919 resultados para Art 165 Código de Comercio, modificado por el artículo 154 del Decreto 19 de 2012 (1173) Capítulo 1


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El presente trabajo investigativo permite efectuar un análisis en el primer capitulo de términos como son: consumidor, comercio electrónico, proveedor, los cuales hay que explicarlos conceptual y doctrinariamente, además de acudir a otras legislaciones y autores, para exponer seguidamente el reconocimiento expreso del derecho del consumidor y el comercio electrónico en nuestra legislación ecuatoriana, concretamente en la Constitución, Ley Orgánica de Defensa del Consumidor Ecuatoriana y Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensaje de Datos Ecuatoriana. En el segundo capítulo revisaremos el carácter de orden público y de interés social en las normas de protección al Consumidor, que caracteriza a la LODCE, importante para precisar luego una serie de derechos a favor del consumidor que contiene dicho cuerpo jurídico que considero pueden activarse en la relación con el proveedor en el campo del comercio electrónico. Prosiguiendo, se examina las obligaciones del los Consumidores, y, las responsabilidades y obligaciones de los proveedores según el mencionado cuerpo normativo. Finalmente en el tercer capitulo se examinará lo atinente al comercio electrónico y su régimen jurídico en el Ecuador el cual servirá para analizar el intercambio de bienes y servicios en el marco del comercio electrónico y que ayudará para examinar la relación importante entre el proveedor y el consumidor; así como el consentimiento para aceptar el mensaje de datos y para el uso de medios electrónicos. Luego, el Derecho de información del consumidor en la LCE, FE y MDE y para finalizar determinar conclusiones sobre el presente tema.

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La siguiente investigación es realizada para la obtención del título de Magíster en Estudios Latinoamericanos, mención en Relaciones Internacionales de la Universidad Andina Simón Bolívar, sede Ecuador. El estudio consiste en determinar cuáles son las fortalezas y debilidades que tienen los modelos alternativos de comercialización del cacao en Ecuador con un enfoque en la viabilidad de la certificación del comercio justo. Para ello, en un primer momento se presenta una mirada de la producción del cacao en el mundo, y también en el Ecuador, con una breve explicación de la historia del cacao en Ecuador para explicar cómo la producción cacaotera llegó a estar dominada por pequeños productores. En el segundo momento, se explican los esquemas de certificación, con un análisis enfocado en la certificación del comercio justo. El comercio directo es introducido como una alternativa a la certificación, y se analizan sus alcances y limitaciones. Por último, se presentan casos de cacaoteros ecuatorianos entrando en modelos alternativos de comercialización y se examinan los beneficios y desventajas que cada uno ofrece. La investigación finaliza con breves conclusiones.

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A partir de 2013, la gestión de la política comercio en el Ecuador está a cargo del Ministerio de Comercio Exterior. La creación de este nuevo Ministerio respondió a las dinámicas y necesidades del contexto ecuatoriano, caracterizado por la fragmentación entre lo político y técnico, que no permitió que las políticas exterior y comercial estén alineadas en una misma institución. Esta investigación se centrará en el desarrollo institucional del manejo del comercio exterior en el Ecuador y sus cambios más significativos en los últimos años, de manera particular en el periodo 2007-2013. En la primera parte de esta investigación, se buscó establecer a través de un parámetro comparativo la gestión del comercio exterior en la región, por lo que se analizó los casos de Chile y Brasil que junto con el ecuatoriano, permitieron determinar las tres categorías institucionales para la gestión del comercio exterior: transversal, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, y la especializada. Se determinó cuáles eran los componentes principales en cada una de ellas con sus ventajas y desventajas. En la siguiente sección, con el objetivo de realizar un análisis institucional de la gestión del comercio exterior se realizó un recuento histórico desde 1986 hasta la actualidad, lo que permitió examinar cuales han sido las instancias ministeriales y sus competencias sobre este tema y las principales dinámicas y problemáticas que presentaban. De manera particular se estudió la creación del reciente Ministerio, así como cuáles son sus principales retos y desafíos.

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Con la evolución del derecho penal, han surgido dos grandes tendencias extremadamente opuestas entre sí y que se han arraigado en el pensamiento penal mundial, y que de acuerdo a la política criminal de cada Estado, para el ejercicio de su poder punitivo, han sido implementadas con el fin de alcanzar los objetivos en materia de delincuencia y seguridad. Estas grandes tendencias son: Eficientismo y Garantismo. El garantismo penal busca controlar el poder punitivo del estado frente a los ciudadanos, y el eficientismo penal intenta luchar contra la impunidad a toda costa, inclusive llegando a desconocer las garantías de los procesados. Con la promulgación del nuevo Código Orgánico Integral Penal, y la implementación de instituciones como el procedimiento directo, el sistema penal ecuatoriano busca conciliar el respeto a las garantías del debido proceso con la eficiencia judicial, pensando no solo en los derechos del procesado sino en los derechos de las víctimas. El procedimiento directo es un procedimiento sumarísimo, que concentra todas las etapas de un procedimiento ordinario en una sola audiencia, obteniendo una sentencia condenatoria o ratificadora de inocencia en 10 días. Este procedimiento se justificó por la necesidad de dar celeridad y simplificación al proceso penal, y así tratar de reducir las causas represadas en los juzgados y tribunales de nuestro país. No obstante, también se debió analizar las afectaciones que la aplicación de dicho procedimiento podría causar a derechos constitucionalmente reconocidos como: defensa, presunción de inocencia, igualdad de armas y contradicción. En cuanto al derecho a la defensa, no es posible ejercer adecuadamente este derecho en apenas 10 días; en cuanto a la igualdad de armas, a pesar de que existe ya un desequilibrio institucional entre el órgano acusador y la defensa, ésta desigualdad se merma aún más con la restricción de varios derechos y garantías reconocidos en la Constitución, en cuanto al contradictorio, no es suficiente que se lo pueda ejercer en la audiencia de juicio, cuando los elementos probatorios que van a obtener la calidad de prueba, son recabados en la etapa de instrucción fiscal, y por último y como consecuencia de lo anterior, si atenta contra estos derechos pues evidentemente se vulnera el principio constitucional de presunción de inocencia.

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