237 resultados para Juristas


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A partir del ejemplo de las asociaciones de estudiantes de Derecho de la Universidad Laval en Québec (Canadá), se pretende reflexionar sobre las virtudes didácticas de algunas de las actividades que estas asociaciones ofrecen y que resultan especialmente enriquecedoras, no sólo por su fondo sino en particular por su forma y estructura, para los futuros juristas, permitiéndoles adquirir e implementar competencias prácticas que no siempre pueden trabajarse con la intensidad adecuada desde aulas y seminarios reglados mediante los instrumentos de enseñanza tradicionales

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Analiza la comunicación como una dimensión que en la sociedad de masas se concreta en un espacio institucionalizado en el que las personas intercambian datos, conocimientos y, en último término, significaciones. Preguntarse por la importancia de la comunicación en la sociedad actual, vista según algunos como sociedad de la información, y discutir acerca del potencial de las nuevas tecnologías comunicativas para cambiar nuestra realidad son los puntos de partida para sumergirse en una apreciación jurídica del complejo fenómeno comunicativo. Su parte central esta obra plantea el problema de los derechos humanos fundamentales dentro de la dimensión de la comunicación social -derechos nuevos y a la vez clásicos en un régimen democrático-: libertad de expresión, derecho a y de la información, y derecho a comunicar. Las relaciones que se producen en el espacio comunicativo entre los medios y los ciudadanos resultan complejas, especialmente aquellas que se traban a partir de los procesos informativos. Busca responder a las siguientes interrogantes: ¿cuáles son los contenidos de los derechos de la comunicación?, ¿cómo los ejercen los medios y la ciudadanía?, ¿bajo qué premisas, alcances y limitaciones lo hacen? Los juristas y comunicadores, docentes y estudiantes de materias afines, profesionales e interesados en la promoción de los derechos ciudadanos encontrarán aquí materiales útiles para la reflexión.

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Después de cinco años de lucha, México aprobó la Legislación Indígena. Sin embargo, ésta no cumple con los requisitos mínimos a los que aspiraban las comunidades indígenas, la comunidad de los derechos humanos y los juristas progresistas. En realidad, esta legislación es un grave retroceso, ya que objetivisa a las comunidades indígenas, las despoja de su condición de sujetos de derecho y las convierte en objetos de protección.

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¿Es posible pretender la paz dadas la marcadas inequidades que caracteriza nuestra estructura social, política y económica en los países de América Latina?. ¿Qué paz?, ¿ausencia de conflictos?. ¿A qué costo?, ¿callar y aguantar unos, y ser cómplices todos? Lo que sigue quiere ser una reflexión en torno a estas preguntas, acercándose a ellas con la intención de esbozar algunas ideas desde la muy concreta perspectiva que nos da el participar en procesos de defensa y educación de los derechos humanos en Venezuela, un país en que la violencia política, los discursos excluyentes, la intolerancia, han ido haciendo parte de nuestra cotidianidad, en un proceso complejo en el que los venezolanos y venezolanas hemos ido descubriendo verdades que siempre han estado ahí pero que no queríamos ver. Un proceso en el que hemos ido aprendiendo de leyes y reconociendo la necesidad de participar en los asuntos públicos; un proceso en el que nos hemos ido convirtiendo en permanentes analistas políticos y juristas populares; al mismo tiempo, un proceso en el que el pueblo, independientemente de sus preferencias políticas, está aprendiendo a organizarse, a exigir sus derechos, a proponer alternativas

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A partir de una visión positiva y constructiva del término crisis la autora nos introduce a su reflexión respecto al Derecho y a la función de los juristas como investigadores, operadores jurídicos e intermediadores entre la realidad social y la jurídica. La autora analiza, además, la importancia de buscar coherencia entre el Derecho estudiado, el explicado, el aplicado, y las necesidades de la sociedad actual. Se realiza una invitación al jurista para que sea un mediador social, con voluntad de incidir en la sociedad, para ello se da cuenta del cambio de visión del Derecho que pasa por un Derecho de la uniformidad, típico del Estado liberal, a un Derecho de la diversidad, que repara en distintos sujetos y actividades. Se señalan las razones que alejan al Derecho actual de los postulados tradicionales en los que asientan los juristas, concibiéndolo como un derecho de realidades problematizadas que reclaman una solución de conjunto, dentro de la globalización que da las características especiales a la realidad actual.

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A pesar de las grandes tensiones observadas en la discusión teórica de las ciencias sociales de las últimas décadas, que van desde el énfasis individualista de la elección racional y el conductismo, hasta la mayor atención en las estructuras y la interacción de los actores en el neo institucionalismo, uno de los puntos en los que parecería haber cierto acercamiento se halla dado en la necesidad de plantear estudios de carácter interdisciplinario. Sobre dicha base, el presente trabajo constituye un esfuerzo por analizar algunas ideas que, desde la tradición sistémica, pueden servir como elementos de juicio para entender de forma más amplia las decisivas relaciones suscitadas entre política y derecho, entre politólogos y juristas.

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El trabajo analiza el pensamiento de distinguidos profesores como Griziotti y Ranelletti: el primero, fundador de la escuela económica y jurídico-finaciera de Pavía, la que sostenía la unidad de la cátedra de ciencia de las finanzas y derecho financiero, en cuanto ambas tendrían como objeto el mismo fenómeno financiero, el segundo, fundador de la escuela jurídico-finandera napolitana, partidaria de la enseñanza del derecho financiero como rama del derecho administrativo. Profundiza además en el estudio de las dos corrientes en la enseñanza de la ciencia de las finanzas y del derecho financiero impartida por los juristas, la autonomía del contenido conceptual destacado por D'Alessio e Ingrosso como objeto de la enseñanza del derecho financiero, el pensamiento de Sainz de Bujanda y su influenda en la institución de las cátedras de "Derecho financiero y tributario" en España, la contribución de Romanelli-Grimaldi a la individuación del fenómeno jurídico financiero como objeto de la enseñanza del derecho financiero, los aportes de Sica y Abbamonte para reconducir el fenómeno jurídico financiero a los principios constitucionales y, finalmente, la influencia de dichas contribuciones sobre el actual reconocimiento de la autonomía de la enseñanza del derecho financiero.

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Este artículo analiza la sentencia de la Corte Constitucional que resuelve el conflicto de criterios entre el Procurador General del Estado y el Contralor General. en cuanto a la materia misma de la sentencia, en opinión del órgano más importante de justicia constitucional del país, las tasas son tributos, que no pueden percibirse, cederse, ni administrarse directamente por ninguna persona natural ni jurídica que no sea el estado. el cambio constitucional exige una nueva óptica jurídica en la apreciación de los dictámenes prevenientes de la Procuraduría General del estado, que ya no son simples opiniones de juristas respetables, sino que constituyen normas jurídicas que se deben aplicar. De alguna forma ha renacido con mayor vigor el ius publice respondedi del pretor romano, y estos actos jurídicos han alcanzado la jerarquía de fuentes formales del derecho.

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El presente trabajo de investigación esta referido al estudio y análisis del Consejo de la Judicatura en la Constitución Política del Estado Boliviano, ya que la creación de esta importante institución, como órgano rector administrativo y disciplinario del Poder Judicial, se incorpora a las reformas constitucionales y llega a formar parte del proceso de modernización del sistema judicial en Bolivia. La importancia de esta investigación radica, que con la creación de nuevos organismos dentro del Poder Judicial, como el Consejo de la Judicatura, se busca enfrentar los problemas de desconfianza e inseguridad jurídica, solucionándolos y devolviendo al ciudadano la fe y confianza en la administración de justicia y en sus instituciones democráticas. El contenido del Primer Capítulo, esta referido a los antecedentes y análisis de las reformas constitucionales que se van desarrollando en los países de América Latina, donde se puede advertir procesos destinados a la reforma y modernización del Estado, siendo uno de los elementos más importantes las reformas judiciales para lograr el desarrollo de una justicia legítima y creíble, asimismo se realiza una síntesis de las reformas constitucionales que se dieron en Bolivia, desde la primera Constitución de 1826 hasta llegar a la última reforma de 1994, dando lugar a la creación del Consejo de la Judicatura, y de esta manera se examina la crisis del Poder Judicial boliviano. En el Segundo Capítulo, se realiza un estudio sobre la reforma constitucional de 1994 y, la creación e implementación del Consejo de la Judicatura en Bolivia, como institución clave del control de la administración de justicia, teniendo importancia histórica en el país, porque por primera vez se cuenta con un órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial; de igual manera se hace un examen global de la Ley del Consejo de la Judicatura. En el Capítulo Tercero, denominado el Consejo de la judicatura, se estudia en forma exhaustiva su estructura orgánica desde el punto de vista de la Constitución Política del Estado y de su propia Ley. De igual manera se hace un análisis de la organización administrativa del Consejo, de los recursos humanos en la Ley del Consejo de la Judicatura y del régimen económico y financiero del Poder Judicial. El estudio del Consejo de la Judicatura como órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial, se encuentra en el Cuarto Capítulo, donde damos a conocer sus funciones y atribuciones; además se hace un análisis del régimen disciplinario del Poder Judicial, señalando la procedencia de los procesos disciplinarios y cuales los alcances y efectos de las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura. En el Capítulo Quinto, se analiza al Instituto de la Judicatura de Bolivia, como una unidad desconcentrada de capacitación y formación profesional a los servidores judiciales, dependiente del Consejo de la Judicatura; su naturaleza, funciones y estructura orgánica del mismo, para concluir con una evaluación de su funcionamiento hasta nuestros días. El Capítulo Sexto esta referido a la responsabilidad del Estado por error en la administración de justicia, donde se hace un estudio sobre la responsabilidad que tiene el Estado por el daño producido como consecuencia del mal funcionamiento de la administración de justicia; analizando de igual manera el caso boliviano. Finalmente, en las conclusiones damos a conocer la importancia y crítica de la creación y funcionamiento del Consejo de la Judicatura en Bolivia. Por todo lo anteriormente señalado, el objeto de la presente tesis, no solo es proporcionar una exposición básica y sistemática del contenido que comprende, sino resaltar la importancia de la creación del Consejo de la Judicatura. Este trabajo está destinado a juristas, abogados, estudiosos en derecho, estudiantes y a todo individuo que se considere miembro de un Estado y pueda tener la seguridad del respeto a sus garantías y derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Estado, a través de una eficiente administración de justicia.

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El propósito del análisis de la presente investigación, cuyo título es: “JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA”, surge como una inquietud de plasmar puntual y objetivamente la significación del Tribunal Constitucional Boliviano como una nueva institución en la administración y fortalecimiento de la justicia, así como un órgano especializado del control constitucional que permita contribuir a la defensa, protección, garantía y promoción eficiente de los derechos fundamentales, que son requisito sine quanum para la consolidación del régimen democrático en Bolivia; y que gracias a la globalización se encuentran presentes en los países latinoamericanos y por ende en los países andinos, por el impulso de factores irresistibles. Señalado lo anterior, cabe describir sintéticamente el contenido explorado y explotado en ésta investigación, así se tiene que: En el Capítulo I, se consignan generalidades y consideraciones necesarias respecto de lo que se entiende por Estado de Derecho y Estado Constitucional de Derecho, dentro de un Estado Moderno; asimismo, se realizan puntualizaciones sobre Justicia Constitucional, las razones y motivos para su existencia, así como los presupuestos jurídicos que la sustentan. El Capítulo II, está referido a los Principios de la Justicia Constitucional, comprendiendo a la Supremacía Constitucional y Jerarquía Normativa. En el primer principio, se desarrollan los fundamentos, doctrina y la relevancia de la Supremacía Constitucional en el Estado Constitucional de Derecho. Respecto del segundo principio, se examina la Constitución de la Constitución, entendida ésta como las Decisiones Constitucionales Fundamentales, que rigen el desarrollo dogmático y orgánico de la Ley Fundamental. Los Sistemas de Control Constitucional reconocidos en la Justicia Constitucional, son analizados en el Capítulo III, explicándose la diferencia entre el Control Político y el Control Jurisdiccional dentro del cual se definen los Sistemas de Control Difuso, Concentrado y Mixto, haciendo referencia a las experiencias de modelos adoptados por países en Estados Unidos de Norteamérica, Europa y la Región Andina; y su efectividad respecto de los regímenes democráticos. En el Capítulo IV, se examina en forma exhaustiva el Control Constitucional en la Justicia Constitucional Boliviana, haciendo un análisis de los antecedentes históricos, tomando en cuenta el control constitucional en la Constitución de 1967, para posteriormente ingresar en la nueva propuesta de dicho control en la Reforma Constitucional de 1994, determinando las justificaciones para la creación del Tribunal Constitucional y la referencia de los criterios necesarios para la elaboración de la Ley del Tribunal Constitucional Boliviano. El Capítulo V, referido al Tribunal Constitucional como actor principal en la Justicia Constitucional Boliviana, comprende un estudio profundizado de su naturaleza jurídica, composición, su estructura orgánica y, finalmente, se examina el estatuto jurídico – constitucional de los Magistrados del Tribunal Constitucional. El papel del Tribunal Constitucional en Bolivia, se encuentra ampliamente desarrollado en el Capítulo VI, estableciendo las funciones y atribuciones de éste órgano de control constitucional, así como los alcances y efectos de sus resoluciones emitidas. Concluyendo éste capítulo, con el enfoque de la actuación del Tribunal Constitucional en el fortalecimiento del régimen democrático boliviano y en la consolidación de la Constitución, permitiendo así la defensa, protección, garantía y promoción eficiente de los derechos fundamentales. Finalmente, en las conclusiones se da a conocer la trascendencia del rol que cumple el Tribunal Constitucional en Bolivia, al encontrarse encaminado a garantizar, que el modelo de jurisdicción constitucional diseñado se fortalezca cada día más en busca de una jurisdicción constitucional anhelada por los bolivianos. Para la realización y análisis de los capítulos enunciados, se recurrió a fuentes bibliográficas y documentales, así como a fuentes de normas legales, doctrinales y jurisprudenciales que fueron el objeto de estudio y sistematización de ésta investigación jurídica. Se considera que el presente tema, es de importancia incalculable tanto para estudiosos de derecho, juristas, administradores de justicia o simples ciudadanos que desconocen y anhelan que el Tribunal Constitucional Boliviano, intérprete supremo de la Constitución refleje y responda a los principios y fundamentos para los que fue creado.

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El presente estudio incorpora el análisis y la sistematizada investigación efectuada a lo largo de su desarrollo, que incluye una descripción general de las nociones fundamentales del Derecho Tributario Internacional conjuntamente con la evolución y los principios básicos de la Fiscalidad Internacional, así también incluye una introducción al concepto de la Doble Imposición y la estructura y la finalidad de los Convenios Internacionales para Evitar la Doble Imposición. Adicionalmente constituye una recopilación de información legal y doctrinaria, compuesta por la opinión de varios de los más connotados juristas y profesores de Derecho a nivel nacional e internacional, respecto a la tributación de los Beneficios Empresariales y al manejo del Establecimiento Permanente en los Convenios Internacionales para Evitar la Doble Imposición y a la legislación nacional. Se trata de una investigación que contempla los aspectos más importantes a tomar en consideración al momento de analizar el concepto y la aplicación del Establecimiento Permanente de acuerdo a nuestra legislación y a lo que establecen los Convenios Internacionales para Evitar la Doble Imposición suscritos con Chile y Uruguay. En cada parte del estudio se pudieron obtener conclusiones importantes, que permitieron el desarrollo adecuado de cada uno de los temas presentados, así como la consecución de los resultados propuestos.

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El concepto de renta ha presentado en todo momento de la historia tributaria un análisis variado no sólo producto del Derecho, sino a su entendimiento han concurrido diversas ciencias, como actores; en las primeras constan la Economía, Finanzas Públicas, Contabilidad; y en los segundos doctrinarios, juristas, empíricos e incluso personas sin experiencia previa en la materia. El Impuesto a la Renta, corazón de un sistema tributario, impuesto dominante de los restantes tributos, desde épocas pasadas como en la actualidad, se debate en avances y retrocesos, experimentos y fuertes críticas; razones impostergables para que en la presente temática se lo examine de manera rigurosa en busca de su concepción, argumentación y aplicación en cada uno de los países miembros de la Comunidad Andina (CAN). En vista de los objetivos planteados, hemos desarrollado una investigación en torno al Impuesto a la Renta dentro del ámbito andino como a nivel internacional cuando el caso nos lo ha sido permitido. Esto para cumplir con la basta temática que tuvimos la suerte de desarrollar. Partimos del análisis de las principales tipologías conceptuales de renta, acto siguiente se nos permite escrutar sobre el Impuesto a la Renta en su aplicación tanto en personas y sociedades, con las posibles rentas no clásicas: ganancias de capital, dividendos, regalías, intereses, loterías, hallazgos (caso ecuatoriano) y luego examinar el funcionamiento del impuesto en escala postfrontera para descubrir su interacción en las restantes soberanías andinas, ya sea desde un régimen o sistema tributario y también su acción en el CDI. En consecuencia, sus conclusiones develan cómo el impuesto se regula según las conveniencias administrativas o políticas y no se observa como principal columna vertebral de un conjunto tributario.

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A pesquisa realizada visa atentar não só a sociedade, mas principalmente os profissionais envoltos na realidade jurídica para a necessidade de uma sanção adequada aos psicopatas, com a devida urgência. Esta individualização propiciará uma reação adequada dos juristas aos atos cometidos por estes indivíduos que não são ressocializados pela penalização comum, tampouco podem ser considerados doentes mentais, vez que não há tratamento químico benéfico para este transtorno que possuem. Indivíduos que tem consciência e capacidade de determinação na prática de atos ilícitos, mas necessitam biologicamente destas práticaspara satisfazerem-se e assim cometem crimes variados, de acordo com o grau de periculosidade deste transtorno. Reincidentes, que sem o tratamento legislativo adequado oferecem perigo eminente à sociedade. Apresentando e esclarecendo como trabalha a mente, as ações e reações de um psicopata, e, principalmente seus resultados jurídicos. Discorrente sobre a razão de procurar um caminho para realizar justiça, ou especialmente prevenir possíveis condutas criminosas. O desafio enfrentado no decorrer deste é encontrar respostas positivas dentro do que nos limita a Lei Maior, para que em um futuro próximo exista definitiva solução, utilizando-se de fontes bibliográficas em Direito, Psicologia, Psicologia Jurídica, Criminologia, Medicina Legal, Psiquiatria Forense, e ainda, algumas considerações jurisprudenciais.

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"O mundo nasceu de duas forças:o Amor e a Guerra(Erros e Polemós)", assim assem asseverava, EMPÉDOCLES.A guerra e a paz, a moralidade e imoralidade dos atos humanos são questões que nos remetem a tempos imemoriais.."Batalhas míticas entre o Bem e o Mal" presentes nas teogonias e culturas, bem como, nas mais variadas expressões religiosas.Afinal, segundo a teologia da maioria delas, a"Primeira Grande Guerra" foi à havida no Céu!A validação moral e consequentemente jurídicas da guerra é questão controvertida e ocupa posto permanente nos pensamentos e reflexões de eminentes homens, desde filósofos, juristas, clérigos e pontífices; e até mesmo aos homens medianos.Há uma justificação para a guerra?É valida como instrumento de justiça?OU, segundo, nos incita a meditação, o saudoso poeta GIBRAN KALIL GIBRAN, em célebre poema,"As Almas Rebeldes":"oporemos ao mal um mal maior, e diremos:é a lei?E combateremos o vício com pior, e diremos:é a moral?E lutaremos contra o crime com crimes mais cruéis, e diremos:é a justiça?".Em demanda de respostas a estas indagações, fizemos uso, quanto ás pesquisas e análises, para a elaboração desde trabalho, de abordagem eclética, sincrética e harmonista, por tratar-se de matéria e assunto, complexos e de difícil delimitação.A guerra é inegavelmente, um fenômeno de grande relevância perante o Direito e como tal, caracteriza-se como um fato jurídico, devendo , portanto, ser observada e regulada, por meios eficazes e instrumentais,emanados e definidos com clareza, por órgãos competentes e legítimos, admitidos pelos interessados.A guerra legal ou justa é aquela que visa o restabelecimento da "ordem" como expressão da "beleza" ou harmonia";diante de uma injusta agressão de uma injusta agressão a um direito lesado.Guerra legal ou Justa;é única e exclusivamente, a admitida pelo Direito Internacional de Guerra, qual seja; a decorrente de legítima defesa.Porém, esta-nos vigiar sempre sobre o tal questão, haja vista,existirem provas históricas e atuais, da utilização deste princípio-quando o pervertem-visando a "justificação" da agressão, ou melhor;em "nome da paz", realizam a guerra , na melhor expressão do antigo adágio latino:"... se queres a paz,prepara-te para a guerra...".

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Trata-se de uma extensa pesquisa a cerca da modalidade de Guarda Compartilhada de filhos, que é tema atual no Brasil, e emj virtude disso, ainda se encontra devidamente regulamentado.As opiniões quanto á viabilidade da sua aplicação nos casos concretos em muito divergem, tendo em vista a preocupação dos juristas tradicionalistas com as consequências jurídicas, sociais e psicológicos desse inovador modelo de guarda em relação ás crianças, sempre tendo em mira o melhor interesse da criança.Em contrapartida, este tema que á seguir será mais detalhadamente exposto, é um dos grandes anseios de muitos pais que desejam ter uma participação maior na vida dos filhos, entretanto, tal necessidade é barrada pelos limites das visitas.