883 resultados para Unilateral opening


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This paper compares the use of two diagnostic tests, Gaze Stabilization Test (GST) and the Dynamic Visual Acuity Test (DVAT) to detect unilateral vestibular dysfunction.

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Temporal processing is examined for sounds delivered to the intact ear of individuals with unilateral hearing, and delivered to one ear of individuals with normal, bilateral hearing. Two temporal processing skills are assessed: 1) the ability to detect sinusoidal amplitude modulation of a wide-band noise, for various modulation frequencies, and 2) the just-noticeable-difference for temporal complexity of random-spectrogram-sounds.

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Speech-evoked auditory brainstem responses (ABRs) were acquired in quiet and in the presence of noise at two study sessions to investigate 1) test-retest variability and 2) subcortical representation of speech stimuli. Participants were adults with normal hearing in both ears who listened monaurally and adults with unilateral deafness. Results indicate consistency in responses across sessions and several differences between hearing groups for magnitudes of discrete components.

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Although some children with unilateral hearing loss (UHL) are at-risk for educational difficulties and behavioral problems, research in treatment outcomes for pediatric UHL is limited. The objective of this study was to examine the benefits of a conventional hearing aid in children with mild to moderately severe UHL, using speech perception measures and subjective assessments from the child, parent, and teacher.

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La Ley de Contratación Pública y el Reglamento Sustitutivo para Registro de Contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos, Registro de Contratos, Registro de Garantías de Contratos y Régimen de Excepción, establecen que la inhabilidad para contratar con el Estado de los contratistas incumplidos y también de los adjudicatarios fallidos, una vez resuelto por parte de la Administración Pública la terminación unilateral y anticipada de un contrato de obra, bien o servicio o la negativa del oferente a suscribir el contrato, será de cuatro y tres años respectivamente, contados a partir de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Sin embargo, en la práctica la sanción o inhabilidad del contratista o adjudicatario fallido sancionado, va más allá de lo que la Codificación de la Ley de Contratación Pública y el Reglamento Sustitutivo para el Registro de Contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos, Registro de Contratos, Registro de Garantías de Contratos y Régimen de Excepción determinan. De hecho la sanción impuesta al contratista incumplido o al adjudicatario fallido, por parte de la administración pública, empezaba desde el momento mismo en que la Contraloría General del Estado tomaba conocimiento de la resolución de terminación unilateral y anticipada del contrato, mediante la cual resolvía, entre otras cosas el registro como contratista incumplido o adjudicatario fallido en la entidad de control, incumpliendo de esta manera lo que la Ley y el Reglamento prescribía respecto a que la sanción produciría efecto desde la fecha en que la entidad pública emisora de la sanción ejecutaba la garantía de fiel cumplimiento del contrato o de seriedad de la oferta, según el caso.

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Debido a la gran cantidad y diversidad de cuestiones que maneja el Estado por la vía de la función administrativa, la Administración Pública tiene la necesidad de realizar convenios y contratos que le permitan efectuar acciones tendientes a la consecución de sus fines, a través de relaciones con particulares. Considerando que las características diferenciadoras del derecho privado son el objeto y las prerrogativas especiales que posee la administración especialmente la modificación, esta investigación se desarrolla en tres capítulos: Capítulo I: Definición del contrato público y su modificación, los principios de inmutabilidad y mutabilidad y, la aplicación de los principios jurídicos que rigen el derecho administrativo desde el punto de vista de Cassagne. Capítulo II: La desigualdad jurídica que existe entre el Estado y el Particular, la modificación unilateral de los contratos de obra pública, prestación del servicio público y adquisición de bienes con sus consecuentes limitaciones y, la modificación unilateral de los contratos petroleros. Capítulo III: Formas de modificación de los contratos: órdenes de cambio, contratos complementarios, contratos adicionales, reajuste o revisión de precios, la renegociación y el otro sí. El estudio finiquita, con las conclusiones y recomendaciones derivadas de las legislaciones comparadas de Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador y España.