999 resultados para Decreto Brunetta
Resumo:
Por el cual se expiden normas relativas a la práctica de pruebas dentro de los procesos disciplinarios adelantados por el Colegio Mayor de Nuestro Señora del Rosario.
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Por el cual se reglamenta el régimen de Enseñanza de Idiomas de conformidad con el artículo 97 del Reglamento Académico de Pregrado, Decreto Rectoral No. 826 del 5 de octubre de 2004, y con las orientaciones del Núcleo de Formación Rosarista definidas para el proceso de renovación curricular.
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Por el cual se determina la Política de reconocimiento de asignaturas de Educación Media en los programas de pregrado.
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Por el cual se modifica el título VI (artículos 62 y 63) del Reglamento Académico de Pregrado (Decreto Rectoral N° 826 del 5 de octubre de 2004) del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y se deroga el artículo 3º del decreto Rectoral No. 848 del 10 de mayo de 2005.
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Por el cual se adopta el Reglamento Académico del Internado Rotatorio de la Facultad de Medicina.
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Se complementa el Reglamento Académico de Pregrado y el Reglamento Académico de Internado Rotatorio, del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario - Decreto Rectoral 716 de 2002 y Acuerdo No. 1 de 2002 del Consejo Académico de la Facultad de Medicina, respectivamente
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Se analiza el nuevo decreto, que entró en vigor el 5 de febrero de 2000 y que regula los programas de formación profesional y su aplicación autonómica, estatal y europea en la elaboración de estrategias de ocupación tales como directrices anuales de ocupación, planes nacionales de acción para la ocupación, así como la reforma de los fondos estructurales, en la que destaca el papel de los agentes sociales en todo el proceso, desde la preparación hasta el seguimiento y la evaluación de las acciones formativas. A partir de este decreto se ha elaborado un Plan Territorial, que incide especialmente en la promoción de la cualificación de los trabajadores, la consecución de un nivel de ocupación estable y la igualdad de oportunidades para la mujer, y ha creado la Comisión de Formación Ocupacional, órgano coordinador e informador para las cuestiones de formación que se traten en las diversas mesas sectoriales de las Baleares. El artículo recoge también la aplicación de la iniciativa comunitaria Equal y las pautas de elaboración de programas cofinanciados.
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En consonancia con las tendencias en educación superior, la Administración se ha venido consolidando como una disciplina científica que fundamenta y fortalece la profesión y que ello ha llevado a la creación de escuelas de administración y escuelas de negocios en las Universidades con mayor reconocimiento y prestigio en el ámbito internacional. Que en la Universidad del Rosario se han venido desarrollando postulados académicos en torno a la conjunción entre la Dirección y la Gerencia como áreas que conforman el saber administrativo y que ello le ha permitido definir como proyecto de saber la "formación de líderes estratégicos capaces de asegurar la perdurabilidad de las organizaciones y contribuir a la prosperidad colectiva". Que este proyecto de saber ha incidido de manera directa en los perfiles de formación de los diferentes programas académicos y, al mismo tiempo, ha permitido canalizar las actividades del grupo de investigación en perdurabilidad, logrando su reconocimiento nacional como grupo de alta calidad. Que en los últimos años se ha fortalecido de manera particular este campo disciplinar, por lo que cuenta en la actualidad con tres (3) programas de pregrado, dos (2) programas de maestría y un (1) programa de doctorado, además de doce (12) especializaciones en distintas áreas de la Dirección y la Gerencia. Que la Honorable Consiliatura (máximo organismo de Dirección de la Universidad), en sesión llevada a cabo el día treinta (30) de enero de dos mil trece (2013), aprobó el Plan de desarrollo de la Facultad de Administración y respaldó la intencionalidad del cambio de denominación a "Escuela de Administración".
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Este material contiene el decreto 39/2000, de 10 de marzo, por el cual se crea y se regula el Consell de Formació Professional de les Illes Balears y la resolución del consejero de Trabajo y Formación del día 16 de julio de 2001 por la que se ordena la publicación del reglamento interno de funcionamiento del Consell de Formació Professional de les Illes Balears.
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El decreto entró en vigor el 20 de julio de 2001
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El decreto entró en vigor el 3 de agosto de 2001
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Se incluyen el decreto 36/2001, de 9 de marzo, que regula la inspección educativa en el ámbito de la enseñanza no universitaria, la orden del 17 de mayo de 2001 por la que se aprueba el contenido del temario correspondiente a la parte B de la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación, y la orden de 10 de enero de 1996 por la que se aprueba el contenido del temario correspondiente a la parte A de la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al cuerpo de inspectores de educación.
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En los últimos años debido a la congestión de despachos judiciales y así mismo la búsqueda de una forma de impartir justicia más pronta y eficaz, teniendo en cuenta los problemas que a menudo presenta el proceso judicial, se ha ido implementando
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Esta área de la cibernética ha permitido crear soportes de información así como la manipulación de los mismos transformándose en una herramienta tecnológica indispensable a disposición del hombre para agilizar el proceso de decisión
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Introducción: el lupus eritematoso sistémico (LES) es considerado una enfermedad de alto costo. La expresión clínica de la enfermedad depende de la ubicación geografía y la etnicidad. El objetivo de este estudio fue el calcular los costos ambulatorios relacionado al LES en una cohorte colombiana, identificar los predictores de costos y comparar nuestro resultados con otras poblaciones. Métodos: Se realizó una aproximación de tipo prevalencia en 100 pacientes LES en quienes se evaluaron los costos directos médicos, directos no médicos, indirectos e intangibles. Todos los costos médicos fueron evaluados usando una metodología abajo hacia arriba. Los costos directos fueron valorados desde una perspectiva social usando una metodología de micro-costeo. Los costos indirectos se evaluaron mediante una aproximación de capital humano, y los costos intangibles calculados a partir de los años de vida ajustados por calidad (AVAC). Se analizaron los datos por medio de un análisis multivariado. Para comparaciones con otras poblaciones todos los costos fueron expresados como la razón entre los costos y producto interno bruto nacional per cápita. Resultados: La media de costos totales fue 13.031±9.215 USD (ajustados por el factor de conversión de paridad del poder adquisitivo), lo cual representa el 1,66 del PIB per capita de Colombia. Los costos directos son el 64% de los costos totales. Los costos médicos representan el 80% de los costos directos,. Los costos indirectos fueron el 10% y los costos intangibles el 25% de los costos totales. Los medicamentos representaron el 45% de los costos directos. Mayores costos se relacionaron con el estrato socioeconómico, seguro médico privado, AVAC, alopecia, micofenolato mofetilo, y terapia anticoagulante. Los costos directos ajustados de los pacientes con LES en Colombia fueron mayores que en Norte América y en Europa. Conclusiones: el LES impone una carga económica importante para la sociedad. Los costos relacionados con la atención médica y AVAC fueron los principales contribuyentes al alto costo de la enfermedad. Estos resultados pueden ser referencia para determinar políticas en salud pública así como comparar el gasto en salud de forma internacional.