6 resultados para Derecho canónico-Enseñanza
em Scielo Saúde Pública - SP
Resumo:
La redacción del primer Código de Derecho Canónico que tuvo la Iglesia latina fue ordenada por el Papa san Pío X en 1904. La tarea codificadora, empero, no fue obra de un grupo cerrado de expertos, sino que tuvo en cuenta el parecer del episcopado latino, el que fue consultado en dos momentos diferentes y en ambos fueron consultados los obispos de las provincias eclesiásticas de Brasil. En este trabajo se estudia, a partir de la documentación guardada en el Archivo Secreto Vaticano, el aporte de los obispos de las provincias eclesiásticas de Brasil en el primero de dichos momentos.
Resumo:
Se propuso modificar las creencias y conductas de los niños con respecto al manejo del agua de consumo, utilizando una experiencia de enseñanza-aprendizaje, con mostración al microscopio del agua contaminada. Se administró una pre-encuesta estructurada y una post-encuesta (resolución de problemas) a 63 niños (28 varones y 35 mujeres) de sexto y séptimo grado de la escuela primaria. Estos niños provenían, en su totalidad, de una población marginal del norte del Gran Buenos Aires, Argentina. El promedio de edad fue 12 años 8 meses y el ED = 1 año 1 mes. Cada conducta adecuada fue evaluada con un punto: higiene y protección de los recipientes de recolección y almacenamiento, tratamiento del agua (hervido o clorado) y periodo de conservación y cada creencia óptima, dos puntos (evitar la contaminación que produce enfermedad). Se determinó el número de alumnos que modificaron sus conductas y creencias en la post-encuesta y se halló si era significativa la diferencia por la prueba de Chi cuadrado (X²). Se comprobó que los niños, en general, no mejoraron sus conductas y creencias. Se mantuvieron las conductas adecuadas de lavado; no se modificaron las de protección del recipiente en la recolección del agua y se mantuvieron comportamientos inadecuados en el almacenamiento. Sólo se adquirieron conductas correctas en el tratamiento, a través del hervido y más específicamente del clorado (P < 0,01). Las creencias no se modificaron. El 30% de alumnos señaló todos los pasos correctos en el manejo del agua y el 18% sólo le faltó señalar la protección del envase en la post-encuesta. En próximas acciones educativas se deberá reforzar las conductas adecuadas de lavabo y clorado y revertir las erróneas del periodo de conservación y el momento de clorado y a su vez, sustentar estos procedimientos correctos con sólidos conocimientos de los procesos de contaminación, haciéndolos extensivos a otros aspectos del saneamiento básico.
Resumo:
Este artículo presenta, en primer lugar, un recorrido por las ideas infantiles sobre el derecho a la intimidad realizado en nuestras investigaciones. En segundo lugar, muestra un rastreo bibliográfico de investigaciones que ponen de relieve el tratamiento institucional que tienen las escuelas sobre los derechos infantiles, con la finalidad de comenzar a definir, de manera general, el contexto en el que los niños construyen conocimiento. En tercer lugar, se presentan las primeras categorías surgidas del análisis de las observaciones. Las mismas poseen la riqueza, a diferencia de las elaboradas en las investigaciones de las que se pasa revista, de haberse realizado con el objetivo específico de relevar las acciones institucionales que se dirigen y tienen como objeto la intimidad de los alumnos, ya sea para considerarla o vulnerarla. Por último, se realiza un análisis que comienza a vincular, de manera provisoria, las producciones cognoscitivas infantiles con las condiciones sociales en las que se originan. Esto último se realiza triangulando la evidencia empírica surgida de ambas técnicas de obtención de datos empíricos.
Resumo:
Este artículo aborda los resultados de una investigación sobre las regulaciones del trabajo de enseñar en Argentina. Utilizando herramientas conceptuales provenientes del análisis político del discurso, analizaré algunos de los principales elementos de la discursividad oficial en el período 2003-2013. Plantearé que ellos se articularon en torno a la equivalencia discursiva igualdad-inclusión educativa, configurando dos cadenas de significantes emparentadas. Una de ellas asoció la igualdad y la inclusión educativas a la afirmación de la educación como derecho social, la principalidad estatal, la restitución de lo común y la consideración de la diversidad; la otra enlazó la igualdad y la inclusión educativas a la idea de centralidad de la enseñanza, el trabajo con situaciones de "desigualdad educativa" -tales como la sobreedad y la repitencia- y de "vulnerabilidad social", y la promoción de modos organizacionales alternativos.
Resumo:
Los problemas que el gran desarrollo de la información digital e Internet están provocando al derecho de autor se están intentando solucionar a través de tres vías: legislativa, tecnológica y contractual. La protección proporcionada a las obras con derecho de autor mediante medidas tecnológicas complementa a las condiciones de uso establecidas en las licencias y, además, ambos tipos de protección están respaldados por las nuevas leyes surgidas para adaptarse al nuevo contexto tecnológico. Como resultado de esta triple protección se están poniendo en grave peligro las excepciones y limitaciones a los derechos de autor reconocidas por las leyes de derecho de autor para beneficiar a las bibliotecas, sus usuarios y los ciudadanos en general, dando lugar a una fuerte y peligrosa privatización del acceso a la información.