999 resultados para SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Resumo:
En la presente monografía, el análisis que se adelanta en torno al Programa de Reincorporación a la Vida Civil en materia de inserción económica, más allá de centrarse en estadísticas, toma esos valores como unos indicadores que reflejan el ritmo de una problemática, y los utiliza como referentes para ponderar el margen de acción y la capacidad de respuesta de los otros actores involucrados en el proceso. Ahora bien, la interpretación que se le da a la “materia económica”, obedece principalmente a las salidas que ha brindado el gobierno para garantizar la empleabilidad de los desmovilizados, una vez culminado su proceso de reintegración; en este sentido, para llegar a este punto, en el primer capítulo se describe el funcionamiento del Programa de Reincorporación a la Vida Civil en materia de inserción económica, con el ánimo de conocer y comprender las alternativas planteadas por el gobierno para garantizar dicho fin. En el segundo capítulo, más que comparar el rendimiento del programa de reincorporación en relación con procesos llevados a cabo durante la década de los ochenta y los noventa en Colombia, estos son utilizados como un referente para interpretar los resultados del actual programa de reincorporación a la vida civil en materia de inserción económica, a la vez que se destacan los logros y fracasos de la política pública para garantizar la empleabilidad de los desmovilizados, tomando como referencia los enormes esfuerzos fiscales que el Gobierno nacional ha destinado para dicho fin. Finalmente, el tercer capítulo destaca la responsabilidad de la sociedad en general en el proceso de reintegración, destacando el compromiso que debe asumir el sector empresarial, teniendo en cuenta que así como en algún momento este fue parte del 2 problema, necesariamente tendrá que ser parte de la solución, con el fin de que los desmovilizados encuentren empleos relativamente estables durante su transición, partiendo del supuesto que la empleabilidad de los desmovilizados es un asunto de responsabilidad compartida, que además requiere el apoyo imprescindible de la actuación de los gobiernos locales para gestar el proceso de reconciliación en las regiones.
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La responsabilidad médica en su completo esplendor trata temas en cuanto a lo civil, penal y la relación con el estado y la prestación de servicios que se deriva del mismo. La responsabilidad medica a su vez trata en el fondo las imputaciones por conductas dolosas, culposas y preterintencionales que a su vez traen consigo las razones de exculpabilidad de las mismas y los beneficios que al médico trae la existencia de la llamada “Lex artis” El tratamiento de la culpa en el ámbito de la responsabilidad penal medica a través de la historia muestra como en el tiempo, desde la misma época arcáica se entendía como responsable el medico o aquella persona que tuviera conocimientos en medicina cuando por una imprudencia o por su propia negligencia o impericia hiciera que el paciente o la persona a cuidar sufriera una lesión que pudiese posteriormente llevarlo a la muerte.
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En el año 2011, después de cuatro años de cabildeo y forcejeo político, Colombia aprobó la Ley 1448, más conocida como la Ley de Víctimas. Los objetivos perseguidos por esta ley son bastante amplios, en la medida en que pretende ser una regulación comprensiva para enfrentar los efectos que el conflicto armado ha infligido en la población civil. En este sentido, la ley incluye las reformas legales que fueron consideradascomo necesarias para restablecer el estado de derecho a través de la proteccióny cumplimiento de los derechos de las víctimas. Actualmente, el gobierno, la sociedad civil y la academia se han enfocado en el análisis de los dilemas y grandes temas dela ley. Sin embargo, esta nueva regulación, con sus 208 artículos, es más amplia y compleja, razón por la cual es indispensable hacer un análisis más detenido de sus múltiples provisiones. Una de estas, que parece no haber llamado la atención y que, por lo tanto, no ha sido objeto de estudio pormenorizado es el artículo 46. A primera vista, este parece estar encaminado a reforzar la investigación y juzgamiento de las personas jurídicas relacionadas con violaciones de derechos humanos y derecho internacional humanitario en el contexto colombiano. Este texto examina específicamente los alcances reales y dilemas del artículo, y propone algunas soluciones para llenar la laguna que existe actualmente en el país en la materia.
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Dada la importancia de la primera infancia en el desarrollo de la sociedad, el Estado, a través de la gobernanza, trabaja en conjunto con otros actores en el cumplimiento de la Política Pública Nacional de Primera Infancia (PPNPI) para mejorar el bienestar de los niños menores de seis años. Hoy cada vez más empresas, al asumir su responsabilidad social empresarial, se interesan en el tema. A través de la Fundación Éxito, los almacenes Éxito promueven la nutrición de la primera infancia por medio de sus diferentes programas enfocados en nutrición. Entre estos se encuentra el Programa de gestantes y lactantes, el cual se evalúa aquí según las metas del objetivo específico de la PPNPI: promover la salud, la nutrición y los ambientes sanos, desde la gestación hasta los seis años.
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Las redes cerradas permiten que las personas se conozcan y hacen mas seguro el proceso contractual sin embargo gran parte del desarrollo de la contratación electrónica ha tenido lugar en Internet no podemos saber si efectivamente estamos contratando con una persona o con un agente
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Reflejo de la crisis de nuestro sistema judicial tradicional que se extiende a muchos países de nuestro continente, circunstancia que ha hecho imperioso lograr por eficientes mecanismos que garanticen la solución de los conflictos
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Los diferentes sectores de la economía ejercen múltiples actividades que impulsan el crecimiento socio-económico de los diferentes países, sin embargo dichas actividades tienen repercusiones importantes a nivel ambiental, dentro de las que se encuentran transformaciones irreversibles del planeta, tanto físicas como químicas. Gracias a esto, en la actualidad, las empresas y organizaciones han empezado a controlar con mayor responsabilidad sus respectivos procesos y operaciones, buscando no solo mitigar los impactos negativos ocasionados al medio ambiente y a la sociedad sino la optimización en el uso de recursos tanto físicos como económicos. El presente estudio tiene como finalidad analizar las operaciones que se realizan en una obra civil, con el fin de identificar cuáles son las principales causantes de contaminación, por otro lado se hará mención de como la normatividad y legislación colombiana aplica y ejerce control en cada uno de los mismos, finalmente se plantearán diferentes soluciones y alternativas para que dicha industria pueda implementarlas en sus quehaceres diarios. Para lograr lo anterior se utilizaron diferentes herramientas que facilitaron la obtención de datos e información para el estudio tales como: entrevistas a los miembros y participantes de la obra civil, visitas de campo, recopilación de información de estudios similares, realización de la matriz de aspectos e impactos y fichas ambientales, entre otras. Los resultados obtenidos permitieron entender que es inevitable que esta industria no genere ciertas contaminaciones e impactos negativos, además de identificar que la normativa del país en cuanto control ambiental se encuentra algo atrasada, factor que fue determinante a la hora de proponer distintas alternativas que buscan tanto facilitar las prácticas que el sector de la construcción tiene en el país como minimizar al máximo los impactos ambientales negativos ocasionados.
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Los conceptos de ciudadan??a y convivencia han propiciado una perspectiva nueva en la educaci??n en valores. La educaci??n en valores se inscribe hoy en un proceso de maduraci??n y aprendizaje, orientado al uso y construcci??n de experiencia axiol??gica, respecto de la convivencia pac??fica ciudadana. En la actualidad hay un componente social y ??tico en la educaci??n para la convivencia ciudadana, que surge directamente del sentido de la responsabilidad compartida y derivada, basada en el compromiso de la familia, la escuela, el Estado y la sociedad civil. Por otra parte, la educaci??n en valores y la comunicaci??n intercultural se convierten en referentes de la formaci??n para la convivencia pac??fica, con sentido interdisciplinar que afecta a todos los miembros de la sociedad, y que coloca a los profesionales de la educaci??n y el Estado ante un nuevo reto de arquitectura curricular.
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Resumen tomado de la propia revista
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El artículo forma parte de una sección de la revista dedicada a investigación.- Resumen tomado parcialmente de la revista
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Presentar revisión teórica realizada en base a una observación diaria de la actividad realizada en una ludoteca. Se desarrollaron aspectos de higiene, orden, responsabilidad, personalización. En cuanto al acercamiento de los padres a la ludoteca es prácticamente nulo. El intercambio de experiencias, aspecto muy interesante como enriquecedor de la actividad lúdica, al ofrecer las diferentes ludotecas diversas posibilidades, según los conceptos y aptitudes de los ludotecarios.
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El contrato de seguros es una convención muy especial que se rige por sus propias normas, específicamente por las contenidas en el Decreto Supremo 1147, publicado en el Registro Oficial 123 de 7 de diciembre de 1963; en la citada norma legal, se establece el procedimiento para formalización del contrato de seguros, así como las principales características de este contrato y los derechos, deberes y obligaciones que se derivan del mismo. Con base a lo anterior, uno de los derechos que poseen las aseguradoras, es el de presentar objeciones a los reclamos presentados por los asegurados, cuando se han presentado situaciones de prescripción, caducidad o exclusiones. Este derecho debe ser objeto de análisis, en virtud de que como contraposición, la propia legislación concede a los asegurados un mecanismo para que esas objeciones puedan ser revertidas; este mecanismo se denomina reclamo administrativo, el cual para mayor comprensión a lo largo del presente trabajo será denominado reclamo administrativo de seguros, cuya reglamentación se ampara en el artículo 42 de la Ley General de Seguros. Por lo expuesto, es necesario determinar si ese reclamo administrativo posee los caracteres mínimos establecidos por el derecho administrativo para poder ser denominado como tal; y, una vez realizado ese análisis, se debe establecer si el mismo favorece o no al asegurado, y al mismo tiempo, si vulnera o no los derechos de las aseguradoras a esgrimir las circunstancias excluyentes de su responsabilidad, frente a los siniestros reportados por los asegurados.
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La presente tesis, es un estudio descriptivo ex post facto, en torno a la responsabilidad social del Estado Ecuatoriano, frente a las familias víctimas del conflicto internacional. Confronta dos paradigmas: el que maneja el gobierno colombiano, se basa en la lógica del mercado, promueve la duda razonable, el impacto aceptable, y el desconocimiento del rol humano o ecológico; el otro paradigma, asumido por el gobierno ecuatoriano, se fundamenta en la lógica humanista, defiende la ecología, valida el testimonio humano, protege la salud de las personas y la calidad del medio ambiente a mas de relacionar esta problemática con las determinantes sociales y los derechos humanos. Estos paradigmas los confrontaremos a partir del estudio de los impactos de las fumigaciones en la parroquia General Farfán del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, situación que se agravó por la ausencia de la institucionalidad del Estado, la misma que se volvió crítica a partir del inicio de las aspersiones con glifosato, y el consiguiente deterioro del medio ambiente que contribuyó al aumento de la pobreza y la exclusión. Además, del incremento de las FFAA y policiales en la frontera norte agudizó la tensión en estas comunidades; el Estado ecuatoriano, se limitó a desplazar y abastecer a las fuerzas armadas, como responsables de la seguridad de sus fronteras, pero desatendió a la población civil para la cual no existen propuestas de inversión social. Se violentó con ello, normas del Derecho Internacional, principios del Derecho Internacional Ambiental y de los Derechos Humanos. El abandono a esta población, da lugar a calificarlos como personas ambientalmente desplazadas (PAD), en situación de riesgo lo que nos lleva hacer una reflexión sobre esta condición, en torno a los desplazados ambientales jurídicamente no reconocidos.
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La Constitución ecuatoriana promulgada el 20 de octubre de 2008 prescribe en el art. 11.9 que la responsabilidad estatal consiste en la reparación de las violaciones a los derechos por la falta o deficiente prestación de servicios públicos o por acciones u omisiones en el ejercicio de potestades públicas, reparación que es integral conforme el principio garantista de protección los derechos previsto en el art. 86.3. El presente estudio aborda aspectos generales de la naturaleza jurídica de la responsabilidad estatal –de la irresponsabilidad a la responsabilidad estatal–, su evolución –de la concepción civil indemnizatoria a la concepción reparadora integral–, y los denominados títulos jurídicos de imputación objetiva –falla del servicio, desequilibrio de las cargas públicas–, que serán de trascendental importancia para la comprensión de nuevo régimen, y cuyos aspectos específicos ameritarían un examen más amplio.
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En esta presentación abordaré tres asuntos, fundamentalmente. la primera cuestión a la que quisiera referirme es la de por qué dar cuenta, que en ocasiones puede considerarse obvia pero no lo es tanto, el segundo punto enfocará los contenidos respecto a los cuales quien ejerce una función jurisdiccional debe dar cuenta, finalmente, abordaré el asunto de la trascendencia o relevancia que socialmente alcanzan el cumplir y el incumplir con esta responsabilidad. Una puntualización aclaratoria: cuando me refiero a quienes ejercen función jurisdiccional, incluyo en ello tanto a jueces como a fiscales. Aunque en esta reunión se enfoca específicamente el caso de los jueces, dado que los integrantes del Ministerio Público también ejercen función jurisdiccional –especialmente en el caso de aquellos países donde se ha introducido el proceso penal reformado–, el abordaje del tema que propongo también los comprende.