430 resultados para SANCIONES TRIBUTARIAS


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Se pretende analizar la repercusión social y la trayectoria educativa de las asociaciones juveniles en Castilla y León, desde su génesis en un clima de semiclandestinidad, su vigencia durante los diferentes gobiernos de la transición, hasta su consolidación con un régimen democrático, e integrar las distintas prácticas socioeducativas en la teoría que las fundamenta. La metodología de trabajo de esta investigación integra aspectos de varios métodos complementarios. Tomando como referencia el método histórico-educativo, se introducen técnicas del método sociológico, para acercarse a la realidad asociativa desde una triple dimensión: pedagógica, social e histórica. Para lo cual, se compatibilizan métodos cuantitativos y cualitativos con el fin de describir y analizar el proceso asociativo. El desarrollo del trabajo implica la utilización de una gran variedad de fuentes: escritas, orales, audiovisuales, icónicas y estadísticas. En concreto, las fuentes que nutren la investigación son: actas de reuniones, materiales de formación, proyectos educativos, programaciones, memorias de actividades, actas de reuniones, hojas informativas, memorias de monitores de prácticas, revistas de difusión interna, listados, censos, artículos, recortes de prensa, apuntes personales, justificación de subvenciones, convenios, informes de administración, oraciones, rituales de paso, cuadernos de progresión personal, trabajos de campo, trabajos manuales, murales, materiales, pinturas, insignias, diarios, uniformes, facturas, presupuestos, fotografías, vídeos, entrevistas, encuestas... El objeto de estudio son las asociaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, concretamente se toma como referencia: Salamanca, Burgos, Valladolid, y Palencia, entre los años 1975-1986. La investigación comienza con descripción del marco educativo, posteriormente se contempla el fenómeno asociativo desde una perspectiva más sociológica e histórica. La tercera parte de la investigación, hace referencia a los Consejos de la Juventud, para continuar con el análisis de la trayectoria del Movimiento Scout Católico. La investigación finaliza con el estudio de un movimiento juvenil relevante y de cierta trascendencia social, Cruz Roja Juventud. La educación formal y no formal son, en cierta medida, tributarias de los movimientos juveniles. Las asociaciones juveniles constituyen un espacio formativo consolidado por niños, niñas y jóvenes. La dificultad de hacer efectivo el ideal de escuela como instrumento de cambio social y la insatisfactoria consecución del objetivo de la educación integral ha permitido el surgimiento de planteamientos educativos alternativos y complementarios, como el de los movimientos juveniles. El valor pedagógico de los movimientos juveniles reside en el aprendizaje conectado con la realidad. Pero no solo esto, si no que, las asociaciones juveniles han incorporado estrategias, materias y planteamientos de educación ambiental, educación para la salud, coeducación, educar para el consumo, habilidades de planificación, responsabilidad, trabajo cooperativo, entre otras muchas. Algunas asociaciones juveniles como el escultismo adoptan metodologías y finalidades educativas, influenciadas de corrientes pedagógicas innovadoras como es la escuela nueva. A su vez, estos movimientos han sido pioneros en la utilización del juego como instrumento educativo, no sólo en la formación de niños y niñas, sino también de adolescentes, jóvenes y adultos.

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Se propone la implantación de un plan de convivencia en los centros escolares con el que añadir la prevención y la cohesión social al tradicional régimen de sanciones. Se habla de las posibles estrategias de prevención de conflictos en los centros educativos, de las posibilidades de la educación en el conflicto, del modelo educativo tridimensional para la convivencia y de la importancia de la cohesión social y de las normas de convivencia democráticas.

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Resumen basado en el de la publicación

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Monogr??fico con el t??tulo: ?????Tareas?, un reto que afrontar???

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Se analiza el efecto de la magnitud de la probabilidad de la pérdida en el riesgo asumido por 60 conductores, de edades comprendidas entre los 19 y los 44 años (Media = 23.38; SD = 4.78), en un programa de simulación de conducción. Tanto las teorías basa as en la utilidad esperada, como los modelos basados en la Teoría del Aprendizaje, predicen una relación inversa entre dichas variables y el riesgo asumido. Los resultados de nuestro estudio corroboran tales predicciones en cuanto a la probabilidad de la pérdida: el riesgo asumido disminuye a medida que aumenta la probabilidad de la pérdida. El riesgo asumido, en cambio, parece ser independiente de la magnitud de la probabilidad de la pérdida. De acuerdo con estos resultados, resultaría más efectivo aumentar el control para garantizar el cumplimiento de las normas de circulación que incrementar la cuantía de las sanciones por su incumplimiento

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El objeto de esta tesis es el análisis de la autorregulación regulada, es decir, el análisis de las normas y de los controles privados que poseen relevancia para el Derecho público. A pesar de su aparente desvinculación con el Derecho Administrativo, la autorregulación es una tendencia que se percibe cada vez con mayor nitidez; es, claramente, un fenómeno que se asocia principalmente al uso de nuevas tecnologías, pero que desborda con mucho este ámbito. La autorregulación es una noción directamente relacionada con la transformación de las formas de gobernanza impulsada desde la Unión Europea; es una nueva técnica o instrumento que las normas jurídico-públicas, a través de numerosas remisiones a la autorregulación, ponen en manos de la administración para gestionar los fines que ésta tiene encomendados. Existe, sin embargo una clara disociación entre las esperanzas puestas en la autorregulación y la falta de respuestas que ofrece el derecho positivo. Un análisis exhaustivo de la jurisprudencia y de la legislación que utilizan la voz "autorregulación" me ha llegado a concluir que este vocablo es en nuestro ordenamiento, un "término sin concepto". En esta fuentes se asimila la "autorregulación" con la capacidad de autonormación de un sujeto. Es el derecho comunitario el que la autorregulación como una alternativa o un complemento a la desreglamentación estatal y como una manifestación de un traslado de funciones y responsabilidades públicas a la sociedad. Por influencia del Derecho comunitario, el legislador pretende, a través de la autorregulación, alcanzar dos finalidades aparentemente contradictorias: (a) facilitar la función de garante que tiene atribuida el Estado, mediante una intervención más extensa i más intensa en las actividades privadas; (b) hacer efectivo los objetos propuestos con la desregulación, mediante una contención del ejercicio de la potestad reglamentaria y una disminución de los controles, preventivos o represivos, realizados directamente por la Administración. Para salvar esta contradicción, es necesario que el legislador establezca una regulación adecuada de la autorregulación. Dicha regulación es, hoy por hoy, manifiestamente insuficiente. Deberían fijarse con carácter general -y no sólo puntualmente y por sectores- las medidas adecuadas para el fomento de la autorregulación; los efectos públicos que ésta posee en cada caso y, significativamente, las garantías y controles necesarios para contrarrestar tales efectos. Esto es, los principios que rigen la actividad administrativa deberían ser aplicados también a la autorregulación en aquellos casos en los que sus diversas manifestaciones poseen efectos similares a los que son propios de los reglamentos, las inspecciones o las sanciones administrativas. Esta propuesta deja abierta la cuestión acerca de la incidencia recíproca de ambas técnicas; esto es , la incidencia de la regulación pública en la autorregulación de origen privado y, a la inversa, el impacto del desarrollo de la autorregulación regulada en el ejercicio de las potestades reglamentaria, autorizatoria, y sancionadora de la Administración. Esta cuestión sólo puede ser contestada hoy caso por caso, de modo que la respuesta es distinta si se analiza una norma técnica, un código ético, un manual de buenas prácticas, una certificación privada del cumplimiento de normas técnicas, el ejercicio de la potestad disciplinaria privada o el arbritaje. De lo que no cabe duda alguna es que ni la autorregulación es sólo una actividad de interés privado, ni la regulación pública conserva hoy sus rasgos tradicionales.

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Toda actuación del Estado está condicionada por su compromiso de respeto de los derechos fundamentales de los individuos, para no lesionarlos o desconocerlos con el pretexto del cumplimiento de sus deberes. En materia tributaria, con frecuencia, puede ocurrir que los derechos de los particulares y las prerrogativas estatales choquen, ocasionado, así, conflictos en las relaciones entre el Estado como ente acreedor de tributos y los particulares como sujetos pasivos de los mismos. Un aspecto en que este choque de intereses tiene lugar es el de la información de los contribuyentes y el acceso y manejo de ésta por parte del fisco. El uso que el Estado haga de ella, en algunos casos, puede cuestionar abiertamente el derecho del contribuyente a que se respete su intimidad y a que no se divulgue o haga mal uso de la información que poseen las administraciones tributarias. En el presente estudio se examina este enfrentamiento de derechos y cómo el mismo ordenamiento vigente salvaguarda a quienes se sienten afectados por una violación a sus derechos. También se analiza el derecho a la información y el derecho a la intimidad, y el aparente enfrentamiento que puede darse en estos dos derechos; finalmente, se hace un estudio del habeas data y cómo éste puede constituirse en un medio eficaz de defensa de los contribuyentes frente a la actividad inspectora de las administraciones tributarias.

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La política fiscal es la parte de las finanzas públicas que se encarga de todo lo relativo al financiamiento de las actividades del Estado para que ésta pueda cumplir sus funciones, es importante cambiar la orientación de la política fiscal y tributaria, definiendo la necesidad de incrementar el gasto -inversió social- en los sectores de la educación y la salud. El tema propuesto "Estructura de los ingresos tributarios en el presupuesto general del Estado", resume: El capítulo I, trata sobre los aspectos fundamentales del sistema tributario su reseña hitórica, la potestad tributaria, clasificación de los tributos, los principios y características del sistema tributario. En el capítulo II versará sobre la gestión del SRI mediante un enfoque institucional, el control tributario, las estrategias y protecciones tributarias. El capítulo III se enfocará sobre la recaudación de impuestos, la evasión y elusión tributaria, el perjuicio al estado, la presión tributaria y los fines del sistema tributario. En el capítulo IV, hace análisis de la existencia del problema sobre la acción distributiva de los ingresos tributarios en el presupuesto nacional, se analiza la normativa del presupuesto, las reglas macro fiscales, la estructura de los ingresos y gastos, el financiamiento, así como la redistributiva de los mismos y el impacto distributivo al considerar la equidad horizontal y vertical. Con las conclusiones y recomendaciones, se finaliza el estudio de la estructura de los ingresos tributarios en el Presupuesto General del Estado.

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La necesidad de investigar y estudiar el tema en cuanto al tratamiento jurídico del procedimiento de la vía de apremio en nuestra legislación tributaria, obedece a diversas circunstancias, entre ellas, interrogantes a temas frecuentes como: la jurisdicción coactiva, juicio o procedimiento, juez o funcionario, supletoriedad del Código Civil, la ejecución forzosa del patrimonio del deudor en cuantía suficiente para cubrir la deuda tributaria no satisfecha en el período voluntario de pago, y dentro de esta el embargo de bienes inmuebles y muebles, su búsqueda y selección, por la importancia que esta institución reviste en la actualidad para nuestro país desde el punto de vista económico, político, y social. Dada la complejidad que la rodea y el hecho de que, no obstante constituye un deber social la obligación de tributar, en ocasiones se incumple, requiriendo entonces el Estado de mecanismos o procedimientos encaminados a cobrar la obligación no satisfecha y así garantizar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias en beneficio de la sociedad. Paralelamente a lo expresado, me motivó también el estudio del tema, la necesidad de contar con normas jurídicas vertebradas y eficientes capaces de garantizar la recuperación de las deudas existentes. La utilidad de los resultados obtenidos, pretendemos aplicarlos a nuestro proceder y normativa al resultar éstas incompletas en cuestiones relativas al tema, con la presente investigación realizamos aportes teóricos que contribuirían a la solución de los problemas sociales derivados de la problemática, de gran utilidad práctica, toda vez que intentamos perfeccionar procesos no definidos o pocos definidos en la administración tributaria ecuatoriana.

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Desde los años setenta, los gobiernos centrales de América Latina, en su proceso de hacer frente a las crisis fiscales, implementaron las más grandes reformas tributarias, enfocadas principalmente, en reformas legales. Con sistemas tributarios más sólidos, desde los años noventa la preocupación se enmarcó en las estructuras organizacionales que estas administraciones deberían tener. En el caso ecuatoriano, a finales de los años noventa se implantó una importante reforma del sistema tributario, tanto en el ámbito normativo, como en la administración de los tributos internos; pues a partir del año 1999 se crea, por Ley, una administración tributaria autónoma, en reemplazo de la Dirección General de Rentas (unidad orgánica del Ministerio de Finanzas), iniciando así un proceso total de cambio en la política tributaria. En la actualidad, la estructura organizacional de la administración ecuatoriana es rígida y no ajusta a las tendencias de las administraciones más desarrolladas, sobre todo en lo referente a los procesos primarios de una administración, los procesos del control tributario. En este sentido, este trabajo recoge en primer lugar el marco teórico existente sobre las consideraciones que los responsables de una administración tributaria deberían tener en cuenta al momento de definir su estructura, posteriormente analiza las tendencias de las administraciones más desarrolladas respecto a las definiciones de sus unidades de control y por último plantea una estructura adecuada, ajustada a las mejores prácticas internacionales y a las circunstancias especiales del Ecuador, para una redefinición de las unidades de control, tanto de la administración central como de las administraciones regionales. En la propuesta elaborada, se considera una Dirección Nacional que, mediante dos unidades principales, administre los procesos relacionados con los servicios y el control tributario, y que a diferencia de la situación actual, su estructura sea matricial en lugar de funcional.

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El control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, por parte de los contribuyentes es una de las herramientas que utiliza la administración tributaria, para disminuir las brechas fiscales, y para ello utiliza parcialmente a los auditores externos, al solicitarles un informe complementario a los exámenes financieros que practican a las sociedades, mediante el cual atestan respecto a éste cumplimiento, observando y apegándose a normas tanto técnicas como legales - tributarias. El ampliar el número de contribuyentes, en base a una cobertura más amplia de actividades económicas y obligatoriedad de contratar auditores es analizada y propuesta en la presente Tesis, obteniéndose conclusiones importantes y válidas para la administración tributaria respecto a como obtener resultados mas significativos, rápidos y confiables. El autor considera que la presente Tesis puede ser puesta a consideración de la Administración Tributaria Ecuatoriana, diseñando un sistema de calificación de profesionales dedicados exclusivamente a exámenes fiscales, en los términos propuestos en este trabajo investigativo y analítico.

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El presente trabajo, en su totalidad, está orientado a establecer la factibilidad de crear una firma consultora en aspectos legales y tributarios en la ciudad de Quito, para lo cual se han estudiado aspectos como los deseos, preferencias y necesidades de los consumidores, así como la forma en la que el mercado los atiende. Partiendo de este análisis fue posible determinar la demanda insatisfecha del servicio de consultoría tributaria, así como diseñar productos y servicios a medida de los clientes, que puedan, por una parte apoyar y optimizar su función gerencial en lo que a la planificación fiscal se refiere; y por otra parte, ser un pilar del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de la sociedad en general. Sobre la base de dicha información se desarrolló la ingeniería del proyecto, en la cual se consideraron factores que van desde el tamaño, la localización y demás aspectos de la infraestructura física, así como del recurso humano necesarios para cumplir con los objetivos de la firma. Adicionalmente se realizó un esbozo de la estructura organizacional de que debería tener la consultora, desde el punto de vista de los procesos de la cadena de valor. El estudio de factibilidad de un proyecto no puede concluir sin el análisis y la evaluación financiera del mismo, el cual comprende sus fuentes de financiamiento, tanto internas como externas, así como el costo real de ese dinero; por otra parte se trató el tema del uso de los fondos del proyecto, es decir la inversión a largo plazo de la firma y sus costos anuales de operación; datos que terminan consolidándose en el estado de flujos de efectivo proyectado a cinco años, los cuales sirven de base para aplicar los diferentes métodos de evaluación de proyectos, a través de los cuales fue posible corroborar la rentabilidad y vialidad del proyecto. Finalmente, una vez realizado un estudio de factibilidad global del proyecto de creación de una firma consultora en aspectos legales y tributarios en la ciudad de Quito, se debe indicar que la adecuada combinación de los tres factores resumidos previamente incide directamente en la obtención de la rentabilidad esperada.

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Los estados financieros que preparan las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad al cierre de un ejercicio económico se elaboran considerando las normas contables nacionales e internacionales, resoluciones y circulares de la Superintendencia de Compañías con la finalidad de presentar estados financieros bajo principios de contabilidad generalmente aceptados, sin embargo, dentro del ámbito tributario se establece que la supremacía de las leyes tributarias, prevalecerán sobre toda otra norma de leyes generales. En consecuencia, no son aplicables las leyes que se contravengan a las disposiciones tributarias, razón por la cual los aspectos contables y tributarios difieren en su aplicación en la determinación del impuesto a la renta. Por consiguiente, es importante analizar los efectos tributarios que se generan por la aplicación adecuada de los principios contables que difieren de los parámetros y normas tributarias en la preparación de los estados financieros y la determinación del impuesto a la renta ya sea como gastos no deducibles o ingresos exentos. Por lo tanto, dentro del desarrollo de esta investigación se identificará que gastos se generan por la aplicación de las normas contables y a su vez se constituyan en gastos no deducibles, así también ingresos los cuales puedan ser considerados como ingresos exentos, tomando en cuenta que estas situaciones no se establecen dentro del marco tributario para determinación del impuesto a la renta. El estudio del efecto de la aplicación de normas contables y tributarias en la preparación de estados financieros proporciona una base para la presentación razonable de los mismos y la adecuada determinación del impuesto a la renta, por consiguiente los profesionales del área contable y tributaria podrán contar con una base para la aplicación de normas contables y su posterior efecto en el impuesto a la renta.

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La presente tesis que lleva por título “La delegación del Poder Tributario en el Poder Ejecutivo, su regulación en el Perú y en otros países andinos” trata sobre la delegación legislativa tributaria regulada en los artículos 74 y 104 de la Carta del Perú aprobada en el año 1993, y en los países andinos de Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela. La doctrina admite que el poder tributario ya no es atribución exclusiva del Poder Legislativo, que originariamente gozaba de esta facultad por estar allí representados los ciudadanos y ser el único que emite leyes, toda vez que el principio de reserva de ley (o legalidad como también se le suele denominar), en el cual se sustentaba dicho poder del Estado, se ha flexibilizado ante la necesidad de “distribuir” el poder tributario en otros entes estatales, para regular los aranceles, en situaciones de emergencia y crisis, y por la necesidad de dotar de facultades legislativas tributarias a entes que gozan de autonomía relativa como los municipios, y delegar atribuciones al Poder Ejecutivo para que legisle sobre temas tributarios. En la presente tesis contrastamos opiniones a favor y en contra sobre la figura en estudio, e identificamos ciertas incongruencias y falencias en el ordenamiento constitucional y tributario peruano que es menester corregir; siendo necesario delimitar el ámbito, los plazos para su ejercicio y las materias sobre las que debe legislar el Poder Ejecutivo, asimismo se reflexiona sobre la necesidad que el Parlamento ejerza un control previo sobre los proyectos de las normas que apruebe el Ejecutivo, cuidando que sean congruentes con las disposiciones y principios tributarios que la Constitución contempla, como garantía de respeto a los derechos de los contribuyentes. Finalmente, exploramos las Constituciones de los países andinos antes citados para conocer si acogen la delegación legislativa tributaria en el Poder Ejecutivo y, de ser el caso, como han desarrollo su tratamiento.