867 resultados para Política de la vivienda
Resumo:
Comentarios a Jaime Rodríguez, La revolución política durante la época de la Independencia. El Reino de Quito, 1808-1822, Quito, Universidad Andina Simón Bolívar (UASB-E)/Corporación Editora Nacional (CEN), 2006.
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Comentarios a Jaime Rodríguez, La revolución política durante la época de la Independencia. El Reino de Quito, 1808-1822, Quito, Universidad Andina Simón Bolívar (UASB-E)/Corporación Editora Nacional (CEN), 2006.
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A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.
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Este artículo examina la estructura de la Función Judicial en la vigente Constitución Política de la República, se anotan los problemas que se han presentado a partir de 1998 en que entró en vigencia la Carta Fundamental y se insinúan algunas posibles reformas en orden a alcanzar una organización de la Función Judicial que supere las falencias detectadas.
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Este artículo analiza los avances de la Constitución Política del Ecuador en materia de derechos de las mujeres y el enfoque de género, así como los retos que este nuevo marco legal propone, tanto al Estada ecuatoriano como al movimiento social de las mujeres y a la sociedad en general, de manera que se pueda pasar del solo reconocimiento del Derecho en la letra de la ley, al ejercicio y goce pleno de los mismos. La reflexión sigue la propuesta del feminismo en la crítica al Derecho. Se profundiza el análisis de los derechos constitucionales civiles y políticos, económicos y sociales, pero sobre todo, se reconoce la importancia del reconocimiento de muchos de los derechos sexuales y reproductivos que ya han sido incorporados como parte del Derecho internacional de los Derechos Humanos de las mujeres, entendiendo que este logro no es una concesión generosa del Estado sino más bien es el resultado de todo un proceso de movilización y generación de propuestas legales, trabajadas desde el movimiento de mujeres del Ecuador, que tuvo como corolario la aprobación de 34 de las 36 propuestas presentadas a la última Asamblea Nacional.
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Estos modos de vida otros aparecen en el texto de la nueva Constitución con las expresiones “buen vivir” –en castellano– y “sumak kawsay” –en kiwcha– y constituyen el paradigma de vida hacia el cual deberá orientarse el “desarrollo”. El “buen vivir” o “sumak kawsay” postula un reordenamiento general de lo que el término moderno “desarrollo” había querido expresar. En la medida que desborda los límites de un proyecto meramente económico, social o político, adquiere el carácter de paradigma regulador del conjunto total de la vida. Su perspectiva “holística” (León 2008a: 137) contrasta con los modelos de “desarrollo” que infructuosamente se han ensayado en la historia ecuatoriana y se plantea desde su novedad como una alternativa al modelo de “civilización” dominante.
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El Banco Ecuatoriano de la Vivienda (BEV) constituye una de las principales herramientas que dispone el Estado Ecuatoriano para el desarrollo de sus políticas sociales, desde su creación la gestión del BEV estuvo dirigida a la solución del déficit habitacional en el Ecuador, debido a que es una institución financiera publica y al estar enfrentada a eventos de riesgo que podrían ocasionar la suspensión de sus actividades es necesario mantenga vigentes sus políticas de gestión de riesgos enmarcados dentro de la continuidad de negocios. La Superintendencia de Bancos y Seguros dispuso a través de la Resolución No. 834 de Riesgo Operativo, que las instituciones del sistema financiero implementen planes de continuidad de negocios a fin de garantizar su trabajo en forma permanente y así minimizar las perdidas en casos de interrupción de sus operaciones. El presente trabajo de investigación está enfocado en la aplicación de las mejores prácticas de riesgo operativo y de continuidad de los negocios para la elaboración de una metodología que permita al BEV contar con lineamientos para la estructuración de los planes de contingencia y continuidad de los negocios, que le faculten a la institución el establecer su cadena de valor y sus procesos críticos sobre los cuales deberá desarrollar sus planes de acción. Adicionalmente, se pretende concientizar al Gobierno Corporativo del BEV sobre la importancia de contar con planes de continuidad, para proteger la imagen de la organización y así enfrentar los riesgos que puedan ocasionar la suspensión de sus actividades.
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El artículo es un análisis de la crisis económica que mira hacia sus efectos sobre las relaciones de clase social. Se comprueba que la desigualdad ha crecido de manera importante en Norte América y Gran Bretaña en la época neoliberal, y se sugiere que, desde la perspectiva del consenso político actual, la tendencia se agudiza. El posible efecto sobre el orden social poscrisis y su impacto sobre la política, están en discusión.
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Dentro de la evolución de la Administración de los Riesgos, se ha venido generando en los últimos años, la necesidad de que las entidades bancarias implementen un sistema que les permita desarrollar diferentes medidas y recomendaciones internacionales creadas desde hace algunos años, con el objeto de impedir el lavado de activos. Desde la perspectiva de la evolución de los riesgos, el riesgo de tratar con delincuentes es un riesgo inaceptable, para cualquier institución del sistema financiero, esto ha motivado que las instituciones financieras participen proactivamente en contra de los intereses de aquellos que, de una u otra forma, pretendan o quieran aprovechar el sistema financiero para camuflar el fruto de sus actividades ilegales o incluso para promoverlas. En general los riesgos a los que están expuestas las Instituciones Financieras, se diferencian entre sí, dependiendo de la solución que se decida adoptar, en los riesgos financieros la solución puede determinar que estos sean absorbidos, mitigados, cubiertos con recursos propios o transferidos; en el riesgo de lavado de activos por el contrario la solución se encamina a prevenir y controlar, esto debido a que los mismos mantienen consigo riesgos asociados, los cuales desde el punto de vista de severidad y frecuencia, exponen todos los días a las Instituciones Financieras a un resultado económico negativo y catastrófico. Por lo expuesto, el Diseño de un Modelo de Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos, permitirá al Banco Ecuatoriano de la Vivienda, gestionar la dificultad de identificar, evaluar, medir, mitigar y monitorear el riesgo de lavado de activos, con el fin de minimizarlo, pero nunca erradicarlo, pues no se podrá evitar que el sistema financiero sea utilizado para dar apariencia de legalidad a activos de procedencia delictiva.
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Este trabajo analiza el legado de las Cortes de Cádiz y de la Constitución de 1812 en Cuenca entre 1812 y 1814. Estudia los principales cambios políticos relacionados con los derechos de diversos actores sociales, así como el rompimiento de antiguas formas de relación social. Los cambios políticos se relacionaron con la introducción de nuevos conceptos y prácticas como ciudadanía, soberanía, elección y representación, tanto en el mundo criollomestizo como en el indígena (población cañari) de la provincia. Se analiza la abolición del tributo indígena, el servicio personal y la mita, además se estudian algunos cambios administrativopolíticos como la creación de los ayuntamientos constitucionales, las diputaciones provinciales y nacionales.
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El presente trabajo analiza los cambios introducidos en el procedimiento de determinación de responsabilidad a cargo de la Contraloría General del Estado, como consecuencia de la expedición, en el año 2008, de la Constitución de la República del Ecuador.
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Evaluation is regarded as a highly complex, continuous process intended to improve the object-subject involved. In the case of marginal metropolitan neighborhoods, whose inhabitants live in conditions unfit for human beings, we must remember that the specific actors in the drama - the users of the area of operation - should be the main creators of their own individual and community development through the evaluation-improvement process. This paper provides a basis for discussing such an approach. -from English summary