sido expedida en nuestro país desde inicios de los años 90, a espaldas de la Constitución, restringiendo en la práctica derechos y garantías laborales, por lo cual en algunos casos, incluso, ha sido declarada inconstitucional. Este proceso de reducción de derechos y garantías laborales –vía normativa secundaria– se justifica, según sus defensores, en los supuestos de que el trabajo es un bien escaso que debe ser distribuido de mejor manera, y de que es necesario reformar el rígido esquema laboral del país, para poder agilitar la contratación y despido de la mano de obra, dejando que operen las fuerzas del mercado; además, se aduce que los principios de tutela y continuidad de la relación laboral son un óbice en la generación de empleo y para atraer la inversión extranjera. Así, se pretende "tornar más competitiva" la producción nacional, para que el Ecuador se inserte en la economía mundial globalizada. Sin embargo, este ensayo evidencia que la reducción de derechos y garantías laborales no genera los efectos anotados; por el contrario, agudiza la brecha entre pobres y ricos, pudiendo generar graves estallidos sociales.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El presente trabajo tiene por finalidad evidenciar la ruptura existente entre los principios, derechos y garantías relativos al trabajo que consagra tanto la Constitución Política de la República, como acuerdos y convenios internacionales, por una parte; y, por otra, la legislación secundaria que ha sido expedida en el Ecuador desde inicios de los años 90, a espaldas de la Constitución y, que en la práctica restringen derechos y garantías laborales, por lo cual, en muchos casos han sido declaradas inconstitucionales. Este proceso de reducción de derechos y garantías laborales se justifica, según su defensores, en el supuesto de que el trabajo es un bien escaso que debe ser distribuirlo mejor manera; y, que es necesario reformar el rígido esquema laboral para poder agilitar la contratación y despido de la mano de obra, dejando que operen las fuerzas del mercado, pues, según ellos, los principios de tutela y continuidad de la relación laboral son un óbice en la generación de empleo y para atraer inversión extranjera; pretendiendo, de esta forma, volver más competitiva a la producción nacional, para que el País se inserte en la economía mundial globalizada. Sin embrago, se ha podido evidenciar que la reducción de derechos y garantías laborales no genera estos efectos, por el contrario, agudiza la brecha entre pobres y ricos, pudiendo generar estallidos sociales.