861 resultados para Sociedad Patriótica de Amigos de la Constitución en Malta
Resumo:
El artículo hace referencia a la jerarquía de los tratados internacionales de derechos humanos en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, resume el procedimiento establecido por la Constitución Política del Ecuador para la aprobación y ratificación de los tratados internacionales en general y del Estatuto de Roma de creación de la Corte Penal Internacional y establece la relación entre las obligaciones del Estado ecuatoriano en materia de derechos humanos y la aprobación y ratificación del Estatuto de Roma.
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Las organizaciones indígenas han hecho una rigurosa defensa de su cosmovisión y concepción de justicia, remarcando diferencias con el derecho estatal moderno. Las expresiones del ejercicio del poder interpuestas ante el Estado, permiten entender las formas de poder étnico como factor constitutivo de la cuestión étnica. Los derechos humanos de los Pueblos indígenas deben hacer parte integral de una política de Estado, que armonice con el resto de políticas, especialmente con las de desarrollo económico.
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A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.
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El presente estudio ofrece un análisis sobre el juicio político como una de las instituciones de un Estado de Derecho en el que la responsabilidad y el control de los gobernantes y los órganos del poder público es efectivizada indirectamente a través del ejercicio de la facultad fiscalizadora del Congreso Nacional. Como antecedente, el autor inicia con el estudio de la facultad de inspección o la información documentaria del Congreso Nacional, así denominada por la Ley Orgánica de la Función Legislativa, para señalar al juicio político como la consecuencia del incumplimiento del funcionario a este requerimiento, a más de este caso, describe el autor los requisitos numéricos para instruir el juicio político, oportunidad, procedimiento, causales, los sujetos pasivos, que son analizados individualmente. Para el efecto el autor se remite a datos históricos, legislación nacional y comparada, y doctrina. La exposición incluye también comentarios de interpretación y un colofón con conclusiones y fundados comentarios.
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El presente trabajo académico se propone auscultar el alcance del principio de legalidad en el sistema administrativo ecuatoriano a la luz de la Constitución de 2008. Para el efecto, se remonta a los antecedentes que precedieron la implantación del Estado Constitucional de Derechos y Justicia y los componentes que han pretendido modular su fisonomía. Profundiza sobre el principio de aplicación directa de las garantías fundamentales y la obligación de los jueces y funcionarios públicos de garantizar su vigencia. En el segundo capítulo, se aborda el principio de legalidad y su proyección en la doctrina, el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia, poniéndose énfasis en el estudio de las potestades administrativas y las notas características que las clasifican en regladas o discrecionales, así como sus formas de control. Como colofón a este capítulo, se explora la vinculación de dicho principio, con los del debido proceso y seguridad jurídica. El tercer capítulo encara el conflicto entre los principios constitucionales de legalidad y aplicación directa de la Norma Fundamental, así como la facultad de los operadores jurídicos de ponderar su vigencia. Se detiene en el análisis del surgimiento irremediable de la pugna entre la Corte Nacional de Justicia y la Corte Constitucional por la convivencia de jurisdicciones y la facultad revisora del máximo órgano de control constitucional. Del mismo modo se proponen mecanismos para armonizar la aplicación de ambos principios en el marco de las competencias de los operadores jurídicos, llegando a su desenlace mediante planteamiento de conclusiones.
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Aunque en el Derecho comparado el bloque de constitucionalidad se ha venido desarrollando desde hace más de tres décadas, en nuestro país su tratamiento es de gran novedad, su importancia teórica y práctica es inmensa, más aún con la expedición de una nueva Constitución, que merece precisamente el adjetivo calificativo de nueva, por consagrar al Ecuador como un Estado constitucional de derechos y justicia. Sobre la base de dicha premisa el presente ensayo realiza un estudio histórico comparado de esta institución del cual se desprende un ejercicio crítico que, conjuntamente con el estudio de las cláusulas de remisión de nuestra actual Constitución y la experiencia jurisprudencial ecuatoriana, permiten construir una definición y establecer un contenido propio para nuestro sistema jurídico, advirtiéndonos sobre sus oportunidades y riesgos.
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La Constitución ecuatoriana promulgada el 20 de octubre de 2008 prescribe en el art. 11.9 que la responsabilidad estatal consiste en la reparación de las violaciones a los derechos por la falta o deficiente prestación de servicios públicos o por acciones u omisiones en el ejercicio de potestades públicas, reparación que es integral conforme el principio garantista de protección los derechos previsto en el art. 86.3. El presente estudio aborda aspectos generales de la naturaleza jurídica de la responsabilidad estatal –de la irresponsabilidad a la responsabilidad estatal–, su evolución –de la concepción civil indemnizatoria a la concepción reparadora integral–, y los denominados títulos jurídicos de imputación objetiva –falla del servicio, desequilibrio de las cargas públicas–, que serán de trascendental importancia para la comprensión de nuevo régimen, y cuyos aspectos específicos ameritarían un examen más amplio.
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La presente tesis, presenta los efectos jurídicos de la relación constitución- relaciones internacionales, revisando nociones como soberanía y tratado internacional, también se delinean las principales características del control constitucional a priori, como uno de los máximos referentes para que un estado soberano pueda ser parte de un proceso de integración regional, sin dejar de lado un precepto básico de todo ordenamiento jurídico y de toda relación interestatal: la supremacía constitucional. Producto central de este trabajo de investigación es delimitar el tratamiento normativo que da la Constitución boliviana a las relaciones internacionales, el comercio internacional y la integración, advirtiendo después de un minucioso estudio, que existen carencias en su regulación ya que las únicas competencias en materia internacional son solo de carácter funcional, no existiendo alguna definición en la Carta Magna de Bolivia sobre relaciones externas del Estado. Por otro lado, si bien se puede manifestar que en Bolivia existe un control a priori que se desprende de la Constitución boliviana en el artículo 120 Nº 8, el mismo no garantiza el que se preserve la noción de supremacía constitucional, ya que no están claros en la Ley del Tribunal Constitucional N° 1836, menos en la Constitución, cuáles serían los efectos jurídicos de la aprobación de tratados o convenios multilaterales virtualmente inconstitucionales a pesar de la reserva del Tribunal Constitucional.
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En proyectos inmobiliarios, generalmente los promotores y/o constructores optan por realizar créditos bancarios con garantía hipotecaria para la obtención de recursos; sin embargo, las instituciones financieras no siempre están dispuestas a realizar préstamos para el sector de la construcción; razón por la cual, una buena opción para poder continuar con sus proyectos de construcción son los procesos de titularización de proyectos inmobiliarios, mismos que por desconocimiento no se realizan a menudo. A lo largo de éste trabajo, se determinará la viabilidad financiera para realizar una titularización y un crédito bancario con garantía hipotecaria con el afán de conocer el área en metros cuadrados del proyecto inmobiliario a partir del cual es recomendable realizar un fideicomiso de titularización o un crédito bancario con garantía hipotecaria; sin embargo, no solamente se analizará la parte financiera sino también el procedimiento para constituir el fideicomiso mercantil y obtener la autorización de emisión de valores; así como, el procedimiento para la instrumentación de créditos bancarios con garantía hipotecaria del inmueble sobre el cual se realizará la construcción del proyecto. A nivel macro, el presente trabajo servirá como una guía práctica para aquellas personas que deseen conocer un poco más acerca de los fideicomisos de titularización y de los créditos bancarios con garantía hipotecaria; pero sobre todo, la determinación de la viabilidad financiera para la constitución de fideicomisos de titularización de proyectos inmobiliarios y para la instrumentación de créditos bancarios con garantía hipotecaria con el afán de decidir adecuadamente entre una de éstas dos opciones como mecanismos de obtención de liquidez para la construcción de proyectos inmobiliarios en el Ecuador.
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El estudio de las representaciones e imágenes de la mujer y los roles de las mujeres en la sociedad colonial de la antigua Gobernación de Popayán, pasa en este trabajo, por hacer un esbozo del origen del pensamiento y del discurso fundador de las representaciones que sobre la mujer predominaron; por describir las alianzas y las instituciones que se encargaron de ejercer el control y por establecer la circulación, aceptación y/o transgresión que el discurso oficial hizo la sociedad. En este estudio se analiza cómo el surgimiento de una nueva sociedad con características particulares como la colonial, impone cambios de fondo que produjeron una resemantización del discurso y que permitió la aplicación de nuevos modelos de representación de las mujeres, donde ganarán peso las categorías de honor, recato y desvergüenza; podremos ver que, aunque el discurso oficial prohibía a las mujeres ejercer actividades en los espacios públicos de la política, la economía y la cultura, dichas actividades estuvieron permanentemente administradas y dirigidas por ellas. Finalmente, podemos decir que los roles que cumplieron las mujeres en la sociedad colonial les permitieron matizar las concepciones y modelos que sobre su deber se imperaban; la transformación, aunque, no radical, sí nos muestra que las mujeres asumieron más carácter individual, y por lo tanto mayor grado de identificación personal y social.
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Este artículo analiza el tratamiento que da la Constitución a la igualdad enfocada en el género, por lo que profundiza en algunos de los principios que la configuran y los mecanismos previstos en la Constitución para su efectiva realización, todo ello, sin dejar de reconocer las deficiencias que existen en el ámbito práctico
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El presente trabajo de investigación esta referido al estudio y análisis del Consejo de la Judicatura en la Constitución Política del Estado Boliviano, ya que la creación de esta importante institución, como órgano rector administrativo y disciplinario del Poder Judicial, se incorpora a las reformas constitucionales y llega a formar parte del proceso de modernización del sistema judicial en Bolivia. La importancia de esta investigación radica, que con la creación de nuevos organismos dentro del Poder Judicial, como el Consejo de la Judicatura, se busca enfrentar los problemas de desconfianza e inseguridad jurídica, solucionándolos y devolviendo al ciudadano la fe y confianza en la administración de justicia y en sus instituciones democráticas. El contenido del Primer Capítulo, esta referido a los antecedentes y análisis de las reformas constitucionales que se van desarrollando en los países de América Latina, donde se puede advertir procesos destinados a la reforma y modernización del Estado, siendo uno de los elementos más importantes las reformas judiciales para lograr el desarrollo de una justicia legítima y creíble, asimismo se realiza una síntesis de las reformas constitucionales que se dieron en Bolivia, desde la primera Constitución de 1826 hasta llegar a la última reforma de 1994, dando lugar a la creación del Consejo de la Judicatura, y de esta manera se examina la crisis del Poder Judicial boliviano. En el Segundo Capítulo, se realiza un estudio sobre la reforma constitucional de 1994 y, la creación e implementación del Consejo de la Judicatura en Bolivia, como institución clave del control de la administración de justicia, teniendo importancia histórica en el país, porque por primera vez se cuenta con un órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial; de igual manera se hace un examen global de la Ley del Consejo de la Judicatura. En el Capítulo Tercero, denominado el Consejo de la judicatura, se estudia en forma exhaustiva su estructura orgánica desde el punto de vista de la Constitución Política del Estado y de su propia Ley. De igual manera se hace un análisis de la organización administrativa del Consejo, de los recursos humanos en la Ley del Consejo de la Judicatura y del régimen económico y financiero del Poder Judicial. El estudio del Consejo de la Judicatura como órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial, se encuentra en el Cuarto Capítulo, donde damos a conocer sus funciones y atribuciones; además se hace un análisis del régimen disciplinario del Poder Judicial, señalando la procedencia de los procesos disciplinarios y cuales los alcances y efectos de las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura. En el Capítulo Quinto, se analiza al Instituto de la Judicatura de Bolivia, como una unidad desconcentrada de capacitación y formación profesional a los servidores judiciales, dependiente del Consejo de la Judicatura; su naturaleza, funciones y estructura orgánica del mismo, para concluir con una evaluación de su funcionamiento hasta nuestros días. El Capítulo Sexto esta referido a la responsabilidad del Estado por error en la administración de justicia, donde se hace un estudio sobre la responsabilidad que tiene el Estado por el daño producido como consecuencia del mal funcionamiento de la administración de justicia; analizando de igual manera el caso boliviano. Finalmente, en las conclusiones damos a conocer la importancia y crítica de la creación y funcionamiento del Consejo de la Judicatura en Bolivia. Por todo lo anteriormente señalado, el objeto de la presente tesis, no solo es proporcionar una exposición básica y sistemática del contenido que comprende, sino resaltar la importancia de la creación del Consejo de la Judicatura. Este trabajo está destinado a juristas, abogados, estudiosos en derecho, estudiantes y a todo individuo que se considere miembro de un Estado y pueda tener la seguridad del respeto a sus garantías y derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Estado, a través de una eficiente administración de justicia.
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Se parte de abordar un tratamiento conceptual sobre los enfoques teóricos de la integración que de alguna manera evalúan el rol que el Estado debe cumplir en estos procesos. Se advierte que la teoría liberal, basada en principios estáticos, no explica la importancia de la integración para los países en desarrollo~ y que por otra parte, el Neoliberalismo, que ha inspirado la oleada aperturista y regionalizadora en América Latina, no teoriza rigurosamente sobre el rol que el Estado debe cumplir en estos procesos, y se limita a sostener la no intervención estatal en beneficio de una participación del mercado. Así mismo se sostiene que el enfoque estructuralista -constituido desde varias vertientes, pero que tiene en el cepalismo de los sesenta su mejor expresión- ha visualizado a la integración como un mecanismo de constitución de mercados ampliados que harían posible el objetivo de la industrialización. El mercado, al no ser el mejor asignador de recursos debe dar paso a políticas estatales planificadas y a una intervención impersonal del Estado. Para la elaboración de una teoría alternativa de la integración deberían tomarse en cuenta elementos económicos, en la perspectiva de lograr el desarrollo regional, pero también deben considerarse elementos políticos que evaluen la importancia estratégica de la integración para nuestros países, elementos sociales en la perspectiva de eliminar las asimetrías existentes, e incluso sustratos culturales comunes. Al tratar el tema del Estado y la integración en el Ecuador, se parte de una definición conceptual sobre el Estado, y de un análisis de dos épocas diferenciadas dentro del Grupo Andino, la primera fase guiada por el enfoque estructuralista y la de ahora en la que prima una visión neoliberal y de mercado; se ha constatado en esta última fase una franca expansión del comercio provocada por la liberalización acelerada, sin embargo no se advierte que sea una tendencia sostenible en virtud de que no se basa en una integración productiva sino comercialista. Se plantea que ha habido un cambio de rumbo en la conducción del Estado en el Ecuador en materia de integración, tendencia que inicialmente fue provocada por la oleada aperturista que afectaba al resto de países, pero que poco a poco ha ido tomando sustento propio como consecuencia del viraje ideológico que han experimentado nuestros propios gobiernos, quienes han cambiado desde una postura tradicional en el Grupo Andino de plantear políticas heterodoxas por su condición de país de menor desarrollo relativo, en favor de posiciones más liberales. Se aborda un análisis sobre las preocupaciones que la sociedad civil ha manifestado en este último período acerca de la integración subregional. Se constata que hay un acuerdo generalizado por exigir una mayor participación de los distintos actores sociales tanto en la definición como en la implementación de los mecanismos del Acuerdo. Se concluye que el Estado en los países en desarrollo debe desempeñar un papel relevante en los procesos de integración, no solo para corregir distorsiones y desequilibrios, sino para promover activamente sectores productivos estratégicos seleccionados como parte de una planificada estrategia de desarrollo.
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Índice: 1. La crisis del derecho y del Estado. 2. El neoconstitucionalismo. 3. Caracterización del Estado y el derecho a partir de la Constitución de 2008. 4. El neoconstitucionalismo transformador: el paradigma esperanzador, las tensiones y los retos. Post scriptum. La primera (mala) reforma a la Constitución de Montecristi.
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Sumario: Introducción. I. La constitución ecuatoriana del 2008 y la centralidad de los derechos fundamentales. II. El sumak kawsay y la filosofía andina. 1. La relacionalidad. 2. La correspondencia. 3. La complementariedad. III. Los paradigmas de la salud. 1. La salud como mercancía. 2. La salud integral desde la interculturalidad. IV. El derecho a la salud en la Constitución ecuatoriana. 1. Naturaleza de los derechos. 2. Los derechos del buen vivir. 3. El régimen del buen vivir. 4. Las garantías. Bibliografía.