869 resultados para LEY 1122 DE 2007
Resumo:
Se plantean y analizan los servicios de atención a la dependencia en Europa para compararlos con los servicios existentes en España y poder aportar valoraciones y estrategias de futuro que logren un mejor servicio de atención a las personas dependientes. Se pretende analizar el marco normativo en el que se sustenta el Libro Blanco de la Dependencia y la ley que lo regula. Se estudia la Dependencia y el perfil de las personas afectadas para erradicar el nexo entre dependencia y envejecimiento a la vez que se analizan loa sistemas de atención formal e informal. Finalmente se compara la atención a la dependencia en otros países, así como las escalas y baremos que permiten evaluar la situación de los beneficiarios. Se trabaja con la siguiente hipótesis: la Ley de Autonomía de las Personas Dependientes deberá dar respuesta social, económica y sanitaria suficiente a las necesidades reales de las personas dependientes y sus familias mediante la creación de servicios innovadores, abriendo opciones de respuesta a asociaciones y empresas de carácter privado en los sectores socio-sanitarios, de acogida, jurídicos y de envejecimiento activo, siempre que se cuenten con los recursos económicos y humanos necesarios. Se lleva a cabo una investigación sistemática en la que se utiliza en método hipotético-deductivo. Para realizar el estudio ha sido imprescindible someter a análisis exhaustivo las fuentes de información. El trabajo se estructura en cuatro capítulos: en el primer capítulo se presenta el concepto de dependencia, la prevalencia de las situaciones de dependencia en España y las características de las personas afectadas, con especial énfasis en no confundir dependencia con vejez o envejecimiento; en el segundo capítulo se presenta el marco normativo en el que discurre la regulación de la dependencia en España; en el tercer capítulo se realiza una aproximación a los trabajos formales e informales con los que cuentan las personas dependientes para afrontar su situación; en el último capítulo se abordan los aspectos más instrumentales con una aproximación a la medida concreta de la dependencia, a través de escalas susceptibles de traducirse en baremos administrativo, que permitan evaluar la situación concreta de los posibles beneficiarios de las prestaciones y conseguir la mayor adecuación entre necesidades y prestaciones. Tras el proceso de investigación se confirma la hipótesis de trabajo establecida, al igual que se ha logrado la consecución de los objetivos propuestos. La preocupación por la atención de las personas dependientes no es algo nuevo en España, ya que desde el área de los servicios sociales, las respuestas a este problema se han abordado desde el Plan Gerontológico Nacional. Una de las bondades de la Ley de la Dependencia es el reconocimiento del derecho subjetivo de las personas dependientes a disfrutar de las prestaciones y servicios que establece dicha Ley.
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Resumen basado en el de la publicaci??n.
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Se presentan unas jornadas que pretenden reflexionar sobre la interculturalidad para proponer un acercamiento filológico, histórico y antropológico de forma coherente. Por otra parte, también se coincidió en que era necesario aplicar una nueva perspectiva al estudio de las lenguas clásicas. Gran parte de las ponencias presentadas cuestionan los métodos y enfoques didácticos utilizados tradicionalmente, que deberían actualizarse tomando como referencia las directrices de la LOE (Ley Orgánica de Educación) y del Consejo de Europa. Dada la importancia que tienen las lenguas clásicas como elemento básico en la formación lingüística y cultural del alumnado, es necesario dar una nueva dimensión a las asignaturas que las imparten, por su influencia en la formación y origen del español, el francés, el inglés...Con respecto al desarrollo de las competencias básicas, estas áreas deben tener un papel axiomático en el desarrollo de las mismas, como apoyo, desarrollo y consolidación de las estrategias de aprendizaje, cognitivas, de memoria, metacognitivas, de compensación, de memoria y afectivas.
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Como es de conocimiento general, con fecha 29 de diciembre de 2007, se publicó en el tercer suplemento del Registro Oficial No. 242, la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, aprobada y expedida por la Asamblea Constituyente el 28 de diciembre de 2007. En dicha reforma se modifican ciertos cuerpos legales de índole fiscal, entre los cuales se encuentran varias reformas al Código Tributario y la Ley de Régimen Tributario y se crean nuevos impuestos, mismos que conllevan hoy por hoy en un tema de controversia por su aplicabilidad y que ha generado desde su expedición continuas dudas e inquietudes de todos los contribuyentes y hasta de los mismos funcionarios de la actual Administración Tributaria, causando un sinnúmero de interpretaciones sobre el cómo aplicar dichas normas, en especial al personal financiero, tributario y contable de varias compañías por los tipos de registros y transacciones económicas que se suscitan en el día a día, que por querer cumplir con sus obligaciones tributarias pueden mejor llegar a sanciones innecesarias y hasta del tipo penales. Esta investigación tiene como objetivo analizar los cambios, las inclusiones nuevas, lo que se elmimino en determinados artículos en relación a las normativas anteriormente vigentes, tanto del Código Tributario y la Ley de Régimen Tributario Interno, que han generado mayor expectativa como de las consecuencias y el impacto en pro y en contra de los referidos cambios desde el punto de vista financiero, tributario y contable, al cual estarían inmersos los contribuyentes, sean éstos personas naturales o sociedades en miras del correcto cumplimiento y pago de las obligaciones tributarias. Es importante indicar que, esta investigación solamente analizará los cambios que tienen algún tipo de implicación e impacto legal, financiero, contable y/o tributario; sin llegar a cuestionar temas de índole político o de si es constitucional o legal, por lo que es una revisión y un cuestionamiento meramente técnico.
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La apertura del mercado de las telecomunicaciones en el Ecuador se inicia en el año 1995 cuando se reforma la Ley Especial de Telecomunicaciones para permitir la privatización de las telefónicas locales; esta reforma fue guiada y asesorada por el Banco Mundial. Si bien la privatización fracasó, se siguió el camino hacia la apertura del mercado. Los principales objetivos de la intervención del Estado en un sector de la economía son solucionar los problemas del mercado, mejorar la eficacia económica y obtener mejores servicios para los usuarios. Es así que considerando la necesidad de mejorar la calidad de los servicios y con intención de tener mejores tarifas, de conformidad con el marco legal vigente a partir del año 2000, en el país los servicios de telecomunicaciones se prestan en un régimen de libre competencia. Hasta la diciembre de 2007, el Estado había otorgado 10 concesiones de telefonía fija local; sin embargo, no se ha efectivizado la competencia, el mercado en su gran mayoría sigue en manos de los operadores establecidos y las tarifas y los servicios ofrecidos se han mantenido sin mayores cambios, los usuarios no han sentido el efecto de la competencia. En este trabajo se analizan las causas de esta falta de desarrollo de la telefonía fija local y, de manera especial, la incidencia de la operación de los operadores establecidos todos estatales. Para este efecto se estudiará el marco teórico de la competencia, se revisará el contexto en el que se ha desarrollado el mercado de la telefonía fija local, se analizará cada uno de los aspectos de la competencia, para finalmente establecer en base a un trabajo de campo, el estado de este mercado y los posibles servicios sustitutos.
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El presente artículo hace un balance de los resultados de la participación política de las mujeres a partir de la implementación de la Ley de Cuotas en el ámbito municipal en Bolivia. Los aspectos a ser abordados son la ampliación de la participación política femenina y las condiciones de inserción política en el país. Para este propósito, se presenta previamente una reflexión teórica inicial acerca de la dicotomía público/privado como mecanismo de exclusión de las mujeres de la esfera política; y, un breve análisis del marco normativo y el contexto internacional en el que se plantea la Ley de Cuotas en Bolivia.
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El impulso de este trabajo se efectúa a base de un proceso de investigación y de experiencias personales en el trámite de contrataciones sometidas a la norma de excepción contemplada en el artículo seis, letra a) de la Codificación de la Ley de Contratación Pública, pues he podido establecer que dentro de una misma Institución del Estado, a quienes es aplicable las disposiciones de la mencionada Ley, no existe uniformidad de criterios para procesar las contrataciones bajo el régimen de excepción, ya que se establecen procedimientos, términos, condiciones y plazos, que difieren unos de otros, no obstante que se trata de procesos similares respecto de la ejecución de una obra o prestación de servicio vía exoneración de procedimientos precontractuales bajo declaratoria de emergencia. El objetivo principal del análisis, evaluación, conclusiones y recomendación, en el que se incluyen ciertas reformas principalmente al Art. 5to. del Reglamento Sustitutivo del Reglamento General de la Ley de Contratación Pública, a los que se llega en el desarrollo de esta Tesis, es procurar que las Entidades que conforman el Sector Público, para contratar bajo el régimen de excepción, cuenten con parámetros claros y determinados para que se uniformice el procedimiento de contratación bajo excepción, coartando la ambigüedad y la interpretación antojadiza que al momento contempla el Reglamento General a la Ley de Contratación Pública, lo que en cierta forma y a mi criterio, a dado lugar para que una determinada contratación vía emergencias, adolezca de transparencia.
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Esta investigación realizada en las Comisarías de la Mujer y la Familia del Distrito Metropolitano de Quito entre 2007 y 2010, busca, mediante una metodología cualitativa y clínica, acercarnos a las implicaciones que se hallan en juego para la subjetividad de quienes deciden denunciar una situación de violencia intrafamiliar. Primeramente, este estudio plantea el contexto de producción de la Ley 103 o Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia, enuncia su contenido y proporciona una reflexión en torno a las dificultades halladas tanto para su aprobación como en su aplicación. Además, considera a las comisarías como un aparato ideológico del Estado en el cual tiene lugar una batalla que revela, a la vez, una disputa por las representaciones de género y unas prácticas revictimizantes que pondrían en peligro la posibilidad de un cambio de posición subjetiva de las usuarias. Se plantea la denuncia como un acto de habla performativo, productor de subjetividad, que, de ser afortunado, altera la posición de quien denuncia permitiendo el pasaje de víctima a denunciante; y que, en su posibilidad de infortunio, fija o sedimenta la posición de víctima de quien denuncia. El pedido masivo de boletas de auxilio ha sido pensado desde la perspectiva de la acción performativa y su eficacia simbólica. La investigación presenta de modo detallado el relato de una denunciante y muestra cómo a partir de él es posible establecer relaciones con datos estadísticos y con algunos de los motivos que propulsan el acto de denuncia de las demás usuarias entrevistadas. El relato muestra una necesidad de redefinir o ampliar los criterios acerca de la violencia y su tratamiento; además, evidencia una relación de continuidad entre los motivos explícitos de las denuncias y sus trasfondos menos explícitos, relación que recrea la del sujeto con el lenguaje y cuestiona la dicotomía individuo-sociedad. Esta investigación fue posible gracias a la colaboración de la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB) que, al conferirme una beca de estudios, abrió el espacio y tiempo para mi participación en la Maestría. Así como al apoyo de un sinnúmero de personas y algunas instituciones entre las que no puedo dejar de nombrar: Los compañeros del equipo de atención de Violencia Intrafamiliar (VIF) del Centro de Apoyo Integral Tres Manuelas (2002-2005): Anita, Germán, Luz María, Milagros, Mónica, Nelly, Norma, Janeth, Juan Pablo, Janeth, Judith, Paty, Sandra, Silvia, Sonia, Yolanda y Wilman. Los profesores de la Maestría en Estudios de la Cultura de la UASB (2006-2007): Xavier Andrade, Guillermo Bustos, Roque Espinosa, Roberto Follari, Alejandro Moreano, Patricio Noboa, Alicia Ortega, Raúl Serrano, Rosmarie Terán, Edgar Vega, Catherine Walsh; y Fernando Balseca y Hernán Reyes quienes gentilmente leyeron parte de los borradores de este documento e hicieron valiosas sugerencias. La tutoría paciente y precisa de Judith Salgado. Los compañeros: Alejandra, Carla, Christian, Cielo, Elsy, Juan José, María, María Fernanda, María Dolores, Mary, Nadia, Natalia, Omar, Rafael, Raúl, Xenia. Y los compañeros del Centro de Protección de Derechos Norte. Mis familiares, amigos y compañeros, siempre incondicionales. Especialmente Lucho Vaca y Juan Fernando, por sus ayudas puntuales. Las personas que generosamente colaboraron con sus relatos para las entrevistas. Las autoridades de la Dirección Nacional de Género (DINAGE), y del Observatorio de Seguridad Ciudadana especialmente el ingeniero Juan Martínez. Las denunciantes, quienes a través de su acto dicen más de lo que solemos alcanzar a escuchar.
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Mediante una revisión de la normativa vigente sobre el derecho de obtentor en torno a las “variedades esencialmente derivadas” en nuestro país, determinaremos en que medida la aplicación práctica de este derecho, vulnera los intereses nacionales, especialmente en el ámbito de la biodiversidad y el derecho del agricultor, con el objeto de plantear una propuesta de reforma a la Ley de Propiedad Intelectual. Este trabajo está desarrollado de la siguiente manera: El capítulo I trata de temas generales como la importancia de la protección de las variedades vegetales, su evolución, una reseña histórica de la protección legal, una revisión de conceptos como variedad y obtentor y de los requisitos para la protección de este derecho y finalmente las similitudes y diferencias con el sistema de patentes. El capítulo II versa sobre las variedades esencialmente derivadas en el marco de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, con el fin de entender como y porqué surgió este nuevo concepto. El capítulo III trata sobre la incidencia de las variedades esencialmente derivadas en la Decisión 345 y en la Ley de Propiedad Intelectual, se analiza la situación expuesta con casos prácticos en el registro de variedades esencialmente derivadas y finalmente se elabora una propuesta de reforma a la Ley de Propiedad Intelectual, con la que se busca encontrar un equilibro entre los obtentores y los intereses nacionales en este ámbito.
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Las leyes son la expresión de los intereses de grupos económicos o sociales que en un momento determinado del desarrollo social se encuentran a disposición del Estado. Nuestro país, tradicionalmente, ha estado dirigido por grupos económicos que han emitido, a través de sus representantes en el poder Legislativo y en el poder Ejecutivo, leyes a favor casi exclusivo de sus intereses y que en su mayoría no han respondido a las necesidades de la sociedad. Éstas se han reformado gracias a la lucha de los sectores sociales oprimidos y desfavorecidos en el reconocimiento legal de ciertos beneficios. Uno de los objetivos de la Ley de Equidad Tributaria es conseguir una reforma de carácter integral para el Impuesto a la Renta, que cumpla el principio de equidad entre los ecuatorianos respecto a la distribución del ingreso público que genera su recaudación, y el cumplimiento de dicha obligación tributaria. Reformar para que exista mayor cumplimiento por parte del contribuyente, y un mejor control por el lado de la administración tributaria. Por ello, el presente trabajo está destinado a identificar cuál es la incidencia que tiene el Impuesto a la Renta a partir de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en las sociedades ecuatorianas. Se analiza cada uno de los artículos reformados sobre Impuesto a la Renta de Sociedades, y cuán beneficiosa resulta su aplicación. Para comprender mejor el tema de investigación se desarrollaron cuatro capítulos. El capítulo uno define los artículos reformados sobre Impuesto a la Renta de Sociedades y una síntesis general del procedimiento que tuvo la reforma. El capítulo dos analiza cada ley reformada que tiene incidencia en el Impuesto a la Renta de Sociedades, su cambio con relación a la ley vigente hasta el año 2007, objetivo, aplicabilidad y efecto. El capítulo tres analiza a tres sociedades en las que se observará la apreciación que tienen respecto de la reforma; los datos estadísticos de recaudación del Impuesto a la Renta desde el año 2005 hasta el año 2009 sobre los cuales se fundamenta la reforma para determinar su viabilidad. Finalmente, el capítulo cuatro concluye y recomienda el tema de investigación planteado y desarrollado.
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Realiza una revisión y análisis de las nueve reformas efectuadas al sistema tributario ecuatoriano a partir de la promulgación de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicada en Registro Oficial No. 242 del 29 de diciembre de 2007 hasta la publicación en el Registro Oficial Nº 583 del 24 de noviembre del 2011 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado. La promulgación de cualquier reforma legal, especialmente las de carácter tributario, genera un gran interés en las partes involucradas, debido a la incidencia que éstas pueden representar en sus actividades; los contribuyentes buscan conocer el texto de las reformas y familiarizarse con el mismo a fin de evitar los riesgos del desconocimiento e incumplimiento de sus nuevas responsabilidades tributarias. La revisión de las reformas está en función de los cambios introducidos en los aspectos relacionados con los impuestos indirectos de recaudación nacional más representativos como son el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a los Consumos Especiales; su incidencia recaudatoria comparándola con periodos anteriores y posteriores a la adopción de las nuevas normas; y, el apego de la nueva normativa a los Principios Tributarios Constitucionales. El pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, es un deber legal y moral que le permite al Estado cumplir con sus responsabilidades que van en beneficio de todos los ciudadanos; aunque en ciertas ocasiones el pago de impuestos puede ocasionar malestar es deber de todos formarnos en cultura tributaria, para de esta manera asegurar y mantener la estabilidad económica del Estado
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El presente trabajo consiste en realizar una revisión y análisis de las nueve reformas efectuadas al sistema tributario ecuatoriano a partir de la promulgación de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicada en Registro Oficial No. 242 del 29 de diciembre de 2007 hasta la publicación en el Registro Oficial Nº 583 del 24 de noviembre del 2011 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado. La promulgación de cualquier reforma legal, especialmente las de carácter tributario, genera un gran interés en las partes involucradas, debido a la incidencia que éstas pueden representar en sus actividades; los contribuyentes buscan conocer el texto de las reformas y familiarizarse con el mismo a fin de evitar los riesgos del desconocimiento e incumplimiento de sus nuevas responsabilidades tributarias. La revisión de las reformas está en función de la incidencia en la recaudación fiscal en lo referente al Impuesto a la renta y a la adopción de las nuevas normas; y, el apego de la nueva normativa a la Constitución Política del Ecuador. El pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, es un deber legal y moral que le permite al Estado cumplir con sus responsabilidades que van en beneficio de todos los ciudadanos; aunque en ciertas ocasiones el pago de impuestos puede ocasionar malestar es deber de todos formarnos en cultura tributaria, para de esta manera asegurar y mantener la estabilidad económica del Estado.
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El régimen tributario en el estado contemporáneo resulta trascendental para su propia sobrevivencia, más en época de crisis como la que afrontamos, en la que las otras fuentes de ingresos públicos, como los patrimoniales o los préstamos, se hacen cada vez más escasos y difíciles de obtener. Por su parte, la Constitución expedida por la Asamblea Constituyente y publicada en el Registro oficial Nº 449 de 20 de octubre del 2008, pretende la configuración de un nuevo Estado basado en principios de solidaridad, de equidad, de redistribución de la riqueza entre todos los miembros de la sociedad ecuatoriana. En este contexto, resulta de gran importancia analizar los cambios que en el régimen tributario ecuatoriano ha propuesto la nueva Constitución, en particular en los artículos 300 y 301, que sin duda vienen a complementar aquellos que, ya figuraban en la Constitución de 1998. Pero es en su espíritu el verdadero cambio; pues, tales principios están vigentes en cada relación jurídica y no solamente como una mera declaración sino como normas de aplicación directa a través de su fuerza vinculante y, además, de inmediata aplicación. Por otra parte, resulta trascendente para la materia tributaria, los cambios de varias instituciones del Código Tributario, entre ellas y de manera especial al régimen penal tributario, implementadas por la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 242 del 29 de diciembre del 2007. En ella, se ha convertido al <delito tributario> en un <delito común>, es decir alejado de la filosofía impuesta por los autores del Código Tributario, que creyeron que este tipo de infracciones, por ser especiales, debían tener un tratamiento diferente. Con el nuevo régimen y la expedición del Código Orgánico de la Función Judicial y las Reformas al Código de Procedimiento Penal, son los jueces ordinarios los que conocerán y juzgaran a los infractores tributarios. Debemos anotar que el endurecimiento de las penas, impulsado por esta nueva Ley Reformatoria, es drástica, al extremo de imponer hasta reclusión menor ordinaria> de 3 a 6 años a los infractores tributarios, mientras que el Código Tributario se contempla prisión de 3 a 5 años, como máximo de la pena. El presente trabajo intenta un estudio comparativo entre el nuevo régimen y el ya superado con la expedición de la Constitución y Ley ya referida.
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Este estudio presenta los aspectos importantes que han sido incorporados o modificados con una serie de reformas tributarias encaminadas en el país desde diciembre de 2007, para estimar la orientación que está tomando el ordenamiento jurídico tributario nacional. No se deja de lado la entrada en vigencia de la Constitución de la República del Ecuador de 2008. En este contexto, trata de ubicar los elementos que habrían fortalecido -económica e institucionalmente- al Estado y, aquellos que mejorarían o empeorarían la situación de los contribuyentes. Analiza además la importancia de la Acción Extraordinaria de Protección (AEP) para la defensa del derecho al debido proceso con ocasión de controversias de índole tributaria y, el papel de la Corte Constitucional en este campo.
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Incluye Bibliografía