797 resultados para Régimen señorial


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Contiene el Decreto 63/2013, de 28 de agosto, por el que se establece el currículo del bloque común de las enseñanzas deportivas de régimen especial en el Principado de Asturias. Además se describen los módulos del bloque común, donde se establecen los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, los contenidos, las estrategias metodológicas y las orientaciones pedagógicas. Finalmente, en dos anexos, se incluyen el horario y las orientaciones para la impartición de los módulos en la modalidad de formación a distancia.

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La tesi té per objecte l'estudi dels elements configuradors de la prestació de jubilació en la seva modalitat contributiva, és a dir, l'edat pensionable (o edat d'accés a la pensió de jubilació) i el cessament voluntari de l'activitat professional, posant-se de manifest com les diferents reformes aprovades sobre el sistema de Seguretat Social i, en especial, sobre el sistema de jubilació a partir de la dècada dels anys 80 han anat desconfigurant aquesta prestació. En aquest sentit en la Tesi es fa una crítica àmpliament fonamentada i raonada de l'ús abusiu que s'ha fet i que es fa de les diferents modalitats de jubilació anticipada, ja que no solament no han servit per a facilitar l'anomenat "relleu intergeneracional", sinó que, al contrari, són un seriós obstacle per a fer front al fenomen de l'envelliment demogràfic, la manifestació més directa del qual constitueix el canvi en l'estructura de la població per edats derivat de l'important descens de les taxes de natalitat i fertilitat conjuntament amb el corresponent augment dels índexs de longevitat, fenomen aquest que està provocant una profunda transformació de la piràmide demogràfica. Així, es realitza un anàlisi crític de l'ús de la jubilació com si es tractés d'una mesura de política d'ocupació, ja que es produeix una important fallida de la voluntarietat com a element característic del cessament, mitjançant, entre d'altres mesures, la jubilació forçosa i molt especialment, per que està donant lloc a una expulsió anticipada del mercat de treball a nombrosos treballadors encara aptes pel treball que ateses les importants dificultats d'ocupació de les persones de edat avançada es veuen obligades a mantenir-se com a inactives durant molt de temps, en la majoria dels casos en contra del que és la seva voluntat. En front a aquest panorama en la Tesi es proposa reforçar aquests dos elements configuradors de la prestació de jubilació, restringint al màxim l'ús de la jubilació anticipada, efectuant majors controls de la mateixa per a que només sigui utilitzada per empreses que realment ho necessiten, de forma limitada en el temps, i dotant de major flexibilitat a l'edat de jubilació mitjançant el reforçament del seu caràcter de dret al descans i atribuint-ne una major eficàcia a la voluntarietat de aquest dret del treballador. També s'aborda l'examen d'altres qüestions, entre d'altres, referides al funcionament intern de aquesta prestació; el tractament diferenciat establert en els diferents règims de Seguretat Social; el seu càlcul; així com un examen de les fonts estatals e internacionals de regulació de aquesta matèria amb una significativa incidència respecte a la necessitat de realitzar una lectura conjunta dels arts. 41 i 50 de la Constitució espanyola de 1978 i a la complexa aplicació del Reglament de la Unió Europea, Reglament CEE/ 1408/1971 pel reconeixement i càlcul de la prestació de jubilació en el cas de cotitzacions a diversos Estats de la Unió Europea.

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A grandes rasgos, la Tesis se estructura en dos Partes claramente diferenciadas, pero interrelacionadas de tal suerte que se complementan y dan unidad al objeto de la investigación realizada. La primera Parte que lleva por título "El proceso constructivo: regulación jurídica" se subdivide en tres Capítulos. En el primer Capítulo procedo a justificar la necesidad de un marco normativo regulador del proceso constructivo de la edificación, a través de la diferenciación entre los conceptos y fases del proceso constructivo y proceso de edificación, para pasar a continuación a efectuar un análisis somero de la regulación del proceso constructivo en Francia y en el Reino Unido, que nos van a permitir detectar algunas de las soluciones propuestas por las legislaciones de ambos Estados y la finalizo con la descripción evolutiva que en España ha tenido lugar éste sector, para concluir con un estudio de las propuestas y estrategias comunitarias en dicho ámbito. En el segundo Capítulo analizo el concepto de responsabilidad civil en la construcción, su tratamiento tanto desde el punto de vista doctrinal como jurisprudencial e incorporo los posibles cambios que se contemplaron en el proyecto de Ley de reforma de CC de 1994 y que no fructificó debido al cambio de legislatura acaecido en 1996. El tercer Capítulo referido a la Ley de Ordenación de la Edificación, facilita la comprensión de las posibles soluciones que se deberían implantar y favorece su crítica, en cuanto refleja la desvinculación normativa en lo que se refiere a la edificación. Se conforma de un primer apartado en el que desarrollo el proceso de evolución de la Ley; y un segundo en el que realizo un estudio de la misma a partir de las diferentes fases del proceso de edificación, analizando los agentes intervinientes, sus funciones y actividades en cada una de las fases; ámbito de responsabilidad y garantías que propone la Ley, así como la necesidad del aseguramiento de la calidad. La segunda Parte titulada "Interacción de la legislación sectorial en el proceso constructivo de la edificación" se subdivide, al igual que la primera Parte, en tres Capítulos que, de manera respectiva, analizan la legislación sectorial correspondiente al proceso constructivo en materia de colegios profesionales, de residuos, y de seguridad y salud. En el cuarto Capítulo relativo a los colegios profesionales reflejo los cambios que ha supuesto el desarrollo del mercado interior y la libre competencia; asimismo expongo una futura función de los colegios profesionales que, como garantes de sus asociados, deberán tener como objetivo principal la de conseguir que sus profesionales sean técnicos competentes En el quinto Capítulo presento la situación actual en España en materia de residuos, tras la transposición de las respectivas directivas comunitarias y subrayo el papel precursor de Cataluña en el desarrollo de sus competencias respecto de los residuos en la construcción. Además, significo la necesidad de una estructura de ordenada económica de rotación en la gestión de residuos en la construcción. En el sexto Capítulo señalo la recepción en el Derecho español de las tendencias europeas, el reconocimiento y la regulación de los diversos agentes que se han ido integrando y participando en el proceso edificatorio respecto de la seguridad y salud. De forma complementaria, se evidencia la carencia de educación en la cultura del riesgo. Finalmente, en relación con algunos aspectos concretos de la Tesis y al objeto de clarificar o ilustrar determinadas cuestiones, he considerado conveniente incluir tres Anexos. El primero de ellos lo compone el Catálogo Europeo de residuos (escombros de construcción y demolición); desde el contenido del segundo anexo se puede proceder a un estudio comparativo y esquemático de los diversos proyectos de LOE y el tercero tiene por objeto poner en relación el paralelismo existente entre las tres normas de sistema de gestión (UNE-EN ISO 9000:1994, sobre sistemas de calidad; UNE 77-801:1994, sobre sistemas de gestión medioambiental; UNE-EX 81-900:1996, sobre sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales).

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La policia administrativa, una de les més clàssiques formes d'intervenció pública en l'esfera jurídica dels particulars, ha vingut caracteritzant fins a temps recents l'acció administrativa en el sector dels aliments. No obstant, les limitacions que sembla presentar aquesta forma d'intervenció davant el riscos que avui emergeixen de tal sector, i en particular de l'industria alimentària, han propiciat la construcció d´un nou i, fins a cert punt, complex sistema, caracteritzat a grans trets per la intersecció entre agents públics i privats: els sistema d´anàlisis i gestió de riscos.

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La regulación jurídica de las sucesiones mortis causa es muy diferente de país a país. Esta diferencia de regulación se aprecia tanto en el plano del Derecho sustantivo, como en el plano del Derecho internacional privado. En el plano del Derecho material, las diferencias están ancladas en razones sociales, económicas y culturales de profunda raigambre.1 Por ello, las sucesiones internacionales son una de las cuestiones más arduas del Derecho internacional privado. Así lo subraya J. CARRASCOSA,2 quien nos recuerda que en la regulación de las sucesiones confluyen elementos del Derecho de la persona y de la familia y del Derecho de los bienes, con toda su carga ideológica que suscita y explica la vigencia de modelos no sólo diferentes sino inconciliables. De ahí que las sucesiones sean el espigón desde el que observar la marea de las cuestiones clásicas del conflicto de leyes: calificación, reenvío, orden público internacional, fraude de Ley internacional, remisión a sistemas plurilegislativos ad extra y ad intra, prueba del Derecho extranjero, conflicto internacional transitorio, adaptación, cuestión previa, etc.

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El presente trabajo indaga sobre la significación del Tribunal Constitucional de Bolivia como nueva institución en la administración y fortalecimientos de la justicia, y como órgano especializado de control constitucional, que contribuye a la defensa, protección, garantía y promoción eficiente de los derechos fundamentales, que son requisito sine qua non para la consolidación del régimen democrático. Desde esta óptica, se analiza al Estado de derecho y al Estado constitucional de derecho en un Estado moderno; con especial detenimiento en la justicia constitucional, las razones y motivos para su existencia y los presupuestos jurídicos que la sustentan sus principios y los sistemas de control institucional. El estudio analiza el control constitucional antes y después de la reforma constitucional boliviana de 1994; se detiene en las justificaciones para la creación del Tribunal Constitucional y en los criterios para la elaboración de su ley orgánica; precisa sus antecedentes, composición, independencia, funciones y alcance como actor principal en la justicia constitucional, y los efectos y carácter de sus resoluciones. Así se examina el papel que éste desempeña en la defensa y garantías de los derechos fundamentales, y se ubica al órgano constitucional como instrumento para el fortalecimiento el régimen democrático y la consolidación de la Constitución.

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El propósito de esta tesis es identificar si Petroecuador y sus empresas filiales, por su naturaleza y las funciones que cumplen, requieren de procedimientos especiales de contratación para obras, bienes y servicios. Parta este fin la investigación contiene los siguientes capítulos: un Capítulo I, el cual contiene un análisis general de la contratación de obras, bienes y servicios en las instituciones públicas, actualmente regidas por las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, partiendo de una definición de sus principios y su rol en la gestión pública en general; un Capítulo II, en el que se aborda el tema central de la investigación, la contratación de obras, bienes y servicios en Petroecuador, para lo cual se ofrece una visión panorámica y resumida de su naturaleza jurídica y las competencias que por ley le han sido asignadas para el cumplimiento de sus fines; un Capítulo III, en el que se revisan los procedimientos de contratación de obras, bienes y servicios en dos empresas públicas extranjeras, que por la realidad a la que responden, son muy parecidas a Petroecuador; y, un Capítulo IV, que contiene varias conclusiones obtenidas del desarrollo de cada uno de los capítulos, conclusiones en función de las cuales se recomienda un sistema propio de contratación de obras, bienes y servicios en el sistema Petroecuador.

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Esta investigación tiene por objeto determinar, en el ámbito de la Comunidad Andina, si y en qué medida el régimen normativo de solución de las controversias derivadas del incumplimiento de las obligaciones de los Estados Miembros incide, positiva o negativamente, en el nivel de efectividad de la tutela comunitaria. Se postula, a título de hipótesis, la existencia, en el régimen normativo de la Comunidad, de elementos que repercuten negativamente en el nivel de efectividad de la tutela. Se estudian a este propósito tres cuestiones principales: la del incumplimiento en sí, para precisar en qué consiste y describir las acciones y omisiones de los Estados Miembros que lo han causado; la del mecanismo comunitario de solución de las controversias por incumplimiento de los Estados, para identificar los procedimientos que lo integran y dar cuenta de su disciplina normativa; y la de la efectividad del mecanismo comunitario, para establecer, en el caso de las controversias por incumplimiento, en qué consiste, cómo se determina y cuál es su medida. El examen de estas tres cuestiones, junto con el de los regímenes de solución de las controversias por incumplimiento previstos en la Unión Europea y en el MERCOSUR, configuran los objetivos específicos de la investigación, tratados a lo largo de cuatro capítulos. El estudio concluye en el reconocimiento de una variación significativa en el nivel de efectividad del mecanismo comunitario de solución de las controversias por incumplimiento: desde una efectividad de alto nivel en el acceso al mecanismo hasta una de bajo nivel en la ejecución de lo juzgado. Este debilitamiento en la efectividad del mecanismo, en lo que se refiere a su etapa de ejecución, deriva en un decrecimiento en la efectividad de la tutela. Si al problema real y actual del incumplimiento por los Estados de sus obligaciones comunitarias se asocia la efectividad limitada del mecanismo de solución de las controversias derivadas de dicho incumplimiento, el resultado compromete la calidad de la tutela comunitaria y la garantía del respeto del ordenamiento jurídico que disciplina el proceso de integración. La voluntad política de los Estados Miembros, así como la reforma de la legalidad comunitaria, podrían contribuir, sin embargo, a la reversión de este resultado.

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Por considerar que el Régimen Especial Liberatorio de Zona Franca, resulta interesante su estudio dentro de la perspectiva tributaria en el Ecuador, ya que al ser un régimen liberatorio de impuestos, me parece que las personas que se desenvuelven en el comercio internacional de mercancías deben conocer el tratamiento que se da dentro de nuestro país y las implicaciones legales que resulten de tal régimen, por otro lado he creído necesario establecer hasta que punto se somete o no al régimen impositivo interno del país, respecto de la Ley de Régimen Tributario Interno, situaciones fácticas estás que considero van a constituir un aporte para las personas, sean estas naturales o jurídicas, que se dediquen a la utilización de este régimen dentro del derecho tributario aduanero en el Ecuador, es por eso que el presente trabajo contiene una visión general del régimen especial de tipo liberatorio de zonas francas, contenido en nuestra legislación aduanera y en la Ley de Zonas Francas, sobre lo que tiene que ver a su concepto, naturaleza jurídica, objetivos y políticas, características, clases de zonas francas, perspectiva en base de la cual he analizado el régimen en la legislación Ecuatoriana, el órgano regulador del régimen que es el Conazofra, las personas jurídicas y naturales que intervienen tales como el administrador, los usuarios, beneficios fiscales que la Ley de Zonas Francas concede a los usuarios en general. Posteriormente realizo un análisis legal en lo que tiene que ver a la incidencia en el pago de impuesto internos entre ellos renta, IVA, ICE, así también la incidencia en el pago de impuestos al comercio exterior; luego de lo cual estudio las zonas francas y la influencia de acuerdos integracionistas basado en experiencias de otros países, las zonas francas y la Organización Mundial del Comercio, y por último me refiero al caso de la hermana República de Colombia y los cambios legales por los compromisos con la OMC, sobre todo lo cual expongo algunas conclusiones a las que llego sobre la aplicación del régimen en nuestro país.

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La tesis trata de determinar cual es el régimen jurídico tributario municipal aplicable al fideicomiso mercantil en el caso ecuatoriano, y cuales son las situaciones jurídicas que gravan a la actividad fiduciaria con los distintos impuestos municipales. Consta de tres capítulos, en los cuales se trata sobre las generalidades, características, definición, naturaleza y clasificación del fideicomiso mercantil; casos en los cuales el fideicomisos mercantil está sometido a imposición en los impuestos de transferencia de dominio, alcabala y utilidad; y, determinar si el fideicomiso mercantil es sujeto pasivo de los impuestos de patente municipal y el 1.5 por mil sobre los activos totales.

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Esta tesis se orienta al análisis del poder tributario municipal, su reconocimiento en el marco de la Constitución Política de la República del Ecuador que define sus límites y efectos. En este contexto, tiene como propósito evidenciar a la luz de la actual Ley Orgánica de Régimen Municipal, el ejercicio del poder tributario, sus implicaciones y eventuales desbordamientos que derivan en el cuestionamiento de la constitucionalidad de ciertas disposiciones de esta ley, como la de poder modificar mediante ordenanza impuestos municipales. Modificación que implica bajo el justificativo de estimular actividades productivas, culturales, educativas, deportivas y de beneficencia, la reducción de hasta un 95 por ciento de los valores a pagar por tales impuestos. Se analiza los principios de reserva de ley y de legalidad al tenor de las prescripciones constitucionales vigentes, complementado con un desarrollo doctrinario que refleja la postura de estos principios frente al ejercicio del poder tributario municipal y a los elementos del tributo. Se enfoca igualmente la teoría de estímulos tributarios, el proceso político-jurídico que plasmó las reformas a la Ley Orgánica de Régimen Municipal y, finalmente el análisis de la constitucionalidad o no de la norma de la LORM antes referida, en tanto se verifique si excede o no los límites del poder tributario municipal reconocidos por nuestra Carta Política.

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La vigente Constitución Política de la República del Ecuador, en su artículo 35 numeral 9º, determina de manera expresa el régimen legal, al que deben estar sujetos los servidores, autoridades, empleados, trabajadores y obreros que prestan sus servicios en el sector público, determinando que en el caso de las personas jurídicas creadas por Ley para el ejercicio de la potestad estatal, y las Instituciones del Estado que ejerzan actividades que no puedan delegar sus actividades al sector privado, las relaciones con sus servidores se regularán por el Derecho Administrativo, con excepción de los obreros que se regirán por el derecho del Trabajo. Y en el caso de las Instituciones del Estado que si pueden delegar sus actividades al sector privado, las relaciones se regularán por el Derecho del Trabajo con excepción de las funciones de dirección, gerencia, representación, asesoría, jefatura departamental, las cuales se sujetarán al derecho administrativo. La expedición de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, LOSCCA, vulneró este mandato constitucional, sujetando a los trabajadores y obreros del sector público a esta Ley del Derecho Administrativo. Este quebrantamiento a la Ley Suprema fue demandado ante el Tribunal Constitucional, Órgano supremo de control constitucional que debe asegurar la eficacia de las normas supremas en especial las que consagran los derechos y garantías referentes al régimen jurídico al que pertenecen los trabajadores en el numeral 9º del artículo 35 de la Constitución. El Tribunal si bien reconoce la vigencia del régimen del Derecho del Trabajo, expide una Resolución ambigua, desautorizando a la Tercera Sala que en cumplimiento de su obligación, declaró en su informe que esta Ley no era orgánica, y que no debía regir una ley del derecho administrativo a los trabajadores sujetos al Derecho del Trabajo; sin embargo el pleno del Tribunal dejó vigentes normas de la Ley que contradicen su pronunciamiento creando una inseguridad jurídica que ha causado un daño irreparable al Estado Social de Derecho y ha destruido la paz laboral en el sector público. Bajo estos contenidos de la tesis nos hemos propuesto como objetivo fundamental el de ubicar a cada régimen su ámbito de regulación, el de las autoridades, funcionarios y empleados, la Ley del Derecho Administrativo, y para los trabajadores y obreros el Derecho del Trabajo, tal como lo prescribe la Constitución, para de esa manera hacer prevalecer la supremacía de la Carta Magna, frente a leyes de menor jerarquía que deben mantener concordancia y sujeción a sus enunciados.

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La normativa relativa a las patentes de invención ha rebasado las fronteras de los Estados nacionales. Lo que se entiende como invención (regulado de manera implícita al menos), la materia patentable, las excepciones a la patentabilidad, la duración del período de explotación exclusiva que se le concede al inventor sobre su obra producto del intelecto (estándar mínimo, no puede ser inferior), lo que se entiende como explotación, los conceptos de novedad, nivel inventivo, aplicación industrial (regulados de manera implícita al menos), constituyen preceptos uniformes vigentes para la humanidad toda. La afirmación contenida en el párrafo anterior se la debe entender con ciertos límites. Por ejemplo, los distintos Estados pueden excluir como materia patentable al material biológico (con excepción de los micro organismos), ciertos aspectos de la institución de la licencia obligatoria quedan a la libre elección de los Estados, incluso el optar por establecerla, los distintos Estados pueden regular por sobre los acuerdos “mínimos” logrados, etc. Aspectos de importancia, pero no los definitivos a la hora de configurar la protección concedida a las patentes de invención, su objeto y alcance. Por ejemplo, el principio que manda a que se concedan patentes sin importar el ámbito de la tecnología en que sea aplicable la invención, es inequívocamente universal (existe margen para excepciones, reguladas claro). Lo anterior se logró por la aprobación del Acuerdo ADPIC, las siglas en español del acuerdo global que rige la materia, vigente en el mundo entero (aquello es inminente e irrefutable). Este convenio en su segunda década de vigencia ha conseguido efectivamente homologar las más dispares legislaciones a nivel mundial y dar pie al actual régimen global, que este estudio critica. Bajo este escenario queda corto cualquier trabajo que al abordar el tema se refiera únicamente a lo interno, ya que las regulaciones al respecto trascendieron este ámbito. Es así que en un intento por construir un sistema justo, objetivo que constituye el fin último de la Ciencia Jurídica, este trabajo propone modificar las regulaciones globales sobre la materia. Se reconoce para el efecto, por supuesto, la necesidad de evitar distorsiones en el mercado internacional de bienes intangibles, por lo cual se debe ratificar la homologación y universalidad de la normativa sobre las patentes de invención. Es así que contemplando una normativa universal, utilizando como punto de partida el Acuerdo ADPIC, se plantea que la duración de la protección otorgada por una patente de invención, al nacional de cualquier país, dentro de un determinado Estado dependa de la capacidad económica de los habitantes del mismo (correctivo principal). Básicamente cambiará el hecho de que todos los Estados miembros estén obligados a otorgar 20 años de protección, con la introducción de un sistema en que el plazo de protección que otorgue un determinado Estado, tenga relación a la capacidad económica de sus habitantes. Es decir, cada quien según su capacidad. Le corresponderá al organismo multilateral que rige la materia determinar los distintos plazos que otorgarán los diversos Estados, tomando en cuenta la capacidad de sus habitantes, en aplicación de parámetros constantes. Se debe tener en cuenta que, dado el estado actual de las comunicaciones, los productos del intelecto en general y las invenciones de manera particular, benefician a la humanidad toda sin distingo del país o región. Por lo tanto, es deber de toda la humanidad el alentar su creación y difusión, eso si, dentro de la capacidad de cada Estado parar hacerlo.

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Este trabajo explora las directrices globales como instrumentos, que proponen normas y principios en materia de empleo, formación, condiciones de trabajo y relaciones laborales por parte de las empresas transnacionales, propuestas en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), articulando como un régimen internacional del trabajo parcial, en construcción o inacabado, donde su eficacia varía según el área de temas y tiempo. En este trabajo, se analizan, la forma en que se aplican las directrices en el funcionamiento de las empresas transnacionales en los países periféricos, los grados de complementariedad y competencia en el comercio internacional y la responsabilidad social. Así como también, las actuaciones en materia laboral, mediante un estudio de caso sobre una empresa transnacional; se ha considerado tanto el contenido de las iniciativas como el proceso de diseño, ejecución y evaluación de las mismas.