999 resultados para RÉGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADO DEL ECUADOR, RISE
Resumo:
Sumario: Introducción. I. La constitución ecuatoriana del 2008 y la centralidad de los derechos fundamentales. II. El sumak kawsay y la filosofía andina. 1. La relacionalidad. 2. La correspondencia. 3. La complementariedad. III. Los paradigmas de la salud. 1. La salud como mercancía. 2. La salud integral desde la interculturalidad. IV. El derecho a la salud en la Constitución ecuatoriana. 1. Naturaleza de los derechos. 2. Los derechos del buen vivir. 3. El régimen del buen vivir. 4. Las garantías. Bibliografía.
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La tesis estudia el proceso de construcción del arte como noción moderna en el Ecuador aproximadamente entre 1850 y 1925. Este proceso consistió en el desarrollo inicial de formas modernas de teorización, instituciones de estímulo, de formación, de valoración y de legitimación del arte, así como de la producción artística misma. El argumento central de la tesis es que fue un proyecto que siguió la lógica de la modernidad, que se erigió a costa de excluir o minimizar a otras nociones y prácticas artísticas, como la producción de las minorías, y, con ello, conservó patrones de colonización del conocimiento. Se parte de entender el arte como una construcción social que, sin embargo, como otras disciplinas y formas de conocimiento nacidas en la modernidad, fue imaginada como un universal abstracto. El análisis del tema desde las geopolíticas del conocimiento muestra que la universalización de la noción de arte ocultó su lugar de enunciación y la convirtió en la única legítima, desplazando a un lugar de subalternidad a otras nociones y a otras prácticas artísticas. Ello demuestra que el proyecto moderno era también colonial, pues funcionó a través de dualidades, oposiciones, inclusiones y exclusiones. En la tesis se conecta este proyecto de modernidad/colonialidad del arte con los procesos de construcción del Ecuador como un Estado-nación moderno que busca incorporarse al proyecto civilizatorio, progresista y modernizador con el fin de legitimarse en el escenario mundial. Así, tanto el encumbramiento del arte como institución moderna, como las imágenes que se produjeron, representaron las metas y contradicciones de este proyecto. En forma la pintura de comienzos del siglo XX era moderna, en tema representaba la población indígena como su opuesto: fija en el tiempo y en el espacio, neutralizada simbólicamente como actor social en la sociedad moderna.
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El presente artículo presenta un análisis del régimen vigente en materia de la inversión privada extranjera, partiendo de las disposiciones pertinentes incorporadas en el código orgánico de la Producción, comercio e Inversiones (dic. 2010), cotejando las mismas frente a los preceptos establecidos por la constitución de la República del Ecuador relativos al sistema económico y otros ámbitos pertinentes. La evaluación se complementa contrastando las disposiciones legales de reciente vigencia, a los criterios de consistencia de los correspondientes lineamientos del esquema de planificación gubernamental y a varios principios del sistema de reglas internacionales sobre la inversión. Se aportan, finalmente, conclusiones sobre probables líneas de ajuste normativo futuras, resultantes de dicho proceso de comparación analítica.
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Este trabajo tiene como objetivo presentar al lector una investigación sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre el De recho del Mar (CONVEMAR) y, en especial, sobre la frontera marítima que comparte el Ecuador con sus tres vecinos. El texto presenta un análisis cronológico y cualitativo sobre la evolución del Derecho del Mar, su aplicación y límites, teniendo como referentes a la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 1982, cuando se cristaliza su consolidación en un cuerpo normativo claro, y la Convención de las Naciones sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR o UNCLOS, en inglés), de 1994, cuando se inicia su vigencia y utilización. También aborda la situación de las islas Galápagos y la incidencia en temas jurisdiccionales, ambientales y de reconocimiento de la membresía del Ecuador en la CONVEMAR. Otro de los pilares de la investigación propuesto en este análisis es la delimitación de la frontera marítima, específicamente con el Perú, vecino país del Sur del Ecuador. Para esto se analizan cuáles son los discursos y visiones de los países en cuestión, realidades cartográficas, aceptaciones tácitas y acciones de reconocimiento de la frontera delimitada por la latitud 3°23”33,96” S.
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Desde la evolución de las distintas técnicas mercantiles basadas en el intercambio de productos para la subsistencia, el tema del riesgo se ha visto como un elemento determinante para el comercio. En el comercio internacional, debido a sus características, resulta fundamental establecer el momento de la transmisión del riesgo, puesto que es clave para determinar responsabilidades en caso de que un acontecimiento inesperado devenga en pérdida o deterioro de la mercadería. Este tipo de comercio generalmente se realiza entre partes pertenecientes a distintos Estados, sujetas a regímenes jurídicos distintos, y son justamente estas diferencias la principal causa de los problemas y vacíos al momento de establecer responsabilidades, derechos y obligaciones de las partes contratantes. Por ende, la determinación de un régimen de transmisión del riesgo representa uno de los elementos más importantes dentro de la compraventa internacional de mercaderías. Este trabajo estudia el régimen de transmisión del riesgo aplicable a los contratos de compraventa internacional de mercaderías, realiza un análisis de las convenciones que rigen la materia, la legislación ecuatoriana y el derecho comparado, y examina el régimen de transmisión del riesgo previsto en los Incoterms 2000, así como su validez y eficacia. Finalmente, expone la autosuficiencia contractual y la autonomía de la voluntad, como nociones o herramientas para solucionar los problemas de transmisión del riesgo.
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La evasión fiscal es una conducta ajena y violatoria a las disposiciones legales tributarias del Ecuador, por lo cual es importante realizar una investigación de las causales que dan origen a la misma y de las herramientas destinadas a combatirla, en busca de una sociedad más justa y equitativa; así mismo, a pesar de que la elusión no es un delito, no deja de ser una práctica inmoral e ilegítima que también debe ser enfrentada. Tanto la elusión como la evasión, afectan gravemente a una nación cuyo presupuesto depende principalmente de los ingresos ordinarios tributarios, produciéndose una insuficiencia de fondos en la economía ecuatoriana. En tal sentido, los planes de acción y esfuerzos realizados por la Administración Tributaria, buscan determinar estos índices a través de las auditorías tributarias, los cruces de información con respecto a anexos transaccionales, el registro de declaraciones efectuadas y comparación de las mismas en referencia al mismo sector y en varios períodos de tiempo. Por ello, a lo largo de esta investigación, se ha realizado el análisis de las principales causas y consecuencias de la elusión y evasión fiscal del impuesto a la renta por parte de las sociedades en el Ecuador y se han planteado medidas para combatirlas, partiendo de la situación actual existente. Se desarrollaron tres capítulos para el estudio de este tema; el capítulo uno expone detalles del sistema impositivo ecuatoriano, el impuesto a la renta de las sociedades y los principales aspectos de la administración tributaria. En el capítulo dos se definen la elusión y la evasión, así como sus principales características, causas y consecuencias, se analiza la recaudación de los últimos años. El capítulo tres evalúa la situación actual y plantea una propuesta para mejorar el tratamiento a la elusión y evasión fiscal en el Ecuador, y finalmente concluye y recomienda el tema de investigación planteado.
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El presente trabajo académico tiene como objetivo determinar cuáles son los presupuestos jurídicos de la punibilidad en el marco de la Constitución de la República de Ecuador del año 2008, a propósito de la entrada en vigencia de un nuevo régimen penal en el Ecuador suscitado por la inminente expedición de la ley del Código Orgánico Integral Penal. Es decir que, dentro del régimen garantista que ha sido dibujado por los constituyentes, podamos establecer cuándo el Estado está en capacidad de sancionar penalmente a una persona. En principio nos ocuparemos de justificar la necesidad de la ley penal, y estableceremos los principios constitucionales que marcan el camino del legislador a la hora de dictar el nuevo régimen penal. Posteriormente, fundamentado en la dogmática penal, desarrollaremos una teoría del delito acorde a lo que corresponde a un estado democrático. Finalmente, más allá de ser un trabajo descriptivo, un deber ser, este trabajo pretende elaborar un análisis crítico de lo que puede ser el nuevo régimen penal, examinando las categorías dogmáticas del delito paralelamente con el último borrador disponible del Código Orgánico Integral Penal.
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La curiosidad académica y la preocupación política que guía esta investigación se resume en la siguiente pregunta: ¿Cuál es el modelo de Estado y proyecto político al que apunta el proceso de transición, iniciado luego de la aprobación de la Constitución 2008? Esta pregunta presupone que la transición no necesariamente traerá como resultado la concreción del Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, proclamado constitucionalmente. Para responder esta pregunta, esta investigación analiza la transición, entendida como momento refundacional, tanto en términos institucionales como normativos, circunscribiéndola al período que se inicia con la aprobación de la nueva Constitución (septiembre de 2008) y que se cierra con la integración definitiva del CPPCS (marzo 2010). El ensayo concluye que las decisiones excepcionales que se tomaron en los momentos críticos del proceso de transición, lejos de responder a una aplicación directa de los principios y normas de la Constitución 2008, respondieron conscientemente a la lógica de los plenos poderes que asumió la Asamblea Constituyente. Este es, sin duda, un mal síntoma y un enorme riesgo. Si bien no determina inexorablemente el resultado final del proceso, sí indica claramente que la transición estuvo desde el inicio marcada por una lógica de excepcionalidad política; hecho que institucionaliza dicha excepcionalidad y pone en riesgo todo el andamiaje constitucional. En suma, este texto demuestra que en la fase inicial de la transición avanzó hacia desbancar los rasgos liberales del Estado social de derecho anterior, sin quedar aún del todo claro que éste será reemplazado por un Estado constitucional de derechos y justicia. Evidentemente, aquello va más allá de lo que dice el texto constitucional y solamente se expresa, como lo ha dicho Carl Schmitt, cuando se hace necesario tomar decisiones excepcionales.
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Esta tesis analiza la visión homogenizante y excluyente que caracterizó a la invasión española emprendida al territorio que luego se denominó “América”, y que fue concebida como un proyecto empresarial cuyo propósito era buscar una ruta más corta para llegar a las indias. Este trabajo examina las estrategias de colonización geográfica, espiritual y lingüística utilizadas por el sistema colonial y republicano en su propósito de legitimar la invasión, explotar sus recursos, su fuerza de trabajo y someter a los pueblos del Abya-Yala1 y, entre ellos, al pueblo kichwa.2 El presente análisis se lo realiza a través del estudio de los registros históricos generados en las épocas de la Colonia y la República, y contenidos en documentos tales como las cédulas reales, las bulas papales, los concilios, las crónicas y demás instrumentos escritos en esos períodos. En estos registros se puede advertir la ideología hegemónica y de exclusión determinada por la importancia de la enseñanza de la lengua castellana o “civilizada”, al ser la lengua de los “vencedores”, y también por la utilización de la lengua kichwa para facilitar la conversión de esa comunidad indígena. Este estudio también aborda el rol que cumplieron los religiosos católicos que enarbolaron la “defensa” de los derechos indígenas, matizada por la visión colonizadora de “salvadores de almas”. A pesar de su ánimo “redentor”, su rol no deja de ser significativo por la defensa que algunos de ellos hacen de las comunidades, a cambio de su aceptación a ser evangelizadas, conforme se desprende de los registros que dan cuenta de los aportes que realizaron en su época y a los cuales nos referiremos más adelante. Esta visión colonizadora y hegemónica contrasta con las acciones de resistencia que impulsaron las comunidades indígenas con sus elementos culturales y con la movilización que generaron desde el primer contacto con los españoles, hasta nuestros días. Como resultado de estas acciones emprendidas, las comunidades han logrado mantener su vigencia y lograr reivindicaciones jurídicas y políticas de carácter nacional e internacional, tales como las últimas constituciones ecuatorianas (1998 y 2008), la suscripción del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, y la declaración de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas por parte de la Organización de las Naciones Unidas, ONU.
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El proceso de modernización del Estado, iniciada en el primer lustro de los años 90 bajo lineamientos de la Ley de Modernización del Ecuador, dio lugar al concepto de rentabilidad social, caracterizada principalmente por promover el acceso del mayor número de ecuatorianos a los servicios públicos básicos. Dicha ley habilitó al Estado ecuatoriano para delegar a empresas mixtas o privadas, la prestación de los servicios públicos, entre ellos los de telecomunicaciones, utilizando mecanismos legales reconocidos por el derecho administrativo e implementado por el Poder Ejecutivo del Ecuador. Es así, que la Ley Especial de Telecomunicaciones en 1992, habilitó al Estado para otorgar concesiones al sector privado para la prestación de varios servicios de telecomunicaciones, por lo que, en 1993, la Superintendencia de Telecomunicaciones creada por dicha ley, suscribió contratos de concesión con la compañías privadas COnECEL S.A. y OTECEL S.A., autorizándoles a operar servicios de telefonía móvil celular con cobertura limitada dentro del territorio nacional ecuatoriano por un período de 15 años. Posteriormente, una nueva constitución política de la República del Ecuador expedida en 1998, facultó al Estado la explotación racional de los bienes de su dominio exclusivo, de manera directa o con la participación del sector privado, lo cual motivó también una nueva reforma a la Ley Especial de Telecomunicaciones para que el Consejo nacional de Telecomunicaciones instituya el régimen de libre competencia en todos los servicios de telecomunicaciones prestados en nuestro país.
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Este trabajo investigativo a permitido a partir del análisis de las diversas posiciones de la doctrina representada por diferentes autores así como luego del breve recorrido realizado a través de la normativa histórica de nuestro país clarificar los principios de reserva de ley, de legalidad y su papel en la formación de las normas tributarias conforme a como han sido plasmados en el transcurrir de los años. Dentro de este recorrido histórico estudiar el proceso legislativo para la elaboración de las normas tanto aquellas calificadas con el carácter económico urgente como aquellas que no. Así también analizar como han sido y son concebidos y tramitados ambos tipos de proyectos de ley y la manera como fue y es utilizada la figura del decreto-ley por parte de quienes han ostentado la Presidencia de la República. Con la finalidad de realizar una valoración de cómo ha evolucionado la calificación de urgencia en materia económica de proyectos de ley, en especial aquellos que en su contenido han estipulado regulaciones de carácter tributario y por cuanto nuestra legislación y academia no brinda mayores aportes sobre el tema, hemos acudido a autores españoles quienes nos han contribuido con la experiencia de su país sobre el estado de crisis, la extrafiscalidad y la delegación legislativa que en nuestra legislación se asimila a la urgencia y a los decretos-ley. Aterrizando lo investigado y aprendido en un análisis de los proyectos de ley calificados como económicos urgentes en los últimos años enfatizando en: Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno y Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado ambas con un contenido tributario y promulgadas mediante la figura de decreto-ley. Con la finalidad de determinar si para su creación se observaron los principios de reserva ley y de legalidad, así como con el trámite constitucional establecido para la vigencia de las leyes.
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El presente trabajo académico realiza un estudio acerca del reconocimiento constitucional de los derechos de la naturaleza y los mecanismos jurisdiccionales para la exigibilidad y tutela de sus derechos. A partir de estos postulados esta investigación se centra en el análisis de los resultados prácticos que ha tenido el reconocimiento de los derechos de la naturaleza desde la vigencia de la Constitución del 2008. Para abordar el tema de estudio la presente investigación se ha enfocado en dos partes, la primera, a modo de antecedente realiza un estudio de los principales fundamentos que llevaron al reconocimiento de estos derechos. La segunda parte se enfoca en el contenido de los derechos de la naturaleza y los mecanismos jurisdiccionales para su protección, lo que nos conducirá a un análisis del articulado de la Constitución y las garantías jurisdiccionales para hacer efectivo su cumplimiento, para posteriormente en el tercer capítulo pasar a analizar casos prácticos que han sido sustanciados ante los tribunales de justicia con el objeto de determinar en cada caso los resultados prácticos que ha tendido el reconocimiento de los Derechos de la Naturaleza a partir de la interposición de garantías jurisdiccionales.
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El régimen tributario en el estado contemporáneo resulta trascendental para su propia sobrevivencia, más en época de crisis como la que afrontamos, en la que las otras fuentes de ingresos públicos, como los patrimoniales o los préstamos, se hacen cada vez más escasos y difíciles de obtener. Por su parte, la Constitución expedida por la Asamblea Constituyente y publicada en el Registro oficial Nº 449 de 20 de octubre del 2008, pretende la configuración de un nuevo Estado basado en principios de solidaridad, de equidad, de redistribución de la riqueza entre todos los miembros de la sociedad ecuatoriana. En este contexto, resulta de gran importancia analizar los cambios que en el régimen tributario ecuatoriano ha propuesto la nueva Constitución, en particular en los artículos 300 y 301, que sin duda vienen a complementar aquellos que, ya figuraban en la Constitución de 1998. Pero es en su espíritu el verdadero cambio; pues, tales principios están vigentes en cada relación jurídica y no solamente como una mera declaración sino como normas de aplicación directa a través de su fuerza vinculante y, además, de inmediata aplicación. Por otra parte, resulta trascendente para la materia tributaria, los cambios de varias instituciones del Código Tributario, entre ellas y de manera especial al régimen penal tributario, implementadas por la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 242 del 29 de diciembre del 2007. En ella, se ha convertido al <delito tributario> en un <delito común>, es decir alejado de la filosofía impuesta por los autores del Código Tributario, que creyeron que este tipo de infracciones, por ser especiales, debían tener un tratamiento diferente. Con el nuevo régimen y la expedición del Código Orgánico de la Función Judicial y las Reformas al Código de Procedimiento Penal, son los jueces ordinarios los que conocerán y juzgaran a los infractores tributarios. Debemos anotar que el endurecimiento de las penas, impulsado por esta nueva Ley Reformatoria, es drástica, al extremo de imponer hasta reclusión menor ordinaria> de 3 a 6 años a los infractores tributarios, mientras que el Código Tributario se contempla prisión de 3 a 5 años, como máximo de la pena. El presente trabajo intenta un estudio comparativo entre el nuevo régimen y el ya superado con la expedición de la Constitución y Ley ya referida.