999 resultados para DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
Resumo:
Perspectiva criminológica de análisis de los elementos, la jurisprudencia penal y la doctrina científica de diversos tipos penales regulados en el Derecho penal positivo, en este caso, de los delitos de agresión sexual, abuso sexual y acoso sexual. En la actualidad son múltiples las noticias que dan a conocer supuestos de agresiones sexuales, destacando al respecto que técnicamente existe agresión sexual (que puede manifestarse de múltiples formas) cuando se atenta, con violencia e intimidación, contra la libertad sexual de una persona.
Resumo:
Mode of access: Internet.
Resumo:
La recent qualificació de certs comportaments en la conducció de vehicles, amb conseqüències letals i indesitjables per a les víctimes, com a conductes delictives ha impactat de manera notable en la reducció de la freqüència i la gravetat d'aquestes conductes. La gestió i la intervenció juridicopenal amb aquests nous tipus d'infractors requereix conèixer les seves característiques individuals psicològiques i criminològiques que els fan especialment susceptibles de reincidir en el futur en aquests tipus delictius. L'objectiu d'aquest treball era avaluar les possibles diferències actitudinals i de personalitat entre un grup de condemnats per delictes contra la seguretat del trànsit, que estaven seguint una MPA, i un grup de controls. Es van seleccionar dues mostres de conductors, infractors i no-infractors, i es van avaluar mitjançant el NEO-FFI i el JI-R simultàniament. Els resultats indiquen que, respecte a les actituds antisocials, els membres del grup d'infractors mostren més actituds antisocials en general que els del grup control. Els infractors de trànsit mostren actituds antisocials compartides amb d'altres delinqüents. Tanmateix, en relació amb el segon objectiu de l'estudi, no es van detectar diferències significatives respecte a la personalitat entre els dos grups. És important ressenyar que la combinació de les mesures de personalitat i actitudinals emprades en aquest estudi permet classificar els conductors amb un bon nivell de precisió en les categories de presència/absència d'una condemna judicial per delicte de trànsit. Cal remarcar la necessitat d'un estudi més ampli i perllongat en el temps per tal de replicar aquests resultats i especialment verificar el seu efecte en la reincidència a un any, ja que en aquesta mostra no hem pogut contrastar-ho.
Resumo:
Com a conseqüència dels canvis legislatius introduïts en el Codi penal i l’augment de la població penitenciària per delictes contra la seguretat de trànsit, s’ha elaborat i implementat el programa CONTE (Conducció Temerària) en el Centre Penitenciari d’Homes de Barcelona. Des de la seva implementació a l’abril del 2008, 93 interns han participat en el programa en onze edicions. El programa té una durada d’un mes, amb 16 sessions, quatre setmanals d’una hora i mitja cadascuna. Es descriu el contingut i objectiu de les sessions. Els interns que han participat han manifestat la seva satisfacció amb el programa. En un futur caldria establir mesures per avaluar l’eficàcia d’aquest tipus de programes.
Resumo:
UANL
Resumo:
Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.
Resumo:
Esta monografía busca analizar la eficacia de la cooperación de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) con el Estado colombiano en la lucha contra la trata de niños, niñas y adolescentes (NNA) en el periodo comprendido entre 2000 y 2007. Por un lado, se contextualiza el fenómeno de la trata de personas (TP), en especial de NNA tanto en Colombia como a escala mundial durante el periodo de 2000 a 2007; por otra, se define y analiza la cooperación internacional (CI) en el marco de dos teorías de las relaciones internacionales, a saber el la Interdependencia Compleja y el Neoliberalismo Institucional; por otra parte, se analiza la cooperación técnica de la OIM y la UNODC con el Estado colombiano en la lucha contra la trata de NNA en dicho periodo, se precisan sus alcances y se formulan aportes y recomendaciones para incrementar la CI.
Resumo:
En el presente trabajo final, nos dispondremos a presentar un análisis de las distintas herramientas jurídicas en nuestro ordenamiento normativo, que son utilizadas para enfrentar la corrupción administrativa que se presenta en los procesos de contratación estatal en nuestro país.
Resumo:
[ES]Si en España se cometieron delitos contra la Humanidad durante la Guerra Civil, y luego en el Franquismo, fue gracias a la aportación teórica de Vallejo Nágera. Sus investigaciones eugenésicas fueron financiadas y alentadas por el Gobierno de Franco. Sus teorías sustentaron la comisión de atroces delitos que repugnan a la conciencia de la Humanidad. De manera organizada y sistemática, miles de bebés y niños fueron sustraídos y separados de sus familias, todas en el bando de los vencidos de la Guerra. Fueron entregados a la red asistencial del Estado y a familias adeptas al Régimen. Hoy tales hechos constituirían un delito de lesa humanidad. Al tiempo de su comisión, su calificación jurídica es más compleja.
Resumo:
Los delitos contra la propiedad industrial e intelectual por sus especiales particularidades constituyen junto con los delitos informáticos, uno de los delitos cuyas formas de manifestación, comisión y desarrollo presentan una mayor evolución al estar directamente relacionadas con el propio desarrollo y el de la tecnología y ser por lo tanto éste un mecanismo imprescindible para su existencia. Así la revolución digital y avances en tecnología han removido los cimientos de las formas tradicionales de cometer algunos delitos como son los casos de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial. En este sentido los derechos de propiedad intelectual e industrial son una fuente lucrativa para los grupos delictivos organizados y un medio fácil y de poco coste para la obtención de importantes beneficios económicos y con menor riesgo de castigo. Por otro la especial idiosincrasia de las localidades de esta comunidad autónoma, grandes urbes como la ciudad de Barcelona y largas zonas de playas, turismo, buenas comunicaciones, gran afluencia de población y movilidad de la misma, determina que este tipo de delitos y algunas de sus manifestaciones más visibles como el denominado fenómeno del Top manta tenga una especial relevancia e importancia que afecta sustantivamente a todos nuestros municipios. A ello debe unirse un elemento determinante para su proliferación como es el hecho del gran número de población inmigrante, en situación de necesidad que accede al desarrollo de esta actividad como único medio para obtención de ingresos ante la imposibilidad de acceder a otro medio laboral por encontrarse irregularmente en nuestro país, carecer de formación, desconocer el idioma, etc.
Resumo:
Resumen basado en el de la publicación
Resumo:
La tasa de reincidencia general de la muestra objeto de estudio asciende al 23,8% . El tipo de delito por el que reinciden con mayor frecuencia corresponde a delitos contra la propiedad, pero cada vez hay más delitos contra la seguridad vial, lo que explica el alto porcentaje de multas. El porcentaje de reincidencia más alto se dio entre los menores de régimen semiabierto, obviamente mayor que entre los de libertad vigilada, pero curiosamente también mayor que los de régimen cerrado. Los menores con medidas diferentes tienen perfiles psicológicos distintos. Las variables con mayor capacidad para predecir la reincidencia de los menores, entre las estudiadas, son la conducta institucional y la actitud antisocial. La motivación hacia la formación y la orientación al futuro se relacionan con la asistencia al programa pero no alcanzan la significación estadística. El PPS-VCJ tuvo efecto sobre la conducta institucional y la actitud antisocial pero no alcanzan la significación estadística respecto a la reincidencia. La mayor dificultad encontrada por los profesionales que aplican el programa es el solapamiento con las actividades programas por el centro. Como conclusiones del segundo estudio se puede decir que los delincuentes con antecedentes tienden a mostrar un mayor Fatalismo y Búsqueda de sensaciones y una menor Auto-regulación, así como una menor motivación y puntuaciones más altas en los estilos de pensamiento criminal. Los estilos de pensamiento criminal permiten diferenciar entre delincuentes violentos y no violentos. Los participantes con antecedentes violentos o que cumplen condenas por delitos violentos muestran una conducta institucional más disruptiva que los que no violentos. Los participantes con antecedentes y que han cometido delitos violentos puntúan más alto en psicopatía, estilo de vida criminal y factores de riesgo. A medida que el nivel de riesgo es mayor, el estilo de vida es más criminal y la puntuación en psicopatía más alta. El nivel de riesgo se relaciona con las actitudes ante la vida, la motivación y los estilos de pensamiento criminal. Como aportaciones, se pueden reseñar que esta investigación se ha realizado incorporando principios teóricos y empíricos provenientes del RNR y del GLM y que los resultados muestran que los factores de riesgo y los factores motivacionales se relacionan entre sí. En segundo lugar, los resultados del PPS-VCJ han mostrado que la falta de integridad, la escasa asistencia a las sesiones de una parte de los menores, condicionan los resultados de su aplicación. Ello refuerza la idea de Hollin (2008) cuando señala que para que una intervención tanto con menores como con adultos, sea eficaz no sólo ha de poseer las características que se desprenden de la investigación científica sino que ha de ser aplicada con integridad. Tal y como señaló Andrews (2006) , de lo que se trata es que la intención de tratamiento de los responsables políticos y de gestión y el tratamiento recibido por los usuarios sean una misma cosa. Por último, señalar que en esta tesis se ha visto que aquellos jóvenes más capaces de mirar al futuro se implican con más frecuencia en conductas que, de persistir en el tiempo, les ayudarían a no reincidir. Asimismo, los adultos privados de libertad durante períodos largos, prescinden del tiempo, y se muestran mayoritariamente más auto-regulados. Son los que puntúan más en riesgo los que se muestran más fatalistas y más propensos a la búsqueda de sensaciones.