481 resultados para Expediente
Resumo:
Basilio Vicente de Oviedo solicita al escribano público y de cabildo de Tunja en 1708 una copia de las informaciones de hidalguía y limpieza de sangre de su tío Manuel de Zubieta y Santo. El expediente continúa con las informaciones de Joseph Fernández (Hermano del abuelo de Manuel Zubieta) presentadas en Daimiel (España) el 3 de abril de 1651 cuando pretendía embarcarse a las Indias occidentales en búsqueda de su hermano. Desde el folio 165v se presenta la petición de 3 de junio de 1705 (Tunja) de Manuel de Zubieta por las informaciones de su abuelo Lorenzo Fernández Santo y tío abuelo Joseph Fernández Santo. Informaciones de Manuel de Zubieta que lo acreditan como hidalgo, cristiano viejo y no relacionado con moros, judíos, negros, indios, ni zambos.
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Los hermanos Francisco y Joseph Pérez Manrique y Ospina piden al escribano de las Cajas Reales de la Corte, hacer un inventario y avalúo de los bienes de su difunta madre María Luisa de Ospina. El expediente continúa con el inventario de los bienes de la casa de María Luisa de Ospina en la ciudad de Santafé. Petición de los hermanos Manrique y Ospina por el inventario y avalúo de los bienes de su difunta madre del trapiche del valle de Sasaima. Inventario requerido de los bienes de María Luisa de Ospina en el valle de Sasaima, junto con su avalúo. Registro de la oferta de venta de los bienes inventariados a través de un pregonero. Registro de los costos del funeral y Honras de María Luisa de Ospina. Registro del remate de la casa de Santafé y del trapiche de Sasaima a favor de Ignacio de Caicedo y Maldonado. En los folios 214 al 231 se encuentran los mismos inventarios ya descritos, pero realizados unos meses antes en 1734; también incluye un poder de Joseph Pérez Manrique a su hermano Francisco Pérez Manrique y al contador Joseph Gómez para el manejo de todo lo concerniente al remate de los bienes de María Luisa de Ospina su madre.
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Felipe V de España en vista de los informes del oidor Juan Gutiérrez de Arce sobre la mala situación económica del Colegio Mayor del Rosario de Santafé, ordena a las cajas de su Real hacienda pagar lo que se adeuda al Colegio Mayor de la pensión de 500 ducados concedida en 1715. También nombra al oidor de la Real Audiencia de Santafé José de Quintana para remplazar a Gutiérrez de Arce como administrador del Colegio Mayor y hacer cumplir las medidas de recolección de rentas, pago de salarios y creación de informes sobre el estado de la institución. El expediente termina con el obedecimiento de José de Quintana de la disposición real.
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En este estudio se modelan las probabilidades de graduación, deserción y retención en la Universidad de Puerto Rico en Bayamón. Con este propósito, el expediente académico de cada uno de los 17,814 estudiantes admitidos durante los años académicos de 1995-96 a 2005-06 se rastrea hasta el último semestre del periodo y se determina su estatus académico: graduado, trasladado, activo, suspendido, dado de baja total o desertor. Basados en la proporción de estudiantes que pertenecen a las primeras tres categorías, se evidencia un limitado desempeño institucional, pues solo un 44 por ciento tuvo una ejecución académica exitosa. Las probabilidades de graduación, retención y deserción de los estudiantes varían a través del tiempo y están signicativamente intuidas por su género, sus programas académicos, así como por las escuelas y las universidades de donde proceden.
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Se realiza una revisión documental sobre la problemática del conflicto armado y el fenómeno de desplazamiento, específicamente en la Localidad de Bosa, ya que es una de las que más recibe población desplazada de otras regiones del País. Se realiza la revisión documental en bases de datos como Ebsco, Proquest y Scopus, incluyendo combinaciones tales como: "Occupational Therapy" and "youth" and "Forced displacement" or "refugees" and "employment inclusion". Se espera determinar los programas de vinculación y formación laboral de jóvenes en situación de desplazamiento. Se encuentra que esta población aún carece de apoyo por parte de instancias gubernamentales y de perfiles ocupacionales que encaminen los intereses y habilidades de esta población hacia el desempeño de roles productivos y educativos propios de su condición de jóvenes.
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Se precisa el régimen de contratación al que el Estado se sujeta al crear o autorizar la creación de un establecimiento de crédito de orden nacional. Para ello, se analizan la normatividad que los regula y algunos de sus manuales de contratación.
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En la presente investigación se estudió la organización administrativa y territorial de la República Bolivariana de Venezuela, para poder identificar si se podían definir y catalogar a Venezuela como un Estado federal como manda su Constitución, o si por el contrario, podríamos estar hablando de una organización distinta llámese autonómica o unitaria, o simplemente un modelo federal diferente al dual influenciado por las diferentes formas de organización.
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Juicio en contra del testamento de Francisco Lucas Pérez Manrique sobre dinero que quedó debiendo a Santiago de Linares párroco de Quebrada negra. Los albaceas de Santiago de Linares presentan declaraciones juramentadas sobre la existencia de la mencionada deuda para que se pague de los bienes del difunto Francisco Lucas Pérez Manrique. Al final del expediente se acepta la demanda y se ordena el pago.
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Resumen basado en el de la publicación
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Expediente de reclamo de María Josefa de Caicedo viuda del II Marqués de San Jorge, por cantidad de dinero que le debía el difunto José Pérez Manrique a sus hijos, de quien era apoderada. Contiene copia del poder para testar concedido por José Pérez M. concedido a su hermano Francisco Pérez, así como su testamento, en el que dejó como herederos universales a sus hermanos Francisco y María Eduviges Manrique. También se incluye una copia del poder para testar y del testamento de Francisco Pérez Manrique, que dejó la totalidad de sus bienes al Colegio Mayor del Rosario. El expediente termina con la resolución de la Real Audiencia, concediéndole a María Josefa de Caicedo la razón para cobrar la cantidad que se le adeudaba.
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Propuesta de arrendamiento de la hacienda de Calandaima propiedad del Colegio Mayor del Rosario presentada por Juan de Mahecha, cura del pueblo de Bogotá, por un periodo de nueve años y un pago de 250 pesos anuales. Se enumeran las condiciones que propone el arrendatario entre las que se cuentan el levantamiento de inventarios de los bienes de las haciendas, el ganado, la caña de azúcar producida y sobre las reglas de entrega de la hacienda al final del contrato. El expediente continúa con la aceptación de la propuesta de arrendamiento por parte del rector del Colegio Mayor Bartolomé Ramírez.
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Petición del catedrático de teología Ignacio de Moya de un testimonio notariado del legado testamentario de Francisco Lucas Pérez Manrique que diera cuenta de la cátedra de teología del Colegio Mayor del Rosario. El expediente continúa con el testimonio legalizado que incluye una copia del poder para testar de Francisco Pérez a Vicente de Tobar, una copia del testamento del mencionado Pérez y las disposiciones de los albaceas al morir el testador que demuestran la donación hecha por Pérez Manrique a favor de las cátedras del Colegio Mayor.
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Algunos de los efectos ambientales y sociales que se pueden apreciar luego del cierre de una mina son la desaparición de acuíferos, la existencia de aguas superficiales contaminadas con sustancias químicas y la afectación a la salud de las personas que viven cerca de minas abandonadas. Esta investigación busca analizar los principales aspectos jurídicos relacionados con la terminación y cierre definitivo de la operación minera desde el punto de vista social y ambiental. Para ello, se presentan los principales efectos ambientales y sociales de ésta terminación; se mencionan los aspectos jurídicos más relevantes del contrato de concesión minera y de la licencia ambiental; se exponen las obligaciones jurídicas que están a cargo tanto del concesionario minero como de las autoridades competentes respecto del cierre de la mina y el papel que asumen los entes de control frente a la terminación y cierre de la mina. Así mismo, se hace un breve análisis de derecho comparado de la regulación en España y Estados Unidos sobre éste tema. Finalmente, se presentan los resultados de la revisión de los expedientes administrativos que fueron proporcionados por la Agencia Nacional de Minería, en los cuales se determina la aplicación y cumplimiento en la práctica de estas obligaciones jurídicas del concesionario minero al término del contrato. Con base a los resultados obtenidos, se puede concluir, en primer lugar, que las obligaciones a cargo de los concesionarios mineros no están claras por parte de la regulación minera y ambiental; en segundo lugar, que la regulación en cuanto al cierre de minas en España y Estados Unidos es más ordenada, completa y específica y; en tercer lugar, en relación con los expedientes analizados, se puede observar que los concesionarios y las autoridades competentes no están cumpliendo sus respectivas obligaciones.
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Resumen basado en el de la publicación
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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.