1000 resultados para EDUCACIÓN METODOS DE ENSEÑANZA PEDAGOGIA
Resumo:
Construir y validar una escala de medición de actitudes hacia la educación en la enseñanza superior. Está formada por 433 universitarios de edades comprendidas entre 28 y 38 años, de distintas procedencias académicas y geográficas. El estudio está dividido en dos partes. En la primera se trata de perfilar las actitudes hacia la educación desde el punto de vista conceptual y de llevar a cabo una revisión bibliográfica de los trabajos de investigación disponibles sobre este tema. En función de dicha revisión se desarrolla una breve recapitulación en torno a las variables asociadas a las actitudes hacia la educación. De esta forma se relacionan las actitudes con variables tales como la edad, el sexo, el rendimiento académico, la satisfacción de aprender, la ansiedad, la motivación, el tiempo transcurrido en el sistema educativo, etc. La segunda parte está constituida por el estudio empírico como tal. Partiendo del modelo Likert, se diseña una escala de actitudes que además de evaluar las actitudes hacia la educación, permita evaluar las actitudes hacia los programas universitarios y hacia los docentes. Se incorporan a este cuestionario otras cuatro escalas dirigidas a medir la motivación y la ansiedad, extraídas del M.A.E. ('Cuestionario de Motivación y Ansiedad de Ejecución') de Pelechano (1975). Además se incluyen 15 ítems orientados a medir la autovaloración del alumno (capacidad intelectual, conocimientos previos, capacidad de atención, memoria, destreza en la toma de apuntes y otras cuestiones susceptibles de afectar al rendimiento). Se utiliza el análisis factorial para medir la validez de la estructura interna de la escala. Se trata de confirmar la validez de criterio mediante análisis diferenciales y correlacionales entre las puntuaciones obtenidas en las escalas de actitud del propio instumento y otras variables asociadas. Se llega a construir el instrumento de medida de actitudes hacia la educación. El instrumento evoluciona en función de los resultados de su aplicación. En el diseño inicial tenemos 121 ítems que se distribuyen en 12 escalas; una vez aplicados el análisis factorial y de ítems, se pasa a un total de 108 ítems, divididos en tres escalas: la de actitudes positivas hacia la educación, la de actitudes funcionales y la de rechazo. Se confirma así que las actitudes hacia la educación superior no son unidimensionales. En líneas generales se entiende que el instrumento diseñado cumple satisfactoriamente con su objetivo. No obstante nuevas aplicaciones permitirán ir limándolo, de manera que las escalas vayan perfeccionándose en cuanto a su composición y a su validez predictiva y diferencial.
Resumo:
Exponer las confluencias y divergencias de las líneas en las cuales están la formación de una estructura legal, en este caso en la Ley General de Educación. Explica la fundamentación última del derecho, examina las leyes fundamentales españolas y la legislación escolar, analiza el pensamiento de los profesionales de la educación sobre el principio de subsidiariedad del Estado y la libertad de enseñanza y examina los contenidos del Libro Blanco. 1) Al tratar de fundamentar el derecho a las libertades, en nuestro caso a la libertad de enseñanza, el argumento fuerte no debe ser ni el de la máxima rentabilidad, ni algún otro, sino el de la persona humana y el de la humanidad entera a que no se le interpongan muros donde debe encontrar campo abierto a su autorrealización máxime cuando estos muros pueden juntarse unos a otros y estrangular la libertad total. 2) Las líneas que deben servir de andamiaje a la Ley General de Educación en proyecto son: la filosofía del derecho, las Leyes Fundamentales españolas, la legislación escolar que se intenta mejorar, la legislación u orientaciones internacionales sobre todo cuando provienen de instituciones a las que pertenece nuestra nación, y la opinión del pueblo. Como esta opinión del pueblo no se manifestará en una sola dirección, sino en varias habrá que atenerse a la ley democrática del mayor peso específico. 3) La idea de la libertad de enseñanza y los pilares en que se apoya: el principio de la subsidiariedad del Estado y la financiación por parte del Estado no tiene porqué salir responsable de que quienes se apoyaron en ella fueron incluso testigos mudos y por entonces tan influyentes como ahora, cuando se suprimieron ciertos centros que no gustaban, y cuando se depuró drásticamente al personal docente. La verdad sigue siendo verdad en unos ropajes y en otros; lo procedente es cambiar los ropajes si éstos la desfiguran, pero no hacer desaparecer la verdad. 1) La supresión del clasismo social es una necesidad imperiosa. La actual situación escolar marca y divide a los escolares en ricos y pobres. 2) La opinión pública no especializada no ha puesto condiciones a la reforma escolar. La demanda pronto y exige que sea eficaz pero sin reparar en condiciones. 3) La implantación de una reforma escolar basada en el principio de subsidiariedad del estado y en la financiación directa y universal por el Estado es deseada por la gran mayoría de los profesionales de la docencia. Se oponen a ella los catedráticos numerarios de los institutos de enseñanza media. Los grupos políticos que han informado sobre el Libro Blanco se colocan en términos ambiguos dando la impresión de admitir las premisas y negar las conclusiones. 4) Un reconocimiento más amplio nos daría una situación más humana, una educación más rica en variedad y una mayor eficacia en el aprovechamiento de los recursos económicos.
Resumo:
Aproximarse al tratamiento de la coeducación en el área de la Educación Física en Enseñanza Secundaria. A la vez, se pretende aplicar y validar una herramienta de observación de aquellas actitudes sexistas que se pueden dar en el día a día de la práctica docente, así como el grado de satisfacción de los alumnos de enseñanza secundaria sobre los niveles de coeducación durante las clases de Educación Física. A la luz de los resultados se elaborará una propuesta de innovación metodológica para el tratamiento educativo a través de objetivos, contenidos, metodología y actividades de enseñanza de la Educación Física. Es un estudio de tipo descriptivo y correlacional. La muestra está compuesta por un total de 175 alumnos de tercero y cuarto de ESO y primero de Bachillerato, pertenecientes a dos grupos con profesores distintos, de un instituto de Salamanca. La escala elaborada goza de las bondades psicométricas aceptables. El nivel de satisfacción percibida por los alumnos parece indicar que la calidad de las clases de Educación Física en lo que se refiere a la coeducación es buena. No se hallaron diferencias significativas en la satisfacción general diferenciando sexo, cursos y profesores. Existe satisfacción general respecto a la tarea docente.
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Se intenta analizar el concierto escolar establecido por la Ley Orgánica del derecho a la Educación en 1985 y de manera primordial concluir acerca de la idoneidad de este instrumento jurídico empleado por el legislador. El estudio analiza la legislación educativa vigente en España en lo concerniente a la relación Administración Educativa-centros privados de enseñanza: contenido, aportación financiera. Para ver la idoneidad del concierto escolar, instrumento jurídico empleado por el legislador, se consideran las siguientes variables: contenido esencial de las libertades, principalmente la libertad de elección del tipo de enseñanza, derecho a la educación garantizada en la Constitución, obligatoriedad de la enseñanza, todo ello siguiendo un método analítico en un marco legislativo. Bibliografía, Constitución Española, Estatuto de Autonomía,disposiciones legales de distinto rango, jurisprudencia del Trubunal Constitucional. El derecho de la educación es ante todo y primariamente un derecho de libertad. A los poderes públicos corresponde garantizar la efectividad del derecho a la educación: programación, homologación, inspección, colaboración financiera y prestación directa de la enseñanza a falta de iniciativa social suficiente. La enseñanza es un servicio público en sentido objetivo, objeto de eventuales intervenciones públicas. La escolaridad obligatoria es un derecho irrenunciable por al mismo tiempo un deber, igualmente es un derecho el elegir centro de enseñanza distinto de los públicos, el elegir la formación religiosa o moral. El concierto escolar es el cauce jurídico que ha establecido la LODE para garantizar el derecho a elegir centro distinto de los públicos en condiciones de gratuidad, particularmente para los niveles obligatorios. No es un contrato de gestión de servicios porque su objeto consiste en la financiación de la enseñanza privada, y no en la prestación privada de la enseñanza pública, la LODE fue una Ley conservadora en cuanto aspiró a mantener la financiación de los centros ya financiados. En España no existe por el momento, un cauce adecuado para satisfacer con plenitud el derecho a la gratuidad de la educación obligatoria en libertad.
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Resumen basado en el de la publicación
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Resumen basado en el de la publicación. Resumen en inglés
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Comunicación en la que se analizan los últimos 25 años del I.E.S. Fernando Robina y la Educación Secundaria en la comarca Llanos de Llerena o la Campiña (Badajoz).
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Recopilación de reflexiones y exposición de ideas de varios profesores universitarios dedicados a enseñar e investigar sobre educación, medios de enseñanza, tecnología educativa y nuevas tecnologías aplicadas a la educación, acerca del fenómeno social que supone la nueva sociedad del conocimiento y de la información y sobre las distintas respuestas de formación o de intervención del profesorado en las aulas.
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Resumen basado en el que aporta la revista
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Un breve recorrido por la vida profesional de Manuel Rodríguez Siurot, su obra y su teoría educativa. En un tiempo, principios del siglo XX, en el que las clases más desfavorecidas no tenían derecho ni acceso a la educación, este hombre creo unas escuelas para pobres donde se enseñaba a los pequeños a abrirse paso en el ambiente social que les había tocado vivir. Basaba la actividad docente en la figura del maestro 'amigo' y por ello creó una escuela de maestros para que pusieran en práctica sus teorías. Consciente de las necesidades primarias de sus alumnos formó talleres y granjas agrícolas para que aprendieran un oficio. Se destaca también la labor totalmente voluntaria de este abogado de Huelva que murió en Sevilla en 1940.
Resumo:
Resumen tomado de la revista