918 resultados para Criminal law (Roman law)


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La tesi di ricerca si propone di indagare il riflesso che i principi/valori producono sul parametro nel sindacato di legittimità costituzionale, al fine di verificarne le implicazioni sulla legalità, in termini di prevedibilità e certezza. In particolare, delineata la connessione tra principi e valori costituzionali e, ricostruito, secondo la teoria dell'ordinamento, il rapporto tra valori e normatività,si analizzano i riflessi prodotti, sul piano interpretativo, dall’apertura del parametro costituzionale alla logica dei valori, enfatizzandone le ricadute sul controllo di costituzionalità delle leggi. Identificato il nesso tra principi e valori nella capacità funzionale dei primi di realizzare i diritti fondamentali, si è inteso rimarcare come la più estesa realizzazione dei principi-valori costituzionali potrebbe compiersi a spese della legge e della certezza del diritto, in una relazione inversamente proporzionale. Ciò apparirebbe evidente dall’ottica privilegiata della materia penale, per cui una legalità materiale, letta alla luce di criteri di adeguatezza e di ragionevole proporzione, seppur vicina alle esigenze di giustizia del caso concreto, se spinta in eccessi interpretativi rischia di invadere il campo del legislatore, unico deputato a compiere scelte di valore.

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Über das Forschungsprogramm: The Philosophy of Western Society. Teilstück des allgemeinen Forschungsprogramms, veröffentlicht unter dem Untertitel: "The Philosophy of Social Science", in: "International Institute of Social Research. A Report of Its History, Aims and Activites, 1933-1938", New York (1938?), S. 19, Typoskript mit eigenhändiger Korrektur, 2 Blatt; Bericht über die Aktivitäten des Instituts für Sozialforschung für Robert M. MacIver, 1938-39: 1. Bericht vom 7.12.1939; a) Typoskript, englisch, 9 Blatt; b) Typoskript, als Brief von Pollock an Robert M. MacIver, Typoskript 10 Blatt; c) Entwurf Typoskript, englisch, 15 Blatt; d) Entwurf Typoskript, deutsch, 17 Blatt; MacIver, Robert M.: 1 Brief mit Unterschrift an Friedrich Pollock, New York, 27.04.1938, 1 Blatt; "Some data on the Institut`s Staff and Activities", 11.03.1938, zwei Typoskripte, je 2 Blatt; Über die Tätigkeiten des Instituts für Sozialforschung. Verschiedene Berichte. 1939; Aufstellung der Forschungsgebiete verschiedener Mitarbeiter des Instituts. Ohne Datum, Typoskript, 9 Blatt; Aufstellung der Forschungsgebiete verschiedener Mitarbeiter des Institutes, aus einem Bericht. Typoskript, 7 Blatt; Bericht an den Präsidenten des Columbia University. Typoskript, 2 Blatt; "Contribution of Dr. Franz Neumann to the Round Table Discussion, Chicago, Social Science Reaserach Building" Dezember 1939; a) Typoskript mit Handschriftlichen Korrekturen, 3 Blatt; b) Typoskript, 3 Blatt; "Statment on the objectives of the International Institut of Social Research". Typoskript, 2 Blatt; Stipendiaten des Instituts für Sozialforschung: Forschungsberichte, Ende 1939; Adorno, Theodor W.: a) Typoskript, englisch, mit eigenhändigen Korrekturen, 4 Blatt; b) Typoskript, deutsch, 3 Blatt; Beck, Maximilian: "Geschichte des Begriffs der Vernunft von Platon bis Husserl (Outline)". Typoskript, englisch und deutsch, mit handschriftlichen Korrekturen, 7 Blatt; Flechtheim, Ossip K.: Typoskript mit handschriftlichen Ergänzungen, 1 Blatt; Fried, Hans Ernest: Typoskript, 1 Blatt, 16.11.1939; Grossmann, Henryk: "Capitalism in the 13th Century"; a) Typoskript, englisch, mit handschriftlichen Korrekturen, 6 Blatt; b) Typoskript, englisch, 6 Blatt; c) Typoskript, deutsch, 4 Blatt; Grossmann, Henryk: "The Classical Theory and Marxism"; a) Typoskript, englisch, mit handschriftlichen Korrekturen, 2 Blatt; b) Typoskript, deutsch, mit handschriftlichen Korrekturen, 2 Blatt; Kirchheimer, Otto: Manuskript, 1 Blatt; Lauterbach, Albert: a) Typoskript, englisch, mit handschriftlichen Korrekturen, 2 Blatt; b) Typoskript, deutsch, mit handschriftlichen Korrekturen, 1 Blatt; Marcuse, Herbert: Typoskript mit handschriftlichen Korrekturen, 2 Blatt; Neumann, Franz L.: Typoskript, 2 Blatt; Wittfogel, Karl August: Typsokript, 2 Blatt; Zilsel, Edgar: Typoskript, 4 Blatt; Research Projects of the International Institute of Social Research. nicht vor 1939; Beschreibung der Forschungsprojekte: Pollock, Friedrich: "Economic and Social Cosequences of a Prepardness Economy". Neumann, Franz L.: "The Rule of Law". Fromm, Erich: "The German Worker in the Weiman Republic". Kirchheimer,Otto: "Criminal Law and Social Structure". Marcuse, Herbert: " A Text and Source Book for the History of Philosophy". Fromm, Erich: "Character Structure of Modern Man". Neumann, Franz L.: "The Theory and Practice of European Labor Law". Wittfogel, Karl August; Wittfogel-Lang, Olga: "The Chinese Family"; Dasselbe wie in "Beschreibung der Forschungsprojekte", ausgenommen Pollock, Friedrich: "Economic and Social Cosquences of a Prepardness Economy" und Fromm, Erich: "The German Worker in the Weimar Republic", zusätzlich Kirchner, Otto; Weil, Felix: "Changes in Social Stratification, National Income, and Living Standards of Germany since 1933"; 1 Ordner, Typoskript mit eigenhändigen Korrekturen, 49 Blatt;

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La justicia penal adolescente es un sistema de administración judicial que extiende los derechos y garantías del debido proceso a los adolescentes a quienes se acuse de haber participado en la comisión de una infracción a la ley penal. Se podría decir que las finalidades de la justicia penal juvenil, por orden de importancia son: Administrar justicia de forma democrática. Fomentando la responsabilización del adolescente que ha cometido una infracción penal; promoviendo su integración social y favoreciendo la participación de la comunidad en el proceso de reinserción social, mediante la oferta de servicios y programas para el cumplimiento de medidas socio-educativas. Cabe preguntarse ¿Las instituciones correccionales son coadyuvantes en la reinserción de los jóvenes en conflicto con la ley de tal modo que no vuelvan a confrontar con el orden jurídico vigente cuando egresen? La respuesta es muy compleja porque si bien desde la situación de las instituciones el aislamiento que sufre el joven no les da defensas para poder cambiar sus circunstancias de vida a la hora de reingresar a la sociedad y esto lleva a una alta probabilidad de volver a delinquir. Sin embargo las Ciencias Sociales plantean otras alternativa para logran la inserción de los jóvenes, una de ellas, se inclina a la estimulación de la resiliencia. Esta implica: sobreponerse a las dificultades y tener éxito a pesar de estar expuestos a situaciones de alto riesgo; mantener la competencia bajo presión, esto significa adaptarse con éxito y recuperarse de un trauma ajustándose de forma exitosa a los acontecimientos negativos de la vida.

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Los delitos sexuales entre la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX presentan problemas particulares en relación a la posibilidad de su imputación y castigo vinculados a la forma particular como se conciben estos crímenes. Propongo, a partir del análisis de expedientes judiciales, problematizar algunas de estas cuestiones partiendo desde el análisis de su concepción como "dependientes de iniciativa privada" y por tanto la necesidad de una "acusación particular" que implicó largos debates en los tribunales ya que la interpretación de esta situación tuvo más de una lectura posible: quedaban satisfechos los requerimientos de la ley con la denuncia o debía continuarse la participación de la parte hasta la misma sentencia, es decir, llegar hasta la vista de acusación? En este contexto se pone entonces en discusión la participación del Agente Fiscal en el proceso en tanto acusador y por lo tanto el interés del Estado como tal en la persecución de estos crímenes. Busco, simultáneamente mostrar las discusiones que se dieron en la práctica penal, que reflejan distintas formas de interpretar y pensar estos delitos; las razones implícitas en su persecución y castigo o por el contrario de su finalización y falta de pena

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En los últimos años, los delitos sexuales se han convertido en objeto de preocupación para la sociedad; esto se vio reforzado por las nuevas formas de pensar y vivir las relaciones humanas inter e intra-género-s y especialmente las elecciones sexuales. En este trabajo propongo volver a poner en debate algunas cuestiones que hacen al problema de la definición jurídico-social y a la comprensión del "consentimiento" en el contexto específico de los expedientes seguidos por delitos sexuales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, entre 1863 y 1921, teniendo en cuenta la importancia que este concepto tiene para la definición de los delitos sexuales como tales. También se tomarán en cuenta algunos escritos de la época que permiten conocer la circulación de ideas en el ámbito específico del derecho y la medicina legal. Al mismo tiempo, pretendo poner en tensión las ideas sociales y culturales que aparezcan reflejadas en las fuentes respecto de qué es, cómo se otorga y cuándo puede hablarse de un efectivo consentimiento, así como de su contrario. Poniendo en juego las subjetividades propias de los participantes en el proceso. Resaltando la centralidad de esta cuestión en el mismo tanto para la definición de una víctima como para la caracterización de los acusados

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Este trabajo busca introducir al lector en una problemática tan antigua como actual: el de los crímenes sexuales, proponiéndo un acercamiento múltiple desde la visión jurídica y la social, desde las víctimas y su familia. Nos hemos concentrado especialmente en tratar de observar la violencia sexual jurídica que define a la víctima según su sexo, "cualidad moral" y el acto que se cometiera sobre ella, que le niega el derecho a reclamar, adoctrinando en el silencio como mejor opción que la denuncia. También nos propusimos mostrar como hay personas que desafiando este "disciplinamiento" busca el castigo del o los culpables del delito sabiendo sin embargo que existe un precio muy alto que pagar por ello: la deshonra pública de una hija o hijo

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Las agresiones sexuales producen, habitualmente, una enorme cantidad de discursos no sólo jurídicos, médicos y académicos sino también periodísticos e incluso de simple divulgación o informales. En ellos se cuelan cotidiana y casi desapercibidamente ideas respecto de las conductas sexuales esperables -o inaceptables- tanto en hombres como mujeres antes, durante y después del ataque. En el presente trabajo propongo estudiar un conjunto de discursos particular donde pueden verse estas mismas cuestiones: los argumentos que fiscales y abogados defensores produjeron en el contexto de su participación en casos por delitos sexuales durante la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX llevados adelante en Buenos Aires. La contienda judicial obliga, si se quiere, a que los juristas involucrados en el proceso deban siempre armar historias "creíbles" en tanto "factibles" de acuerdo a los hechos que la investigación del ilícito denunciado va revelando, y aunque cada caso tenga características particulares, siempre existirán similitudes que permitan el desarrollo de estrategias legales comunes para aplicar en ocasiones análogas. Aquí entonces, se busca mostrar cuáles fueron algunas de las estrategias discursivas en los juicios por los delitos particulares que trabajo, independientemente del éxito final de la estrategia en el expediente concreto. En este sentido, si bien debe tenerse en cuenta que los alegatos siempre son un relato armado que responde a una meta particular -ganar el caso-, y por tanto, su estudio requiere de especiales cuidados es factible utilizarlos para rastrear ideas socio-sexuales que se cuelan en ellos así como pensar las distintas formas en que se construye o discute a la víctima. Al analizar casos que tuvieron por víctimas a mujeres y a hombres se busca poner en juego las diferentes construcciones discursivas que se dieron para cada uno de ellos mostrando los diferentes argumentos que se produjeron de acuerdo al sexo biológico de la persona agredida y tensionando entonces las ideas de lo esperable y aceptable para cada uno de ellos no sólo en el terreno de la sexualidad sino de los lugares asignados en la sociedad

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El presente trabajo propone presentar y poner en debate los avances de investigación realizados en torno a la problemática de los crímenes sexuales en la provincia y ciudad de Buenos Aires en la segunda mitad del siglo XIX. El mismo se inserta entre los nuevos estudios sobre la historia social del derecho, considerando el problema de la norma y la teoría penal así como la cuestión de la práctica judicial específica y las formas cómo esta afecta a la sociedad. En este sentido se busca explorar las formas únicas que presentan estos delitos en el proceso judicial decimonónico, las discusiones e interpretaciones que se confrontaron, la jurisprudencia y doctrina que fueron sentándose con el correr del tiempo y el asesoramiento indispensable que prestaron al desarrollo de todo ello la ciencia médica junto a los primeros trabajos sobre la sexología. Se expondrán a continuación los puntos nodales de las investigaciones que vengo desarrollando desde hace algunos años, continuación de los estudios de grado sobre esta compleja problemática decimonónica, resultado de la participación en proyectos específicos de investigación y que finalmente se insertan en el marco actual de mis estudios de doctorado en Historia que tiene como tema los delitos sexuales y las construcciones jurídicas así como médico-legales en el contexto de la codificación penal argentina, desde sus primeros intentos a partir de 1863 hasta la sanción del Código Penal Nacional de 1921. Se recorrerán como centros de análisis la forma en que el funcionamiento del sistema judicial va creando y recortando, de hecho, el perfil que convierte a una víctima en 'aceptable', es decir, en una persona que merece ser considerada como tal ante los ojos de los tribunales. Para esto se tienen en cuenta las diferencias que se registran en el tratamiento de los hombres/niños y las mujeres/niñas que son presentados ante la Justicia por sus padres como atacados. En este sentido, se resalta el lugar central que ocupa la familia en el proceso judicial, en tanto, por un lado son quienes pueden hacer la denuncia poniendo en funcionamiento la maquinaria judicial y por otro lado deben demostrar que han resguardado a sus hijos hasta el momento del ataque, protegiéndolos en un doble sentido: físicamente y psíquicamente, evitando su conocimiento "del mundo", entendido aquí de la sexualidad

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Los crímenes sexuales en general, y la violación en particular, suelen concebirse como una situación que involucra únicamente a dos personas: la víctima y su atacante. Sin embargo, los expedientes judiciales vinculados a estos delitos muestran un universo complejo de actores, que no ;se agota en aquel binomio. El presente trabajo se enfoca en algunas de esas ocasiones donde aquella lógica se demuestra incorrecta, mostrando cómo la justicia lidia con aquel desafío desde el discurso jurídico, analizando imágenes y concepciones que abogados y médicos expresan, afirman ;o discuten en relación al comportamiento esperado de hombres y mujeres, así como la situación de la justicia frente a crímenes que se alejan de la "normalidad" reconocida

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Los crímenes sexuales en general, y la violación en particular, suelen concebirse como una situación que involucra únicamente a dos personas: la víctima y su atacante. Sin embargo, los expedientes judiciales vinculados a estos delitos muestran un universo complejo de actores, que no ;se agota en aquel binomio. El presente trabajo se enfoca en algunas de esas ocasiones donde aquella lógica se demuestra incorrecta, mostrando cómo la justicia lidia con aquel desafío desde el discurso jurídico, analizando imágenes y concepciones que abogados y médicos expresan, afirman ;o discuten en relación al comportamiento esperado de hombres y mujeres, así como la situación de la justicia frente a crímenes que se alejan de la "normalidad" reconocida

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Los delitos sexuales entre la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX presentan problemas particulares en relación a la posibilidad de su imputación y castigo vinculados a la forma particular como se conciben estos crímenes. Propongo, a partir del análisis de expedientes judiciales, problematizar algunas de estas cuestiones partiendo desde el análisis de su concepción como "dependientes de iniciativa privada" y por tanto la necesidad de una "acusación particular" que implicó largos debates en los tribunales ya que la interpretación de esta situación tuvo más de una lectura posible: quedaban satisfechos los requerimientos de la ley con la denuncia o debía continuarse la participación de la parte hasta la misma sentencia, es decir, llegar hasta la vista de acusación? En este contexto se pone entonces en discusión la participación del Agente Fiscal en el proceso en tanto acusador y por lo tanto el interés del Estado como tal en la persecución de estos crímenes. Busco, simultáneamente mostrar las discusiones que se dieron en la práctica penal, que reflejan distintas formas de interpretar y pensar estos delitos; las razones implícitas en su persecución y castigo o por el contrario de su finalización y falta de pena

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En los últimos años, los delitos sexuales se han convertido en objeto de preocupación para la sociedad; esto se vio reforzado por las nuevas formas de pensar y vivir las relaciones humanas inter e intra-género-s y especialmente las elecciones sexuales. En este trabajo propongo volver a poner en debate algunas cuestiones que hacen al problema de la definición jurídico-social y a la comprensión del "consentimiento" en el contexto específico de los expedientes seguidos por delitos sexuales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, entre 1863 y 1921, teniendo en cuenta la importancia que este concepto tiene para la definición de los delitos sexuales como tales. También se tomarán en cuenta algunos escritos de la época que permiten conocer la circulación de ideas en el ámbito específico del derecho y la medicina legal. Al mismo tiempo, pretendo poner en tensión las ideas sociales y culturales que aparezcan reflejadas en las fuentes respecto de qué es, cómo se otorga y cuándo puede hablarse de un efectivo consentimiento, así como de su contrario. Poniendo en juego las subjetividades propias de los participantes en el proceso. Resaltando la centralidad de esta cuestión en el mismo tanto para la definición de una víctima como para la caracterización de los acusados

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