1000 resultados para DERECHOS FUNDAMENTALES
Resumo:
Hay muchas formas de conocer un caso. Una no recomendable, por sí sola, si se quiere aproximar a lo que realmente sucedió, es leyendo la prensa o escuchando las noticias. Otra, que revela el lado humano y que tiene su dosis de parcialidad, es entrevistando a quienes protagonizaron los acontecimientos. Otra, no menos importante, es analizando documentos. Algo de estas formas encontraremos en este estudio. Pero me concentraré en el análisis del expediente del caso y haré referencias puntuales a las otras fuentes. ¿Por qué girar alrededor del expediente judicial? Pues simplemente porque lo que mira y valora el juzgador, lo puede apreciar el lector. El expediente, mientras subsista aún esta manía de registrar todos los actos antes de juzgar, ayuda a tener información, la “oficial”, para construir los hechos que serán motivo del juicio. Más allá de lo que diga la prensa, los protagonistas o los analistas, los juzgadores se tendrían que limitar a lo que consta en el expediente y a lo que se ha dicho en el juicio. Los hechos tienen que ser probados y estos tienen que ser muy graves para que las personas acusadas sean condenadas. ¿Se han probado los hechos y merecen juicio y condena las personas acusadas? De esto se trata este estudio: describir los hechos, tratar objetivamente de informar si se han probado esos hechos y valorar, desde la lógica de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, si es que las actuaciones de los agentes de policía y los servidores judiciales es o no conforme a un Estado constitucional de derechos y justicia. Para lograr estos objetivos, de contar y valorar a la luz de los derechos fundamentales, me he propuesto el siguiente esquema: relatar los hechos que motivan el procesamiento, enunciar el derecho aplicable, valorar las actuaciones procesales y concluir afirmando si hay o no violaciones a los derechos fundamentales.
Resumo:
La “Ley Orgánica de Redistribución de los Ingresos para el Gasto Social” aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial Suplemento 847 del 10 de diciembre de 2012, es el objeto principal de esta investigación. La forma en la que fue planteada, el proceso seguido hasta su aprobación, y la esencia misma de la Ley, dejan dudas respecto de la constitucionalidad de la norma. Para el análisis ha sido necesario referirse tanto a los principios constitucionales como a los principios legales y a aquellos comunes a la generalidad del Derecho, previo a un análisis de la protección jurídicoconstitucional del contribuyente. Se hace referencia a dos fuentes del Derecho, la Constitución y los Acuerdos Internacionales, específicamente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los mismos que consagran el principio de igualdad ante la ley y no discriminación de personas, grupos o comunidades, que es aplicable en cualquier situación jurídica. El principio de igualdad, es en nuestra constitución, un principio de aplicación de los derechos fundamentales, y por tanto antecede a la igualdad tributaria, en cuanto exige una actitud de los poderes públicos contra la discriminación y un imperativo de su actuación para el legislativo. El trabajo incluye una visión del sistema económico político y social imperante antes de la reforma legal; un examen de la Ley y las diferentes facetas de la carga tributaria y de las sanciones previstas; un análisis de las finanzas públicas, del gasto social y de los efectos de la Ley en la economía, así como la incidencia de los impuestos; y, un estudio sobre el papel del sistema financiero en la economía y el marco de regulación y control al que está sujeto. Al final se ensaya una perspectiva sobre la economía para el 2014, advirtiéndose las señales que inquietan al inversionista y los riesgos sistémicos sobre los cuales las autoridades de control deben tomar atención especial. Se realiza un breve análisis sobre hechos subsecuentes, como la aprobación del Código Monetario y Financiero por parte de la Asamblea Nacional. Tanto en el campo del Derecho, como en el de la Economía, se recurre a criterios de destacados expertos que han enriquecido la investigación.
Resumo:
La invisibilidad de las colectividades diferenciadas, hizo de los indígenas víctimas de discriminación. El Estado ecuatoriano los consideró meros ciudadanos, y a sus territorios zonas de expansión poblacional y explotación de yacimientos petroleros, que por más de cuatro décadas gravita en el desarrollo nacional. La organización y movilización de los pueblos indígenas, así como la protección en la normativa internacional, confluye en el reconocimiento de sus derechos colectivos, entre ellos la consulta previa sobre explotación de recursos no renovables, y medidas legislativas o administrativas que puedan afectarlos. Más como las actividades extractivas y desarrollistas excluyentes, en nombre del interés mayoritario, no tienen límites y se ejecutan sin el consentimiento; la consulta previa, de gran legitimación social y que debe cumplirse sin restricciones bajo estándares internacionales, no pasa de la retórica; su omisión vulnera otros derechos fundamentales de los sujetos, y así la confrontación persiste. En este escenario, al que se suman los proyectos de minería en gran escala, se legitima la tutela judicial efectiva de la consulta previa en el régimen de la plurinacionalidad y del sumak kawsay. Pero para ello requerimos regularla sin restricciones, desde la perspectiva procesal, sin violar la reserva de ley, con la participación de sus sujetos, y además defenderla con acciones procesales concretas. Así la justicia que ha definido líneas para su implementación ante falta de configuración legal, está en el centro de la controversia, y llamada a protegerla con fallos ponderados en función de los demás derechos amenazados por su omisión.
Resumo:
Este trabajo contrapone dos modelos que establecen la relación entre democracia y derecho, los cuales suponen dos formas de concebir la naturaleza del poder respecto de los derechos fundamentales. Paradójicamente, estos dos modelos están en las modernas Asambleas Constituyentes.
Resumo:
La presente tesis pone de presente las oscilaciones que la Corte Constitucional de Colombia ha tenido en torno al derecho de la Consulta Previa, dando cuenta de los alcances y vicisitudes en cuanto a la manera como se ha interpretado el Convenio 169 de la OIT ratificado por Colombia en la Ley 21 de 1991 y cómo éste derecho, dada la omisión legislativa al respecto, ha sido de construcción pretoriana, que no obstante sus vaivenes, ha contribuido a darle cuerpo a la consulta previa, por lo que, teniendo en cuenta la enorme variedad de medidas administrativas, susceptibles de ser consultadas, se hace énfasis en el otorgamiento de licencias ambientales, en el marco de la democracia participativa colombiana, constituyendo un tema poco pacífico de la antropología jurídica en Colombia y otros países de la región, pues hay una aparente tensión entre los derechos de las minorías y el derecho ambiental con el desarrollo industrial que concierne a la generalidad de los asociados. Este Derecho fundamental está conformado por otros dos derechos fundamentales, como son el de preservar su integridad étnica y el de la participación. Por lo que se hace necesaria la implementación de espacios de interlocución, para cada caso particular, en donde activamente, dichos pueblos, expresen sus inquietudes frente al proyecto o actividad; y que conjuntamente con quien va a desarrollarlos, diseñen medidas tendientes a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos derivados de tales obras o actividades.
Resumo:
Esta investigación ofrece, a partir de los presupuestos del positivismo metodológico, una interpretación de la teoría general del garantismo desarrollada por Luigi Ferrajoli y de su aplicabilidad en la atribución de significados dentro del derecho constitucional ecuatoriano. Se enfatiza en los alcances y límites del garantismo como teoría interpretativa del constitucionalismo ecuatoriano. Los alcances del paradigma garantista en el derecho constitucional ecuatoriano, son incuestionables. El profesor Ferrajoli, como ningún otro autor, nos ayuda a comprender el sistema de garantías de la Constitución de 2008 que impone una función nomoestática y nomodinámica al derecho positivo, relacionada con la validez sustancial y formal respectivamente. En cuanto a los límites del garantismo ferrajoliano, se da cuenta de los problemas que conlleva la teoría de los derechos fundamentales de Luigi Ferrajoli y su teoría cognoscitiva de la interpretación constitucional. Afirmamos por una parte, que la Constitución de 2008 consagra derechos constitucionales que no cumplen con la estructura de los derechos propuesta por Luigi Ferrajoli, pero que son tan fundamentales como los derechos individuales, a la hora de definir los límites y vínculos del Estado constitucional conforme al paradigma garantista. Por otra parte, sostenemos que la Constitución de 2008 padece de graves problemas valorativos (quizá más graves que el de otros sistemas constitucionales) que exigen problematizar la reducción de la interpretación constitucional a una labor cognoscitiva (descripción y no creación de significados), tal como es operada por el profesor Luigi Ferrajoli.
Resumo:
When it comes to human rights, the first thoughts that come to mind are the rights to life, liberty or equality, among others, which possess the concept of being fundamental. Commonly, culture and heritage are not usually considered as rights; however, as well as there is the right to own legal identity, there is also the right to enjoy a cultural identity. This paper deals precisely with the study of culture and cultural heritage as a human right. Cultural heritage’s meaning concept is analyzed, its enclosure between fundamental rights and the way that it should be protected, essentially by the State. The Ecuadorian case is also analyzed around their legislation and cultural management, in order to assess the treatment that this right has been received in the country.
Resumo:
Los conceptos que definen al derecho a la salud y al derecho al acceso a medicamentos han sufrido cambios en virtud de las necesidades que se han ido planteando a través de los años en el campo de la salud. Al ser el Estado, por mandato constitucional, el ente responsable de garantizar un ejercicio efectivo de estos derechos, se han constituido diversas herramientas de carácter jurídico que han dado paso a una mayor oportunidad de ejercer de manera plena estos derechos por parte de quienes los detentan; de entre las herramientas mencionadas sobresalen los instrumentos internacionales suscritos por los Estados, los mismos que, en teoría, responden a las necesidades de los países en materia de salud. En lo que respecta al Ecuador, los mencionados derechos han sido considerados dentro de aquellos necesarios para poder alcanzar el denominado “buen vivir”, ubicándolos en una esfera constitucional especial. Sobre la base de lo anterior se han adoptado ciertas políticas que han conducido a la suscripción de instrumentos internacionales en materia de salud, con el fin de buscar cooperación internacional que permita satisfacer las múltiples necesidades que tiene nuestro país en ese campo. Con el antecedente expuesto, se ha desarrollado una investigación con el objeto de determinar la conveniencia de suscribir instrumentos internacionales en materia de salud como una herramienta jurídica para garantizar el goce efectivo del derecho a la salud y del derecho de acceso a los medicamentos, así mismo hacer un breve análisis de la normativa constante en el marco jurídico interno que regula el ejercicio de estos derechos, lo anterior de manera paralela a aquellos instrumentos que se suscriben en el marco de la Comunidad Andina, institución que contiene en su objetivo de creación el velar por aquellos derechos fundamentales de los ciudadanos de la Región.
Resumo:
Incluye bibliografía
Resumo:
Incluye Bibliografía
Resumo:
La tasa de desempleo de América Latina y el Caribe en 2012 fue la más baja de las últimas décadas, tras descender al 6,4%, del 6,7% que registró el año anterior. Esta cifra es especialmente relevante a la luz de la difícil situación que impera en los mercados de trabajo de otras regiones del mundo. Los indicadores laborales mejoraron pese al modesto crecimiento de la economía regional, de apenas un 3,0%. A pesar de un marcado aumento de la participación laboral, el número de desempleados urbanos bajó aproximadamente 400.000 personas, gracias a una generación de empleo relativamente fuerte. Sin embargo, aún quedan alrededor de 15 millones de personas desocupadas que buscan trabajo. Otros hechos destacados de 2012 fueron la reducción, aunque moderada, de las brechas de participación, ocupación y desempleo entre hombres y mujeres, así como el incremento del empleo formal, la reducción del subempleo por insuficiencia de horas y el incremento de los salarios medios. Obviamente, el desempeño fue heterogéneo entre los países. En el Caribe, por ejemplo, nuevamente se registró un deterioro de los indicadores laborales, lo que evidenció la falta de dinamismo de las economías. Por otra parte, preocupa la sostenibilidad de los avances laborales recientes. La mayor parte de los nuevos empleos surgieron en la región como resultado de un círculo retroalimentado donde la generación de nuevos empleos y salarios reales crecientes (y con mayor acceso al crédito) ha aumentado el poder de compra de los hogares y ha fortalecido la demanda interna. Una gran parte de esta demanda se dirigió a bienes y servicios no transables (y a las importaciones), lo que estimuló la expansión del sector terciario y su demanda de mano de obra, con lo cual muchos de los nuevos trabajos surgieron en estas ramas de actividad. Si bien esta situación tiene varios efectos laborales y distributivos positivos, su sostenibilidad es motivo de preocupación en un contexto en que la inversión —aun con algunos avances recientes— se mantiene a niveles relativamente bajos y con una composición que no favorece la diversificación productiva. Hay dudas sobre el futuro dinamismo de la capacidad productiva, ya que la región enfrenta enormes retos en términos de innovación, calidad de la educación, infraestructura y productividad. Los avances en la reducción del desempleo abierto mediante una dinámica generación de empleo han renovado el interés en las características que tiene este empleo. En la región ya hay conciencia de que el crecimiento económico es esencial pero no es suficiente para crear más y mejores empleos. La OIT ha venido insistiendo desde hace tiempo en que no basta con la generación de empleo de cualquier tipo y por ello ha propuesto el concepto del trabajo decente, para subrayar que se requieren empleos de calidad donde se respeten los derechos fundamentales en el trabajo. La Asamblea General de las Naciones Unidas hizo suyo este concepto y lo incorporó como parte de las metas a alcanzar en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. En este octavo número de la publicación de la CEPAL y la OIT, “Coyuntura Laboral en América Latina y el Caribe”, revisamos la evolución del concepto de trabajo decente en la región, los progresos en la medición y los retos para la construcción de un Sistema de información de trabajo decente, a 14 años de su primera formulación. Si bien desde sus inicios el concepto de trabajo decente estuvo acompañado por el desafío de la medición, no hay que perder de vista que su primer objetivo fue estimular un debate sobre las mejoras laborales posibles en cada país. En este contexto, más que definir un umbral universal para lo que sería un trabajo decente, lo que podría llevar al resultado de que algunos países muy desarrollados casi hubieran alcanzado la meta mientras que en otros países pobres habría una situación casi sin esperanza, la OIT ha llamado a los países a definir sus propios criterios y mediciones como instrumento para fomentar las políticas en favor del trabajo decente. Por lo tanto, no se establece un juego común de variables de medición del trabajo decente vigente para todos los países, sino que se sugiere que los países avancen en su medición, según las prioridades que determinen sobre la base de la información disponible y la que se pueda recabar en el futuro. Por otra parte, esta estrategia de avanzar según la disponibilidad de datos de cada uno de los países tiende a dificultar la comparación de sus estadísticas. Por ello, una vez que los países desarrollen sus respectivos sistemas de información de trabajo decente, también es importante apuntar a una armonización entre ellos, tarea para la cual cuentan con el apoyo técnico de la CEPAL y la OIT. Con respecto a lo que sucederá en 2013, reina un optimismo cauteloso respecto de la evolución de los mercados laborales de la región. De cumplirse la proyección de leve aceleración del crecimiento económico —de un 3,5%—, los indicadores laborales continuarían mejorando gradualmente, con nuevos incrementos de los salarios reales y una leve caída de la tasa de desempleo regional de hasta 0,2 puntos porcentuales, sobre la base de un nuevo aumento de la tasa de ocupación y un menor incremento de la tasa de participación.
Resumo:
Pós-graduação em Serviço Social - FCHS
Resumo:
This paper presents the main achievements in the field of children and youngsters social rights and provides some data on Brazilian education that show the discrepancy between the legal guidelines and the educational situation of children and youngsters within public schools. It presents a critical approach to the ways production and attendance of school problems have been interpreted and shows the dimension in which social facilities established to provide protection to children and adolescents have not been able to ensure a good quality schooling. It highlights the Guardian Council as addressee of school demands and stands out the urgency of debating the violation of fundamental rights such as the lack of quality in education, the repeated situations of failure, and dropping out experienced by a significant number of poor students. The analyzes developed point to the fragility of the relationship between school and Guardian Council revealing an institutional dynamic that individualize social issues. The analyzes developed also suggest the possibility of including Psychology mediation to school, family and Guardian Council. These aim to break the hegemony of the gaze individualizing approach that blame individual and / or family for school failures. This all present to professionals the urgenct for a critical attitude, based on theoretical and practical approaches able to research and propose critical interventions in order to overcome the production of educational exclusion.
Resumo:
Fundação de Amparo à Pesquisa do Estado de São Paulo (FAPESP)