1000 resultados para Derecho Eclesiástico del Estado


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Repaso breve de la historia del Consejo Escolar del Estado Español desde 1812 hasta 2005. Se analiza con más detalle las características del mismo en 1985, por aparecer la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE).

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Las políticas de población y planificación familiares de Europa occidental han llegado a un consenso para introducir la educación sexual en los planes de enseñanza y en el ámbito de la socialización familiar la Conferencia de el Cairo (1994) ha permitido ampliar este consenso a los países del tercer mundo mediante orientaciones para que incluyan la educación sexual en sus políticas demográficas. En España desde la transición democrática aparece expresamente recomendad su inclusión en los programas oficiales del Ministerio de Educación, al igual que la prevención del SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual y sobre todo la preocupación por los embarazos no deseados entre adolescentes, etcétera. Estas campañas dirigidas por ejemplo a la utilización de preservativos entre los adolescentes han generado sonadas polémicas en los últimos años. Pero nadie pone en duda la necesidad de educar a los jóvenes en el conocimiento de su sexualidad. A partir del periodo simbolizado por el Plan Beveridge (1942) que significó también el comienzo del estado del bienestar, cambia el modo de entender el ejercicio del poder en relación con la salud de los ciudadanos y el propio concepto de salud. Desde este momento el Estado se preocupa por el bienestar y la calidad de vida individuales no con el objeto de aumentar el vigor de la nación y fortalecer al Estado, sino al servicio de los individuos, a los que se reconoce el derecho de mantener el cuerpo y la existencia propios, en buena salud y permanente bienestar. En este marco de gestión de la salud, que en España, por la dictadura, se desvincula tardíamente del Estado interventor, no se trata de convertir a la familia en un medio de tutela estatal, sino en una esfera que por si misma, demanda ayuda par resolver sus conflictos: problemas de comunicación de la pareja, consejos sobre planificación familiar, etcétera. Así, la educación sexual está regida por el imperativo orgásmico (deber del orgasmo) en el interior de la democracia sexual (respeto al goce recíproco). Estas garantías en la vida sexual de las parejas ayudarán a promover una correcta comunicación intrafamiliar, una afectividad idónea para la vida en sociedad. Pero en todos estos frentes de herencias y transformaciones se hace una crítica a la educación sexual formal por que no es sólo un conjunto de técnicas, de saberes, de valores; implica la producción de un modelo antropológico, un modelo de sujeto que impide la posibilidad de invertarnos, de experimentarnos a nosotros mismos y a los demás como sujetos de deseo. Si los defensores del sexo por el sexo no llegaron al delirio de un cuerpo, los amantes del sexo nos ofertan el suelo de un individuo feliz, anonadado en un climax sin fin.

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Jacobo I de Inglaterra había heredado en 1603, a la muerte de la reina Isabel, el trono inglés, no sin haber renunciado a su dignidad de hijo de María Estuardo, para conservar la amistad de Isabel, reina cruel. El absolutismo parecía llevarlo en la sangre. Ya antes de que Jacobo se declarara perseguidor del catolicismo, se habían recibido en Roma informe nada tranquilizadores sobre le joven rey. El monarca inglés quiso propagar su Apología en las corte europeas con el fin de ganar a sus ideas político-religiosas a los demás reyes. Entonces fue cuando Suárez fue requerido por la Santa Sede para traer al buen camino al rey apóstata. La obra de Suárez, Defensio Fidei es una exposición magnífica de los fundamentos de la fe y de los principios políticos inspirados en el Evangelio. En ella pone en evidencia que los reyes ingleses rompen con la tradición de sus antepasados al separarse de la Iglesia Católica Romana, cuya fe es infalible, inconmovible y universal. Este libro se quemó públicamente en Londres y no contento con esto Jacobo I con siguió que este libro fuese condenado a la hoguera en el Parlamento de París. Con Jacobo I el absolutismo nacional incondicionado, norma suprema de criterio y de conducta, cristalizó definitivamente con el Juramento de Fidelidad de 1605 y los escritos del rey teólogo. La obra de Suárez (Defensio Fidei) es la obra filosófica más genial a favor de las legítimas libertades del pueblo, compatibles con la Iglesia y el Estado. Suárez es el autor que con más rigor intelectual se frente a frente del regalismo creciente en su época, para decir a los reyes que no pueden o no deben ignorar la existencia del pueblo o de la comunidad como fuente indirecta, pero imprescindible del derecho. Otro capítulo importante es el que dedica a la sumisión que los reyes cristianos deben al Papa, no sólo como hombres, sino como gobernantes.

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Se reproduce el texto íntegro de los dos discursos pronunciados el día 8 de mayo de 1953 en el paraninfo de la Universidad de Salamanca por el Magnífico Rector de la Universidad, D. Antonio Tovar y por el Jefe del Estado, Francisco Franco, en la ceremonia de su investidura como Doctor Honoris Causa. El Rector de la Universidad de Salamanca, Sr. Tovar, habló en su discurso de la historia de la Universidad, resaltando los acontecimientos más notables ocurridos en dichas instalaciones de las que se tienen constancia en estos siete últimos siglos. Después, tomó la palabra el Caudillo Franco que agradeció su investidura y habló de la hermandad entre las armas y las letras; habló sobre la proyección cultural en América; del apoyo de los pontífices a la Universidad; de la revalorización de la Universidad; de la personalidad de los individuos; ensalzó la figura de Francisco de Vitoria como creador del Derecho Internacional y mostró la preocupación del gobierno por la universidad.

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A partir de un tratamiento conceptual sobre los enfoques teóricos de la integración -que de alguna manera evalúan el rol del Estado en estos procesos- la presente publicación analiza el tema del Estado y la integración en el Ecuador. Mónica Mancero revisa el proceso que desembocó en la constitución del Grupo Andino y define dos momentos en su evolución: el primero, guiado por el enfoque estructuralista, y el actual, en el que prima una visión neoliberal y de mercado. El texto se detiene en las preocupaciones que la sociedad civil ha manifestado en el último período acerca de la integración subregional, y relieva la necesidad de exigir una mayor participación de los distintos actores sociales tanto en la definición como en la implementación de los mecanismos del Acuerdo. En la perspectiva de lograr el desarrollo regional, la autora perfila los elementos económicos que debería contemplar una teoría alternativa de la integración, considerando tanto elementos políticos que evalúen la importancia estratégica de la integración, como elementos sociales en la perspectiva de eliminar las asimetrías existentes. La autora concluye que el Estado en los países en desarrollo debe desempeñar un papel relevante en los procesos de integración, no solo para corregir distorisiones y desequilibrios, sino para promover a determinados sectores productivos como parte de una planificada estrategia de desarrollo.

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La política fiscal es la parte de las finanzas públicas que se encarga de todo lo relativo al financiamiento de las actividades del Estado para que ésta pueda cumplir sus funciones, es importante cambiar la orientación de la política fiscal y tributaria, definiendo la necesidad de incrementar el gasto -inversió social- en los sectores de la educación y la salud. El tema propuesto "Estructura de los ingresos tributarios en el presupuesto general del Estado", resume: El capítulo I, trata sobre los aspectos fundamentales del sistema tributario su reseña hitórica, la potestad tributaria, clasificación de los tributos, los principios y características del sistema tributario. En el capítulo II versará sobre la gestión del SRI mediante un enfoque institucional, el control tributario, las estrategias y protecciones tributarias. El capítulo III se enfocará sobre la recaudación de impuestos, la evasión y elusión tributaria, el perjuicio al estado, la presión tributaria y los fines del sistema tributario. En el capítulo IV, hace análisis de la existencia del problema sobre la acción distributiva de los ingresos tributarios en el presupuesto nacional, se analiza la normativa del presupuesto, las reglas macro fiscales, la estructura de los ingresos y gastos, el financiamiento, así como la redistributiva de los mismos y el impacto distributivo al considerar la equidad horizontal y vertical. Con las conclusiones y recomendaciones, se finaliza el estudio de la estructura de los ingresos tributarios en el Presupuesto General del Estado.

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El tema relativo al control en la administración pública y aún en el ámbito privado, es un aspecto presente en la administración de todo país, su presencia es parte fundamental para garantizar el debido desarrollo de las actividades privadas y públicas, desde empresas pequeñas hasta los órganos de más alto nivel de todo Estado. Todos los ordenamientos jurídicos de los países, y no por excepción el nuestro, mencionan diferentes organismos de control con los que cuenta el Estado, y que tienen ámbitos de competencias exclusivas y funciones especiales, sin embargo de ello no escapa la existencia de ciertas complicaciones para el ejercicio de la actividad de control por el Estado, ya se deba a falencias en cuanto a: la gran diversidad de órganos de control previstos en la Carta Magna; la verdadera necesidad de su existencia; al eficaz cumplimiento de sus actividades; la interferencia de unos respecto de otros; a la existencia de corrupción dentro de ellos; entre otros. El presente estudio a través de un análisis jurídico-critico del desarrollo de la actividad de control en general y especialmente de dos de los órganos de control previstos en la Constitución Política Ecuatoriana de 1998: Contraloría General del Estado y Comisión de Control Cívico de la Corrupción, así como del modelo adoptado en la actual Constitución Política de la República del Ecuador (2008), pretende deslumbrar un deber ser de un órgano de control, tanto a ejercerse por un órgano contralor como por un órgano anticorrupción, como la posible interferencia entre los mencionados órganos.

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Este trabajo tratará sobre el marco jurídico que rige la solución de conflictos de los contratos de concesión a partir de la expedición de la Ley de Modernización del Estado, la misma que trajo algunas innovaciones en materia de contratos administrativos. Analizaremos brevemente el proceso de modernización del Estado Ecuatoriano que avanza lentamente desde el año de 1993. Normas constitucionales, legales y reglamentarias, así como comentarios de valiosos tratadistas ecuatorianos sobre la “modernización” del estado ecuatoriano. Vamos a analizar el Contrato de Concesión desde la perspectiva doctrinal y legal, ya que es el contrato que más ha sido utilizado por el Estado ecuatoriano en los procesos de modernización, para la prestación de servicios públicos. En el desarrollo de este trabajo no se analizará el proceso de concesiones en materia petrolera, minera, telefónica o de cualquier otra índole de una manera específica. No es el objetivo de este trabajo entrar en detalle sobre éstas materias complejas, sujetas a un régimen jurídico propio. En cuanto a los conflictos que se han presentado, hay que analizar cuáles son los mecanismos de solución de controversias previstos en la legislación nacional, que generalmente han sido jurisdiccionales, existiendo una serie de cambios de la competencia para conocer de estos procesos entre las Cortes Superiores y los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo. Finalmente, existe una reciente práctica para la solución no jurisdiccional de los conflictos de estos contratos, donde podemos destacar a la Mediación y a Arbitraje, que tienen su base normativa tanto en la Constitución como en la Ley especial de la materia, por lo que este trabajo analizará también la aplicabilidad de estos procedimientos para la solución de conflictos.

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El derecho a la educación parte del reconocimiento de que el saber sistemático es más que una importante herencia cultural, pues es también un medio de apertura, que brinda al individuo una clave de autoconstrucción y un reconocimiento de sus capacidades, sin ningún tipo de discriminación. En razón de esto, encontramos el principio incluido en el art. 4, inciso II de la Constitución Federal Brasileña, donde se genera el sistema de protección de los intereses de la población negra, adoptándose el criterio de cinco categorías de color establecido por el Instituto Brasileño de Geografía y Estadística – IBGE. En este contexto se da la implementación del sistema de cuotas en beneficio de los afrodescendientes en Brasil, donde se busca el acceso real de los estudiantes afros a la universidad, así como la permanencia y sustentabilidad de los estudiantes en los programas académicos.

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El objetivo principal de este trabajo de tesis es determinar si ciertas instituciones en Bolivia son funcionales para propiciar una mayor participación del estado en la economía. Para ello se divide el trabajo en dos partes, una referida a los elementos necesarios para comprender como es que el estado participa en la economía; y otra, referida a la participación del estado boliviano en la economía, con énfasis en lo ocurrido desde el año 1985. Con la primera parte del trabajo se busca un debate entre ciertos autores sobre cual debe ser el rol del estado en la economía, para ello se siguen dos pasos previos; primero se repasa como puede ser la participación del estado en la economía. Para ello se toma a la constitución económica como eje orientador del rol del estado en la economía – aunque, se advierte que la realidad de los hechos en la investigación demuestra que esta no siempre puede ejercer esa función. Por ello, se continúa esta primera sección con una reflexión – desde el trabajo de determinados autores – sobre la relación que puede existir entre sistema jurídico y desarrollo económico. La segunda sección de esta primera parte, es un estudio de las instituciones como herramientas para propiciar la participación del estado en la economía, este repaso tiene orientación neo institucional, pues la misma tiene una visión más cercana al desarrollo de un país con base en sus propios rasgos culturales, históricos y políticos. Ya en la tercera y cuarta sección se entra al debate sobre el rol que debería tener el estado en al economía, para ello se analizan autores con posiciones encontrados y se respalda cada una de estas posiciones con el repaso de casos concretos como el de los países del este asiático. El segundo capítulo es un estudio del caso boliviano. En la primera sección se analiza la relación existente entre sistema jurídico, desarrollo económico, y participación estatal en la economía hasta el año 1985. La segunda sección repasa el proceso de transición económica e institucional en Bolivia y el rol que jugo el estado en todo este proceso. En la tercera sección se repasa el nuevo rol del estado en Bolivia desde el año 1985, así como el papel que jugaron ciertas instituciones en la formación de este nuevo orden. Se cierra el capítulo con una brevísima descripción del plan de gobierno del actual presidente boliviano Evo Morales, el cual implica dar al estado una mayor participación en la economía.

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Trata de la justicia como un derecho, se enfoca en la crisis de la justicia ecuatoriana, analizando la relación entre justicia y el nuevo marco constitucional del 2008, su adecuación, la normativa secundaria a la misma y los proyectos de ley presentados. analiza la institucionalidad que se establece a partir de la nueva Carta Magna. Análiza las políticas públicas de justicia desarrolladas en el año 2009, tomando como referentes: el Plan Nacional de Desarrollo, los programas institucionales específicos, el presupuesto y algunos de los ejes del proceso de modernización de la justicia. Detalla los ejes del proceso de modernización y la independencia judicial. Da a conocer los casos de sentencias por violaciones a los derechos humanos en el 2009.

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El objetivo principal del presente trabajo es determinar si ciertas instituciones en Bolivia propician una mayor participación del Estado en la economía. El estudio considera la actual coyuntura política y, sobre todo, determinados hechos históricos que ayudan a entender los rasgos políticos y sociales propios del país. La primera parte de la investigación, referida a los elementos necesarios para comprender el rol del Estado en la economía, busca elementos presentes en el debate sobre el tema, y analiza casos concretos, como los de los países del Este asiático. Para ello, previamente discute la relación Estado, derecho, economía y desarrollo institucional. La segunda parte estudia el caso boliviano en cuatro momentos históricos clave para la configuración de la participación estatal en la economía: la Guerra Civil de 1889, la Revolución de 1952, la crisis de 1980 y la coyuntura actual, a partir del año 2000. El análisis toma en cuenta la configuración de burguesías nacionales en cada una de esas coyunturas y sus políticas económicas.

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Aunque ha existido un notable crecimiento del comercio en la Comunidad Andina, la integración se encuentra en una fase imperfecta de unión aduanera. No existe una verdadera solidaridad subregional, ya que cada Estado mantiene su posición en cuanto a la política exterior. Esta visión estatalista se contrapone a la integracionista. La falta de voluntad política es también la causa de una ausencia de efectividad de la Comunidad, cuya consecuencia es la responsabilidad de los países sobre la base de la protección de los derechos de los particulares que se encuentren vulnerados, por cuanto ellos son los principales destinatarios del proyecto integracionista. Por ello, cabe derivar un derecho de reparación por los daños que provoque el incumplimiento de las disposiciones comunitarias.

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Este artículo busca generar debate académico sobre la naturaleza jurídica de los pronunciamientos del Procurador General del Estado en el Ecuador, y determinar si se trata de un acto normativo, de un acto administrativo, de un acto de simple administración, de un acto complejo o de un acto de naturaleza sui géneris, asunto que nos permitirá establecer a su vez la o las vías de impugnación de estos pronunciamientos, sean estas acciones constitucionales como de inconstitucionalidad de acto normativo, de acto administrativo o de amparo, o las acciones contencioso administrativas objetiva o de anulación, o subjetiva o de plena jurisdicción.