519 resultados para Colombia -- Constitución -- 1991
Resumo:
La presente monografía analiza el problema de la corrupción en la financiación de campañas políticas, observándolo desde la perspectiva de las funciones y la aplicación de la normatividad del Consejo Nacional Electoral, CNE, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política de 1991 para dicho ente regulador, a la luz de lo ocurrido en 1994 con el Proceso 8.000 y el sonado caso de corrupción en la financiación de la campaña presidencial de Ernesto Samper en dicho año.
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Esta monografía busca entonces describir un conjunto de relaciones de poder mediante el análisis de los conceptos de frontera y comunidad en el marco de la desobediencia civil, utilizando como caso práctico a la comunidad Wayúu, a partir del reconocimiento de sus subjetividades en la Constitución de 1991. La propuesta que se desarrolla en esta monografía da cuenta de una investigación de tipo cualitativa, interesada en desarrollar tres conceptos que aparentemente no guardan relación alguna, pero que situados dentro del contexto colombiano tienen como resultado un fenómeno político que en la actualidad precisa ser desarrollado en tanto que alberga nuevas claves que permitirán el entendimiento de ciertas conductas tipificadas de forma maniqueísta por algunos legisladores. El objetivo principal de este texto es reconstruir el camino conceptual y teórico que nos lleva afirmar que la frontera desempeña un rol de designación del imperio de la ley que es desafiado por los Wayúu a través de la desobediencia, como una acción política, que pone en evidencia el cuestionamiento del poder del Estado -y su hegemonía identitaria- frente a las prácticas de los grupos étnicos. De esta forma evidenciaremos entonces dentro del marco de la subjetividad cultural que “el problema es que la opción que se deja a los Wayúu es la de la marginalidad y la ilegalidad”8, en tanto que no se reconoce que la realidad legal en este contexto “constituye una especie de collage de prácticas obligatorias y normas emanadas de fuentes estatales y no estatales”
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La década de los noventa comenzó con el llamado de todo el pueblo colombiano a la realización de una Asamblea Nacional Constituyente, desde ahora ANC, que reestructurara, de manera profunda, la minuta constitucional que había regido al país por más de 100 años. Ya era hora de superar los problemas tradicionales que, en parte, eran producidos por el esquema institucional, político y administrativo que implantó la Constitución de 1886 en Colombia y sus posteriores reformas, que no leía de manera acertada las dinámicas contemporáneas del país
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La presente monografía busca analizar la relación existente entre la reforma al sistema de transferencias (Acto Legislativo 01 de 2001) y el panorama que ha tenido el Sistema Educativo Colombiano en materia de calidad y cobertura en los últimos siete años. Por lo tanto se pretende examinar desde un caso en concreto el nexo entre la política fiscal y la política social del país como también la incidencia de lo anterior en los ciudadanos. Para el desarrollo de dicho propósito se trazan tres objetivos en concreto: describir el sistema educativo colombiano a la luz de las participaciones territoriales; analizar la incidencia del Acto Legislativo 01 de 2001 en la cobertura del sistema educativo colombiano y, por último, analizar la incidencia del Acto Legislativo 01 de 2001 en la calidad del sistema educativo colombiano. Así las cosas, cada uno de estos objetivos conforman en su orden un capítulo en el presente trabajo de manera tal que en el primero se esboza un panorama general sobre la evolución que ha tenido la educación en el país, observando la importancia que tuvo en ello la Constitución de 1991 a partir del desarrollo de bases axiomáticas, legales y administrativas, mientras que el segundo y tercer capítulo son la médula del trabajo ya que desarrollan la hipótesis y aterrizan en la praxis la tensión que generó la reforma legal en cuestión en el desarrollo de la cobertura y la calidad del sistema educativo
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En esta medida, el propósito de la investigación es identificar el impacto de la IED en el desarrollo económico colombiano durante el periodo 1991-2003 en el marco del sector textil-confección, a la vez que intenta explicar las condiciones necesarias y el rol que deben asumir los diferentes actores involucrados para atraer de una manera más efectiva la IED en el sector textiles y confecciones.
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El presente estudio se ordena en tres capítulos. El primero se concentra en explicar las herramientas analíticas de la teoría de las nuevas guerras de Herfried Münkler y de ahí se derivan cuatro criterios básicos que servirán de base para el análisis de las transformaciones. En el segundo capítulo se analizan las transformaciones que el conflicto colombiano tuvo durante el periodo 1991-2003 y cómo estas impulsaron un proceso de transnacionalización. En el tercer capítulo se estudian los efectos sociales, medioambientales y de seguridad que tales transformaciones tuvieron en los países vecinos.
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Antes de la Ley 489 del 29 de diciembre 1998, las entidades de la Administración Pública no estaban todas legalmente organizadas por sectores administrativos. Es apenas con la Reforma Administrativa de 1992, derivada de las facultades concedidas por el artículo 20 transitorio de la Constitución de 1991, que se empieza a hablar del tema: sectores de Justicia (Decreto 2157 de 1992 y Ley 10 de 1990), Salud (Decreto 2164 de 1992), Comercio (Decreto 2350 de 1992, Minas (Decreto 2119 de 1992), Educación (Decreto 2127 de 1992 y Ley 115 de 1994), Comunicaciones (Decreto 1901 de 1990), Transporte (Decreto 2171 de 1992) y Medio Ambiente (Ley 99 de 1993). En el año de 1997, en el gobierno Samper, se expidió la Ley 344 del 27 de diciembre de 1996 y se hablaba entonces de sectores de la Administración Pública. Con la expedición de la Ley 489 de 1998, se crearon los sectores administrativos integrados por un Ministerio o Departamento Administrativo y sus entidades adscritas y vinculadas, tal como está contemplado en el artículo 42.
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El trabajo a desarrollar tratará en una primera instancia las concepciones que surgieron con antelación a la Constitución Política de 1991, en donde la L ey adoptó a la infracción tributaria como ilícito (sin elevarlo a la categoría de delito y/o contravención), teniendo en cuenta las tendencias legales en materia penal y tributaria vigentes para la época, con in cidencia en la doctrina y la jurisprudencia. Con posterioridad se analizarán los cambios que la nueva Constitución introdujo para que fuesen acatados por los ordenamientos inferiores, y las consecuentes reacciones jurisprudenciales, legales y de doctrina que conllevaron la promulgación de dicha Carta y del Código Penal de 2000. Todo éste estudio se concreta sobre la discusión que surge al respecto de la responsabilidad de un infractor, pues se debe ser contundente al momento de expresar si dicha responsabilidad deriva objetivamente, o si por el contrario deriva de factores subjetivos que desentrañan el concepto de culpa
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Con la Constitución Política de 1991, se introdujo en el sistema jurídico colombiano un nuevo paradigma de interpretación a partir del cual la Constitución, como norma de normas, fija los límites para que el sistema normativo estructure las directrices que rigen la organización de nuestro país. Ante este inevitable fenómeno jurídico, nuestro sistema tributario no fue ajeno y fue el Artículo 338 de la Carta Política el encargado de sentar las bases para la reglamentación a nivel nacional y territorial de las normas tributarias.
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El régimen económico y de la hacienda pública en Colombia, el cual encuentra sustento en la Carta Política de 1991, se encargó de establecer y consagrar los principios y bases ideológicas sobre las cuales se fundamenta y nutre la institución presupuestaria, siendo ésta una de las herramientas esenciales de las finanzas públicas del país. Bajo este entendido, la Constitución Política propone que el concepto del presupuesto no sólo se entienda desde el punto de vista de su contenido contable y jurídico, sino que, también, éste se aborde desde la perspectiva de su contenido político y económico y, así, ser consecuente con el importante papel que ha de desempeñar éste como instrumento esencial de la hacienda pública. En tal virtud y desde el punto de vista del contenido político, la Constitución prevé la existencia de la repetición del presupuesto y la dictadura fiscal como herramientas para garantizar la continuidad de la actividad pública en las finanzas del Estado cuando el Congreso o el Gobierno no le den trámite oportuno; y éstas, no son otra cosa que mecanismos de control que le hacen eco al mencionado contenido político. 1No obstante, veremos cómo la realidad de la institución presupuestaria en Colombia se caracteriza por una profunda indiferencia social y política que ha impedido que el presupuesto se aprecie como figura trascendente para el afianzamiento de las finanzas del Estado. De esta manera, en primer lugar, haremos mención al presupuesto público y a su régimen jurídico desde el punto de vista de su contenido contable, político y jurídico, haciendo énfasis en su naturaleza jurídica; establecido esto, se expondrán las principales características de la repetición del presupuesto y la dictadura fiscal como mecanismos de carácter sancionatorio que buscan reforzar la participación activa de las ramas del poder público y, finalmente, se analizarán los principales efectos de la Sentencia de la Corte Constitucional C-1645 de 2000 en la institución presupuestaria.
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A través de la política ambiental del país, guiada por los principios constitucionales que rigen el tema ambiental, se han concebido unos instrumentos de punición, reparación y mitigación para contrarrestar los daños ambientales producidos por el hombre. Entre otras normas, el artículo 80 de la Constitución Política, le impone al Estado, representado por las autoridades ambientales, el deber de mitigar, sancionar y exigir la reparación de los daños causados al ambiente, debido a que los recursos naturales renovables le pertenecen a la nación, forman parte del patrimonio natural y aseguran el desarrollo sostenible, la calidad de vida y la seguridad alimentaria de los colombianos.
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La empresa Servicios Generales de Colombia SEGECOL como comercializadora agroindustrial y de salud publica, ha identificado como oportunidad de crecimiento la incorporación y adopción de un Sistema de Gestión Ambiental (S.G.A), ajustado a la normatividad expuesta por la organización internacional de estandarización ISO, mediante y a través de la aplicación de la norma técnica ISO 14000 y sus subgrupos. Las actividades cotidianas del ser humano a nivel individual y empresarialmente durante muchos años han deteriorado el medio ambiente obligando de tal forma asumir actitudes que normalicen dicha situación, desarrollando normatividad, legislación, capacitación y concientización al respecto. A partir de la década de los setenta se fortaleció todo tipo de acción a su favor, es así como nacen los grupos verdes, diferentes encuentros de orden mundial, conferencias de participación internacional, tratados, acuerdos y la concientización frente al compromiso de seguir evitando su deterioro y recuperar en la medida en que se permita los daños causados en el transcurso del tiempo. La nueva constitución del 91 creo el principal ente regulador como lo es el Ministerio del Medio Ambiente en el año de 1993. SEGECOL se encuentra desarrollando el proceso de diseño del Sistema de Gestión Ambiental, utilizando la herramienta de estandarización que ofrece la ISO 14000. En la búsqueda de dicho objetivo se identificaron cuatro impactos negativos ambientales relevantes que pueden ser mitigados, estabilizados y hasta recuperables, ellos son: el impacto de concentración de olores por la actividad de almacenamiento de productos, las basuras, consumo de energía y el ultimo impacto valorado lo representa el elevado consumo de papel.
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La Ciencia Política siempre ha buscado profundizar en el fenómeno del poder y sus causas. Las teorías han cambiado conforme a las circunstancias sociales a lo largo de la historia; no obstante, en la actualidad las dinámicas de comunicación facilitadas por elementos tecnológicos han generado coyunturas sin antecedentes como la ocurrida en Colombia el 4 de febrero de 2008 “Un Millón de voces contra las FARC” La generalización en el uso de Internet y –sobre todo- las redes sociales ha producido un acelerado nivel de activismo debido a la facilidad de cooperación y coordinación que se deriva de estructuras en red. Es sano pensar en una reevaluación de la teoría tradicional del poder vertical y traer al campo teórico nuevos elementos que generen herramientas de análisis sobre comunicación, poder horizontal, activismo y oportunidades políticas. El nacimiento de lo que algunos llaman “sociedad informacional” es lo que permitirá describir el concepto de “noopolitik”. Las que otrora eran movilizaciones políticas costosas y exigentes en recursos de coordinación y tiempo han venido siendo reemplazadas por explosiones de activismo catalizadas por un sentimiento común que han sabido servirse de las ventajas tecnológicas para lograr sus objetivos. Bien habla de ello el caso de estudio de esta investigación al ser la movilización más grande registrada, con más de 12 millones de personas alrededor del mundo y con el uso protagónico de redes sociales. El valor de la información –y por supuesto su difusión-, es ahora uno de los principales asuntos de la Ciencia Política moderna.
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Riqueza negra que no se ve es un reportaje periodístico que tiene como objetivo analizar el nuevo Sistema General de Regalías (SGR) promulgado por el Gobierno Nacional bajo la Ley 1530 de 2012. Específicamente, se seleccionó como estudio de caso Yopal, Casanare y algunos otros territorios donde se llevan a cabo actividades de explotación de recursos no renovables con el propósito de analizar junto a la población civil y autoridades gubernamentales el SGR y su impacto para el desarrollo social de la población colombiana.
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Los procesos transnacionales han marcado un cambio en las relaciones entre los actores del sistema internacional, permitiendo el trabajo por diversas causas a través de las fronteras. Esto ha sido aprovechado por los movimientos sociales, para que su lucha no quede enmarcada simplemente en su país, sino que a partir de objetivos, problemáticas, valores y acciones similares se vea reflejado en diferentes Estados y se de una acción común y colectiva para generar un cambio. Este fenómeno ha sido tomado como referente el Movimiento Pro-choice para articularse transnacionalmente en Colombia para la promoción de los Derechos Sexuales y Reproductivos en el periodo de 2001 a 2011, alcanzando una serie de objetivos importantes que han permitido cambios legales al interior del país, generando también un cambio dentro de la sociedad colombiana. El estudio, análisis y comprensión de la articulación del movimiento prochoice a partir de una dinámica transnacional para la promoción de los derechos sexuales y reproductivos en Colombia, se perfila como un tema de importancia por su coyuntura actual en el mundo, puesto que ha estado latente en los últimos veinte años. Igualmente, la identificación de la acción de los MST como otros actores internacionales en la transformación de las sociedades tanto locales como internacionales, traducido como un fenómeno que se puede explicar dentro de las Relaciones Internacionales.