792 resultados para Contratos de seguros
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Resumen tomado de la revista
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Se estudia la problemática de la responsabilidad civil en el ámbito de los centros docentes, con la pretensión de que, mediante la información, se puede desdramatizar el concepto. Se expone la noción de la responsabilidad civil mediante una breve reseña del artículo 1902 y siguientes del código civil y se habla de diversos conceptos, de aceptaciones de convenios, diversos tipo de daños sus vinculaciones, etc. En lo referente a los seguros de responsabilidad civil previstos en los convenios sectoriales de los centros docentes se abarca el Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos, el Convenio Colectivo de Asistencia y Educación Infantil, el Convenio Colectivo de Ámbito Estatal para los centros de Educación Universitaria e Investigación, el Convenio Colectivo Nacional de Colegios Mayores Universitarios y el Convenio Colectivo de Centros de Asistencia, atención, diagnóstico, rehabilitación y promoción de personas con discapacidad. Igualmente se explica el seguro de responsabilidad civil general para centros docentes y conceptos como asegurados y terceros.
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En un colegio público de Jaca se emprende una actividad relacionada con el lince ibérico. Los trabajos se desarrollan en torno a la búsqueda de información sobre el animal, bien en la biblioteca o bien a través de Internet. Una de las actividades consiste en contactar con el Parque de Doñana, cuya información recibida es aprovechada para trabajar en el aula y para realizar una exposición sobre los ecosistemas en la biblioteca del centro.
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Conocer mejor la tarea del aprendiz dentro de la institución gremial, para a través de él, desentrañar como era la primera etapa de la vida del artista en Navarra. Reflejar los primeros pasos en el arte de un buen número de artistas y su papel dentro de un taller artístico. Analizar las obligaciones contraídas por maestro y aprendiz y fijadas en el ámbito de aprendizaje. 137 documentos correspondientes a otros tantos aprendices y maestros, en Navarra. 1. Estudio del estado de la cuestión del tema a investigar. 2. Análisis de documentación marginal (ordenanzas gremiales, ley de cortes sobre gremios y cofradías...) y consulta bibliográfica. 3. Investigación HCA realizada principalmente en el Archivo de Navarra (protocolos notariales y sec. procesos) y en el Archivo Diocesano de Pamplona de donde se extrajo la documentación base, el contrato de aprendizaje. 4. Catalogación de la documentación obtenida. 5. Análisis y conclusiones. La información se obtuvo de forma directa del propio 'contrato de aprendizaje'. No es indispensable el contrato de aprendizaje para aprender el oficio. Edad mínima de inicio en el oficio en Navarra: 14 años. Muchachos en su mayoría de la capital o localidades cercanas, excepto canteros. Para muchos el aprendizaje sirve para iniciarse en un oficio con el que ganarse la vida. No muestran inclinación artística especial, salvo algunas excepciones permanecen internos en el taller en calidad de criados-aprendices y son mantenidos en mayor o menor medida por el maestro. La duración del aprendiz es menor en alumnos de más edad. Gran vinculación personal al maestro y duras condiciones de vida pero no abundan los abandonos o los distractos. No existe forma de pago por la enseñanza y si la hay, es por ser el aprendiz mayor, o trabajar sólo en cosas propias del oficio. Se le compensa con el 'vestido de aprendiz' al finalizar el tiempo. Paso a la oficialía directamente, sin examen. Precisión del ambiente del aprendiz y su papel dentro del taller. Válidas para toda Navarra las conclusiones y extensibles posiblemente a toda la época en la que la institución gremial estuvo en auge.
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Contenido ocupacional y formativo del certificado de profesionalidad de 'Técnico administrativo de seguros', perteneciente a la familia profesional 'Seguros y finanzas'. Se recoge: 1) El Real Decreto que establece dicho certificado. 2) Las realizaciones profesionales y criterios de ejecución de cada una de las unidades de competencia que constituyen el perfil profesional de la ocupación. 3) Los objetivos generales y específicos, criterios de evaluación y contenidos teórico-prácticos de los módulos que componen el itinerario formativo, así como la duración del mismo. 4) Por último, se recogen los requisitos personales exigidos a profesorado y alumnado y los requisitos materiales necesarios (instalaciones, equipo y maquinaria, herramientas, etc.)..
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Contenido ocupacional y formativo del certificado de profesionalidad de 'Comercial de seguros', perteneciente a la familia profesional 'Seguros y finanzas'. Se recoge: 1) El Real Decreto que establece dicho certificado. 2) Las realizaciones profesionales y criterios de ejecución de cada una de las unidades de competencia que constituyen el perfil profesional de la ocupación. 3) Los objetivos generales y específicos, criterios de evaluación y contenidos teórico-prácticos de los módulos que componen el itinerario formativo, así como la duración del mismo. 4) Por último, se recogen los requisitos personales exigidos a profesorado y alumnado y los requisitos materiales necesarios (instalaciones, equipo y maquinaria, herramientas, etc.)..
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Fecha de edición aproximada
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El proyecto obtuvo el Premio Nacional de la Dirección General de Tráfico sobre Educación Vial
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A segurança dos produtos alimentares, que são utilizados na cobertura das necessidades nutricionais, constitui um direito fundamental dos consumidores. A legislação em vigor, atribui ao produtor a responsabilidade da produção de produtos alimentares seguros, pelo que lhes cabe garantir simultaneamente a qualidade e a segurança desses produtos. A implementação de sistemas de qualidade e segurança alimentar representa, portanto, um fator de competitividade importante, para qualquer empresa/organização ligada ao setor alimentar. Possibilita, também, às empresas/organizações, que a tal se comprometem, assegurar, junto dos vários parceiros, um controlo eficaz e dinâmico dos perigos potenciais ligados àqueles produtos. Daí deverá decorrer um aumento da confiança entre os diversos intervenientes da cadeia alimentar, promovendo o estabelecimento de novas e duradouras relações comerciais. Pode servir como garantia dos contratos com clientes/consumidores que assim o exijam. O sistema HACCP constitui uma ferramenta específica, que permite identificar, avaliar e controlar quais de entre os problemas importantes potenciais para a segurança dos géneros alimentícios, se poderão traduzir em riscos efetivos. Neste sentido, o principal objetivo deste trabalho foi o de implementar o sistema HACCP ao setor do vinho, concretamente a uma adega da zona oeste de Portugal (Adega da Merceana). A sua finalidade foi a de melhorar o controlo dos possíveis perigos para os consumidores, que podem apresentar os produtos enológicos.
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As empresas do segmento de alimentação coletiva cresceram significativamente nos últimos anos, influenciadas, principalmente, pela exigência dos usuários que têm como referência a grande variedade de produtos e serviços disponíveis no consumo de refeições fora do âmbito doméstico. A quantidade de pessoas que se alimenta fora de casa é cada vez maior, devido a fatos como crescimento das cidades, inserção da mulher no mercado de trabalho e tempo indisponível para o preparo das refeições. Para garantir a segurança dos alimentos oferecidos, é necessária a aplicação de ferramentas da qualidade como as Boas Práticas, procedimentos operacionais padronizados e outras, que devem ser adotadas na linha de processamento de alimentos com o objetivo de evitar possíveis doenças transmitidas por alimentos. O objetivo da presente pesquisa foi de analisar a importância da utilização das ferramentas da qualidade no processamento das preparações culinárias produzidas em uma Unidade de Alimentação e Nutrição (UAN) na cidade de Belém do Pará. Foram coletadas 50 amostras de preparações culinárias produzidas no estabelecimento onde foi observada contaminação de 36% por coliforme a 45ºC,16% por S. aureus e 4% por salmonella spp., foi aplicado um check-list (lista de verificação) baseada na legislação vigente, de forma a identificar as não-conformidades apresentadas pelos estabelecimentos.Os resultados mostraram que 47,4% dos itens de boas práticas não estão sendo aplicadas no estabelecimento. Observou-se durante a pesquisa na Unidade de Alimentação e Nutrição que as ferramentas da qualidade não são aplicadas e algumas são aplicadas inadequadamente durante o processamento das preparações culinárias, concorrendo para a possibilidade de ofertar aos comensais de produtos impróprios para o consumo. Conclui-se que a utilização das ferramentas da qualidade são importantes recursos para a obtenção da garantia da qualidade que podem ser aprimoradas através do desenvolvimento de treinamentos de habilidades e percepção para trabalhar atitudes de cada colaborador dentro da linha de produção de alimentos seguros.
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La presente investigación se ha realizado tomando como universo el sistema de consumo en la economía capitalista, que se ha caracterizado por la presencia de un proceso masificado de producción y de contratación estandarizada, justamente por el advenimiento de la sociedad de la información o también llamada posindustrial. La investigación parte de un análisis teórico de lo que es el consumidor y de sus derechos ciudadanos en el sistema de mercado, profundizando en el análisis de los derechos fundamentales. En el presente trabajo son analizadas en forma prolija las regulaciones constitucionales y legales que tienen que ver con los derechos subjetivos y difusos del consumidor, trazando diferencias en cada una de las materias jurídicas, en particular en cuanto a los aspectos más relevantes que refieren al Derecho del Consumo. Las legislaciones de los países andinos son examinadas brevemente como una base teórica del Derecho Comparado frente a nuestra legislación. En el desarrollo del tema se analiza el contenido del contrato de consumo mediante el esquema de adhesión, las condiciones generales de contratación y la naturaleza de las cláusulas predispuestas, como un medio de abuso al consumidor. Partiendo de la proposición, en los contratos de consumo el proveedor afecta los intereses del consumidor al imponerle su poder a través de cláusulas abusivas. Se concluye que en esa dicotomía entre desiguales, el Estado regulador deberá implementar las políticas de protección de los derechos del menos fuerte y el Poder Público deberá normar los procesos de intercambio, sin que intervenga directamente en las actividades productivas. Finalmente, luego de un detallado análisis teórico del tema, se proponen mecanismos para la protección de los derechos del consumidor, que a través de las políticas y procedimientos administrativos y legales, además de un ágil y adecuado ordenamiento procesal, permitan conseguir equilibrios en las relaciones de consumo, recomendando para el efecto algunas reformas legales, como el camino más adecuado para cumplir con ese objetivo.
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El Contrato de Seguro siendo una relación de dos personas en la que prevalece la buena fe de las partes por excepción una de ellas y por lo general la contratante altera la realidad del hecho fáctico con el objeto de que opere a su favor los beneficios a titulo de indemnizaciones. La historia de este contrato se ha visto empañada por sutilezas hasta grotescas falsificaciones de documentos de salud para lograr sus indemnizaciones. Este trabajo analiza a plenitud estas subjetividades que por ser dolosas inciden en el campo penal; en consecuencia los cuatro capítulos que conlleva esta tesis están orientados a analizar en derecho como recoge nuestra legislación positiva estos dolos, para finalizar analizando un caso concreto en el que convergen todas las artimañas de que se vale el contratado-beneficiario, para lograr el fin indemnizatorio en detrimento de los intereses y buena fe de la aseguradora. En el caso fáctico observamos que si existe vacío de ley en materia de seguros, concluimos que la agudeza de la parte contratante-beneficiario ha detectado este vacío y utilizando últimas técnicas obituarias destruyen la evidencia, dejando a la interpretación mas o menos legal las evidencias recabadas oportunamente por una parte procesal frente a la decidía total y absoluta de la otra.
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Todo contrato celebrado es ley para los contratantes. Este principio enseña que todas las personas y órganos del poder público están sometidos al ordenamiento jurídico del Estado. Otros principios bajo los cuales se puede contratar son el de la reciprocidad de las prestaciones y buena fe de los contratantes, porque si cada una de las partes no se obliga para con la otra a dar, hacer o no hacer, no puede haber contrato; y bajo este supuesto las dos partes lo hacen de buena fe. Ahora bien, durante la ejecución del contrato de obra pública se podrían generar factores que obstaculizan el equilibrio económico del mismo y producen contraposición en los principios jurídicos, haciendo insuficientes los mecanismos previstos en la ley y la doctrina. Con estos antecedentes, pretendo mediante el presente trabajo determinar los factores que producen el desequilibrio económico en la contratación de obra, identificar los principios jurídicos que se contraponen al darse el desequilibrio económico en los contratos y finalmente después del análisis de los mecanismos previstos en la ley o en la doctrina para conservar el equilibrio económico proponer unos nuevos. En definitiva académicamente se pretende contribuir de forma científica a generar nuevos mecanismos que produzcan de manera efectiva un equilibrio económico en el contrato de obra pública.
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Debido a la gran cantidad y diversidad de cuestiones que maneja el Estado por la vía de la función administrativa, la Administración Pública tiene la necesidad de realizar convenios y contratos que le permitan efectuar acciones tendientes a la consecución de sus fines, a través de relaciones con particulares. Considerando que las características diferenciadoras del derecho privado son el objeto y las prerrogativas especiales que posee la administración especialmente la modificación, esta investigación se desarrolla en tres capítulos: Capítulo I: Definición del contrato público y su modificación, los principios de inmutabilidad y mutabilidad y, la aplicación de los principios jurídicos que rigen el derecho administrativo desde el punto de vista de Cassagne. Capítulo II: La desigualdad jurídica que existe entre el Estado y el Particular, la modificación unilateral de los contratos de obra pública, prestación del servicio público y adquisición de bienes con sus consecuentes limitaciones y, la modificación unilateral de los contratos petroleros. Capítulo III: Formas de modificación de los contratos: órdenes de cambio, contratos complementarios, contratos adicionales, reajuste o revisión de precios, la renegociación y el otro sí. El estudio finiquita, con las conclusiones y recomendaciones derivadas de las legislaciones comparadas de Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador y España.
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Esta investigación dirigida por los métodos de investigación sistemático, exegético, y teleológico, pretende analizar los contratos petroleros de Campos Marginales utilizados por la legislación ecuatoriana y específicamente, el papel de Impuesto al Valor Agregado en la producción de la Curva Base; ésta, se convierte en una figura contractual innovadora que ha producido una interesante discusión a nivel nacional; sin embargo, la propuesta de este trabajo va encaminado a encontrar un mejor proceso de inversión para el Ecuador en los Campos Marginales, que le permita a nuestro país generar mayores ingresos a su favor, no solo vinculado con la generación de ingresos tributarios, sino primordialmente con las ganancias que los recursos explotados localizados en territorio nacional creen. Para cumplir con este fin, en la primera parte, hacemos una retrospectiva alrededor de los inicios de los modelos contractuales utilizados a principios del siglo veinte; a continuación, se analiza el Contrato de Campos Marginales, y sus principales componentes. En el segundo capitulo, detenemos nuestro análisis en la aplicación del Impuesto al Valor Agregado en los servicios, desde la perspectiva nacional y comunitaria (CAN), así como, exponemos el fundamento jurídico de que la “Curva Base” no es un servicio. Finalmente, en la tercera parte del estudio, analizamos al Contrato de Campos Marginales desde el punto de vista del Derecho Administrativo y observamos la posición de los actores del contrato respecto del IVA en la Curva Base de Producción. En nuestra conclusión presentamos nuestra postura sobre el IVA en el Contrato de Campos Marginales y recomendamos una nueva opción de inversión.