999 resultados para Política legislativa penal


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Neste exercício são discutidas formas de empreender mudanças em políticas públicas, focando especialmente no estudo da política prisional brasileira. O que é central no debate proposto é a viabilidade da inserção de audiência a ser realizada imediatamente após a prisão de um indivíduo, a audiência de custódia, que possibilitará o encontro entre a pessoa presa e o juiz. O ator promotor da mudança, o Instituto de Defesa do Direito de Defesa – IDDD apregoa como resultado mecanismos de prevenção e combate à tortura e um efetivo controle judicial da detenção. Subsequente a esse argumento, o Instituto é enquadrado como figura influente no papel de grupo de pressão pela mudança na política pública prisional por meio da defesa da audiência de custódia.

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Podría afirmarse que en los últimos años prácticamente todas las propuestas de reforma penal que han salido del despacho de un ministro de justicia se han centrado en el endurecimiento de la ley. Habiendo alcanzado ya los límites de la cadena perpetua, podría pensarse que esta dinámica puede estar llegando al final de un callejón que en la actualidad no tiene salida conocida para nuestros gobernantes. Sin embargo, aún queda recorrido en la línea actual: prisión perpetua no revisable, medidas de seguridad postdelictuales, penas infamantes, penas corporales, etc., y, además, la evolución de la política criminal comparada nos proporciona ejemplos de otros ámbitos a los que acudir para buscar nuevas formas de punición. A pesar de ello, la doctrina penal y criminológica no ha sido capaz de ofrecer alternativas convincentes para el poder político en esta reciente era punitivista que culmina con la reinstauración expresa de la cadena perpetua, lo que indica que tal vez haya que afrontar el futuro con una estrategia diferente. En el ámbito académico y profesional relacionados con la política criminal, ya se empiezan a ver indicios de esta nueva estrategia, como el papel jugado recientemente por algunos de ellos como grupo de presión experto. A mi juicio, a estas labores de presión externa han de añadirse otras que incidan, no solo en los contenidos de la política criminal, algo fundamental, sino también en el continente. En tal línea se enmarca este trabajo, en el que pretendo discutir en parte cómo se aborda la política criminal en nuestro país pero, sobre todo, cómo podría hacerse de una forma que, previsiblemente, pudiera dar unos resultados mejores. Mi objetivo es llegar en ello a cierto nivel de detalle, proponiendo quién debería hacerlo, cuándo y de qué manera. Defenderé la idoneidad que, en mi opinión, tienen los conocimientos relacionados con la evaluación para la mejora de la política criminal. Resulta cada vez más evidente que los aspectos jurídicos de la política criminal pueden beneficiarse profundamente de otros conocimientos y no es casualidad que, en nuestro país, algunos de los académicos interesados en esta materia hayan dado firmes pasos para adentrarse en disciplinas más o menos alejadas del Derecho, como la Economía, la Criminología o la Ciencia Política. Efectivamente, el estudio de las decisiones públicas que rigen la creación de políticas penales requiere de una aproximación holística, única forma de comprender las dinámicas que las condicionan. Se puede optar por atender aspectos específicos, como el estudio de los actores que participan en las políticas, por ejemplo, pero sin el conocimiento de otras fases previas y posteriores o de las competencias de los diferentes órganos e instituciones públicas que participan en el proceso, difícilmente se podrán interpretar correctamente los hallazgos. Este trabajo pretende contribuir a completar un mapa que nos permita a entender y manejar mejor las dinámicas que gobiernan la política criminal española, para lo cual propondré reformas específicas gracias a las cuales las instituciones de nuestro país estarían, creo, en una mejor posición para afrontar los retos de naturaleza criminal.

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La tesis trata sobre la justificación del mandato de impedir determinados delitos contenido en el artículo 450.1 del CP español. Para ello se utiliza una perspectiva de filosofía política. Se propone una justificación general en términos de justicia política para el derecho penal y una teoría especial para la justificación e interpretación del mandato de impedir determinados delitos: la teoría del rescate.

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La presente investigación diagnóstica busca analizar el papel de las sanciones implementadas por el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) a la luz de la justicia restaurativa. A partir de la revisión bibliográfica sobre justicia restaurativa y su relación con la justicia juvenil, lo establecido en el Código de Infancia y Adolescencia (ley 1098 de 2006) y el CONPES 3629 que plantea las disposiciones de política del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, y finalmente, del trabajo de campo realizado con adolescentes privados de la libertad, más una entrevista realizada a un experto, se describe y explica que tanto las sanciones se acercan al paradigma de la justicia restaurativa, la cual se fija en dicho código como una de las finalidades del sistema alternativo para adolescentes. Finalmente, se hacen algunas recomendaciones para la solución de las fallas encontradas en este aspecto del SRPA.

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The neoconstitutionalism led to a process of ethical revaluation of the normative systems and the process of constitutionalization of the many fields of law. This study examines the consequences of this process in criminal law, so important a Law field for the protection of the most valuable assets by the society, including the fundamental guarantees, thus emphasizing the necessity of protection of the collective and individual rights, which are guided by the observance of the defendants individual rights in the course of criminal proceedings and the search for the best efficiency of penal protection, according to the corollaries of defense against the state (prohibition of the excess or Übermassverbot) and the provision of rights by the state (prohibition of insufficient protection or Untermassverbot). The offense of fuel adulteration is taken as an object of study, since it is a vital market to a nation dependent of people and good s movement for their living, driven by fossil and biofuels. Such a crime affects essential legal interests to the development of society, interests such as the environment, consumer relations and economic order, particularly the principle of free competition. This paper seeks to analyze the need of a greater efficiency of this particular criminal protection, once concluded the conduct harm and social fear as a consequence by it as growing, and therefore having its former crime type, engraved in Article 1 of Law No. 8.176/1991, rewritten in compliance with the criminal law s principle of legality. Thus, the reformation proposals and legislative creation involving this crime were observed, with emphasis on the bill No. 2498/2003, which keeps it as blank heterogeneous criminal norm, kind of penal normative whose constitutionality is raised, including the forethought of criminal responsibility in the perpetrating of the offense as culpable and subsequently increasing the applicable minimum penalty, as well as the inclusion of new activities in the typical nucleus

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O presente estudo insere-se no campo de pesquisa relativo à integração e inclusão escolar da etnia cigana no sistema de ensino português num contexto de política legislativa e educação inclusiva e intercultural. Pretendemos identificar o conhecimento dos docentes sobre educação inclusiva e intercultural, quais as práticas pedagógicas interculturais desenvolvidas com alunos de etnia cigana e compreender se as dificuldades linguísticas destes alunos são avaliadas num contexto de educação inclusiva e intercultural. Tivemos, similarmente, como intuito auscultar a existência de estereótipos dos docentes, relativos aos alunos de etnia e cultura ciganas, e sua influência na inclusão escolar e no processo de aprendizagem da linguagem portuguesa.

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La utilització dels mitjans alternatius de resolució de conflictes (ADR) en l'àmbit de les reclamacions de consum té un marc legal específic a Espanya -i també a la UE- des del 1993, que deriva de les seves característiques especials. Algunes són d'encuny exclusivament jurídic: es tracta de reclamacions en què el marc legal aplicable és el denominat dret de consum; d'altres tenen un suport bàsicament fàctic: solen tenir poca entitat econòmica, és a dir, entren en la categoria del que denominem small claims, i el fet que les reclamacions -en alguns casos que van en augment- siguin transfrontereres condiciona l'opció entre jurisdicció tradicional i ADR, com també tindrem ocasió d'analitzar. Cal afegir a aquests elements jurídics i fàctics un element important de política legislativa en un àmbit de la UE: els ADR s'entenen com un instrument bàsic per a garantir l'accés dels consumidors a la justícia, però alhora, en l'àmbit del comerç electrònic, són un element de gran transcendència en la creació de la denominada confiança electrònica o e-confidence. Per aquest motiu, s'exploren contínuament proces- sos de resolució en línia de conflictes (on-line dispute resolution, ODR). Els ODR pretenen la màxima eficàcia oferint un suport tècnic capaç de solucionar una controvèrsia amb la intervenció d'un tercer o sense, i dins o fora de l'organització de l'empresari. D'aquesta manera, s'usa un mateix expedient tècnic per a posar en marxa successivament més d'un ADR, o es potencien els mecanismes automàtics que prescindeixen dels conceptes jurídics i, en mig de l'exploració constant, Espanya aposta per l'arbitratge electrònic de consum en el RD 236/2008. A aquests temes ens referirem a continuació.

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La utilización de ADR en el ámbito de las reclamaciones de consumo tiene un marco legal específico en España -y también en la UE- desde 1993, que deriva de sus características especiales. Algunas son de cuño exclusivamente jurídico: se trata de reclamaciones en las que el marco legal aplicable es el denominado derecho de consumo; otras poseen un soporte básicamente fáctico: suelen tener poca entidad económica, es decir, entran en la categoría de lo que denominamos small claims, y el hecho de que las reclamaciones -en algunos supuestos que van en aumento- sean transfronterizas condiciona la opción entre jurisdicción tradicional y ADR, como también tendremos ocasión de analizar. Hay que añadir a estos elementos jurídicos y fácticos un elemento importante de política legislativa en un ámbito de la UE; los ADR se entienden como un instrumento básico para garantizar el acceso de los consumidores a la justicia, pero al mismo tiempo, en el ámbito del comercio electrónico, son un ele- mento de gran trascendencia en la creación de la denominada e-confidence. Por este motivo, se explo- ran continuamente formas de ODR (On-line Dispute Resolution). Los ODR pretenden la mayor eficacia ofreciendo un soporte técnico capaz de solucionar una controversia con o sin la intervención de un tercero, y dentro o fuera de la organización del empresario. De este modo, se usa un mismo expediente técnico para poner en marcha sucesivamente más de un ADR, o se potencian los mecanismos automáticos que prescinden de los conceptos jurídicos y, en medio de la exploración constante, España apuesta por el arbitraje electrónico de consumo en el RD 236/2008. A estos temas vamos a referirnos a continuación.

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La Ley General Tributaria de 2003 incorporó una cláusula general antielusiva que sustituye a lo que en la normativa precedente se llamaba 'fraude de ley'. El propósito de este artículo es entender la dificultad que supone cohonestar seguridad y justicia en el orden tributario, para apuntar varias líneas de política legislativa que contribuirían a mejorar el equilibrio entre ambos principios en el seno del sistema.

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La utilización de ADR en el ámbito de las reclamaciones de consumo tiene un marco legal específico en España ¿y también en la UE? desde 1993, que deriva de sus características especiales. Algunas son de cuño exclusivamente jurídico: se trata de reclamaciones en las que el marco legal aplicable es el denominado derecho de consumo; otras poseen un soporte básicamente fáctico: suelen tener poca entidad económica, es decir, entran en la categoría de lo que denominamos small claims, y el hecho de que las reclamaciones ¿en algunos supuestos que van en aumento? sean transfronterizas condiciona la opción entre jurisdicción tradicional y ADR, como también tendremos ocasión de analizar. Hay que añadir a estos elementos jurídicos y fácticos un elemento importante de política legislativa en un ámbito de la UE; los ADR se entienden como un instrumento básico para garantizar el acceso de los consumidores a la justicia, pero al mismo tiempo, en el ámbito del comercio electrónico, son un elemento de gran trascendencia en la creación de la denominada e-confidence. Por este motivo, se exploran continuamente formas de ODR (On-line Dispute Resolution). Los ODR pretenden la mayor eficacia ofreciendo un soporte técnico capaz de solucionar una controversia con o sin la intervención de un tercero, y dentro o fuera de la organización del empresario. De este modo, se usa un mismo expediente técnico para poner en marcha sucesivamente más de un ADR, o se potencian los mecanismos automáticos que prescinden de los conceptos jurídicos y, en medio de la exploración constante, España apuesta por el arbitraje electrónico de consumo en el RD 236/2008. A estos temas vamos a referirnos a continuación

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Uno de los fenómenos que se ha vinculado a la sociedad actual es el terrorismo, elemento de entidad histórica en nuestro país. La lucha contra este fenómeno, en sus diferentes formas, social, política, legislativa, es un ejemplo de laboratorio