1000 resultados para Impuesto a la ganancia mínima presunta


Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El presupuesto general del Estado ecuatoriano depende en gran parte de los ingresos petroleros y de los ingresos por recaudación fiscal. En los últimos años y especialmente a partir del año 2010 la producción de petróleo de las compañías privadas ha disminuido. Con la Reforma a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno, el 27 de julio de 2010 comenzó un proceso de nacionalización del petróleo para que el Estado sea el principal beneficiario de las ganancias que éste recurso no renovable genera, es así, que a partir del 2010 se llevaron a cabo cambios en el sector hidrocarburífero como el cambio de modalidad contractual lo que hizo que varias compañías privadas que tenían asignados bloques petroleros en la Amazonía Ecuatoriana dejaran el país porque las condiciones de negociación no eran las más convenientes o no se sentían favorecidas en cuanto a beneficios por el alza de precios del petróleo. Pocas fueron las empresas privadas que aceptaron las condiciones de los contratos de prestación de servicios como comprometerse a incrementar la producción e invertir en exploración para el hallazgo de nuevas reservas, sin embargo, las compañías privadas han disminuido su producción lo que ha afectado la recaudación de impuestos. Con la presente investigación se determina las causas principales de la disminución de la producción de petróleo de las compañías operadoras privadas a partir del año 2010 al año 2014 y el impacto tributario que se ha producido para el país, especialmente en lo que se refiere a la recaudación del impuesto a la renta y del impuesto a los ingresos extraordinarios.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de la Resolución No. 06.Q.ICI-004 de 21 de agosto de 2006, adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” y dispuso su aplicación obligatoria por parte de las entidades sujetas a su control y vigilancia de la Superintendencia, en este sentido estableció un cronograma de implementación de dichas normas mediante Resolución 08.G.DSC.010 de 20 de noviembre de 2008, en la que se establecieron tres grupos de aplicación a partir del año 2010, 2011 y 2012. Con estas disposiciones, a partir del año 2012 absolutamente todas las compañías sujetas al control por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, debieron registrar sus estados financieros bajo las referidas normas contables, las cuales permiten obtener información financiera transparente y uniforme, que sirve para la toma de decisiones a los usuarios de esos estados financieros. Un rubro importante que se presenta en los estados financieros, sin duda son la propiedad, planta y equipo, cuyo tratamiento contable se encuentra en las NIC 16 y NIC 36, esta última en cuanto al reconocimiento del deterioro, mientras que tributariamente, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, establecen el cumplimiento de ciertas condiciones para que las depreciaciones de esa propiedad, planta y equipo, sea deducibles a efectos del Impuesto a la Renta. En este sentido tanto la norma contable (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros) como la norma tributaria (Servicio de Rentas Internas), con el pasar del tiempo confluyen hacia tratamientos contables y tributarios que permiten a las compañías una mejor conciliación entre las mismas, como es el caso del Reglamento a la Ley orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención de Fraude Fiscal, publicado en el R.O. No. 407 de 31 de diciembre de 2014, que permite el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos en ciertos casos y condiciones, que de acuerdo a la norma contable deben registrarse.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El presente trabajo de investigación supone un estudio doctrinario y análisis normativo de las medidas anti-paraíso vigentes en el ordenamiento jurídico ecuatoriano para contrarrestar la utilización de los paraísos fiscales; además, supone un estudio comparativo de nuestra legislación con los demás países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Perú, Bolivia) y un país europeo que ha manejado bien este tema como es España. Mediante este trabajo académico se busca que el lector, pueda conocer sobre un tema de actualidad, los paraísos fiscales, que se ha convertido en el dolor de cabeza de las Administraciones Tributarias que manejan una tributación ordinaria, pues su uso produce la fuga de capitales. Poco o casi nada se ha escrito en nuestro país sobre los paraísos fiscales, por lo que resultó complejo el uso de bibliografía nacional, pero en base a la doctrina internacional y unificando criterios doctrinarios hemos podido desarrollar sobre temas importantes como son: sus antecedentes; definición, teniendo en cuenta que difería conforme cuanto doctrinario haya escrito sobre este tema; las principales características de este tipo de territorios conocidos como de baja o nula tributación; las principales razones de utilización de estos territorios que tienen los no residentes; los tipos de medidas anti-paraíso que han sido creadas por las distintas Administraciones Tributarias, para combatir el uso por parte de sus contribuyentes de paraísos fiscales. Se ha puesto énfasis en conocer el tratamiento fiscal (eliminación de ventajas fiscales), que en nuestro país ha creado para operaciones, negocios o actividades económicas que tengan algún tipo de relación con paraísos fiscales para justamente neutralizar o desincentivar el uso de estos territorios por parte de sus contribuyentes. Con nuestra investigación nos fijamos responder la interrogante medular de nuestra tesis ¿De acuerdo a la experiencia y práctica internacional, son suficientes las medidas anti-paraíso que se ha establecido en el Ecuador, respecto al impuesto sobre la renta? Concluyendo que, de acuerdo a la experiencia y práctica internacional, es necesario la inserción de nuevas medidas anti-paraíso que podrían resultar eficientes en nuestro país.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Existen zonas especiales de desarrollo económico en nuestro país que se originan en las zonas francas, son destinos aduaneros que se encuentran determinadas áreas geográficas, las cuales gozan de beneficios tributarios. En el Ecuador existen tres tipos de zonas especiales de desarrollo económico: industrial, logístico y tecnológico. Están regidas bajo el Código de Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones y son controladas por el Consejo Sectorial de la Producción. Los beneficios tributarios que poseen estas zonas son la reducción de cinco puntos porcentuales al Impuesto a la Renta, la exoneración de aranceles y devolución del impuesto al valor agregado, lo que permiten atraer inversión extranjera e incentivar la creación de nuevas empresas que reemplacen las importaciones, lo que modifica la balanza comercial. Por otra parte, al comparar el marco jurídico de las zonas especiales de desarrollo económico de nuestro país con zonas libres de otros países como Argentina y Chile, encontramos diferencias y semejanzas de conceptualización, objetivos y políticas que giran entorno a las necesidades de cada país, pero en todos los casos lo que se busca es el desarrollo de la economía. No obstante, al crecimiento de las zonas especiales de desarrollo económico en el Ecuador, se han realizado proyecciones de construcción y funcionamiento por etapas, que beneficiaran el área donde se desarrolle el proyecto, a través de generación de empleo y obras rurales, lo que impulsará al país en procesos de transferencia de tecnología e innovación, investigación y desarrollo. Existen tres zonas actualmente en desarrollo, la primera es la ZEDE Yachay, la cual se encuentra en funcionamiento pero aún no se finaliza el proyecto como tal. La segunda es la ZEDE Eloy Alfaro, la que se encuentra en la fase tres de construcción y la tercera es la ZEDE Piady que se encuentra en la primera etapa de construcción.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye bibliografia

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Incluye Bibliografía