996 resultados para COMUNIDADES INDÍGENAS - DERECHOS POLÍTICOS Y CIVILES - COLOMBIA


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El derecho a la educacin parte del reconocimiento de que el saber sistemtico es ms que una importante herencia cultural, pues es tambin un medio de apertura, que brinda al individuo una clave de autoconstruccin y un reconocimiento de sus capacidades, sin ningn tipo de discriminacin. En razn de esto, encontramos el principio incluido en el art. 4, inciso II de la Constitucin Federal Brasilea, donde se genera el sistema de proteccin de los intereses de la poblacin negra, adoptndose el criterio de cinco categoras de color establecido por el Instituto Brasileo de Geografa y Estadstica IBGE. En este contexto se da la implementacin del sistema de cuotas en beneficio de los afrodescendientes en Brasil, donde se busca el acceso real de los estudiantes afros a la universidad, as como la permanencia y sustentabilidad de los estudiantes en los programas acadmicos.

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La poltica petrolera privilegia los ingresos econmicos y margina los derechos ambientales y sociales de la poblacin en las zonas petroleras. Ilustra el anlisis de la entrega de licencias que contravienen los derechos establecidos: contrato en el bloque 20 y la explotacin en la costa ecuatoriana; a esto se suma los numerosos y graves casos de derrame de petrleo. El gobierno implementa un programa de reparacin ambiental y social entre el Ministerio del Ambiente y Petroecuador, pero falta tomar decisiones fuertes para no ampliar ms la frontera petrolera y para aplicar verdaderos procesos de reparacin integral, tal como lo estipula la Constitucin. Es urgente la derogatoria del Decreto Ejecutivo 1040, que reglamenta la participacin social, por ser inconstitucional.

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El anlisis de la relacin derechos humanos (DDHH), en particular los derechos econmicos, sociales y culturales (DESC) y las polticas pblicas es fundamental para la concrecin de los derechos, y estos no sean solamente contenidos de carcter meramente declarativo. El enfoque de derechos implica la distincin entre un derecho y una necesidad. Mientras las necesidades no tienen valor de obligacin y no se pueden demandar su cumplimiento por parte del Estado, los DDHH tienen una base legal y exigible local e internacionalmente. Mientras los DDHH se relacionan con el SER, las necesidades se relacionan con el TENER, y esto implica un marco temporal acotado y no necesariamente sustentable en el tiempo. El enfoque de derechos no concierne a un gobierno especfico o a una corriente poltica sino que configura una obligacin por parte del Estado de honrar la dignidad humana. En este sentido el aparato del Estado tiene las competencias, posibilidades y mandato de implementar polticas y programas para garantizar la calidad de vida de los habitantes. En Amrica Latina, los Estados han firmado y ratificado los instrumentos fundamentales internacionales en materia de proteccin de DDHH, y por lo tanto estn obligados a proteger, garantizar y promover los DDHH de la poblacin. La proteccin y promocin de estos derechos pueden encontrar una va efectiva a travs de las polticas pblicas. Analizar la vinculacin del enfoque de derechos en las polticas pblicas es pues el objetivo de este artculo, de manera de contribuir ntegramente con este enfoque desde el diagnstico y diseo de las respuestas e iniciativas estatales.

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En la Amrica Latina de la transicin entre siglos la nocin/valor de desarrollo est fuertemente cruzada y oscurecida por diversos factores: uno de ellos es la articulacin de la liquidacin del modelo de desarrollo de postguerra (Segunda Guerra Mundial) con el ingreso a un modelo de crecimiento econmico (Consenso de Washington, primera y segunda fase) que cuestiona tanto la base social y humana como administrativa y geogrfica del desarrollo. Este factor de oscurecimiento acenta su incidencia porque el modelo de crecimiento, determinado por la acumulacin a escala global o mundial, suele ser utilizado como conduciendo al desarrollo. Sin embargo, aqu el ltimo trmino no hace relacin directa (algunos diran que ni siquiera indirecta) a la calidad de la existencia humana de las poblaciones involucradas en la acumulacin de capital a escala global. La modernizacin eventual de estas poblaciones no es sinnimo de una mejora en su calidad de vida, sino bsicamente de su insercin, privilegiada o no, en los circuitos de la economa transnacionalizada. Esto quiere decir que el crecimiento/desarrollo sigue una teleologa no alternativizable, lo que le confiere un carcter saturante o totalitario.

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Las polticas pblicas, independientemente de su objeto, ejercen influencia sobre la realizacin de los derechos humanos y estn llamadas a traducir las vindicaciones de los derechos humanos en reglas operacionalizables y en prcticas sociales que le permitan a los Estados cumplir con sus obligaciones internacionales en la materia. Los derechos humanos, a su vez, estn llamados a inspirar las polticas pblicas y requieren acciones afirmativas de los Estados, y por ende, polticas pblicas que favorezcan su reconocimiento, respeto y realizacin. En este marco de ideas, el presente artculo se propone ilustrar la relacin entre los derechos humanos y las polticas pblicas a travs de la presentacin de algunas propuestas para incluir el enfoque de los derechos humanos en las polticas pblicas y para elaborar polticas pblicas en materia de derechos humanos. El artculo concluye con la presentacin de los principales desafos frente a la plena realizacin de los derechos humanos a travs de las polticas pblicas en la poca contempornea.

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Democracia y Derechos Humanos son dos dimensiones relacionadas entre si de muy diversas formas. Pueden ser vistas como complementarias, pero tambin como realidades en fuerte tensin y hasta contradiccin. En cuanto realidades complementarias, puede plantearse, aunque no sin discusin, que slo procesos democrticos de decisin pueden legitimar polticamente estos derechos. Por tanto tales derechos, o al menos su vigencia, surgiran de la deliberacin y el consenso de los afectados e interesados. Pero a su vez, los derechos tambin pueden ser vistos como condiciones indispensables para el ejercicio democrtico. As, libertades como las de pensamiento, expresin, reunin o asociacin seran requisitos ineludibles no slo para que pueda existir democracia sino para que sta a su vez cree condiciones de justicia social. En cuanto realidades en tensin, los derechos humanos pueden ser vistos como lmites a la democracia, especialmente si sta ltima se entiende como voluntad poltica de la mayora. Los derechos humanos, al expresar valores fundamentales quedaran sustrados de las esferas tanto del mercado como del poder, integrando una zona de lo que no se discute. Los derechos humanos, en tal sentido erigiran, frente a estas mayoras coyunturales, vallas en principio infranqueables de defensa de las minoras y de los individuos frente a la mayora. Estos derechos vienen a constituir lo que Ferrajoli ha llamado una democracia sustancial, esto es un sistema en el cual los principios formales de la democracia poltica sobre quin y cmo se decide, es decir el principio de soberana popular y la regla de mayora, quedan subordinados a principios sustanciales expresados en los derechos constitucionales, es decir subordinados a lo que no es lcito decidir y a lo que no es lcito no decidir.

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Esta presentacin pretende abordar la relacin de las polticas pblicas con los derechos humanos en el rea del sistema penitenciario focalizando en el problema de los hijos de mujeres presas. La prisin y la privacin de la libertad de un nio es una de las violaciones ms graves de los derechos humanos. Las consideraciones a seguir tienden a propiciar un debate pblico y contribuir para la formulacin de polticas pblicas en defensa de los derechos de los nios nacidos en la crcel. El primer paso para la formulacin de polticas pblicas de atencin a los derechos del nio y del adolescente consiste en realizar el diagnstico de una situacin, delimitando y especificando el problema y poder definir directrices generales. El segundo momento consiste en la fundamentacin terica de la problemtica abordada. Ser, por lo tanto, presentada la realidad de los nios encarcelados, para en seguida realizar una reflexin terica a partir de los derechos humanos de los nios, de la conceptualizacin del Estado de Derecho y de las consideraciones sobre el sistema carcelario.

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Escribir este artculo ha sido para m una oportunidad para intentar poner en orden varios sentimientos, reflexiones, preguntas, dudas y vivencias desde mi prctica como educadora en derechos humanos, que ciertamente estn enriquecidos y contrastados por el voluntariado a favor de la paz como facilitadora de la Red de Propuestas Alternativas a la Violencia - PAV Ecuador y mis bsquedas de conexin conmigo misma desde la prctica del yoga y ms recientemente de la meditacin zen. Es, entonces, desde este terreno vivo que ha experimentado la sequedad, el desborde de aguas, el abono abundante, la maravilla del brote y el desprendimiento, que comparto estas palabras.

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Esta investigacin se enmarca en el ejercicio del debido proceso, institucin jurdica garantizada por la Constitucin del Ecuador y contemplada en Cdigo de Procedimiento Penal, la investigacin se realiz en Quito en los juzgados, tribunales penales, polica tcnica judicial y centros de rehabilitacin; con la finalidad de contribuir a que cada da se respete en todas las instancias el debido proceso, as como los derechos humanos, esto es, desde el momento de la aprehensin, indagacin previa, instruccin fiscal, etapa intermedia, etapa del juicio y en la etapa de impugnacin, es decir en toda la tramitacin de las causas penales, inclusive hasta en el recurso de revisin y con la aprobacin de la constitucin vigente hasta la resolucin de la causa penal ante La Corte Constitucional. Lamentablemente se ha evidenciado que las violaciones a los derechos humanos a los detenidos se siguen dando en forma alarmante por lo que, es necesario insistir una y mil veces que los operadores de justicia acten dentro del marco jurdico existente. El debido proceso en el nuevo sistema procesal penal garantiza tener una justicia independiente, respetando la Constitucin, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y la aplicacin correcta de la Ley, hasta que en sentencia al procesado se le absuelva o se le condene.

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Quito presenta en su estructura una trama yuxtapuesta de realidades sincrnicas: la ciudad quimrica con pedazos del ayer y hoy que se entremezclan y persisten en vestigios que reflejan el poder constructivo de la urbe; la ciudad transhumante, cuya vocacin representativa e integradora recupera la identidad colectiva, a partir de relatos y memorias, y la ciudad real donde se articula el imaginario colectivo sobre el acontecer local y nacional. A partir de determinadas coyunturas polticas de la ltima dcada, el estudio propone una reflexin sobre la ciudad de Quito tomando como referencia tres lugares: la Tribuna de los Shyris, la Plaza de Santo Domingo y la Tribuna del Sur. Desde esta muestra, el estudio identifica espacios de reapropiacin y resignificacin que permiten tender puentes y crear redes de articulacin entre el norte, centro y sur de la urbe. Los espacios que antes eran el marco escenogrfico donde la sociedad se desenvolva, como parte de su cotidianidad, ahora son retomados como elementos centrales para superar la realidad fsica en la proyeccin de la identidad.

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El estudio de los derechos fundamentales y/o humanos se ha realizado desde el esquema tradicional del derecho privado, por tal razn, la teora del derecho utilizada para entenderlos no es suficiente para la actualidad, dadas las complejas relaciones sociales y de poder que determinan la mayora de las veces el rumbo de los derechos de las personas. Se requiere que el Derecho, como conjunto de normas jurdicas pensadas para la convivencia sea el que regule en condiciones de igualdad y sin discriminacin dicha convivencia, no el mercado. Por ello cuando surge el neoconstitucionalismo como modelo de teora jurdica, surgen mltiples soluciones, y tambin problemas, que permiten entender y abordar de mejor forma la estructura del Derecho en el siglo XXI. Entre otras, porque defiende a la Constitucin como centro del sistema jurdico y ello dado el contenido de las constituciones modernas supone el respeto y realizacin de los derechos humanos. Adems, porque permite entender en mejor forma los derechos sociales y reconocer su carcter de fundamentales. En ese orden de ideas, se debe continuar reflexionando sobre los derechos humanos y su exigibilidad, por lo que la teora del contenido mnimo que se propone en el presente texto resulta de gran utilidad para alimentar los postulados del neoconstitucionalismo. Esta teora plantea que existe un contenido mnimo diferente del contenido esencial de los derechos fundamentales, que est dado por los instrumentos internacionales y que representa el estndar mnimo en materia de derechos, del cual los Estados no pueden salirse bajo ninguna circunstancia, so pena de eliminar o anular el derecho mismo. El trabajo es un hecho social que merece especial proteccin, por tal razn tiene la garanta jurdica de su positivacin, sin embargo, ha sido tal vez hasta el momento el derecho social ms vulnerado y de ms difcil cumplimiento por su compleja estructura y los constantes ataques que sufre desde las relaciones econmicas. Por tal razn se requiere analizar su estructura jurdica en aras de modernizar su concepcin y con ello contribuir a mejorara su garanta. En ese orden de ideas, la propuesta del contenido mnimo resulta adecuada para tal fin, pues permite poner en conexin la normatividad interna de un pas y la internacional, adems de constituirse en s misma en una garanta de derechos, pues el desconocimiento de los contenidos mnimos del derecho al trabajo puede dar lugar a responsabilidad internacional de los Estados en el sistema regional de proteccin de derechos humanos.

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El presente trabajo investigativo tiene por objeto contribuir con elementos tericos y prcticos a la experiencia sobre las comisiones de la verdad y la judicializacin de graves violaciones de derechos humanos y crmenes de lesa humanidad en el pas, lo anterior con principal referencia al Informe Final de la Comisin de la Verdad Ecuador. Esta problemtica es una constante en una gran cantidad de pases alrededor del globo, las respuestas que se han presentado y los resultados que se han obtenido son diversos, existiendo una tendencia negativa en cuanto a la consecucin de saber, justicia y reparacin para las vctimas y la sociedad en general. El captulo primero y el segundo, representan el marco conceptual de referencia, en los cuales en un primer momento se abordarn, las obligaciones del estado en materia de derechos humanos referidas a la investigacin y sancin de graves violaciones de derechos humanos y crmenes de lesa humanidad. En un segundo momento se tratarn, los mecanismos extrajudiciales de investigacin de violaciones de derechos humanos y crmenes de lesa humanidad, analizando el proceso de la Comisin de la Verdad Ecuador. El captulo tercero es el desarrollo prctico de los elementos anteriores, siendo la parte medular de la investigacin, se centra de manera pormenorizada en las condiciones y estrategias para la judicializacin de los crmenes de lesa humanidad en el contexto ecuatoriano. El captulo cuarto se refiere a las conclusiones del presente trabajo investigativo, realizando recomendaciones puntuales respecto a las acciones a seguir hacia un efectivo proceso de investigacin y sancin de responsables, as como tambin, de reparacin de las vctimas.

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Bajo las presentes condiciones histricas y el modelo de acumulacin por despojo, se producen un empobrecimiento extremo, la destruccin de las condiciones de vida y el deterioro de la integridad ambiental. La lgica de las grandes corporaciones avanza demoliendo las condiciones de vida, al tiempo que las movilizaciones sociales impulsan creativamente los derechos humanos y la defensa de la salud; pero el mundo acadmico reacciona con exasperante pasividad e indolencia. Los departamentos de las universidades, las agencias gubernamentales locales y nacionales y hasta las organizaciones no gubernamentales siguen en la lnea de programas inefectivos e inocuos, muchos de los cuales son sostenidos por costosos aparatos propagandsticos. Programas que no van a las races de los problemas y que terminan reproduciendo t y reforzando las propias reglas del juego neoliberal. En esta ponencia se explica aquello que el autor define como renuncia de la salud pblica a la equidad, la incapacidad institucional para mirar las races de una floreciente patologa de la inequidad y el divorcio entre los aparatos burocrticos de la salud con la lucha de los pueblos.