672 resultados para ejecución forzada de las obligaciones
Resumo:
La globalización permeó las fronteras artificiales existentes entre la economía y la sociedad alrededor del mundo. Las actividades empresariales en este ambiente globalizado ha servido como catalizador de las violaciones de derechos humanos como consecuencia de la ausencia de la protección institucional algunas empresas han explotado los vacíos jurídicos y la falta de protección de los derechos humanos. Al respecto, para lograr un cambio paradigmático requiere un fuerte énfasis en los derechos y las obligaciones de las empresas. Este artículo presenta un análisis crítico de las obligaciones de las empresas en material de derechos humanos frente a la falta de cláusulas de estabilización en los contratos de inversión extranjera. En primer lugar, estas cláusulas son examinadas en relación con la responsabilidad en las obligaciones corporativas con relación a los derechos humanos fundamentales. De acuerdo con lo anterior, se analizan las dimensiones sustantivas y procesales de las cláusulas de estabilización. En segundo lugar, apelando a los ejemplos concretos del Acuerdo para el desarrollo de la Minería entre Mittal Steel y el Gobierno de Liberia, así como el proyecto del Oleoducto de Baku‐Tblisi‐Ceyhan como casos de análisis, este artículo busca la aplicación de las cláusulas de estabilidad en las inversiones extranjeras con relación a la protección de los derechos humanos por parte de los Estados y de las empresas. En tercer lugar, se propone una modificación a la forma como se introduce la cláusula relativa a los derechos humanos. En este orden de ideas, los derechos humanos de los inversionistas, específicamente de las empresas, deben ser incluidos en los acuerdos de inversión extranjera.
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El artículo presenta un análisis respecto a la problemática de la imprescriptibilidad de la acción y la sanción disciplinarias por graves violaciones e infracciones a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, cometidos por servidores públicos, en especial, por miembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. En este estudio se abordará la regulación de la prescripción de la acción disciplinaria por estas graves conductas en los Regímenes Disciplinarios aplicables a la Fuerza Pública en los últimos treinta años y en el actual Código Único Disciplinario. Para esto se tendrá en cuenta las consecuencias de orden jurídico, político, social y económico, a nivel nacional e internacional, que puede ocasionar la declaratoria de prescripción, bien sea por la ineficiencia o el desinterés por parte de los agentes estatales en adelantar los respectivos procesos disciplinarios tendientes a evitar no sólo la impunidad en materia administrativa sancionadora, por la comisión de infracciones atroces, sino también ante la necesidad de preservar el buen nombre y la buena marcha de la administración, y a su vez, cumplir con los estándares internacionales trazados sobre la materia. Finalmente se propone una reforma legal extendiendo el término de prescripción de manera razonable, para preservar los derechos de las víctimas y los disciplinados y asegurar el cumplimiento eficaz de las obligaciones del Estado colombiano, para garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales sobre la materia, en defensa de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
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The themes of this paper are equality, reasonableness and gender rights in the dynamics of two sequential and convergent processes: the constitutionalization of judicial law, and the internationalization of constitutional law. The thesis of this paper is that in the face of non-compliance of the obligation to regulate, guarantee and protect gender rights, the best option has been to strengthen judicial law, which has enabled the development of rules for protection, the adoption of contemporary methods of interpretation and adjudication of the law, as well as the resolution of shortfalls in protection based on said processes of the constitutionalization and internationalization of local law.
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La justicia transicional debe enfrentar la negación de las atrocidades. A pesar de la sofisticación del marco de derechos humanos presente en el sistema legal colombiano, el campo de la justicia transicional en Colombia adolece de un significativo grado de indeterminación normativa, como si dicho campo aconteciera en un vacío constitucional”. Como consecuencia, ha sido objeto de uso estratégico por parte de distintos actores políticos dotados de intencionalidad en la fijación del sentido del arreglo institucional de la llamada justicia transicional. El uso estratégico gravita entre el acatamiento pleno del marco de derechos humanos o su elusión en distintos grados. La elusión niega las atrocidades. Para que el discurso de la justicia transicional en Colombia contribuya a hacer justicia por las atrocidades, debe dar viabilidad práctica a los derechos de las víctimas, no reducir esos estándares. Para ello, son necesarios dos requisitos: desde el punto de vista sustantivo, debe acatar las obligaciones en materia de verdad, justicia y reparación, que son parámetro de constitucionalidad, y respetar el núcleo esencial de tales derechos, sin perjuicio de la libertad de configuración legislativa y de la ponderación judicial. Desde el punto de vista procedimental, debe adoptar como metodología un enfoque contextualizado de análisis comparado que evite el trasplante acrítico de experiencias internacionales inaplicables.
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Colombia es el único país de América Latina en el que la constitución y la ley permiten a las instituciones educativas estatales realizar cobros académicos en todos los grados escolares. La consecuencia de esto es que el Gobierno Nacional no se ha interesado por elaborar una política de gratuidad de la educación. Sin embargo, la Constitución tiene disposiciones que permiten integrar los tratados de derechos humanos ratificados por Colombia al ordenamiento jurídico interno; allí, es donde está consagrada la gratuidad de la educación. Ésta es un imperativo jurídico que el Estado no puede desconocer. La Corte Constitucional ha protegido el acceso y la permanencia al sistema educativo con base en el Derecho Internacional pues cuando existe una disposición de derechos humanos que consagra un derecho, los argumentos de costo beneficio quedan excluidos, en especial si es un derecho universalmente reconocido. Nuestra tesis es que no hay ninguna razón para que el Estado restrinja el disfrute del derecho a la educación a través de cobros, especialmente porque la gratuidad de la educación primaria les permite a las personas acceder y permanecer en el sistema educativo y es un instrumento privilegiado para remover las barreras económicas que afectan el disfrute del derecho. La estructura del artículo es la siguiente: los dos primeros apartados se referirán a las obligaciones internacionales del Estado colombiano, el tercero hará énfasis en la jurisprudencia constitucional sobre la gratuidad de la educación y, finalmente, habrá una breve conclusión que planteará futuras líneas de trabajo.
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En el presente texto, los autores se aproximan a los estándares del Sistema Internacional de los Derechos Humanos, en especial el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (en adelante el “sidh”), en relación con el deber de custodia frente a las personas privadas de la libertad. De esta manera, se aproximan a la naturaleza particular de la responsabilidad internacional del Estado en la materia, al alcance de las obligaciones estatales en cuanto a determinadas poblaciones vulnerables dentro de centros carcelarios y penitenciarios, así como a las exigencias hechas al Estado de adecuar el sistema carcelario en general, con el fin de garantizar los derechos de los internos.
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El presente trabajo surgió con el propósito de ofrecer un panorama global del quehacer humanístico en Canarias que tratara desde las causas de su gestación hasta la producción en las diversas facetas del mismo. Unicamente han sido tratados los humanistas nacidos en Canarias a pesar de que, en algunos casos, la labor de los mismos haya sido realizada fuera de las islas. El trabajo se halla dividido, aparte del apartado dedicado a la enseñanza, en siete apartados más donde se pone de relieve el trabajo de nuestros humanistas en relación con los métodos de enseñanza, las gramáticas, las retóricas y los estudios de métrica; la producción neolatina, las traducciones, los comentarios históricos y literarios y las disciplinas auxiliares, siguiendo un tanto el orden con que los studia humanitatis se enseñaban, pues antes era imprescindible el estudio de la gramática y de la retórica para pasar a la composición y a la traducción. En cada uno de ellos, se ha procurado ofrecer una semblanza biográfica de los humanistas tratados, haciendo hincapié en aquellas obras que por desgracia no tuvieron la suerte de ser publicadas, si bien es verdad que personajes como Juan de Iriarte, con una producción bastante notable, conforman la mayoría de los capítulos. Como conclusión general se puede decir que, a pesar de constatar el presente trabajo la existencia de un grupo de intelectuales que desarrollaron y se preocuparon por estos studia humanitatis, en diferentes momentos y vertientes distintas, el mismo también demuestra la decadencia que con el paso del tiempo sobreviene a aquéllos. Esperanza vana fue el resugir del período de la Ilustración, porque el siglo XIX vendría otra vez a poner un tupido velo sobre estos estudios. La falta de medios, la remuneración económica escasa, la aparición tardía de la imprenta, la Inquisición con la mirada puesta en la censura de libros, el clima de aislamiento de las islas con respecto de Europa, e incluso entre ellas, la falta de preparación del profesorado, a la que se unía la escasez de materiales que permitieran llevar a buen punto cualquier trabajo intelectual, el escaso nivel social de nuestros estudiantes, la influencia en gran medida negativa de la Iglesia en el desempeño de las obligaciones docentes, por lo que de falta de profesionalidad conlleva, las continuas luchas intestinas entre las órdenes religiosas y entre las dos islas capitalinas por el monopolio educativo, son hechos harto elocuentes cuya incidencia repercute en el desarrollo de cualquier iniciativa cultural. El esfuerzo de algunos prelados e intelectuales, aunque se dejó sentir en su tiempo, cayó luego en el vacío, si bien es verdad que no ocurría lo mismo con aquellos que como Juan de Iriarte, tuvieron la posibilidad de formación fuera de las islas,y, mejor aún, de desarrollar su trabajo docente donde la cultura estaba un tanto más cimentada. Sin embargo, estas circunstancias en vez de propiciar que nos sumerjamos en un mar de lamentaciones, deben conducirnos a valorar más, si cabe, las realizaciones que nuestros humanistas dejaron patentes a pesar de todos los obstáculos que, en las islas, debieron sortear. Una vez más el entusiasmo que en algunos momentos de la vida supieron manifestar unos pocos, mantuvo viva la llama y el encanto de estos estudios que cada día que pasa luchan por no caer en el abismo de la incomprensión y desidia humanos.
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Este artículo hace una revisión del proceso de producción del movimiento funcional durante el primer año de vida, en un marco kinesiológico, donde se toma el tronco como estabilizador y eje principal en la ejecución motora de las extremidades. La interpretación presentada, facilita el entendimiento de los elementos motores básicos necesarios para construir una actividad más compleja y funcional, lo cual fortalece la habilidad del profesional para observar, evaluar y enfocar su acción en el manejo de personas con discapacidad funcional motora. Esta información es producto de la revisión de la literatura relacionada con el desarrollo normal del movimiento corporal humano y la observación directa del proceso de desarrollo normal y anormal en múltiples niños durante más de 12 años de experiencia profesional. En general, la revisión resalta la interrelación en las actividades de cada segmento corporal con otros y no como elementos aislados, así como la producción de eventos en común desde lo mecánico pero con propósitos diferentes desde lo funcional.
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Estudiar las teorías procesuales o de los niveles de procesamiento. El tiempo de reacción como medida independiente de la profundidad. Estudiar las variables de elaboración y congruencia. 30 estudiantes de primero y segundo de Psicología, 16 varones y 14 mujeres, entre 18 y 20 años. Diseño factorial 4x2x2 de medidas repetidas en los tres factores. Constaba de tres variables independientes: 1) Profundidad: con cuatro niveles, dos sensoriales (color y textura) y dos semánticos (basal y supraordinada) 2) Elaboración con dos niveles: una propiedad y dos propiedades. 3) Congruencia, con dos niveles: cuestiones con respuesta positiva y cuestiones con respuesta negativa. Variables dependientes: tiempo de reacción y recuerdo en una prueba de memoria incidental. Se controlaron una serie de variables intevinientes, tanto del ambiente de los sujetos, como de la tarea. Un taquitoscopio, dos timers, 105 tarjetas estímulos (cuadros) tomadas de las categorías basales usadas por Rodríguez, 1981. Una tarjeta estímulo (con un punto central), hoja con instrucciones, hojas de respuestas para el tiempo de reacción y la prueba de recuerdo. Obtención de medias para el tiempo de reacción y ejecución de recuerdo. Medias y desviaciones típicas para los distintos niveles de profundidad, elaboración y tipo de respuesta si-no, congruencia. Extracción de proporciones para la ejecución de recuerdo. Análisis de varianza para una y dos variables independientes. Prueba de 'W' para hallar la proporción de la variable dependiente que era explicada por la variable independiente. 1) Las preguntas más elaboradas producían un rendimiento mnésico mayor que las menos elaboradas. 2) Las decisiones positivas en la fase inicial, se asociaban con una ejecución mejor en las pruebas de recuerdo, que las decisiones negativas. 3) Se demuestra que la naturaleza cualitativa y cuantitativa de la tarea, determina el nivel de recuerdo, aunque la cualitativa es más crucial. 4) Se comprobó que el sistema analógico procesa en paralelo y el sistema verbal, procesa en forma serial o secuencial. 5) El tiempo de reacción es una buena medida de la profundidad, elaboración o congruencia, pero dentro de cada dominio. 6) Los análisis deben hacerse en este orden: profundidad, congruencia y elaboración. El proceso de descripción de estímulos nominales se sirve de la memoria semántica para transformarlos en estímulos proximales. Este es el proceso de codificación que, dependiendo de las estrategias utilizadas, crea un trazo más o menos fuerte en la memoria episódica. La conclusión general es la siguiente: para memorizar una imagen es bueno hacerlo analizándolo lo más semánticamente, congruente y elaborado posible. Esto es, lo más abstracto, haciendo juicios positivos y el mayor número de propiedades que podamos. Los niveles de procesamiento estan en 1981, en su máximo apogeo, debido sobre todo a que se vuelven a estudiar los fenómenos de memoria y aprendizaje interrelacionados.
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Las redes cerradas permiten que las personas se conozcan y hacen mas seguro el proceso contractual sin embargo gran parte del desarrollo de la contratación electrónica ha tenido lugar en Internet no podemos saber si efectivamente estamos contratando con una persona o con un agente
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El trabajo que se presenta a continuación, muestra el juego como herramienta potencializadora en las habilidades sociales de los niños/as y adolescentes portadores del VIH/SIDA, del hogar Verónica de la fundación Eudes de la ciudad de Bogotá. En él se encontrara, una revisión bibliográfica sobre los tres grandes temas a tratar en el proyecto que son: las Habilidades Sociales, El Juego y el VIH / SIDA. Para esta revisión de literatura, se tuvo en cuenta documentos importantes como el desarrollado por la autora Monjas Casares, Mª Inés, con el desarrollo de un programa de enseñanza de habilidades de interacción social que ella efectuó, para el Juego se tomo el documento de Jean Piaget y su clasificación de Juego, y en el VIH/ SIDA, los documentos publicados por ONUSIDA. autores.
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Inicialmente se había observado como una fianza de obligaciones financieras, en la cual una compañía de seguros asumía la responsabilidad subsidiaria por el pago de obligaciones monetarias adquiridas por un deudor frente a un acreedor
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Analizar, desde un punto de vista crítico, las implicaciones penales derivadas de la actividad médica, igualmente realizar un análisis práctico y conceptual de las obligaciones del médico frente a su paciente con relación a la función desempeñada dentro del campo de la medicina.
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Las acciones colectivas son un instrumento que en manos de los consumidores puede resultar de gran provecho, sobre todo si éste se encuentra bien informado de las instituciones que se encargan de velar por su protección
Resumo:
El presente trabajo busca demostrar que en los dispositivos de solución alternativa de conflictos (M.A.S.C.) que se dan con ocasión de conflictos de intereses del orden Civil o Mercantil, existe una Base Negocial, es decir, hay un negocio jurídico convencional que los involucrados en dicha disputa perfeccionan y que permite directa o indirectamente la resolución del conflicto; por tal razón, es menester desarrollar el tema de manera sistemática, iniciando por el estudio del Negocio Jurídico, para posteriormente analizar la naturaleza jurídica de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, y consecuentemente poder identificar, con referencia a cada uno de estos métodos, en qué momento se ajusta este negocio jurídico, su naturaleza jurídica, su contenido y sus efectos negociales.