1000 resultados para SEGURIDAD INTERNACIONAL - UNIÓN EUROPEA
Resumo:
La realización de política europea de emigración se mueve en un arduo equilibrio en-tre el diálogo con la orilla sur del Mediterráneo, la política de vecindad hacia el Este y la ambigüedad de la relación entre la migración y el desarrollo. Las contradicciones de la UE en la materia son profundas pues nos hallamos ante una materia de naturaleza poliédrica y en estrecha dependencia a procesos que se están desarrollando en el orden internacional, por ello las respuestas requieren el empleo de instrumentos eficaces tanto en el plano interno como en el externo. Una perspectiva europea de la inmigración no puede prescindir de una pretensión de multilateralidad basada en la cooperación entre todos los actores que, de un modo u otro, participan y son parte activa de los procesos migratorios. Ello requiere abordar estrategias para el desarrollo de carácter amplio, que incidan sobre las causas que motivas los flujos migratorios, generando oportunidades y expectativas de vida digna en los países de origen. Para ello es menester apurar las posibilidades abiertas por el Tratado de Lisboa insistiendo en la aplicación del principio de solidaridad, fomentando la responsabilidad compartida y teniendo muy presentes los derechos fundamentales previstos en la Carta Europea de Derechos Fundamentales. Habida cuenta que los Estados miembros no son autosuficientes para resolver eficientemente las cuestiones derivadas del control de las fronteras, del asilo y de la inmigración resulta menester que la UE diseñe una política común de manera coordina-da con ellos, de manera que se sientan suficientemente acompañados y respaldados. A este respecto la Agenda Europea de Migración propone acciones tales como la lucha contra la migración irregular, los traficantes de seres humanos y la protección de las fronteras exteriores de Europa que deben ir acompañadas de una eficaz política común de asilo, así como una nueva política europea en materia de migración legal. Al mismo tiempo la política de redistribución no debe considerarse como una opción desinteresa-da o altruista sino como una respuesta común que impide las actuaciones unilaterales de ciertos Estados miembros para reducir los flujos migratorios. Por estas razones resulta de suma importancia restar protagonismo a las acciones me-ramente represivas y que la UE progrese en su intervención en un sector dominado por las competencias exclusivas de los Estados miembros. Dicha intervención puede reali-zarse eficazmente en dos líneas de actuación de carácter complementario. De un lado, a través de un enfoque transversal, que favorezca la cooperación con terceros países, la gestión integrada de las fronteras exteriores y una política justa en materia de repatria-ciones, de canalización de la emigración legal y de integración de los inmigrantes en la sociedad. De otro lado, con el concurso del principio de solidaridad y del reparto equi-tativo de la responsabilidad entre los Estados miembros, extensivo al aspecto financiero (art. 80 TFUE), fomentando entre ellos una cooperación más eficaz el reparto de res-ponsabilidades. Ambas líneas serán susceptibles de garantizar en la práctica una mejor gestión de los flujos migratorios y una mayor protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos extranjeros.
Resumo:
La V Cumbre celebrada en Lima (Perú) en mayo de 2008 revela, en una aparente paradoja, tanto el dinamismo de las relaciones como el menor interés que estas suscitan en ambas partes. El diálogo eurolatinoamericano sobre migraciones debería promover consensos basados en el respeto a los derechos laborales y de ciudadanía; así como en la gestión adecuada de los mercados laborales.
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El uso de acuerdos de readmisión ha impulsado el debate sobre si cumplen con el Derecho internacional, en especial las disposiciones relativas a la protección de los refugiados y solicitantes de asilo.
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El derecho a la libre circulación y residencia han sido la clave de bóveda del proceso de integración europea, primero en la consecución del mercado interior y, desde su inclusión en el estatuto de ciudadanía europea, para el reconocimiento de un status jurídico común a todos los nacionales de los Estados miembros. Originariamente, las libertades comunitarias se concibieron sólo para los que ejercieran una actividad profesional, asalariada o no, en el territorio de la Comunidad. Esta postura se fue flexibilizando, ampliándose la libertad de circulación a ciudadanos que no ejercían actividades profesionales en el territorio de otro Estado miembro (estudiantes, jubilados, residentes y ciertos familiares). El desarrollo del proceso de integración europea, junto con la adopción de diversos actos jurídicos de Derecho derivado y la labor del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha favorecido una ampliación progresiva del ámbito personal de titularidad del derecho. La libre circulación de personas es una de las libertades básicas del mercado interior, cuyo contenido esencial implica un espacio sin fronteras interiores en el que esta libertad será garantizada conforme a las disposiciones del Tratado. Posteriormente, con la adaptación de la Directiva 2004/38/CE en los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros, se pretendía potenciar la movilidad intracomunitaria y transformar el mercado único en un espacio de libertad de circulación, residencia y trabajo por cuenta propia y ajena para los nacionales de los Estados miembros. Sin embargo, tal y como se pone de manifiesto en el presente trabajo, este derecho no es absoluto, puesto que la Directiva lo somete a condición. De este modo, el beneficiario debe ser económicamente activo en cualquiera de sus manifestaciones o debe disponer de los recursos económicos necesarios para no convertirse en una carga excesiva para el Estado de acogida. Resulta evidente que el contexto de la crisis económica, unido al incremento de la movilidad ha motivado las tendencias restrictivas del derecho de libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión Europea en el territorio de los Estados miembros.
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Este trabajo analiza cómo España ha asimilado el proyecto europeo como parte del proyecto nacional. También examina la contribución de España a las reformas del proceso europeo , como se han armonizado los intereses nacionales y los generales europeos. Se analiza la crisis de confianza en la Unión Europea y, finalmente, se pregunta por la suerte del Derecho español si España no hubiera sido miembro de la UE.
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La Unión Europea (UE), como gran parte del mundo desarrollado y subdesarrollado, se encuentra atravesando una de las crisis más grandes de su historia, situación que se ve agravada por la emergencia de nuevas potencias mundiales, la fragmentación de las cadenas de valor en cadenas globales, entre otras cuestiones. En este sentido, y pese a que el comercio no ha sido el responsable de la crisis, la política comercial ha sido una de las elegidas por la UE para contribuir a su recuperación económica. El objetivo del presente trabajo consiste en evaluar la reacción de un bloque como la UE ante el nuevo escenario internacional, tomando el caso específico de la reestructuración del SistemaGeneralizado de Preferencias (SGP), que es una herramienta fundamental de la política comercial y de desarrollo de la UE. A lo largo de la investigación se intenta probar que la UE ha tenido una reacción proteccionista a la crisis y que la reforma del SGP en este contexto constituye una medida proteccionista, que se plasma en el retiro de concesiones arancelarias sobre los países que dejan de ser beneficiarios del sistema. A tal fin, se han relevado datos del número de medidas aplicadas por la UE en los últimos años según su grado de discriminación como también se analizó la forma que adoptará el nuevo Reglamento del SGP a partir del 1ro de enero de 2014. La reforma del SGP sumada a la voluntad europea de cerrar nuevos acuerdos bilaterales, parece indicar un cambio en la actitud de la UE, que ya no pretende otorgar preferencias unilaterales a tantos países en desarrollo sin obtener nada a cambio, ahora su objetivo parece ser obtener concesiones en materia de propiedad intelectual, inversiones y desarrollo sostenible, a cambio de las ventajas arancelarias. Adicionalmente, y teniendo encuenta que la Argentina posee un alto grado de utilización de las preferencias otorgadas a través del SGP para acceder al mercado europeo, se realizó un análisis de impacto que tendrá para nuestro país la entrada en vigencia de la nueva normativa que excluye a nuestro país como beneficiario del sistema, en base al comercio vigente. En efecto, el cambio en las condiciones de acceso al mercado europeo por la pérdida de tales concesiones arancelarias, pone de relieve la necesidad de negociar un Acuerdo de Asociación u otro instrumento que permita garantizar las actuales condiciones de acceso a dicho mercado.
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354 p.
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Curso Especializado 'Claves para la cooperación España-Marruecos. Hacia un modelo de buena gobernanza', Centro de Estudios Hispano-Marroquí. Málaga, 4 de junio, 2012.
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El presente trabajo de investigación se realizó con el propósito de esclarecer y brindarle información pertinente y actualizada a los productores nacionales de frutas exóticas como el mango y el mangostán, acerca de las oportunidades comerciales que estos poseen con países pertenecientes a la Unión Europea (UE), debido al creciente consumo de frutas en estos países y al acuerdo comercial vigente que posee Colombia y la UE. Con el fin de que el sector agrícola crezca y pueda establecerse en mercados diferentes al nacional, facilitando el crecimiento económico del sector y del país. Así mismo, se buscó ilustrar a los empresarios colombianos acerca de los potenciales consumidores, formas de ingreso y los requisitos sanitarios y fitosanitarios solicitados en dichos países. Así como, las ventajas y desventajas que poseen frente a otros competidores del Suroeste Asiático y Africano, productores asiduos de frutas exóticas y grandes exportadores mundiales, que a la vez poseen convenios con la UE, que facilitan el ingreso de sus productos a la misma. De esta forma, esta investigación reduce la brecha entre la información que poseen los productores nacionales del sub-sector agrícola, frente a la información existente del mercado, mitigando las desventajas de la desinformación y analizando las oportunidades más favorables para los mismos.