780 resultados para Determinación del derecho
Resumo:
Luis de León es una de las figuras más importantes de la llamada Escolástica salmantina. En su obra, que marca el culmen de la escuela agustina del siglo XVI, se reúnen los más diversos oficios (jurista, prosista, teólogo, poeta, etc.) y las más distintas tradiciones de pensamiento (tomismo, nominalismo, humanismo, etc.). Su trabajo como teórico del derecho, que es el que aquí se procura destacar, se ha visto ensombrecido, aparentemente, por su renombre como literato y místico. Esto, sin embargo, no significa que su reflexión iusfilosófica sea de poca entidad. Todo lo contrario, las ideas jurídicas del pensador español representan una de las piezas más importantes de la Escuela teológica de Salamanca
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Luis de León es una de las figuras más importantes de la llamada Escolástica salmantina. En su obra, que marca el culmen de la escuela agustina del siglo XVI, se reúnen los más diversos oficios (jurista, prosista, teólogo, poeta, etc.) y las más distintas tradiciones de pensamiento (tomismo, nominalismo, humanismo, etc.). Su trabajo como teórico del derecho, que es el que aquí se procura destacar, se ha visto ensombrecido, aparentemente, por su renombre como literato y místico. Esto, sin embargo, no significa que su reflexión iusfilosófica sea de poca entidad. Todo lo contrario, las ideas jurídicas del pensador español representan una de las piezas más importantes de la Escuela teológica de Salamanca
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Luis de León es una de las figuras más importantes de la llamada Escolástica salmantina. En su obra, que marca el culmen de la escuela agustina del siglo XVI, se reúnen los más diversos oficios (jurista, prosista, teólogo, poeta, etc.) y las más distintas tradiciones de pensamiento (tomismo, nominalismo, humanismo, etc.). Su trabajo como teórico del derecho, que es el que aquí se procura destacar, se ha visto ensombrecido, aparentemente, por su renombre como literato y místico. Esto, sin embargo, no significa que su reflexión iusfilosófica sea de poca entidad. Todo lo contrario, las ideas jurídicas del pensador español representan una de las piezas más importantes de la Escuela teológica de Salamanca
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Luis de León es una de las figuras más importantes de la llamada Escolástica salmantina. En su obra, que marca el culmen de la escuela agustina del siglo XVI, se reúnen los más diversos oficios (jurista, prosista, teólogo, poeta, etc.) y las más distintas tradiciones de pensamiento (tomismo, nominalismo, humanismo, etc.). Su trabajo como teórico del derecho, que es el que aquí se procura destacar, se ha visto ensombrecido, aparentemente, por su renombre como literato y místico. Esto, sin embargo, no significa que su reflexión iusfilosófica sea de poca entidad. Todo lo contrario, las ideas jurídicas del pensador español representan una de las piezas más importantes de la Escuela teológica de Salamanca
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UANL
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UANL
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No obstante la existencia de un instrumento convencional en la materia, el derecho del mar en general, y lo relativo a la explotación de minerales en la Zona, se encuentra aún en una fase de puesta en práctica y de definición fina de los derechos y obligaciones de los Estados. Uno de los ejemplos que se ha hecho patente es lo relativo a las obligaciones de aquellos Estados que patrocinan a particulares a fin de llevar actividades de exploración y explotación de los recursos de la Zona. Esta cuestión fue remitida en 2010 por la Autoridad Internacional de Fondos Marinos al Tribunal Internacional de Derecho del Mar a fin de que este la dilucidara. La Opinión Consultiva que emitió el Tribunal presenta conclusiones de particular relevancia en materia de la determinación de un vínculo efectivo entre las personas jurídicas y los Estados que las patrocinan. Esta cuestión, que juega un papel determinante a fin de lograr una eficaz protección del medio marino en el marco del mecanismo de patrocinio para la exploración y explotación de los recursos en la Zona, conlleva importantes consecuencias para las actividades en áreas reservadas.
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La relación existente entre los derechos humanos y el derecho omc plantea una serie de interrogantes de compleja solución. Específicamente, en lo que concierne al derecho a la salud, se aprecia una serie de circunstancias que podrían desencadenar potenciales conflictos con los valores propios del sistema multilateral de comercio. En este sentido, se observa con preocupación la incidencia que puede tener la protección de las patentes farmacéuticas sobre el acceso a los medicamentos. Considerando que existe una estrecha relación entre el acceso a los medicamentos y la plena realización del derecho a la salud, se vislumbra la necesidad de determinar el carácter justiciable de la obligación de velar por el derecho a la salud, contenida en distintos tratados de derechos humanos, conjuntamente con el análisis de la relación existente entre ambos sistemas. La determinación de estos aspectos será vital para establecer con mayor claridad el papel que están llamados a desempeñar los derechos humanos en el ámbito de la omc, así como la posibilidad de incorporar por esta vía una interpretación más favorable al derecho a la salud.
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Los principios del Derecho del Trabajo constituyen el ADN de esta disciplina jurídica y la clave para resolver los problemas de interpretación y aplicación de las normas en materia laboral. Este libro tiene por objeto identificar, en los rangos constitucional y legal, esos fundamentos sobre los cuales descansa la rama del Derecho que regula la relación capital-trabajo, y determinar la naturaleza jurídica, el alcance y las aplicaciones de cada uno, para dar al lector un panorama completo sobre el tema. La Constitución Política de 1991 elevó a rango constitucional un elenco de principios que, a pesar de parecer reiterativos de los estipulados en el Código Sustantivo del Trabajo de 1950, han dado lugar al desarrollo de la jurisprudencia constitucional y han permitido actualizar las instituciones jurídico-laborales clásicas para acercarlas al modelo constitucional del Estado Social de Derecho.
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Este libro es un estudio completo y riguroso de la Ley española de protección del derecho al honor, a la intimidad personal e imagen, en la que se contienen, tanto reflexiones teóricas, como, sobre todo, una sistematización crítica de los conceptos jurisprudenciales en torno a la aplicación de la misma, los cuales son extrapolables a otros derechos, como el colombiano. Se abordan temas como el concepto de derecho al honor, la determinación de su titular (si puede serlo la persona jurídica) y los conflictos entre dicho derecho fundamental de la personalidad y las libertades de información y expresión, prestándose especial atención al deber de veracidad y a la doctrina del reportaje neutral.
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Se exponen las bases teórico-metodológicas para una construcción integral del derecho a la salud y el avance de su justiciabilidad, incorporando una explicación de la importancia de tres elementos claves: a) el principio interpretativo de la determinación social de la salud; b) la perspectiva del derecho a la salud como proceso complejo, individual y colectivo, que abarca mucho más que el acceso a prestaciones individuales; y, a la luz de los dos anteriores, c) la necesidad de transformar la noción de bioética, hacia una ética de la salud.
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Los estados financieros que preparan las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad al cierre de un ejercicio económico se elaboran considerando las normas contables nacionales e internacionales, resoluciones y circulares de la Superintendencia de Compañías con la finalidad de presentar estados financieros bajo principios de contabilidad generalmente aceptados, sin embargo, dentro del ámbito tributario se establece que la supremacía de las leyes tributarias, prevalecerán sobre toda otra norma de leyes generales. En consecuencia, no son aplicables las leyes que se contravengan a las disposiciones tributarias, razón por la cual los aspectos contables y tributarios difieren en su aplicación en la determinación del impuesto a la renta. Por consiguiente, es importante analizar los efectos tributarios que se generan por la aplicación adecuada de los principios contables que difieren de los parámetros y normas tributarias en la preparación de los estados financieros y la determinación del impuesto a la renta ya sea como gastos no deducibles o ingresos exentos. Por lo tanto, dentro del desarrollo de esta investigación se identificará que gastos se generan por la aplicación de las normas contables y a su vez se constituyan en gastos no deducibles, así también ingresos los cuales puedan ser considerados como ingresos exentos, tomando en cuenta que estas situaciones no se establecen dentro del marco tributario para determinación del impuesto a la renta. El estudio del efecto de la aplicación de normas contables y tributarias en la preparación de estados financieros proporciona una base para la presentación razonable de los mismos y la adecuada determinación del impuesto a la renta, por consiguiente los profesionales del área contable y tributaria podrán contar con una base para la aplicación de normas contables y su posterior efecto en el impuesto a la renta.
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La presente Tesis, analiza como objetivo fundamental, la determinación de existencia de un derecho transnacional que supere las fronteras nacionales e internacionales, para ello pretende efectuar una distinción entre la antigua lex mercatoria medieval y la moderna lex mercatoria, utilizando la puntualización de sus características transnacionales, que forman parte del desarrollo en la historia del andamiaje jurídico, del variado y disperso Derecho Mercantil Internacional. El presente trabajo establece los principios en juego de las negociaciones comerciales internacionales, éstos contienen normas de derecho generales y de origen consuetudinario, se estudia el conjunto de usos y costumbres que se implementaron en la Edad Media, mismos que regían los actos de comercio, configurando la institución jurídica denominada “Lex Mercatoria”. Se investiga si la lex mercatoria, constituye una categoría jurídica a la par de las normas promulgadas por un órgano competente, si es un ordenamiento jurídico autónomo o la subordinación de ordenamientos jurídicos preexistentes, se efectúa un enfoque desde varias perspectivas, utilizando argumentos a favor y en contra, respecto al ámbito de válidez de la lex mercatoria. Un grupo de autores consideran a la “lex mercatoria” como nuevo derecho creado por particulares, para regir relaciones de Derecho Privado, otros la razonan, como una herramienta jurídica de apoyo a las legislaciones nacionales, para lo que se analizan las relaciones comerciales y convenios internacionales, basándonos en instrumentos definitivos por organizaciones internacionales. En conclusión la lex mercatoria, es una herramienta jurídica, que permite, por medio de las negociaciones transnacionales, el desarrollo de un derecho uniforme del comercio internacional, soporte de las legislaciones nacionales, sin descartar, que es un tercer derecho en estado de formación, que se vislumbra terminará de constituirse gracias al progreso de las relaciones económicos transnacionales.
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Este ejercicio de repensar el derecho humano a la salud en clave transformadora tiene como propósito avanzar en la definición de un lenguaje del derecho que no sólo resulte políticamente correcto, sino que posibilite el desarrollo de acciones judiciales, legislativas y políticas (sociales, económicas, culturales y ambientales) en torno a la salud también políticamente correctas. El enfoque basado en los derechos humanos tiene como basamento el Derecho Internacional de los Derechos Humanos constituido en marco referencial de la promoción, prevención y protección de los derechos. Los instrumentos internacionales universales y regionales vinculantes y no vinculantes, la jurisprudencia y la doctrina hacen parte de esta matriz referencial globalizada y legitimada. La teoría crítica de los derechos humanos, uno de los referentes teóricos de este trabajo de investigación, cuestiona no sólo el carácter abstracto de las normas también el sistema de valores en que se basa su desarrollo. La idea de definir y desarrollar el derecho humano a la salud en términos más reales, más “humanos” y comprometidos con la opción transformadora de realidades sociales constitutivas de la violación sistemática de este derecho hace parte del propósito de la tesis. El marco conceptual que aquí se propone tiene en el enfoque de la determinación social de la salud, desarrollado por la corriente crontrahegemónica latinoamericana de Salud Colectiva y la Epidemiología Crítica, otro referente clave para el desarrollo del derecho humano a la salud ya no sólo como un derecho social fundamental, también como un derecho socialmente determinado. Ello implica que el derecho de acceso a bienes, servicios y sistemas de salud supone también el acceso a condiciones de vida humana y natural saludable. La determinación social en clave interpretativa del derecho humano a la salud explica el poder determinante individual en relación con el poder determinante colectivo de la salud en varias dimensiones que dan cuenta de la interacción que hay entre las condiciones biológicas, los estilos de vida, las condiciones y modos sociales y, los procesos generales sociales y productivos que impactan la vida y la salud de las personas y de la naturaleza también. En otras palabras, impactan las condiciones en que se ejerce el derecho humano a la salud. La extensión del contenido y alcance en relación con las obligaciones del derecho, con base en el enfoque de la determinación social de la salud, se constituye además en oportunidad para el desarrollo de marcos más efectivos en prevenir, garantizar, respetar y proteger el derecho humano a la salud. La metodología de la investigación es de carácter cualitativo con apoyo en fuentes documentales, referencia bibliográfica, instrumentos internacionales de derechos humanos y marco constitucional venezolano, doctrina y jurisprudencia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
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El presupuesto referencial dentro de la contratación pública en el Ecuador, ha sido un elemento que sirve para seleccionar el proceso de contratación a seguir, un requisito que se exige al momento de elaborar el Plan Anual de Contratación y una exigencia al momento de solicitar la certificación presupuestaria, que contenga los fondos necesarios para llevar a cabo una contratación. En la Subasta Inversa Electrónica, el presupuesto referencial se lo fija sin un criterio homologado entre entidades contratantes, mientras que en los convenios marco que se desarrollan para la provisión de bienes en el Catálogo Electrónico, el SERCOP lleva un proceso que no permite garantizar que los valores de los bienes ofertados que deben ser adquiridos con el carácter de obligatorios por las entidades contratantes, sean los mejores del mercado. La efectiva o errónea determinación del presupuesto referencial en los procesos de contratación y la inteligencia en las compras públicas, provoca una afectación en el gasto público, evidenciándose que las políticas que contiene el Plan Nacional de Desarrollo y los lineamientos que la cartera de Estado encargada de las Finanzas expide para efectuar los gastos, son fastuosos postulados muy bien fundamentados, pero que difícilmente son entendidos y puestos en práctica. El presupuesto referencial es un factor trascendental para el cumplimiento de los objetivos de todo Gobierno, ya que permite pasar de lo planificado a lo realizado, por esto es necesario analizar sus componentes, su naturaleza y su importancia para la Administración, a fin de poder determinar su posicionamiento real dentro las compras públicas y su estrecha relación con el gasto público.