697 resultados para IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS
Resumo:
Este trabajo muestra, en diferentes niveles, la configuración del campo intelectual de los años de 1960 y de uno de sus integrantes en particular, Agustín Cueva, personaje ligado al contexto histórico que le tocó vivir y en el cual intervino de manera activa. Para ello se recogen de manera breve los principales debates, luchas y problemáticas que le permitieron configurar su discurso crítico. El parricidio, el compromiso intelectual y la búsqueda de un horizonte revolucionario son palabras que se vuelven sentido común para esta generación, desde donde tratan de mostrar la inautenticidad de lo que las elites denominaron como „cultura nacional‟. Construcción cuestionada por esta generación y frente a la cual Cueva muestra, dentro de sus ensayos (como forma de escritura), que dicha artificialidad es el resultado de la carga colonial que pesa sobre los hombros de la sociedad ecuatoriana y del hecho de que, el discurso sobre el mestizaje, fue la salida elegida por las élites para justificar su proyecto nacional. En esta perspectiva, el diálogo que se propone con Antonio Cornejo Polar y Ángel Rama, muestra más puntos de encuentro que desencuentro, pues estos dos autores dan cuentan a partir de los conceptos de heterogeneidad y de transculturación, que el proceso cultural y político de constitución de nuestros países es el resultado de una élite (blanco-mestiza) que vio en la narrativa (en sus distintas formas) un mecanismo para edificarlo; sin embargo, estos tres autores revelan narrativas disidentes, cuestionadoras, y una vía popular de entender el proyecto nacional.
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El concepto de renta ha presentado en todo momento de la historia tributaria un análisis variado no sólo producto del Derecho, sino a su entendimiento han concurrido diversas ciencias, como actores; en las primeras constan la Economía, Finanzas Públicas, Contabilidad; y en los segundos doctrinarios, juristas, empíricos e incluso personas sin experiencia previa en la materia. El Impuesto a la Renta, corazón de un sistema tributario, impuesto dominante de los restantes tributos, desde épocas pasadas como en la actualidad, se debate en avances y retrocesos, experimentos y fuertes críticas; razones impostergables para que en la presente temática se lo examine de manera rigurosa en busca de su concepción, argumentación y aplicación en cada uno de los países miembros de la Comunidad Andina (CAN). En vista de los objetivos planteados, hemos desarrollado una investigación en torno al Impuesto a la Renta dentro del ámbito andino como a nivel internacional cuando el caso nos lo ha sido permitido. Esto para cumplir con la basta temática que tuvimos la suerte de desarrollar. Partimos del análisis de las principales tipologías conceptuales de renta, acto siguiente se nos permite escrutar sobre el Impuesto a la Renta en su aplicación tanto en personas y sociedades, con las posibles rentas no clásicas: ganancias de capital, dividendos, regalías, intereses, loterías, hallazgos (caso ecuatoriano) y luego examinar el funcionamiento del impuesto en escala postfrontera para descubrir su interacción en las restantes soberanías andinas, ya sea desde un régimen o sistema tributario y también su acción en el CDI. En consecuencia, sus conclusiones develan cómo el impuesto se regula según las conveniencias administrativas o políticas y no se observa como principal columna vertebral de un conjunto tributario.
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Con el crecimiento del mercado económico informal el Servicio de Rentas Internas, incluye o activa el RISE como un nuevo sistema de recaudación y control tributario con el fin de incrementar los impuestos A demás con este sistema la base de contribuyentes crecerá para cruzar información por lo tanto se incrementara los impuestos al valor agregado e Impuesto a la Renta. Este sistema lo aplican otros países de Latinoamérica, es por eso que el Ecuador toma las experiencias de varios países donde se ha implementado exitosamente este sistema. Para la ejecución del RISE se han implementado cinco ejes de acción los cuales son: Reglamentación, Atención, Recaudación, Control y Difusión, con lo expuesto en este trabajo evidencia que no se han cumplido algunos de las metas que el SRI se impuso con este régimen y q u e están relacionadas con los ejes de acción. Sin la aplicación de estos ejes el objetivo del sistema simplificado no cumplirá las metas propuestas el mismo se debe fortalecer con un diferenciado por la complejidad de su adhesión y su posterior control.
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Los siguientes propósitos se plantearon en esta investigación: 1. Describir los antecedentes de las utilidades como razón de ser del emprendimiento, sus destinos o usos posibles. 2. Identificar las cargas tributarias tanto nacionales como seccionales aplicables a las sociedades mercantiles en el Ecuador y describir los incentivos tributarios a que tienen derecho, en especial a reinvertir las utilidades. 3. Evaluar en prospectiva y en perspectiva a 10 años, la mejora económico-financiera del sector industrial que reinvirtió y el incremento de las recaudaciones fiscales. Estos propósitos se alcanzaron mediante la descripción de las causas que motivaron la creación del incentivo tributario denominado reinversión de utilidades establecido en 2001 y ratificado con enmiendas en el 2007. Durante la década analizada al Fisco le ha significado un gasto tributario (GT) de $543.1 M, es decir un promedio anual de $ 54.3 M, este beneficio ha sido aprovechado por alrededor de 1114 empresas de los sectores: industrial, comercial, servicios financieros y no financieros, de éstas, el 90% son grandes sociedades y apenas 110 empresas son PYMES. Las citadas empresas, han incrementado su patrimonio en $5.727 M, y sus activos productivos adquiridos superan la cantidad de $13.300 M, es decir casi veinte veces el gasto tributario. Otro de los aspectos relevantes es que el SRI ha recibido un impulso importante en el monto recaudado por Impuesto a la Renta de las sociedades beneficiarias de este incentivo y quizá esta tendencia mejore ya que, con la vigencia de la nueva matriz productiva se acrecentará la demanda de productos nacionales, misma que será satisfecha mediante el uso intensivo de los activos tangibles e intangibles nuevos adquiridos con los recursos de las utilidades que se quedaron definitivamente en la empresa.
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La presente tesis de maestría analiza desde una perspectiva de Economía Política el actual proceso de internacionalización de la banca colombiana hacia Centroamérica, enmarcándolo en el fenómeno de financiarización de la economía iniciado a principios de la década de 1970. En este sentido, se examina la relación entre la apertura económica y la liberalización financiera adelantada en Latinoamérica desde inicios de 1990 y la transformación del mercado de bienes, servicios y capital en la región. Resultado de la crisis de 2008, se ha presentado en los mercados financieros de los países del Sur un proceso de extranjerización intra-regional, entendido como la compra de activos y propiedades por parte de conglomerados regionales en su propia región, que en el caso del sistema financiero centroamericano se ha expresado en la compra por parte de los bancos colombianos de la banca local, protagonismo que en el caso de Suramérica se ve disminuido por la acción de los bancos brasileños y chilenos que registran mayores niveles de internacionalización. La alta tasa de utilidades netas y el aumento del patrimonio y activos que reporta la banca colombiana desde 2008 prevé la continuación del proceso de internacionalización en el mediano plazo, aunque a un ritmo más moderado, debido a la desaceleración y los incrementos de la inflación experimentados desde el primer trimestre de 2014 por las economías de la región, situación que apenas se empieza a registrar en el caso colombiano pero que se profundizará a partir de 2015 debido a la reducción en el acceso a financiación externa y la salida de capitales tal como sucede en el resto de países del Sur.
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Los impuestos vigentes en la República del Ecuador, han dado varios giros y han tenido grandes cambios, sin embargo, es evidente que esto es el producto de un avance en el pensamiento tanto del contribuyente como del fisco; como fieles legitimarios de esta relación jurídico tributaria entre la Administración y el administrado, se debe velar por la indudable coexistencia de las normas, el fisco y el administrado. Es por eso que se han expuesto las normas y los principios que revisten la relación jurídico tributaria entre las partes, a través de insumos como el Código Orgánico Tributario, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, el Reglamento a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, la Ley Reformatoria a la Equidad Tributaria, el Plan Nacional para el Buen Vivir, impuestos como el Impuesto a la Renta, etc., y también principios como el de equidad, proporcionalidad, redistribución de las rentas, capacidad contributiva, etc., para que la relación sea más productiva y beneficiosa para los dos protagonistas de esta relación tributaria, sin establecer preferencias ni imparcialidades, sino todo como un gran cuerpo de avances y méritos tanto de la Administración como del administrado, en un régimen evidentemente perfectible. Se han clasificado a los impuestos de acuerdo a la doctrina y las nuevas corrientes propuestas por distintos autores; sin embargo, se ha adoptado la visión de Pérez de Ayala como una propuesta de este trabajo, para analizar el Impuesto a la Renta desde el elemento económico que lo produce. A continuación se encontrará una breve reseña del desarrollo histórico de cada uno de los impuestos o hechos económicos, pues esto revela la enorme importancia de establecer mecanismos de justicia en la imposición tributaria del Estado; adicionales a la norma. Finalmente, se identificó, describió y desarrolló los impuestos, con sus respectivos sujetos, hechos imponibles, elementos, objetos imponibles, efectos económicos, tasas, tarifas, naturaleza, etc., en definitiva, todo factor que contribuye en la construcción de este complejo régimen impositivo; en el desarrollo de este trabajo se pretenderá determinar la existencia o no de un régimen tributario que evidencia o materializa la justicia tributaria en algunos impuestos que gravan la renta y el patrimonio.
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Las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF´S se basan en los estándares de registro, valuación presentación y revelación de cada una de las transacciones que afectan los Estados Financieros. Las Normas NIIFS, incluyen el estudio de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), dentro de estas consta la NIC No. 12, conocida en nuestro país como Impuesto a la Renta, y a nivel internacional como Impuesto a las Ganancias. En el Ecuador por los años 2004, se realiza el informe sobre la observancia de los Códigos y Normas (ROSC), el mismo que fue elaborado por un equipo del Banco Mundial, donde se recomienda dar inicio a la aplicación de normas y para lo cual las empresas públicas y privadas deben prepararse. La NIC 12, Impuesto a las Ganancias, es una norma internacional contable, que apoya específicamente en la interpretación fiscal y armonización contable mediante el reconocimiento de un gasto fiscal, un activo y/o un pasivo por impuestos diferidos. La disposición legal en Ecuador es emitida por la Superintendencia de Compañías, según Registro Oficial 348 del 4 de Septiembre del 2006, donde se manifiesta la obligatoriedad de la adopción NIIF, mientras que el Servicio de Rentas Internas, según Registro Oficial 718 del 6 de Junio del 2012 ( Resol: NAC12-0009), pone en tela de duda la aplicación de la NIC 12, sobre todo en la aplicación de los activos por impuesto diferidos, al no permitir reversar gastos no deducibles hasta Diciembre del 2014, sin embargo el Ejecutivo promulga una ley nominada: “ Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal” publicada en el Registro Oficial No. 407 del 31 de Diciembre del 2014, misma que rige desde Enero 2015, esta ley reformatoria abarca esencialmente la posibilidad de reconocer impuesto diferidos, lo que permite de alguna manera armonizar la NIC 12.
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El presupuesto general del Estado ecuatoriano depende en gran parte de los ingresos petroleros y de los ingresos por recaudación fiscal. En los últimos años y especialmente a partir del año 2010 la producción de petróleo de las compañías privadas ha disminuido. Con la Reforma a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno, el 27 de julio de 2010 comenzó un proceso de nacionalización del petróleo para que el Estado sea el principal beneficiario de las ganancias que éste recurso no renovable genera, es así, que a partir del 2010 se llevaron a cabo cambios en el sector hidrocarburífero como el cambio de modalidad contractual lo que hizo que varias compañías privadas que tenían asignados bloques petroleros en la Amazonía Ecuatoriana dejaran el país porque las condiciones de negociación no eran las más convenientes o no se sentían favorecidas en cuanto a beneficios por el alza de precios del petróleo. Pocas fueron las empresas privadas que aceptaron las condiciones de los contratos de prestación de servicios como comprometerse a incrementar la producción e invertir en exploración para el hallazgo de nuevas reservas, sin embargo, las compañías privadas han disminuido su producción lo que ha afectado la recaudación de impuestos. Con la presente investigación se determina las causas principales de la disminución de la producción de petróleo de las compañías operadoras privadas a partir del año 2010 al año 2014 y el impacto tributario que se ha producido para el país, especialmente en lo que se refiere a la recaudación del impuesto a la renta y del impuesto a los ingresos extraordinarios.
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La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de la Resolución No. 06.Q.ICI-004 de 21 de agosto de 2006, adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” y dispuso su aplicación obligatoria por parte de las entidades sujetas a su control y vigilancia de la Superintendencia, en este sentido estableció un cronograma de implementación de dichas normas mediante Resolución 08.G.DSC.010 de 20 de noviembre de 2008, en la que se establecieron tres grupos de aplicación a partir del año 2010, 2011 y 2012. Con estas disposiciones, a partir del año 2012 absolutamente todas las compañías sujetas al control por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, debieron registrar sus estados financieros bajo las referidas normas contables, las cuales permiten obtener información financiera transparente y uniforme, que sirve para la toma de decisiones a los usuarios de esos estados financieros. Un rubro importante que se presenta en los estados financieros, sin duda son la propiedad, planta y equipo, cuyo tratamiento contable se encuentra en las NIC 16 y NIC 36, esta última en cuanto al reconocimiento del deterioro, mientras que tributariamente, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, establecen el cumplimiento de ciertas condiciones para que las depreciaciones de esa propiedad, planta y equipo, sea deducibles a efectos del Impuesto a la Renta. En este sentido tanto la norma contable (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros) como la norma tributaria (Servicio de Rentas Internas), con el pasar del tiempo confluyen hacia tratamientos contables y tributarios que permiten a las compañías una mejor conciliación entre las mismas, como es el caso del Reglamento a la Ley orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención de Fraude Fiscal, publicado en el R.O. No. 407 de 31 de diciembre de 2014, que permite el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos en ciertos casos y condiciones, que de acuerdo a la norma contable deben registrarse.
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El presente trabajo de investigación supone un estudio doctrinario y análisis normativo de las medidas anti-paraíso vigentes en el ordenamiento jurídico ecuatoriano para contrarrestar la utilización de los paraísos fiscales; además, supone un estudio comparativo de nuestra legislación con los demás países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Perú, Bolivia) y un país europeo que ha manejado bien este tema como es España. Mediante este trabajo académico se busca que el lector, pueda conocer sobre un tema de actualidad, los paraísos fiscales, que se ha convertido en el dolor de cabeza de las Administraciones Tributarias que manejan una tributación ordinaria, pues su uso produce la fuga de capitales. Poco o casi nada se ha escrito en nuestro país sobre los paraísos fiscales, por lo que resultó complejo el uso de bibliografía nacional, pero en base a la doctrina internacional y unificando criterios doctrinarios hemos podido desarrollar sobre temas importantes como son: sus antecedentes; definición, teniendo en cuenta que difería conforme cuanto doctrinario haya escrito sobre este tema; las principales características de este tipo de territorios conocidos como de baja o nula tributación; las principales razones de utilización de estos territorios que tienen los no residentes; los tipos de medidas anti-paraíso que han sido creadas por las distintas Administraciones Tributarias, para combatir el uso por parte de sus contribuyentes de paraísos fiscales. Se ha puesto énfasis en conocer el tratamiento fiscal (eliminación de ventajas fiscales), que en nuestro país ha creado para operaciones, negocios o actividades económicas que tengan algún tipo de relación con paraísos fiscales para justamente neutralizar o desincentivar el uso de estos territorios por parte de sus contribuyentes. Con nuestra investigación nos fijamos responder la interrogante medular de nuestra tesis ¿De acuerdo a la experiencia y práctica internacional, son suficientes las medidas anti-paraíso que se ha establecido en el Ecuador, respecto al impuesto sobre la renta? Concluyendo que, de acuerdo a la experiencia y práctica internacional, es necesario la inserción de nuevas medidas anti-paraíso que podrían resultar eficientes en nuestro país.
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Existen zonas especiales de desarrollo económico en nuestro país que se originan en las zonas francas, son destinos aduaneros que se encuentran determinadas áreas geográficas, las cuales gozan de beneficios tributarios. En el Ecuador existen tres tipos de zonas especiales de desarrollo económico: industrial, logístico y tecnológico. Están regidas bajo el Código de Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones y son controladas por el Consejo Sectorial de la Producción. Los beneficios tributarios que poseen estas zonas son la reducción de cinco puntos porcentuales al Impuesto a la Renta, la exoneración de aranceles y devolución del impuesto al valor agregado, lo que permiten atraer inversión extranjera e incentivar la creación de nuevas empresas que reemplacen las importaciones, lo que modifica la balanza comercial. Por otra parte, al comparar el marco jurídico de las zonas especiales de desarrollo económico de nuestro país con zonas libres de otros países como Argentina y Chile, encontramos diferencias y semejanzas de conceptualización, objetivos y políticas que giran entorno a las necesidades de cada país, pero en todos los casos lo que se busca es el desarrollo de la economía. No obstante, al crecimiento de las zonas especiales de desarrollo económico en el Ecuador, se han realizado proyecciones de construcción y funcionamiento por etapas, que beneficiaran el área donde se desarrolle el proyecto, a través de generación de empleo y obras rurales, lo que impulsará al país en procesos de transferencia de tecnología e innovación, investigación y desarrollo. Existen tres zonas actualmente en desarrollo, la primera es la ZEDE Yachay, la cual se encuentra en funcionamiento pero aún no se finaliza el proyecto como tal. La segunda es la ZEDE Eloy Alfaro, la que se encuentra en la fase tres de construcción y la tercera es la ZEDE Piady que se encuentra en la primera etapa de construcción.
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Incluye Bibliografía
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