892 resultados para Ley 963 de 2005
Resumo:
El estudio del efecto de diferentes residuos orgánicos de origen vegetal y animal en algunas características física, química y biológica del compost. Los objetivos fueron: C ontribuir a la búsqueda de alternativas de reciclaje de diferentes materiales de origen vegetal, animal y que contenga buenas características físicas, q uímicas y biológicas, evaluar el efecto de diferentes materiales orgánicos (pulpa de café, aserrín, basura verde + cascarilla de arroz, abono verde + cascarilla de arroz y residuos del comedor) sobre algunas propiedades químicas, físicas y biológicas del c ompost y determinar cuál de las mezclas orgánicas evaluadas (pulpa de café, aserrín, basura verde + cascarilla de arroz, abono verde + cascarilla de arroz y residuos del comedor) contribuyen a mejorar algunas de las propiedades químicas, físicas y biológic as del compost. Se estableció en la Hacienda Las Mercedes, propiedad de la Universidad Nacional Agraria, ubicada en el Km. 11 y ½ carretera norte, 1 Km. al lago frente a la empresa CARNIC en la localidad Las Mercedes perteneciente al departamento de Mana gua. Está finca se ubica geográficamente a los 12º8 ́36 ́ ́ latitud norte y 86º09 ́49 ́ ́ longitud oeste a una altitud de 56 msnm. El estudio comprendió cinco tratamientos y tres repeticiones: los cinco tratamientos compuestos de: basura seca recogida de la Ha cienda Las Mercedes, estiércol, cal y sica (carbón vegetal) en común; el tratamiento uno se diferenciaba por la presencia de pulpa de café, el dos por tener aserrín, el tres con basura verde más cascarilla de arroz, el cuatro con abono verde más cascarill a de arroz y el quinto con residuos provenientes del comedor de la Universidad Nacional Agraria. Se evaluaron las siguientes variables: temperatura, humedad, fitoxicidad , Contenido de macro y micro elementos y d iversidad de hongos y bacterias en el proce so de compostaje . El aná lisis estadístico utilizado fue el análisis de varianza a la variable: análisis químico, se realizó separación de medias por TUKEY al 5% de probabilidad de error. A las variables humedad, toxicidad y análisis microbiológico se les realizó un análisis cualitativo. La variable temperatura se le realizó análisis de varianz a a través del MANOVA. Se obtuvieron los siguientes resultados: existe diferencia significativa entre los tratamientos en la variable temperatura siendo la pulp a de café el material orgánico que favorece mayor actividad microbiana y que permitió obtener temperaturas más altas que el resto de mezclas . La pasteurización del abono se logró a través de que la temperatura entre 45 ºC y 50 ºC fue por un tiempo prolon gado. Según el resultado del análisis químico realizado en el laboratorio de suelos y aguas de la UNA indican por que los rangos de humedad al final del ensayo se mantuvieron dentro de los parámetros óptimos (50 - 65 %). Todos los tratamientos tienen una r elación carbono/nitrógeno alta, las que varían entre 79:1 a 60:1. Todas las mezclas tienen estabilidad, no hay presencia de sustancias fitotóxicas. En todos los tratamientos se obtiene una germinación arriba del 90 por ciento. La presencia de bacterias y hongos estuvo durante todo el proceso de descomposición, siendo menor el número de especies de hongos encontrados por tratamiento a los 30 días que a los 90 días. Entre las bacterias más encontradas están las del género Bacillus.
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Resumen: la teoría de la ley natural ha tenido un extenso desarrollo en la ética, más allá de lo jurídico, por lo que bien puede hablarse de una ética de la ley natural, con una vigencia desde su nacimiento en el pensamiento griego hasta la filosofía contemporánea. En este trabajo se atiende a la especial lectura que hacen los moralistas neo-analíticos de habla inglesa, quienes tratan, sistemática y/o históricamente, el tema de la ley natural, sea traduciéndola a su proceder epistemológico, sea en confrontación o crítica, sea desde una forma «sui generis» de reivindicación. Esto nos permite hablar de una vigencia de lo que su concepto significa: ser una ley que se sustenta en la naturaleza racional y universal de la humanidad
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Comprensión de las Diferencias de Sexo en la Adaptación de los Niños al Divorcio: Inferencia en la Práctica / Pedro R. Portes ; Joe H. Brown -- Funciones ejecutivas y Trastornos de Lóbulo Frontal / Facundo Manes ; Teresa Torralba -- Persona bajo la lluvia. Consideraciones teóricas y criterios de interpretación / María Inés Sivori -- Las dimensiones del Perdón / Silvia Franchi -- La evaluación de los valores en adolescentes: su relación con variables Sociodemográficas e intelectuales /María Martina Casullo ; Mercedes Fernández Liporace -- La relación entre factores de riesgo para la Salud Mental y Psicopatología en la Niñez / Inés Di Bártolo -- Recensiones bibliográficas
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La Familiaris consortio n.34 definió la “ley de la gradualidad”, como cumplimiento progresivo de la ley moral, contraponiéndola a la “gradualidad de la ley”, la cual es considerada como una expresión del rechazo al carácter vinculante de la misma. Pero no es éste el único modo posible de concebir la gradualidad de la ley. Santo Tomás presenta en la Suma Teológica un ejemplo de gradualidad de la ley (civil), a partir del cual este estudio se propone mostrar que existe una gradualidad inherente a la ley moral, que, sin privar a ésta de su fuerza obligatoria, le permite adaptarse dinámicamente al desarrollo moral del sujeto.
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Resumen: El comentario sobre los fundamentos teóricos trata de la distinción entre un acceso práctico a la ley natural mediante la captación evidente e inmediata de los primeros principios (referidos a los valores fundamentales) por la razón en su función práctica (razón práctica), y la fundamentación teórica y metafísica del contenido de la ley natural con sus primeros principios, realizado ulteriormente por la razón en su función teórica (razón teórica o especulativa). Se aborda de esta manera la patencia de esos valores fundamentales como punto de partida o primera ratio del proceso que realiza la razón práctica y su justificación racional en el plano metafísico como última ratio que realiza la razón teórica o especulativa.
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¿Qué es mejor: el gobierno de la ley o el gobierno de los hombres? La cuestión es, a la vez, política y jurídica. Desde el punto de vista político, consiste en determinar si, en esas raras ocasiones en las que accede al poder un hombre excepcionalmente dotado para la conducción del Estado, conviene o no restringir su libertad de decisión por medio de leyes. Allí donde concurran en el mismo individuo la más alta aptitud política y la personalidad carismática para liderar a sus conciudadanos: ¿debe estar subordinado a la ley o más bien conviene dejar que sea él mismo quien cree la ley mediante su acción ejemplar? En el ámbito jurídico, se presenta una tensión problemática de signo análogo, que ha sido identificada como una “aporía empírica del Derecho”, cuyos términos son los siguientes: o bien organizar la vida social mediante leyes, generales y abstractas, en detrimento de lo singular; o bien dejar librada la última decisión de los asuntos jurídicos a la prudencia de hombres investidos de la autoridad para administrar justicia y resolver las controversias que se produzcan en el marco de la vida social. El problema fue planteado –y resuelto– por primera vez en la historia de las ideas por Platón y Aristóteles. El propósito de este estudio es examinar el tratamiento de la cuestión y las respectivas soluciones, tal como aparecen en las obras de los dos grandes maestros y fundadores de la filosofía política y jurídica occidental. Empero, es menester aclarar que si bien el trabajo trata innegablemente sobre Platón y Aristóteles, no pretende ser una contribución original al conocimiento de su pensamiento. Nuestra aspiración es, más bien, contribuir con el aporte de los dos magnos filósofos griegos al debate actual sobre el gobierno de la ley, el llamado “Rule of Law” o el Estado de Derecho...
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Imágenes de la periferia. Las exploraciones de Juan Francisco de Aguirre y su historia y geografía de las Provincias del Río de la Plata / Liliana M. Brezzo -- Las exposiciones internacionales en la ciudad de Buenos Aires durante los festejos del Centenario / Florencia Casiraghi de Pryor -- Raúl A. Molina y la historia de la Virgen de Luján / Jorge Juan Cortabarría -- Las visitas a la provincia carmelitana de San Alberto de México en el siglo XVII / María de Lourdes Lascurain de Doucet -- Sobre marinos y funcionarios en el Río de la Plata, conflictos y necesidades (1760-1800) / Guillermo Andrés Oyarzábal -- La Revolución Mexicana y la diplomacia argentina (1910-1913). Los prolegómenos de la mediación del ABC / Ricardo Weinmann -- Documentos -- Necrológicas -- Reseñas Bibliográficas
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Contenido: El tratamiento de la providencia general de Dios en Santo Tomás de Aquino / Gabriel Delgado – Sobre el ente posible y necesario en Tomás de Aquino / Alberto Berro – El apogeo del nominalismo escolástico y la imposibilidad de la metafísica / Mario Enrique Sacchi – La psicologia de Nietzsche e il suo influsso nella Psicoanalisi / Martín F. Echavarría – Ernst Cassirer: de la tragedia a la ambivalencia de la cultura (parte II) / Amán Rosales Rodríguez – Conocimiento y respuesta al valor. Enfoque fenomenológico axiológico de von Hildebrand / Elizabeth Da Dalt de Mangione -- Heidegger, Aristóteles y la Escolástica / Silvana Filippi – Los “juicios directos” y la probabilidad. Introducción al concepto de probabilidad según John Maynard Keynes / Marcelo Luis Imperiale – Generalis Relativitatis Theoria: geometria et philosophia / Ramiro Délio Borges de Meneses – El arte de gobernar. Nota sobre Michel Foucault a 20 años de su muerte -- Bibliografía
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Resumen: En el presente trabajo, el autor expone la disolución teórica de la doctrina tradicional sobre la ley natural y su expulsión, incluso semántica, de la Filosofía del Derecho de Hegel. Para ello, se expone una síntesis del pensamiento especulativo de Hegel y se pone de manifiesto el inmanentismo radical del filósofo suabo, que resulta ser expresión del gnosticismo moderno.
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Resumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618.
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Resumen: El artículo recorre los antecedentes que dieron origen al Documento de la Comisión Teológica Internacional sobre ley natural, con particular referencia a las intervenciones de Juan Pablo II y Benedicto XVI. Presenta sucintamente algunos temas del documento, a saber: la búsqueda de un patrimonio ético común a la humanidad en las tradiciones culturales; la cuestión de la experiencia moral y la llamada interior a hacer el bien; la justificación filosófica de la ley natural; el orden político de la sociedad y el tema de Jesucristo, plenitud de la ley natural. También se consideran las tensiones que subyacen al mismo, con particular referencia a las problemáticas de modernidad ilustrada y posmodernidad, laicismo y laicidad y iusnaturalismo y positivismo jurídico.
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Ante la finalización del Ministerio Petrino del Santo Padre Benedicto XVI el pasado 28 de febrero de 2013, la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana dependiente de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina quiere expresar su profunda gratitud por el rico Magisterio que ha legado en relación con la ley natural y la persona humana. En este sintético homenaje, queremos recordar sus intervenciones a partir de tres ejes, que ciertamente guardan mucha relación entre sí pero que pueden diferenciarse: a) El estudio de la ley natural en la Iglesia Católica. b) La ley natural propuesta al mundo de la política. c) Los juristas y la ley natural.
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Resumen: La “Nueva Escuela del Derecho Natural” (NEDN) pretende ser una “recuperación” de la “Teoría clásica de la ley natural”. Sus principales representantes son G. Grisez, J. Finnis, J. Boyle, R. P. George y W. May. A ellos se agregan varios pensadores de Estados Unidos y Canadá como R. Shaw, R. Lawler, J. C. Ford, R. A. Connor, T. Kennedy, entre otros. Esta escuela se endilga la recuperación de la versión “auténtica” de Tomás de Aquino de la ley natural, por una reinterpretación de la misma, al entender que ella ha sido deformada por teólogos morales posteriores. En una primera etapa, el trabajo aborda las posiciones centrales de la NEDN, principalmente de Germain Grisez y John Finnis, sin desatender a sus seguidores y críticos. En segundo lugar, y por el planteo de la NEDN, se hace preciso el ocuparse de las fuentes del entredicho, a saber, el concepto de ley en Tomás de Aquino y su impostación en la naturaleza y en la racionalidad práctica.
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Una de la problemática de la producción de sorgo en Nicaragua es el deficiente manejo postcosecha del grano, como consecuencia es afec tado por diferentes plagas que dañan su calidad por insectos, hongos y bacterias. Algunos hongos que afectan el grano en campo y almacén son productores de diferentes micotoxinas, que ocasionan micotoxi- cosis (intoxicaciones), dañinas para la salud humana y animal. El objetivo del estudio fue determinar la calidad fitosanitaria y presencia de niveles de aflatoxinas en granos almacenados. Se colectaron mues tras en empresas e industrias almacenadoras y de campo. A cada una se le realizó análisis organoléptico (olor, temperatura, apariencia); físico (impurezas), entomológico, patológico (hongos y bacterias) y análisis de aflatoxinas. Las plagas primarias insectiles encontradas en los granos en almacén son: el pequeño barrenador del grano ( Rhizo pertha dominica (F.) y el gorgojo del arroz ( Sitophillus oryzae (L.)). El gorgojo plano de los granos ( Cryptolestes sp.), predominó en todas las muestras de granos de almacén, considerado plaga secundaria. En granos de campo el insecto que se encontró en mayor número fue el telarañero del sorgo ( Celama sorghiella (Riley)). Los géneros de hongos Fusarium spp, Helminthosporium sp y las bacterias Pseudo monas syringae van Hall y Bacillus megaterium (De Bary) ocasio naron los mas altos porcentajes de infección en granos de almacén y campo. Se identificaron siete especies de Aspergillus de las cuales A. flavus Link y A. parasiticus Speare se asocian a la producción de aflatoxinas, sin embargo este análisis resultó por debajo de 20 partes por billón (ppb).