793 resultados para EDUCACION SUPERIOR – HISTORIA – COLOMBIA - 1826-1842
Resumo:
La necesidad constante de mejorar, hizo que un trabajo de clase se transformara en un documento estructurado y completo que pretende reflejar la situación del servicio educativo que prestó la Universidad del Rosario en el año 2009.
Resumo:
En la búsqueda de respuestas a preocupaciones permanentes de los directores y gerentes de empresas la medición de la perdurabilidad es un tema permanente de discusión y debate en sus organizaciones. En muchos casos la permanencia en el tiempo y la consecución de resultados financieros se alcanza sin lograr identificar con claridad las razones para lograrlo, o en caso contrario la desaparición de muchas empresas no ha sido explicada completamente. El presente documento de investigación presenta una alternativa para la medición de la perdurabilidad empresarial y utiliza reflexiones estratégicas apoyadas en conceptos financieros. Lo presentado complementa la propuesta denominada “Análisis estructural de sectores estratégicos” desarrollada por el grupo de investigación en perdurabilidad empresarial de la Facultad de Administración de la Universidad del Rosario de Bogotá.
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En este mundo globalizado los encuentros interculturales son, hoy más que nunca, una realidad para todas aquellas personas que por negocios, migración, viajes de turismo, intercambios estudiantiles, entre otros, han tenido un acercamiento con alguien de una cultura diferente. Así, el mundo empresarial no se ha quedado por fuera de ésta dinámica y debido a sus necesidades comerciales ha tenido que interactuar con otras culturas como parte de su estrategia de internacionalización. Todo proceso de internacionalización empresarial busca en general: 1. Obtener economías de escala, 2. Adquirir recursos para implementar alta tecnología, 3. Diversificar los riesgos de operar en un solo mercado y 4) Ser competitivos. Estos objetivos se desarrollan a través de estrategias de penetración de mercados como las exportaciones (por medio de subsidiarias de exportación, filiales de venta, agentes exportadores), importaciones, alianzas estratégicas, fusiones, joint ventures y más recientemente, la cooperación a empresas extranjeras.1 Pese a las estrategias de entrada y de operación que las empresas diseñan en pro de su proceso de internacionalización, hay un aspecto que se escatima y que en algunas oportunidades se convierte en el obstáculo central del resultado poco exitoso de una negociación internacional. El factor cultural es el aspecto marginal de las negociaciones que sólo cobra importancia en el momento en que en medio de la negociación surgen dificultades basadas, no siempre, en las diferencias sobre los aspectos técnicos del acuerdo, sino en los malentendidos que se dan por el natural choque cultural. Las relaciones interculturales en las negociaciones internacionales son ineludibles, sin embargo, los intereses de tipo económico, tienden a dejar de lado esta materia que ha demostrado ser uno de los instrumentos de éxito utilizado por los países asiáticos en todo su proceso de internacionalización empresarial. Aunque la motivación inicial para entrar en contacto con algún empresario extranjero sea el deseo de darle proyección al negocio, de imprimirle nuevas herramientas de producción, de ampliar el mercado, de conseguir más clientes, de diversificar el riesgo, de hacerle frente a la competencia extranjera que llega a apoderarse de mercados locales, se debe, ante todo, situar el factor intercultural como uno de los puntos transversales de la agenda a negociar. La interculturalidad también se negocia y si el proceso resulta exitoso todos los aspectos disímiles en cuestiones técnicas se conciliaran de manera mucho más ágil y eficiente que si, por el contrario, no se hubiera llegado a un previo entendimiento cultural entre las partes. De esta manera, esta investigación pretende determinar los elementos necesarios para el éxito de las negociaciones interculturales de las empresas colombianas. Para esto se identificarán los factores socio-culturales que han dificultado las incursiones de éstas en mercados extranjeros, para así proponer opciones que mejoren el proceso. A la vez, se determinará si éstas características siguen inamovibles en los empresarios, respecto a estudios anteriores, o si por el contrario, su estilo negociador ha sufrido algún tipo de evolución gracias a las exigencias de la dinámica económica Finalmente, este trabajo pretende dar apoyo al proceso docente y de consultoría ofreciendo al empresario colombiano elementos prácticos sobre la interculturalidad que le ayuden al conocimiento de su organización, tales como: guías prácticas sobre como ir del manual intercultural a la competencia intercultural, así como una metodología para negociar con determinados socios comerciales, que ayude a responder competitivamente en los mercados libres e interdependientes de hoy.
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Debido a las transformaciones sociales y económicas del mundo por causa de la tecnología, el desarrollo acelerado de los países capitalistas, la guerra constante, el aumento de la pobreza, el deterioro ambiental, entre otros factores que han ocasionado un impacto negativo en la mayoría de los países del mundo, la noción de derecho colectivo ha cobrado gran importancia por su trascendencia en la vida social. Como respuesta a esta nueva problemática que viene surgiendo en torno a lo vulneración y afectación de los derechos colectivos, se consagra en la Constitución Política de 1991 la Acción Popular, como el mecanismo idóneo para la protección y amparo de estos derechos. En ese orden de ideas surgen las Clínicas de Interés Público, con el fi n de promover el uso de estas acciones, fortalecer la investigación en el manejo de estos casos y ayudar a la población menos favorecida y más afectada en la vulneración de sus derechos colectivos, tal es el caso del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (GAP). El presente borrador de investigación pretende exponer de manera sencilla la estructura, integración, reglamento, funcionamiento del Grupo de Acciones Públicas, así como los criterios utilizados para determinar la viabilidad o inviabilidad de un caso al interior del grupo –estas son las etapas que los estudiantes deben agotar previa la adopción de una estrategia jurídica para la defensa del derecho colectivo–. De la misma manera, se exponen las estadísticas del número de acciones constitucionales interpuestas (acción de Tutela, de Grupo, de Inconstitucionalidad, Popular y de Cumplimiento) con el correspondiente resultado, y un análisis de las sentencias favorables obtenidas por el GAP en la interposición de acciones populares, teniendo como instrumento de análisis el método francés y, por último, un breve glosario que contiene las palabras más empleadas al interior del grupo en desarrollo de sus funciones. El Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, como Clínica de Interés Público, gracias a la trayectoria y esfuerzo constante de su coordinador, supervisores y estudiantes, se ha venido fortaleciendo con óptimos y valiosos resultados no sólo en la interposición de acciones, que como se verá a continuación han sido positivas y hasta la fecha se ha logrado la protección efi ciente y efi caz de muchos derechos colectivos vulnerados a varias comunidades, sino también, en relación con su estructura y funcionamiento, que gracias a la investigación, el contacto e interrelación con clínicas de interés público de otros países de mayor trayectoria como Argentina1, Chile2 y Estados Unidos, se ha venido enriqueciendo al punto que –como se ve a lo largo de este escrito– existe ya toda una metodología investigativa para la recepción, análisis y determinación de viabilidad de los casos que serán adelantados por el GAP, con el fi n de obtener así los resultados anhelados. Los casos son elegidos teniendo en cuenta el impacto social, el interés que se busca proteger, y sólo en la medida en que de la defensa del mismo, (haciendo uso del aparato jurisdiccional y de las herramientas que la Constitución Política y el ordenamiento jurídico tienen a nuestra disposición) pueda derivar consecuencias con incidencia en la modifi cación de las circunstancias que alteraron, vulneraron o amenazan con vulnerar el derecho colectivo, y con ello la estabilidad de la comunidad, el caso es asumido por el grupo. Por ello, los casos son asumidos con una perspectiva estratégica que permite enfocar el estudio y la investigación de los casos en torno a dos puntos importantes: la del cliente y la del interés público. El trabajo de la Clínica en la defensa del interés público y de los derechos colectivos, se ha estructurado bajo cinco líneas de trabajo: i) defensa de casos de interés público, ii) desarrollo de investigaciones y trabajos de campo, iii) control y supervisión permanente del caso por parte de los estudiantes integrantes del grupo, iv) participación en encuentros nacionales e internacionales, v) difusión de las actividades de la Clínica. Los casos asumidos por el GAP son utilizados para el trabajo académico con los alumnos de 9° y 10° semestre de Derecho en la Clínica Jurídica; así, además del carácter altruista y el sentido social que se imparte al interior del grupo, se logra que a partir de la defensa de casos concretos y la perspectiva del interés público, los estudiantes apliquen los conocimientos aprendidos durante la carrera mediante la formulación de estrategias jurídicas, investigación, el desarrollo de una argumentación jurídica orientada a emplear y reformular las nociones y categorías de derecho (en muchos casos inservibles por sí solas), y desarrollar una nueva manera de articular el derecho y el uso de la jurisprudencia –como interpretación de las normas que constituyen nuestro ordenamiento jurídico–, para logar así la realización de los principios constitucionales que caracterizan a nuestro Estado como Estado Social de Derecho.
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Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.
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El reciente desarrollo de los mercados financieros en Colombia hace evidente la importancia de la mayor o menor integración con el entorno internacional. De acuerdo con la teoría de portafolio, para la conformación de un portafolio eficiente se deben combinar activos de diferente riesgo para obtener el mayor retorno esperado posible, teniendo en cuenta que puede existir correlación entre los activos. En ese sentido, se busca evidencia del grado de correlación que existe entre los principales activos del mercado local y del mercado internacional. En particular, los activos del mercado local (dólar, bonos de la Tesorería y acciones) y el mercado extranjero (en particular bonos del Tesoro de Estados Unidos) deberían presentar una correlación alta para considerarse sustitutos en una eventual construcción de un portafolio eficiente. En busca de estos hechos estilizados, se utilizan dos metodologías (Filtro de Hodrick y Prescott, 1997 y primeras diferencias de las variables) para la estimación de correlaciones contemporáneas y no contemporáneas entre los diferentes activos. Sin embargo, la evidencia muestra que la relación que existe entre los activos locales y los extranjeros no permite ser concluyente sobre el tema.
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La búsqueda de información basada en las diferentes herramientas que el mercado ha desarrollado, ha convertido a la curva de rendimientos en una de las más utilizadas. Diferentes autores a nivel internacional se han preocupado por investigar y extraer información, teniendo en cuenta la formación de expectativas de los agentes sobre las tasas de interés, el comportamiento de diferentes variables macroeconómicas como el producto y la inflación. La evidencia encontrada es muy amplia, aunque no siempre en la misma vía. A nivel nacional, pocos autores se han preocupado por indagar sobre la curva de rendimientos como posible herramienta para predecir el comportamiento de variables macroeconómicas. Una posible explicación se relaciona con el hecho de que las bases de datos de la curva de rendimientos son muy recientes y la calidad de los datos no siempre es óptima debido al reciente desarrollo de los mercados financieros en Colombia. Sin embargo, la evidencia obtenida a través de estos estudios es valiosa.
¿Tiene efectos negativos el TLC sobre los precios de los medicamentos y la salud de los colombianos?
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Un análisis a propósito de dos estudios sobre el impacto del TLC en los precios de los medicamentos en Colombia.
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En enero de 2006 el presidente Álvaro Uribe Vélez decidió implementar un ambicioso programa de erradicación de miles de hectáreas de cultivos ilícitos en la sierra de La Macarena. La política de erradicación de cultivos ilícitos se ha caracterizado por fuertes disensos entre quienes la ejecutan e importantes sectores que la critican debido a los supuestos daños que provoca al medioambiente y a la salud de las personas. En sus orígenes la erradicación manual en La Macarena contó con un inusual consenso social en materia de política antidrogas en el país; en él confluyeron la urgencia del Gobierno por adelantar la lucha contra las drogas y la pretensión de diferentes sectores por llevarla a cabo con el menor impacto social y ambiental posible.
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En el primer semestre de 2006, en el marco del segundo período de la legislatura 2005-2006, la Honorable Representante Gina María Parody organizó en las instalaciones del Congreso de la República un debate sobre la noción y el alcance de la Acción de Tutela respecto a providencias judiciales, tema de gran discusión por parte de diferentes sectores del Gobierno Nacional así como de las Altas Cortes, la Academia y la Doctrina en general. En ese orden de ideas, la Facultad de Jurisprudencia y la Decanatura del Medio Universitario de la Universidad del Rosario, a través de su Observatorio Legislativo y de Opinión, solicitaron a algunos docentes su opinión sobre el referido tema de amplia polémica, con el fin de presentar al público en general argumentos que sustenten las múltiples posturas que al respecto existen. Así las cosas, en el presente documento encontrarán recogidos los comentarios preliminares y generales de la posición sobre el tema en debate emitida por los doctores José Roberto Herrera, Manuel Fernando Quinche y Juan Enrique Medina, docentes de la Facultad de Jurisprudencia. El objetivo de esta publicación no es otro que el de brindar herramientas para adelantar este debate que cotidianamente se surte sobre este tema en diferentes escenarios de la vida nacional, y servir de sustento para el trabajo de aquellos que en adelante le den vida a éste tema al interior del Congreso, quizá de manera concreta en la realización de una iniciativa legislativa, como recientemente se ha anunciado.
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El presente informe parte del concepto de sistema significado-uso acuñado por Arturo Escobar. El mencionado autor afirma que a escala local se le han atribuido unos usos diferentes a la biodiversidad, que corresponden a unos sistemas de significados de la realidad material y social distintos a los asignados por el capitalismo. La principal diferencia entre unos y otros es la externalización de la naturaleza; para las comunidades locales existe una continuidad indispensable entre el orden humano y el mundo natural, mientras que para la realidad constitutiva entre modernidad y capitalismo, la externalización de la naturaleza se traduce en su apropiación sin límites (Escobar, 1997, p. 50). Mientras los diferentes actores partan de sistemas interpretativos diferentes van a competir significados y usos disímiles en la relación con la naturaleza (Escobar, 1996, p. 27). En este orden de ideas, Escobar identifica diversos sistemas de uso-significado y a cada uno le asigna un régimen de producción de la naturaleza. El primer régimen que identifica es el de la naturaleza orgánica, el cual es encarnado por las comunidades locales y sus prácticas productivas tradicionales; el segundo es el de la naturaleza capitalizada y se refiere a los modelos económicos que se aproximan a las regiones como despensas naturales, en cuanto instalan una capacidad locativa para la explotación y abandonan la región una vez agotados los recursos naturales, dejando a su paso daños ambientales irreparables. El último régimen que identifica es el de la tecnonaturaleza, el cual se refiere a aquellas formas naturales producidas por la intervención tecnocientífica en el nivel molecular, por medio de las nuevas biotecnologías (recombinación genética, cultivo de tejidos, entre otros); éste representa un nuevo régimen de producción de lo natural, donde esto último entra a ser producido por la tecnología (Escobar, 1997, p. 28).
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Debe propugnarse por la existencia de un equilibrio entre la libertad contractual y viabilidad financiera de la industria aseguradora, y los derechos humanos de las personas viviendo con el VIH/SIDA, entre estos se debe encontrar la posibilidad de acceder a seguros de salud y vida. Los aseguradores deben colaborar, junto con el resto de estamentos de la sociedad, en la activa prevención de la pandemia, con base en un principio de solidaridad e interés general, pero también como parte de una estrategia acorde con su actividad.
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