157 resultados para constitucionalidad


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El presente trabajo estudia la relación entre la teoría del Estado de Derecho, la democracia y el constitucionalismo desde el punto de vista teórico y en función del control formal de constitucionalidad de las leyes como uno de los medios para garantizar la vigencia de una forma de gobierno democrática. Se pone en evidencia la instrumentalidad de los procedimientos y la misma se aborda desde los tres aspectos de un sistema constitucional como son: función, estructura y procedimientos de la función legislativa. Se trata de una perspectiva sustancial y democrática que permite extraer de los principios y contenidos constitucionales reglas procedimentales y estructurales para el proceso de formación de la ley y establecer la función que cumplen para la salud del sistema democrático. Los valores y derechos se encuentran presentes en este trabajo pero de ellos se propone un punto de vista jurídico que permita su efectivo control, y así garantizar su materialización durante el trámite de formación de una ley. Todo esto resultará necesario, mucho más en tiempos como los nuestros, donde la reflexión sobre el ejercicio y actividad de los poderes públicos ha sido relegada al segundo plano. Este trabajo, en síntesis, recalca en la garantía de los derechos y la materialización de los valores y principios por medio de las normas del procedimiento y del esfuerzo por perfeccionarlos. De estos aspectos depende la vigencia, de lo que en términos del artículo uno de la Constitución ecuatoriana, es un Estado constitucional de derechos y justicia. El trabajo se limita al estudio jurídico-dogmático del poder legislativo y las relaciones sociopolíticas que se presentan durante la formación de la ley. Todo ello conectado al control formal de constitucionalidad del procedimiento legislativo realizado por la Corte Constitucional. Algunas anotaciones históricas permitirán comprender el origen de la institución parlamentaria y su ideología. Por otra parte, el derecho comparado permitirá apreciar el contraste entre los aciertos y desaciertos del diseño del procedimiento legislativo que se encuentra vigente en nuestro país. Así entendidos, los valores y principios tienen contenido y eficacia jurídica; develar esas características es fundamental para controlar el cumplimiento de la Constitución.

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Esta tesis aborda el tema de la casación tributaria en el Ecuador y para el efecto analizará, de manera crítica, el recurso de casación en materias no penales con énfasis en lo contencioso tributario, y su proyección en el actual Estado constitucional de derechos y justicia. Los principales objetivos del presente trabajo de investigación están enfocados a describir las corrientes teóricas más destacadas e influyentes en la evolución de la casación tributaria; y, explicar los elementos que se requieren para el replanteo del recurso de casación en la materia y en el actual ordenamiento jurídico vigente en el Ecuador. El recurso de casación tradicionalmente ha sido considerado como un medio de impugnación, a fin de que el Tribunal de Casación verifique un examen de la aplicación del Derecho realizada por el tribunal a quo en la decisión de fondo objeto del proceso, que por su importancia se elevan a la categoría de causales de la casación y, en su caso, unifique la doctrina jurisprudencial sobre la materia. En el actual sistema judicial, el recurso de casación toma otra dimensión, en donde la oralidad como su componente principal, supone la adecuación de este sistema de control de legalidad, en el marco de la constitucionalidad. La metodología que propongo para esta investigación es de carácter dogmático formal, la cual se complementará con el análisis, la deducción, la inducción, de los textos, las normas jurídicas, los principios y demás fuentes; además, se realizará una exégesis y una sistematización de la norma jurídica. La principal conclusión que surge de esta investigación es que, la casación tributaria en el actual sistema jurídico tiene mayor sustento y su futuro asegurado, pues cada día se reconoce su importancia como controladora de la observancia de la ley, máxime cuando en el ámbito tributario las sentencias recurridas son dictadas por los tribunales distritales de lo contencioso tributario en única instancia; y, como recomendación se considera que, la Corte Nacional de Justicia debe expedir un Instructivo para el orden de las audiencias y, que se capacite para la plena vigencia del principio de oralidad que hoy se refleja en la audiencia de estrados.

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El derecho a la participación social en el procedimiento legislativo es una expresión de la democracia participativa y deliberativa y contribuye al cumplimiento de la responsabilidad estatal de adecuar materialmente todo proyecto de ley a la Constitución y a los estándares de protección de los derechos humanos contemplados en los instrumentos internacionales. A partir de un diálogo interepistémico entre los conocimientos y las prácticas de la democracia de la comunidad indígena, con los conocimientos occidentales del derecho, de la teoría política y de la perspectiva decolonial, se evidencia el origen y evolución histórica de este derecho, así como los mecanismos para alcanzar su pleno ejercicio ante las limitaciones del contexto planteadas por el modelo económico capitalista y el patrón de poder colonial. Luego del abordaje de los alcances y limitaciones del marco constitucional, legal y reglamentario del derecho a la participación en el procedimiento legislativo, se evalúa su aplicación en la génesis legislativa de la Ley de Minería, evidenciando las razones que de terminaron su impugnación por inconstitucionalidad y el rol de la Corte Constitucional al actuar sobre el tema. Ante la ausencia del respeto al derecho a la participación en el procedimiento legislativo, se propone institucionalizar el mecanismo de control previo de constitucionalidad de proyectos de ley por parte de la justicia constitucional.

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Texto íntegro de la sentencia del Tribunal constitucional 53/1985, de 11 de abril, sobre la constitucionalidad de la ley despenalizadora del aborto en determinados supuestos

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En enero del año 2004, el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la Violencia de Género. Ningún partido con representación política en el año 2004 quiso quedarse fuera a la hora de apoyar una norma especialmente demandada por la ciudadanía ante la realidad social: 84 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas en el año 2004. Sin embargo, el tiempo ha demostrado que la Ley Integral no sólo no ha sido un elemento eficaz a la hora de acabar con las elevadas cifras de violencia de género en España, sino que además por el camino ha supuesto problemas jurídicos hasta el punto de convertirse en una norma cuya constitucionalidad se ha planteado en más de 180 ocasiones, por parte de los Jueces obligados a aplicarla, por suponer un conflicto con preceptos constitucionales como el Derecho a la Igualdad, la Presunción de Inocencia, o la Dignidad de la mujer. A través del presente estudio, comprobamos los problemas que ha supuesto la Ley Orgánica 1/2004, analizando para ello los antecedentes jurídicos que ha tenido la búsqueda de la igualdad entre géneros en España, denunciando los problemas que la aplicación de esta norma han tenido tanto a nivel de tutela penal como civil, profundizando en la doctrina jurisprudencial que avala su polémico encaje en el marco constitucional, y proponiendo posibles soluciones para no sólo evitar tener una Ley de medidas contra la Violencia de Género que vulnere derechos constitucionales, sino que además ofrezca garantías a un mayor número de mujeres, suponga una tutela judicial efectiva y no discriminatoria, y que, en definitiva, ayude a conseguir una igualdad real entre géneros que acabe definitivamente con la situación subordinada de la mujer en la sociedad.

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En este artículo, el autor presenta las diferencias más relevantes entre el neoconstitucionalismo y el constitucionalismo garantista. En primer lugar, afirma que el constitucionalismo puede ser concebido de dos formas opuestas: como una superación del positivismo jurídico en sentido tendencialmente iusnaturalista o como su expansión o perfeccionamiento, realizando para llevar a cabo esta labor una revisión terminológica. En segundo lugar, el autor considera que si las constituciones incorporan principios de justicia de carácter ético-político desaparece el principal rasgo distintivo del positivismo jurídico: la separación entre Derecho y moral o entre validez y justicia. A continuación, considera al constitucionalismo garantista como un iuspositivismo reforzado, completando al Estado de Derecho porque comporta el sometimiento al Derecho y al control de constitucionalidad. En cuarto lugar, el autor afirma que la tesis de que todo ordenamiento jurídico satisface objetivamente algún «mínimo ético» no es más que la vieja tesis iusnaturalista, que termina por convertirse en la actual versión del legalismo ético que es el constitucionalismo ético, en virtud del cual los principios constitucionales se pretenden objetivamente justos. En quinto lugar, el autor realiza una crítica a la contraposición entre principios y reglas, en los que se basa una concepción de la constitución y del constitucionalismo opuesta a la concepción positivista y garantista. En sexto lugar, el autor afirma que la idea de que los principios constitucionales son siempre objeto de ponderación y no de aplicación genera un peligro para la independencia de la jurisdicción y para su legitimación política. Finalmente, el autor considera que el constitucionalismo conlleva un debilitamiento y virtualmente un colapso de la normatividad de los principios constitucionales, así como una degradación de los derechos fundamentales establecidos en ellas a meras recomendaciones genéricas de carácter ético-político.

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El artículo reconstruye el precedente jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de Colombia en torno al control constitucional de las leyes por vicios de procedimiento en su formación (vicios de trámite o de forma). Inicia con el análisis de la decisión de 1912, cuando la Corte se declara incompetente para juzgar la constitucionalidad de las leyes por esos cargos. Se incluyen sentencias relevantes en las que se mantiene el precedente. Después, se concentra en el cambio jurisprudencial de 1952, cuando la Corte modifica su doctrina de 1912 y se declara competente para juzgar la constitucionalidad de las leyes.

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El artículo aborda el dilema de la justicia transicional desde la perspectiva del derecho constitucional vigente en Colombia. El propósito es presentar cómo dicho marco constitucional puede responder a la aplicación de la justicia transicional, en especial en relación con el problema de la responsabilidad penal de quienes cometieron atrocidades durante el conflicto armado, dentro de un proceso de diálogo y negociación. En otras palabras, el presente escrito está enfocado en presentar cuáles son los mecanismos previstos en la Constitución colombiana para resolver la tensión generada entre el derecho a la paz y a la justicia en un proceso transicional, cómo deben ser interpretados y cuáles son las implicaciones de sus usos.

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La obra hace una narración lógica en lo que tiene que ver con la protección jurídica que el salario posee, no sólo en el ámbito internacional, sino también en el interno. En ese sentido, se hizo un rastreo de las normas existentes, en el concierto internacional, haciendo hincapié en los convenios de la OIT. En el orden interno, se analizaron las disposiciones constitucionales que tienen que ver con el salario y su protección jurídica, especialmente los artículos 25y 53 de la Carta Política. Se hace mención especial al tratamiento que le ha dado la Corte Constitucional por vía de tutela y el bloque de constitucionalidad. Finalmente, se desarrolla una línea jurisprudencial, donde se responde al siguiente interrogante: ¿Cómo han sido los pronunciamientos de la Corte Constitucional con relación a la procedencia de la acción de tutela para lograr el pago de salarios y como se han aplicado las normas internacionales?

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Este libro presenta algunos resultados de dos proyectos de investigación institucional: "la teoría de los riesgos en el derecho privado colombiano" y "la relación entre el contrato con el consumidor y el paradigma contractual de Código Civil y el Código de Comercio colombiano. Las dos investigaciones fueron adelantadas por el autor para la línea de investigación en derecho contractual del Grupo de investigaciones Jurídicas de la Universidad de Medellín. Existen contratos: éste, aquel, el de más allá, cada uno con su propia fisonomía "Todo concepto dice el joven Nietzsche Se forma por equiparación de contratos no iguales. Todos los contratos, por más diferenciales que los separen, tienen algunos elementos comunes: pluralidad de partes, acuerdo, contenido patrimonial, forma, efectos jurídicos. De eso se trata este libro: de los elementos comunes a todos los contratos. Por las páginas de este libro desfilan autores nacionales y extranjeros, sentencias de casación civil y de constitucionalidad. En algunos puntos, el autor acepta las ideas que dominan la doctrina y la jurisprudencia colombiana. En otros puntos, las críticas, se aparta de ellas y expone ideas alternativas, algunas originales, otras no tanto.

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Control de constitucionalidad – La tutela cautelar – Las medidas cautelares en el proceso de inconstitucionalidad y su necesidad de regulación – Legislación nacional aplicable y análisis de las medidas cautelares en el derecho comparado