526 resultados para Derecho penal -- Tratados


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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.

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La Justicia Penal Militar es el privilegio histórico más importante que ha sido concedido a las Fuerzas Militares colombianas debido a la función pública que desempeñan. De allí, que la presente investigación esté dirigida a comprender las causas que han conducido a que el Fuero Militar sea una figura cada vez más restringida no sólo en el mundo, sino en Colombia. Así mismo, el papel de las víctimas será transcendental en el trabajo para comprender un proceso de deslegitimación de la institución marcial traducido en la generación de un debate nacional en torno a la conveniencia de la ampliación de las competencias judiciales de su jurisdicción especial. Finalmente, se planteará una posible alternativa a partir de la conceptualización sobre la Justicia elaborada por John Rawls en el siglo XX, con miras solventar este fenómeno político, jurídico y social.

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Toda Constitución es un esquema de poder. Como toda concepción de poder se refiere y tiene por objeto al hombre, implica una toma de posición, un pronunciamiento sobre la libertad y sus garantías. La idea de libertad - garantía, de la libertad defendida, o de las garantías constitucionales de la libertad, se atribuye con justicia al constitucionalismo liberal, creado por la tradición inglesa (Magna Charta, 1215; Petito of right 1627; Hábeas Corpus, Act 1679; Bill of Rights 1689), su secuencia norteamericana (Declaración de Derechos de Virginia, 1776 y Acta de declaración de la independencia, 1776), y el movimiento ideológico francés del enciclopedismo y la ilustración que quedó plasmado en la Declaración de Derecho del Hombre y el Ciudadano de 1789. Generalidad y oponibilidad al Estado constituyen la esencia de las garantías ciudadanas proclamadas por el liberalismo: mecanismos, prestación, servicio, procedimiento de vigilancia y control, reparación, control, moderación o intervención, que tiendan a dar seguridad, vigencia real y eficacia a una libertad para todos, es una garantía.

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Crédito variable de Ciencias Sociales para Educación Secundaria Obligatoria. El objetivo es dar una visión general de lo que es el mundo del Derecho y de la Justicia, concentrado en nuestro ordenamiento jurídico. No se profundiza en ninguna técnica jurídica, ni en las ramas de Derecho existentes. Lo principal es dar una visión general de la existencia de técnicas específicas y de las diferentes ramas del Derecho. El crédito se reparte en cinco unidades didácticas: 1) El Derecho en el Estado moderno y en el Estado español. 2) Derecho civil. 3) Derecho penal. 4) Derecho mercantil y fiscal. 5) Derecho laboral. En cada unidad se ofrece información para el profesor y ejercicios para el alumnado.

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Estudio sobre la valoración jurídica que tienen los sujetos que padecen alguna psicopatología o trastorno mental en el ámbito del derecho penal. En él se estudia, por una parte, el reflejo que tienen estas alteraciones mentales en la redacción del Código Penal y, por otra, se analizan los criterios jurisprudenciales que determinan a un sujeto responsable o no de sus acciones. Se han estudiado las once alteraciones mentales o patologías que tienen una mayor incidencia en la literatura y la jurisprudencia. Se comentan con una especial atención, las circunstancias psicológicas particulares que influyen en el sujeto para determinar su responsabilidad e imputabilidad.

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El proyecto se realiza en el Area de Derecho Penal del Departamento de Derecho Público Básico de la Universidad de León. Los profesores, en número de cinco, pertenecen todos a dicha área (habiendo intervenido también otros docentes e investigadores de la misma). El objetivo del proyecto era la realización de una experiencia articulada y dirigida de seguimiento y análisis de casos reales de la práctica de la jurisdicción penal en juzgados y tribunales penales castellano-leoneses por parte de alumnos de la Licenciatura en Derecho que cursan asignaturas de Derecho Penal, a través de la presencia en vistas de juicios penales, previamente preparada mediante información previa y seguida por un análisis reflexivo posterior, realizando conocimientos teóricos y práctica de la justicia penal y sirviendo para orientar futuras actividades docentes. Así, seleccionado un grupo de 20 alumnos y un nutrido número de casos de los juzgados 1 y 2 de lo penal de León, la experiencia se desarrollaba mediante la entrega de los alumnos de los escritos de acusación de cada caso, redacción por cada alumno de un dictamen breve sobre el caso, asistencia a juicio por los alumnos (varios casos por sesión), entrega a los alumnos de las sentencias relativas a los casos de cada sesión y celebración de sesión de seminario con participación de alumnos, profesores y magistrados ponentes de las sentencias de los casos correspondientes a cada sesión, en la que se discutían todos los aspectos de tales casos (se celebraron 4 sesiones de asistencia a juicios y 4 sesiones de seminario). El material utilizado (el académico del Area de Derecho Penal, los escritos de acusación y las sentencias) y la actividad fueron valoradas en encuesta anónima y voluntario por los alumnos como muy positivos para relacionar el aprendizaje teórico del derecho penal con su práctica y mejorarlo. No hay publicación.

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Monográfico con el título: La nueva ley penal del menor y la intervención socioeducativa. Resumen basado en el de la publicación. Resumen en inglés

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Ponencia del Congreso Internacional de Pedagogía Amigoniana, celebrado en Medellín (Colombia) en 2001. Analiza la pedagogía amigoniana desde el punto de vista legal. Muestra los antecedentes jurídicos relacionados con el menor y los antecedentes amigonianos. Después, analiza el tema de los tribunales de menores y los terciarios capuchinos, su ideología, características y labores. Finaliza con una reflexión acerca de las nuevas realidades jurídicas.

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Resumen tomado del autor

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Se ve la necesidad de educar a la totalidad de la sociedad alemana en materia jurídica, en el marco del nuevo Derecho alemán nacionalsocialista. Para ello hay que desarrollar ideas, medios y procedimientos, entre los que se encuentran la enseñanza y divulgación general del Derecho entre el pueblo, una campaña sistemática de propaganda del Derecho y una enseñanza metódica del Derecho en las escuelas, prestando especial atención a la educación jurídica de la juventud. La educación jurídica debe ir en consonancia con la vida cotidiana y la propia experiencia Derecho para lograr transmitir con eficacia los valores jurídicos. Los medios más adecuados para llevar a cabo este sistema pedagógico son la prensa, el cine, la radio, la literatura jurídica y unos maestros que introduzcan la educación jurídica en el sistema de enseñanza general.

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Las actividades fuera del aula constituyen por sí mismas o en estrecha interrelación con las metodologías dinámicas y la TICs, un medio para abordar la dimensión práctica del derecho y la adquisición de competencias genéricas y específicas en el proceso de aprendizaje de los estudios de derecho. En este trabajo se presentan algunas de las experiencias llevadas a cabo en el ámbito del Derecho Penal en coordinación con los Juzgados y la Audiencia; en Derecho Procesal Penal en colaboración con un Centro Penitenciario; y en Derecho Civil con el Centro Registral

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El presente trabajo se concibió con la vocación de devenir una aportación al estudio del proceso penal de menores. Por ello, originariamente, se planteó como un análisis de todas y cada una de las fases de dicho proceso. Sin embargo, rápidamente este objetivo se demostró inalcanzable por cuanto, de una primera aproximación a los preceptos de la norma, se aprecia que en la misma, se contiene «algo más» que algunas especialidades o especificidades con respecto a los procesos penales de adultos. Como premisa de partida, cabe considerar que el proceso diseñado por la L.O. 5/2000, al estar concebido exclusivamente para el enjuiciamiento de las conductas delictivas presuntamente cometidas por menores de edad, puede incardinarse en la categoría de los procesos especiales. Esta constatación, sin embargo, no era suficiente, a nuestro juicio, para justificar un proceso en el que aparecían figuras e instituciones procesales hasta el momento inéditas en el ordenamiento jurídico español. Por ello el planteamiento inicial al que se aludía fue sustancialmente modificado, sin que a la postre, ello haya supuesto una alteración sustancial del objetivo primigenio. El trabajo de investigación se inicia con un interrogante, que podría formularse como sigue: Aceptando que la edad es el elemento determinante de la existencia de una rama del derecho penal específicamente dedicada a los menores, ¿hasta qué punto dicho elemento condiciona la acción del legislador en el sentido de establecer un cuerpo normativo significativamente diferenciado del previsto para los adultos?

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La orientación de las nuevas sociedades vistas como espacio articulados alrededor de los grandes desarrollos tecnológicos y la primacía de las comunicaciones en devenir de los actores, ha llevado a que las distintas disciplinas se aclimaten a dicho panorama universal. A ello no puede ser extraño el derecho, pues su funcionalidad le obliga a reconstituirse dentro de las lógicas y dinámicas que orientan al desarrollo de la historia. Sin embargo, dicho proceso se enfrenta en ocasiones a aquellos paradigmas que, por sus connotación, causan tensiones frente a las nociones de progreso y orden social. En el plano del derecho penal económico, dicho escenario conflictivo se visibiliza mejor cuando la posibilidad de incriminar a las personas jurídicas se presenta. Así, la recurrencia a principios por los que la comisión de un hecho delictivo solo puede ser verificada por la persona natural trastoca la necesidad de orientar las conductas delictivas hacia la imputación de la empresa y los diversos entes colectivos que articulan las relaciones entre Estado, mercado y sociedad. De allí que el presente estudio ofrezca una posición teórica a partir de la cual se podría sustentar la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas, a al vez que cuestiona la vigencia de algunos de los paradigmas hallados en la teoría del sujeto penal y del delito. De esta forma, la recurrencia a la teoría de los sistemas de Niklas Luhmann y el afianzamiento de las comunicaciones como el centro de atención de las sociedades, desde una perspectiva jurídica y sociológica, marcarán el hilo conductor de una discusión inacabada y que se presta para el debate desde diferentes ópticas.

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Realiza una investigación sobre el problemático reconocimiento del emergente Derecho a la Verdad. Igualmente, se estudia el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos como parte de la lucha contra la impunidad causada por dictaduras, autoritarismos y estados de sitio en las transiciones a la democracia en la región latinoamericana. Los principales obstáculos jurídicos a la hora de incorporar el Derecho a la Verdad han sido las leyes de amnistía, de punto final y de obediencia debida creadas para perdonar a los responsables de graves violaciones de los Derechos Humanos. Para identificar la tensión del Derecho a la Verdad con los sistemas de justicia internos, se revisan los fundamentos de los principios de legalidad y oportunamente se exponen las posturas de la prohibición de la doble imputación non bis in ídem, así como las características de la cosa juzgada. De esta manera, la presente tesis tiene como objetivo responder el siguiente cuestionamiento ¿Son los principios de cosa juzgada, non bis in ídem y legalidad una restricción al emergente Derecho a la Verdad?. Con el desarrollo del Derecho a la Verdad se busca ampliar el significado tradicional del derecho penal, en relación con las víctimas, el cual basa su desarrollo principalmente en la validez de la norma penal y en el principio in dubio pro reo. El propósito del Derecho a la Verdad es generar la igualdad procesal entre las partes sometidas a un litigio penal, con el objeto de que rija por el principio pro honmine, en el desarrollo del Estado Constitucional.

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Desarrolla un análisis exegético del delito político, razón ésta por lo que constituimos como base fundamental una estructura, que partiendo de lo semántico y conceptual, se articula con la doctrina, para luego ir modulándose con lo filosófico, sociológico y político, lo cual dará como resultado el entronizamiento de las tres teorías básicas: objetiva, subjetiva y mixta o ecléctica. Como antecedente diseñamos un escenario temático que realiza un estudio hermenéutico de Derecho Penal, Constitucional y Ciencia Política, base determinante para más allá profundizar el sendero intrincado y enmarañado de lo que constituye nuestro propósito y objetivo, siempre buscando que no sea fruto del azar o de una acción providencial. Abordar el estudio del delito político y la amnistía, implica deslizarse en el médano o en una duna, sin más armas que las ideas firmes sobre la justicia, para hacerles frente desde el plano ideológico a los enemigos de la libertad y la democracia, trilogía que se constituye en un dogma, cuyo corolario hace de estos valores, verdaderos paradigmas, los mismos que de acuerdo a la axiología jurídica son el propósito y fin del Estado Social Democrático de Derecho y Constitucional. El delincuente político irrumpe en el escenario social, el instante en que se vulneran y transgreden los principios básicos de convivencia, provocando desajustes y desequilibrios que afectan la dignidad humana, originando inconformidad, cuyas connotaciones se suelen canalizar a través de expresiones sociales como la resistencia, la rebelión, la revolución y el terrorismo, temas que son debidamente analizados en los capítulos pertinentes. En el Ecuador, los temas del delito político y la amnistía no han sido debidamente tratados, razón por la cual, a la luz de las diferentes corrientes que se esgrimen, formulamos un estudio que se concreta en principios y proyecciones de nuestra realidad. En conclusión definimos que el cambio estructural de una sociedad organizada es producto del ejercicio de la soberanía popular, pilar fundamental en el que descansa el Estado como principio político-democrático, ejerciéndoselo a través del poder constituyente que se consumará con la creación del texto constitucional.