9 resultados para Sujeto de Derecho

em Memoria Académica - FaHCE, UNLP - Argentina


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El campesinado en la Grecia antigua sufrió transformaciones en su estatus impositivo, desde una ausencia total de tributos en su perjuicio hasta el padecimiento de onerosas cargas fiscales. En ambos extremos de un mismo y único proceso se verifica un idéntico fenómeno, esto es, la incorporación del campesinado antiguo a la comunidad política, como miembro pleno con todos los derechos. El modelo de organización y participación política del campesinado rehúye las categorías sociológicas de sociedad primitiva, sociedad campesina o sociedad industrial. El objetivo del presente trabajo consiste en proponer una mirada de este sujeto que contemple su especificidad política, social y económica, desde una perspectiva cultural

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El campesinado en la Grecia antigua sufrió transformaciones en su estatus impositivo, desde una ausencia total de tributos en su perjuicio hasta el padecimiento de onerosas cargas fiscales. En ambos extremos de un mismo y único proceso se verifica un idéntico fenómeno, esto es, la incorporación del campesinado antiguo a la comunidad política, como miembro pleno con todos los derechos. El modelo de organización y participación política del campesinado rehúye las categorías sociológicas de sociedad primitiva, sociedad campesina o sociedad industrial. El objetivo del presente trabajo consiste en proponer una mirada de este sujeto que contemple su especificidad política, social y económica, desde una perspectiva cultural

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El campesinado en la Grecia antigua sufrió transformaciones en su estatus impositivo, desde una ausencia total de tributos en su perjuicio hasta el padecimiento de onerosas cargas fiscales. En ambos extremos de un mismo y único proceso se verifica un idéntico fenómeno, esto es, la incorporación del campesinado antiguo a la comunidad política, como miembro pleno con todos los derechos. El modelo de organización y participación política del campesinado rehúye las categorías sociológicas de sociedad primitiva, sociedad campesina o sociedad industrial. El objetivo del presente trabajo consiste en proponer una mirada de este sujeto que contemple su especificidad política, social y económica, desde una perspectiva cultural

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El objetivo de esta investigación es analizar las cuestiones ético-normativas relacionadas con las justificaciones de las patentes de invención. Con tal fin abordamos, por un lado, las justificaciones de tipo utilitarista, es decir, aquellas que invocan la necesidad de esta clase de derechos para el progreso social; para fomentar la creatividad y la actividad inventiva; para incentivar las inversiones en el área de Investigación y Desarrollo y para el beneficio de la humanidad, entre otras expresiones similares. Por el otro lado, examinamos las propuestas justificatorias de corte deontológico que apelan al merecimiento y al derecho natural del autor de la invención de apoderarse de los frutos de su trabajo (intelectual). Dado que las dos clases de enfoque se combinan en una única presentación -porque sus proponentes abrevan en la obra de John Locke- los analizamos en conjunto y en relación con el tema de la apropiación originaria. Esbozamos una serie de críticas a ambos enfoques -utilitaristas y deontológicos- intentando mostrar que las pretendidas justificaciones de las patentes de invención sobre el genoma humano no son consistentes y, por lo tanto, no alcanzan a cumplir su cometido. Volvemos luego sobre los textos lockeanos para proponer interpretar al genoma humano como bien común [commons]. Nuestra tesis es que haber demostrado la imposibilidad de una justificación lockeana de las patentes de invención sobre el genoma humano no implica afirmar que no sea posible obtener -a partir de las principales tesis de Locke- alguna justificación para el uso privado del genoma humano. Uno de los recursos que nos permiten justificar esta idea son los documentos jurídicos sobre el genoma humano en materia de derecho internacional, que han propuesto reforzar la noción de humanidad como sujeto de derecho y, en tanto que tal, merecedora de los beneficios obtenidos a partir de la biomedicina en general, y de los desarrollos e investigaciones sobre el genoma humano, en particular

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El objetivo de esta investigación es analizar las cuestiones ético-normativas relacionadas con las justificaciones de las patentes de invención. Con tal fin abordamos, por un lado, las justificaciones de tipo utilitarista, es decir, aquellas que invocan la necesidad de esta clase de derechos para el progreso social; para fomentar la creatividad y la actividad inventiva; para incentivar las inversiones en el área de Investigación y Desarrollo y para el beneficio de la humanidad, entre otras expresiones similares. Por el otro lado, examinamos las propuestas justificatorias de corte deontológico que apelan al merecimiento y al derecho natural del autor de la invención de apoderarse de los frutos de su trabajo (intelectual). Dado que las dos clases de enfoque se combinan en una única presentación -porque sus proponentes abrevan en la obra de John Locke- los analizamos en conjunto y en relación con el tema de la apropiación originaria. Esbozamos una serie de críticas a ambos enfoques -utilitaristas y deontológicos- intentando mostrar que las pretendidas justificaciones de las patentes de invención sobre el genoma humano no son consistentes y, por lo tanto, no alcanzan a cumplir su cometido. Volvemos luego sobre los textos lockeanos para proponer interpretar al genoma humano como bien común [commons]. Nuestra tesis es que haber demostrado la imposibilidad de una justificación lockeana de las patentes de invención sobre el genoma humano no implica afirmar que no sea posible obtener -a partir de las principales tesis de Locke- alguna justificación para el uso privado del genoma humano. Uno de los recursos que nos permiten justificar esta idea son los documentos jurídicos sobre el genoma humano en materia de derecho internacional, que han propuesto reforzar la noción de humanidad como sujeto de derecho y, en tanto que tal, merecedora de los beneficios obtenidos a partir de la biomedicina en general, y de los desarrollos e investigaciones sobre el genoma humano, en particular

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El objetivo de esta investigación es analizar las cuestiones ético-normativas relacionadas con las justificaciones de las patentes de invención. Con tal fin abordamos, por un lado, las justificaciones de tipo utilitarista, es decir, aquellas que invocan la necesidad de esta clase de derechos para el progreso social; para fomentar la creatividad y la actividad inventiva; para incentivar las inversiones en el área de Investigación y Desarrollo y para el beneficio de la humanidad, entre otras expresiones similares. Por el otro lado, examinamos las propuestas justificatorias de corte deontológico que apelan al merecimiento y al derecho natural del autor de la invención de apoderarse de los frutos de su trabajo (intelectual). Dado que las dos clases de enfoque se combinan en una única presentación -porque sus proponentes abrevan en la obra de John Locke- los analizamos en conjunto y en relación con el tema de la apropiación originaria. Esbozamos una serie de críticas a ambos enfoques -utilitaristas y deontológicos- intentando mostrar que las pretendidas justificaciones de las patentes de invención sobre el genoma humano no son consistentes y, por lo tanto, no alcanzan a cumplir su cometido. Volvemos luego sobre los textos lockeanos para proponer interpretar al genoma humano como bien común [commons]. Nuestra tesis es que haber demostrado la imposibilidad de una justificación lockeana de las patentes de invención sobre el genoma humano no implica afirmar que no sea posible obtener -a partir de las principales tesis de Locke- alguna justificación para el uso privado del genoma humano. Uno de los recursos que nos permiten justificar esta idea son los documentos jurídicos sobre el genoma humano en materia de derecho internacional, que han propuesto reforzar la noción de humanidad como sujeto de derecho y, en tanto que tal, merecedora de los beneficios obtenidos a partir de la biomedicina en general, y de los desarrollos e investigaciones sobre el genoma humano, en particular

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En este trabajo de tesis de grado buscaremos indagar, desde una perspectiva no-antropocéntrica, una temática contemporánea y de plena actualidad, que se está produciendo en las sociedades occidentales. Se trata del problema de la condición de persona aplicada a animales no humanos, enfocándonos principalmente en tres ejes de análisis: como hemos dicho, la noción de persona, el antropocentrismo especista, y la noción de sujeto. El marco general para pensar estas cuestiones es el cambio de perspectiva en la filosofía y en la ciencia, que comienza a darse con mayor ímpetu desde el último tercio del s. XX. Este cambio en el marco conceptual general, puede entenderse como una crisis en la forma de pensar al ser humano y su relación con el mundo no humano. Este cambio, a su vez, repercute en la sociedad en términos de la emergencia de nuevas reivindicaciones, entre ellas, la de los animales como sujetos de derecho y la plausibilidad de adscribir a algunos de ellos la condición de persona a partir de una serie de características que comparten con los seres humanos. ;Antes de proseguir, consideremos lo siguiente. Tal como señaló Niko Tinbergen con su "¿Qué pregunta, preguntas?" (Stamp Dawkins, 2007) resulta fundamental formular claramente la pregunta que guía nuestras hipótesis de trabajo, para dar cuenta de su sentido. De esta manera, explicitaremos la pregunta desde la que partimos, a saber, ¿Qué pone en juego o en duda la hipótesis de antropocentrismo especista y la de sujeto y persona aplicada a animales no humanos? Claramente es una cuestión compleja. No la abordaremos en la infinidad de sus aristas y derivaciones. Aun así, buscaremos un recorrido temático para pensar las dificultades que se imponen en este tópico contemporáneo

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En este trabajo de tesis de grado buscaremos indagar, desde una perspectiva no-antropocéntrica, una temática contemporánea y de plena actualidad, que se está produciendo en las sociedades occidentales. Se trata del problema de la condición de persona aplicada a animales no humanos, enfocándonos principalmente en tres ejes de análisis: como hemos dicho, la noción de persona, el antropocentrismo especista, y la noción de sujeto. El marco general para pensar estas cuestiones es el cambio de perspectiva en la filosofía y en la ciencia, que comienza a darse con mayor ímpetu desde el último tercio del s. XX. Este cambio en el marco conceptual general, puede entenderse como una crisis en la forma de pensar al ser humano y su relación con el mundo no humano. Este cambio, a su vez, repercute en la sociedad en términos de la emergencia de nuevas reivindicaciones, entre ellas, la de los animales como sujetos de derecho y la plausibilidad de adscribir a algunos de ellos la condición de persona a partir de una serie de características que comparten con los seres humanos. ;Antes de proseguir, consideremos lo siguiente. Tal como señaló Niko Tinbergen con su "¿Qué pregunta, preguntas?" (Stamp Dawkins, 2007) resulta fundamental formular claramente la pregunta que guía nuestras hipótesis de trabajo, para dar cuenta de su sentido. De esta manera, explicitaremos la pregunta desde la que partimos, a saber, ¿Qué pone en juego o en duda la hipótesis de antropocentrismo especista y la de sujeto y persona aplicada a animales no humanos? Claramente es una cuestión compleja. No la abordaremos en la infinidad de sus aristas y derivaciones. Aun así, buscaremos un recorrido temático para pensar las dificultades que se imponen en este tópico contemporáneo

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En este trabajo de tesis de grado buscaremos indagar, desde una perspectiva no-antropocéntrica, una temática contemporánea y de plena actualidad, que se está produciendo en las sociedades occidentales. Se trata del problema de la condición de persona aplicada a animales no humanos, enfocándonos principalmente en tres ejes de análisis: como hemos dicho, la noción de persona, el antropocentrismo especista, y la noción de sujeto. El marco general para pensar estas cuestiones es el cambio de perspectiva en la filosofía y en la ciencia, que comienza a darse con mayor ímpetu desde el último tercio del s. XX. Este cambio en el marco conceptual general, puede entenderse como una crisis en la forma de pensar al ser humano y su relación con el mundo no humano. Este cambio, a su vez, repercute en la sociedad en términos de la emergencia de nuevas reivindicaciones, entre ellas, la de los animales como sujetos de derecho y la plausibilidad de adscribir a algunos de ellos la condición de persona a partir de una serie de características que comparten con los seres humanos. ;Antes de proseguir, consideremos lo siguiente. Tal como señaló Niko Tinbergen con su "¿Qué pregunta, preguntas?" (Stamp Dawkins, 2007) resulta fundamental formular claramente la pregunta que guía nuestras hipótesis de trabajo, para dar cuenta de su sentido. De esta manera, explicitaremos la pregunta desde la que partimos, a saber, ¿Qué pone en juego o en duda la hipótesis de antropocentrismo especista y la de sujeto y persona aplicada a animales no humanos? Claramente es una cuestión compleja. No la abordaremos en la infinidad de sus aristas y derivaciones. Aun así, buscaremos un recorrido temático para pensar las dificultades que se imponen en este tópico contemporáneo