616 resultados para Derecho financiero - Colombia


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Estudio de la figura de la extensión de jurisprudencia por parte de la Autoridades Administrativas dispuesta en el artículo 102 de la Ley 1437, así como de sus antecedentes y de los problemas de constitucionalidad que comporta su inclusión en el ordenamiento jurídico colombiano.

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La Corte Constitucional colombiana, a través de la interpretación del texto de la carta política, ha hecho invaluables aportes al desarrollo del derecho en nuestro país. Sin embargo, este proceso de definir las palabras de la Constitución requiere la utilización de preferencias valorativas y esto, como es natural, implica un grave riesgo para la seguridad jurídica: ¿hasta dónde puede llegar el intérprete, ¿cuáles son los límites que debe respetar?. Este riesgo incrementa si tenemos en cuenta que buena parte de la doctrina constitucional colombiana contemporánea, llamada por algunos neoconstitucionalismo, ha creado una nueva jerga erudita impenetrable llena de metáforas sofisticadas, razonamientos abstrusos, argumentos con una gran carga emotiva y citas herméticas que, en cierta medida, le han permitido encubrir sus ideas y valoraciones y, de este modo, evitar que sean sensatamente escudriñadas. En un sistema como el colombiano, erigido sobre el principio de frenos y contrapesos entre los distintos poderes del Estado, si el poder político se ejerce a través de la justicia constitucional, en un lenguaje incomprensible y presentado como un argumento de última instancia, todo el equilibrio se viene abajo y, muy pronto, el derecho se convierte en el principal instrumento del despotismo., de Daniel Mendonca, es un libro perfectamente honesto que presenta sus ideas con absoluta claridad y ayuda a trazar los límites entre la discrecionalidad y la arbitrariedad de la interpretación constitucional.

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What is the relationship between the type of training combatants receive upon recruitment into an armed group and their propensity to abuse civilians in civil war? Does military training or political training prevent or exacerbate the victimization of civilians by armed non-state actors? While the literature on civilian victimization has expanded rapidly, few studies have examined the correlation between abuse of civilians and the modes of training that illegal armed actors receive. Using a simple formal model, we develop hypotheses regarding this connection and argue that while military training should not decrease the probability that a combatant engages in civilian abuse, political training should. We test these hypotheses using a new survey consisting of a representative sample of approximately 1,500 demobilized combatants from the Colombian conflict, which we match with department-level data on civilian casualties. The empirical analysis confirms our hypotheses about the connection between training and civilian abuse and the results are robust to adding a full set of controls both at the department and at the individual level

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Esta obra se encuentra estructurada en dos grandes partes. En la primera parte, el lector encontrará generalidades sobre los créditos y las maneras en que los mismos pueden hacerse valer al interior de un proceso concursal. Aspectos como la insinuación del crédito, su reconocimiento al interior de estos procesos y la impugnación, son trabajados de manera extensa, indicando en cada caso, de manera precisa, la regulación a aplicar para cada uno de estos momentos procesales al interior del concurso de acreedores. En la segunda parte, encontrarán un estudio detallado de los créditos privilegiados al interior del proceso concursal. Como podrá apreciarse, se trata de una obra comprensiva de todos los aspectos que una persona interesada en un proceso concursal, cualquiera sea su posición al interior del mismo (deudor, acreedor, etc.), debe tener en cuenta para resolver todas las dudas que le surjan, aspectos todos abordados con la mayor rigurosidad y profundidad. Como podrá apreciarse, se trata de una obra comprensiva de todos los aspectos que una persona interesada en un proceso concursal, cualquiera sea su posición al interior del mismo (deudor, acreedor, etc.), debe tener en cuenta para resolver todas las dudas que le surjan, aspectos todos abordados con la mayor rigurosidad y profundidad.

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Los grupos de sociedades les permiten a las empresas que los integran, satisfacer algunos de sus requerimientos económicos para ejecutar operaciones y negocios más fácilmente, así como proyectarse de manera eficiente en los mercados nacionales e internacionales. Se trata de mecanismos indispensables para aunar recursos, pues la concentración de capitales, trabajo y tecnología les procura obtener beneficios directos gracias a las relaciones que se construyen en su interior. En esta nueva edición, en homenaje al Profesor Francesco Galgano, el lector encontrará un valioso instrumento para entender la regulación de estos entes jurídicos corporativos en Italia y en Argentina, de la mano de dos reconocidos juristas: Francesco Galgano - quien fue profesor de la Universidad de Bologna (Italia)- y Horacio Roitman -profesor de la Universidad de Córdoba (Argentina)-.

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El objetivo de esta obra consiste en analizar la composición de las principales instituciones de la capital del virreinato del Nuevo Reino de Granada con el fin de conocer quiénes formaban parte de las altas instancias rectoras de Santa Fe durante una época caracterizada por los cambios administrativos. La adscripción a determinadas instituciones era un elemento más de la condición social de los individuos y permite hallar entre ellos rasgos y características comunes que les otorgaron una fuerte cohesión interna. Identificar las redes sociales y los grupos de poder en los que se inscribieron los actores sociales permite identificar tanto los vínculos establecidos entre ellos como los conflictos suscitados por intereses contrarios. Así, se comprueba que la elite de la capital estaba profundamente interrelacionada a través de una complejidad de vínculos y que su principal objetivo consistía en hacer prevalecer sus intereses para obtener una mayor relevancia social, económica y política.

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Son múltiples y constantes los debates que se han dado en la comunidad jurídica nacional sobre permitir que los socios o accionistas de una sociedad respondan directamente con su patrimonio por las acreencias de la persona jurídica a través de la utilización de la "teoría del levantamiento del velo corporativo". Dada la importancia de este tema, expertos colombianos de primer nivel se reúnen en esta obra para exponer sus puntos de vista sobre la aplicación de esta institución en Colombia. Adicionalmente, este libro incluye el informe de ejecución del proyecto de investigación , adelantado por la línea de investigación en Derecho Comercial del Grupo de Derecho Privado de la Facultad de Jurisprudencia, el cual fue financiado por el Centro de Investigaciones, Estudios y Consultoría (CIEC) de la Universidad del Rosario.Dada la importancia de este tema, expertos colombianos de primer nivel se reúnen en esta obra para exponer sus puntos de vista sobre la aplicación de esta institución en Colombia.

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El estudio sobre el control fiscal territorial que se presenta en este libro, es un nuevo eslabón en la cadena que sobre los temas de control fiscal ha elaborado la línea de Este texto muestra los resultados de la tercera fase de un proyecto más amplio sobre control fiscal territorial, que se inició en el año 2005 con el apoyo de la Agencia de Cooperación Técnica Alemana GTZ, a partir del cual se han superado ya dos fases, y han obtenido importantes y significativos avances sobre la materia. Los dos estudios precedentes han permitido dar respuesta a los interrogantes que han orientado el desarrollo del proceso investigativo, tales como: ¿cómo se ejerce el control fiscal territorial; ¿cuáles son las características del control fiscal territorial en el diseño constitucional; ¿cuáles son las limitaciones que han tenido las contralorías territoriales para mejorar el ejercicio de su función y ¿cuáles son las consecuencias que se derivan de la situación actual y de los problemas que tiene el ejercicio del control fiscal.

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Esta obra es resultado de investigación sobre dos conceptos de enorme importancia para la educación jurídica en Iberoamérica: la educación legal clínica como modelo pedagógico en construcción y el litigio estratégico como herramienta de incidencia social y política. Se considera que el proceso de construcción de las clínicas en la región es un hito en la educación jurídica iberoamericana y existen evidencias que permiten afirmarlo, ya que se trata de historias paralelas que se fortalecieron por los intercambios de aprendizajes y experiencias a través de las redes. De igual manera se desarrolla el concepto de litigio estratégico o estructural y se examina la forma como inciden en dicha propuesta las alianzas estratégicas. Se pasa luego a una profundización sobre la agenda de las clínicas y los temas prioritarios de Derechos Humanos en Iberoamérica. Examen que se realiza a partir de casos reales que se han trabajado las clínicas. Se concluye en la necesidad del surgimiento de nuevas clínicas y de más proyectos de investigación.

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Este libro presenta un balance del primer decenio de la ley de acciones populares y de grupo en Colombia, elaborado por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo y la Corporación Excelencia en la Justicia. El Diagnóstico realizado con una metodología cuantitativa y cualitativa, presenta aspectos significativos de la aplicación de la Ley 472 de 1998 a fin de formular propuestas, elevar los niveles de protección de los derechos colectivos, perfeccionar y fortalecer estas acciones constitucionales de interés público y plantear una agenda futura de investigaciones en la materia. El texto contiene artículos y ponencias presentados por reconocidos conferencistas nacionales e internacionales que participaron en el Seminario Internacional Las acciones populares y de grupo. Balance de los diez años de la Ley 472 de 1998. Diagnósticos, retos y perspectivas realizado los días 16, 27 y 28 de agosto de 2008. Las ponencias fueron organizadas en páneles: balance del constituyente, del legislador, de los operadores judiciales, del ministerio público y finalmente, avances en la garantía de los derechos colectivos y retos de las acciones de grupo.

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El objetivo principal es analizar el impacto, en t??rminos de eficiencia y equidad, de la financiaci??n de origen p??blico destinada al sector privado de la ense??anza no universitaria en Espa??a, a lo largo del per??odo 1981-1995. Las hip??tesis son: 1. Hip??tesis generales sobre el sistema de conciertos con la ense??anza privada en Espa??a: 1.1 Como consecuencia de la pol??tica de conciertos con la ense??anza privada, se ha producido un aumento importante en el volumen de recursos p??blicos canalizado hacia este sector de la ense??anza. 1.2 La concertaci??n no se ha extendido por igual en todas las Comunidades Aut??nomas. 1.3 La asignaci??n de recursos p??blicos a la ense??anza privada no garantiza la gratuidad de los centros concertados. 2. Hip??tesis relativas a la equidad: 2.1 El gasto p??blico en ense??anza privada no universitaria en Espa??a tiene efectos regresivos. No obstante, se ha producido una disminuci??n de la regresividad, como consecuencia de la pol??tica de conciertos con la ense??anza privada. 2.2 Las clases medias son las que m??s se benefician de la financiaci??n p??blica en la ense??anza privada. 2.3 La regresividad del gasto p??blico en ense??anza privada es inferior en los niveles de ense??anza primaria que en los niveles de ense??anza secundaria y dentro de los niveles de ense??anza secundaria es inferior en la rama profesional que en la acad??mica. 2.4 La pol??tica de conciertos con la ense??anza privada no ha hecho desaparecer todas las barreras al acceso a centros privados. 2.5 La existencia de actividades complementarias que deben ser financiadas por las familias limita la participaci??n de los grupos de menor renta en los centros concertados. 3. Hip??tesis relativas a la eficiencia: 3.1 El grado de efectividad de las pol??ticas destinadas a ampliar las oportunidades de elecci??n de centro de padres y alumnos depende, en gran medida, de la estructura de la oferta educativa. 3.2 Durante 1981-1995, se ha producido un acercamiento en las condiciones de producci??n del servicio educativo en centros privados y en centros p??blicos. 3.3 Las diversas pol??ticas de apoyo p??blico a la ense??anza privada impulsadas en las distintas Comunidades Aut??nomas se han traducido en distintos niveles de costes medios por alumno. 3.4 La competencia entre centros privados y p??blicos de ense??anza no universitaria no ha conducido a una disminuci??n de los costes de producci??n de los servicios educativos en estos centros. 3.5 La pol??tica de conciertos con la ense??anza privada no ha ampliado las posibilidades de elecci??n de todos los usuarios. 21 inspectores educativos de la Comunidad Aut??noma de Catalu??a. El estudio se estructura en varios an??lisis te??ricos y emp??ricos. En los an??lisis te??ricos se presentan las reformas introducidas principalmente en el mundo anglosaj??n, que han supuesto la formaci??n de cuasimercados en distintas ??reas del estado del bienestar, tambi??n en el ??mbito educativo. Se examina la evoluci??n del sector privado educativo en Alemania, Francia, Inglaterra, Gales y los Pa??ses Bajos. Finalmente se presenta el caso espa??ol. En los an??lisis emp??ricos, tras un an??lisis descriptivo de la evoluci??n que ha experimentado el gasto p??blico en ense??anza privada, se analizan algunos de sus efectos m??s destacados en el ??mbito de la equidad y de la eficiencia. Desde la perspectiva de la equidad se lleva a cabo un an??lisis de los efectos redistributivos del gasto p??blico en ense??anza privada; se analiza el acceso a centros de ense??anza privada; y desde una aproximaci??n cualitativa, se analizan los problemas de selecci??n del alumnado que plantea la financiaci??n p??blica de estos centros en Catalu??a. Desde la perspectiva de la eficiencia, se realiza un an??lisis sobre la estructura de esta oferta educativa en los niveles no universitarios; se realiza tambi??n una an??lisis de los costes medios de producci??n del servicio educativo en centros privados y p??blicos; y desde una aproximaci??n cualitativa, se presenta un an??lisis de la capacidad de elecci??n de los usuarios en el marco de la ense??anza no universitaria. Para el an??lisis de la financiaci??n de la ense??anza privada no universitaria en Espa??a se utilizan distintos indicadores: el gasto p??blico en ense??anza privada por alumno, el gasto p??blico en ense??anza privada en relaci??n con el PIB y el gasto p??blico en ense??anza privada en relaci??n con el gasto p??blico educativo. Para estimar la probabilidad de que un ni??o espa??ol entre los 6 y 14 a??os acuda a un centro educativo de titularidad privada se utiliza la regresi??n log??stica. Para analizar el nivel de concentraci??n de la oferta educativa se aplica el ??ndice de Herfindahl. Para el an??lisis de las caracter??sticas de los cuasimercados y de los sistemas educativos de Alemania, Francia e Inglaterra, se realiza una revisi??n de la literatura. Para el an??lisis del sistema educativo espa??ol se realiza una revisi??n de la legislaci??n. Para analizar el alcance real de las pol??ticas destinadas a ampliar la capacidad de elecci??n de los usuarios en un sistema de financiaci??n p??blica de la ense??anza no universitaria, as?? como para analizar las posibles pr??cticas de selecci??n del alumnado por parte de los centros concertados se utilizan entrevistas de ??lite a inspectores educativos. 1.1 Se ha producido un aumento importante en el gasto p??blico canalizado hacia la ense??anza privada, hasta una tasa acumulativa del 1.78 por cierto. 1.2 Se demuestra que las comunidades con un PIB per c??pita superior son las que m??s recursos p??blicos canalizan hacia la ense??anza privada. 1.3 Existen ciertas pr??cticas que son una fuente de financiaci??n indirecta de los centros privados que enturbian el principio de gratuidad de la ense??anza en centros concertados. 2.1 Se muestra una disminuci??n en la regresividad del gasto p??blico canalizado hacia centros privados. 2.2 Se pone de manifiesto que el sistema de conciertos ha beneficiado a las clases medias. 2.3 Se muestra una mayor regresividad del gasto p??blico destinado a los niveles superiores del sistema de ense??anza no universitaria. 2.4 El nivel de renta familiar no afecta directamente a la decisi??n de acceder a un centro privado. 2.5 Las aportaciones que las familias realizan por la prestaci??n de actividades complementarias limitan el acceso a centros concertados de los grupos de menor renta. 3.1 Se demuestra el car??cter competitivo de la estructura del sector educativo no universitario en los 10 distritos universitarios de Barcelona. 3.2 Se muestra c??mo se ha producido s??lo un ligero acercamiento en la importancia relativa de los distintos componentes en ambos sectores educativos. 3.3 Se pone de relieve la relaci??n existente entre los niveles de apoyo p??blico a la ense??anza privada y los costes medios por alumno en centros privados. 3.4 Hay una evoluci??n positiva en los costes medios por alumno entre 1981 y 1995 en ambos sectores educativos. 3.5 Se pone de relieve el limitado alcance de las pol??ticas de conciertos con la ense??anza privada para ampliar las posibilidades de elecci??n de todos los usuarios.

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El contrato de seguros es una convención muy especial que se rige por sus propias normas, específicamente por las contenidas en el Decreto Supremo 1147, publicado en el Registro Oficial 123 de 7 de diciembre de 1963; en la citada norma legal, se establece el procedimiento para formalización del contrato de seguros, así como las principales características de este contrato y los derechos, deberes y obligaciones que se derivan del mismo. Con base a lo anterior, uno de los derechos que poseen las aseguradoras, es el de presentar objeciones a los reclamos presentados por los asegurados, cuando se han presentado situaciones de prescripción, caducidad o exclusiones. Este derecho debe ser objeto de análisis, en virtud de que como contraposición, la propia legislación concede a los asegurados un mecanismo para que esas objeciones puedan ser revertidas; este mecanismo se denomina reclamo administrativo, el cual para mayor comprensión a lo largo del presente trabajo será denominado reclamo administrativo de seguros, cuya reglamentación se ampara en el artículo 42 de la Ley General de Seguros. Por lo expuesto, es necesario determinar si ese reclamo administrativo posee los caracteres mínimos establecidos por el derecho administrativo para poder ser denominado como tal; y, una vez realizado ese análisis, se debe establecer si el mismo favorece o no al asegurado, y al mismo tiempo, si vulnera o no los derechos de las aseguradoras a esgrimir las circunstancias excluyentes de su responsabilidad, frente a los siniestros reportados por los asegurados.

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El Fideicomiso mercantil, aparece en la legislación nacional, en la Ley de Títulos de Crédito de 1963 derogada el 24 de julio de 1964 ley que tuvo poca duración y que no trajo ningún proceso en esa materia. Treinta años después la figura del fideicomiso es incorporada a nuestra legislación por el Art. 80 de la Ley de Mercado de Valores de 1993, insuficiente dada su complejidad y los efectos jurídicos que produce una figura de corte anglosajón en legislaciones de corte romanista como la ecuatoriana. En este trabajo se va a analizar la figura del Fideicomiso Mercantil previsto en la nueva Ley de Mercado de Valores de 1998, normativa que incorpora un elemento único en las legislaciones latinoamericanas, esto es la dotación al fideicomiso mercantil de personalidad jurídica. El fideicomiso mercantil, nace con la finalidad de constituirse en un vehículo seguro, eficaz e idóneo para encargar a una tercera persona profesional y especializada el desarrollo de una gestión, (Administradoras de Fondos y Fideicomisos), en beneficio propio o de un tercero beneficiario designado por éste; es un contrato de medio de gran significación que permite la estructuración de negocios y la continuidad de los mismos con la actuación de un tercero profesional. El presente trabajo pretende estudiar la actuación de las Administradoras de Fondos y Fideicomisos, en cuanto son los entes especializados para administrarlas, y analizar si estas compañías cumplen con la administración prudente y diligente que la Ley de Mercado de Valores dispone para su adecuado funcionamiento.

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La globalización, la creciente sofisticación de los sistemas de tecnología y la diversificación de las operaciones financieras ha ocasionado que las actividades financieras sean cada vez más complejas, por lo tanto, se ha hecho necesario que las instituciones financieras requieran de nuevos esquemas para identificar y mitigar los riesgos a los que están expuestas en sus operaciones. El Comité de Basilea, consciente de esta situación, en junio de 2004, publicó un Nuevo Acuerdo de Capital, conocido como Basilea II en el que incluía nuevos esquemas de medición de riesgos, e incluía requerimientos de adecuación de capital en función al riesgo operacional. En el Ecuador, la introducción de la adecuación de capital en función al “riesgo operativo integral” como Primer Pilar de Basilea II, y la introducción y aplicación de los pilares 2 y 3 de Basilea II, esto es el “fortalecimiento institucional de reguladores, supervisores y supervisados” y la “disciplina de mercado”, permitirá que las instituciones financieras ecuatorianas vayan implementando paulatinamente la generación de políticas y manuales internos institucionales; introducción e implementación de las buenas prácticas de gobierno corporativo; revisión y discusión con los reguladores respecto a la normativa de carácter general, en fin que lleguen a implementar una adecuada administración integral de riesgos.

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El Contrato de Seguro siendo una relación de dos personas en la que prevalece la buena fe de las partes por excepción una de ellas y por lo general la contratante altera la realidad del hecho fáctico con el objeto de que opere a su favor los beneficios a titulo de indemnizaciones. La historia de este contrato se ha visto empañada por sutilezas hasta grotescas falsificaciones de documentos de salud para lograr sus indemnizaciones. Este trabajo analiza a plenitud estas subjetividades que por ser dolosas inciden en el campo penal; en consecuencia los cuatro capítulos que conlleva esta tesis están orientados a analizar en derecho como recoge nuestra legislación positiva estos dolos, para finalizar analizando un caso concreto en el que convergen todas las artimañas de que se vale el contratado-beneficiario, para lograr el fin indemnizatorio en detrimento de los intereses y buena fe de la aseguradora. En el caso fáctico observamos que si existe vacío de ley en materia de seguros, concluimos que la agudeza de la parte contratante-beneficiario ha detectado este vacío y utilizando últimas técnicas obituarias destruyen la evidencia, dejando a la interpretación mas o menos legal las evidencias recabadas oportunamente por una parte procesal frente a la decidía total y absoluta de la otra.