12 resultados para Prosecution of pirates

em Memoria Académica - FaHCE, UNLP - Argentina


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Los delitos sexuales entre la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX presentan problemas particulares en relación a la posibilidad de su imputación y castigo vinculados a la forma particular como se conciben estos crímenes. Propongo, a partir del análisis de expedientes judiciales, problematizar algunas de estas cuestiones partiendo desde el análisis de su concepción como "dependientes de iniciativa privada" y por tanto la necesidad de una "acusación particular" que implicó largos debates en los tribunales ya que la interpretación de esta situación tuvo más de una lectura posible: quedaban satisfechos los requerimientos de la ley con la denuncia o debía continuarse la participación de la parte hasta la misma sentencia, es decir, llegar hasta la vista de acusación? En este contexto se pone entonces en discusión la participación del Agente Fiscal en el proceso en tanto acusador y por lo tanto el interés del Estado como tal en la persecución de estos crímenes. Busco, simultáneamente mostrar las discusiones que se dieron en la práctica penal, que reflejan distintas formas de interpretar y pensar estos delitos; las razones implícitas en su persecución y castigo o por el contrario de su finalización y falta de pena

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A fines de la década de 1870, el gobierno provincial, con el objeto de lograr mayor control social sobre la población rural, implementó una reestructuración policial en la campaña bonaerense. La misma tenía por objetivo afianzar la propiedad privada y contribuir al mercado de trabajo, asimismo perseguía un fuerte interés en satisfacer la necesidad del estado de hombres en plena etapa de expansión de la frontera. La presión reclutadora del estado se reflejará en un aumento de detenidos por vagancia, dado que las leyes de represión de la vagancia del Código Rural permitían su penalización al servicio de las armas. El Código Rural sancionado en 1865 estipulaba dos normas procesales a cumplir en los acusados: formación de un sumario y constitución de un jury para su juzgamiento. Disposiciones que raramente se pusieron en práctica por los jueces de paz desde que esta legislación entró en vigencia. Será a fines de la década de 1870 cuando el gobierno exigirá más firmemente no solo la persecución de la vagancia sino también la aplicación de estas normas procesales en los acusados. Aún así, el análisis de la práctica judicial revelará que continuará existiendo una constante manipulación normativa sobre la base de dos valores que se intentaban afianzar, el trabajo y la propiedad. En los perjudiciales que atentaran contra estos dos valores, será en quienes se manipulará la normativa sancionada y se canalizará la presión reclutadora.

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Las villas y aldeas de Castilla recorrieron juntas un largo y difícil camino desde los siglos medievales, cuando se fueron conformando como cuerpos políticos, basados en servicios recíprocos que aspiraban a alcanzar el bien común del conjunto. La naturaleza jerárquicamente desigual de dicho cuerpo fue acentuándose y las cabezas jurisdiccionales llevaron a la práctica unas relaciones de dominio cada vez más acusado frente a las aldeas. En estas comunidades rurales, linajes en ascenso aspiraban, no obstante, a ampliar sus propias cotas de autogobierno. La armonía que debía presidir el cuerpo común de villas y aldeas fue desapareciendo, y la política regia de ventas de villazgos con fines hacendísticos, iniciada por Carlos V, respondió a una demanda de segregación que solucionaba al mismo tiempo las aspiraciones jurisdiccionales de las comunidades rurales y de sus nuevas oligarquías así como las necesidades de ingresos extraordinarios de la real hacienda

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Este trabajo se ocupa de examinar el accionar de los agentes sociales indígenas atrapados en el entramado judicial, ya sea en calidad de damnificados o sospechados de un delito, en la campaña y a ciudad de Buenos Aires hacia fines del período colonial. El objetivo es indagar en la configuración y resolución de los conflictos que involucren a indígenas, observando tanto su posicionamiento como el de los agentes judiciales, eclesiásticos o particulares con cierto poder en el ámbito local que se encuentren involucrados en estas causas. Este análisis nos facilitará la entrada al entretejido social de la época, proporcionándonos claves para comprenderlo, a la vez que develará una diversidad de voces y miradas implicadas en el proceso de configuración y judicialización de los delitos

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A fines de la década de 1870, el gobierno provincial, con el objeto de lograr mayor control social sobre la población rural, implementó una reestructuración policial en la campaña bonaerense. La misma tenía por objetivo afianzar la propiedad privada y contribuir al mercado de trabajo, asimismo perseguía un fuerte interés en satisfacer la necesidad del estado de hombres en plena etapa de expansión de la frontera. La presión reclutadora del estado se reflejará en un aumento de detenidos por vagancia, dado que las leyes de represión de la vagancia del Código Rural permitían su penalización al servicio de las armas. El Código Rural sancionado en 1865 estipulaba dos normas procesales a cumplir en los acusados: formación de un sumario y constitución de un jury para su juzgamiento. Disposiciones que raramente se pusieron en práctica por los jueces de paz desde que esta legislación entró en vigencia. Será a fines de la década de 1870 cuando el gobierno exigirá más firmemente no solo la persecución de la vagancia sino también la aplicación de estas normas procesales en los acusados. Aún así, el análisis de la práctica judicial revelará que continuará existiendo una constante manipulación normativa sobre la base de dos valores que se intentaban afianzar, el trabajo y la propiedad. En los perjudiciales que atentaran contra estos dos valores, será en quienes se manipulará la normativa sancionada y se canalizará la presión reclutadora.

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Las villas y aldeas de Castilla recorrieron juntas un largo y difícil camino desde los siglos medievales, cuando se fueron conformando como cuerpos políticos, basados en servicios recíprocos que aspiraban a alcanzar el bien común del conjunto. La naturaleza jerárquicamente desigual de dicho cuerpo fue acentuándose y las cabezas jurisdiccionales llevaron a la práctica unas relaciones de dominio cada vez más acusado frente a las aldeas. En estas comunidades rurales, linajes en ascenso aspiraban, no obstante, a ampliar sus propias cotas de autogobierno. La armonía que debía presidir el cuerpo común de villas y aldeas fue desapareciendo, y la política regia de ventas de villazgos con fines hacendísticos, iniciada por Carlos V, respondió a una demanda de segregación que solucionaba al mismo tiempo las aspiraciones jurisdiccionales de las comunidades rurales y de sus nuevas oligarquías así como las necesidades de ingresos extraordinarios de la real hacienda

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Este trabajo se ocupa de examinar el accionar de los agentes sociales indígenas atrapados en el entramado judicial, ya sea en calidad de damnificados o sospechados de un delito, en la campaña y a ciudad de Buenos Aires hacia fines del período colonial. El objetivo es indagar en la configuración y resolución de los conflictos que involucren a indígenas, observando tanto su posicionamiento como el de los agentes judiciales, eclesiásticos o particulares con cierto poder en el ámbito local que se encuentren involucrados en estas causas. Este análisis nos facilitará la entrada al entretejido social de la época, proporcionándonos claves para comprenderlo, a la vez que develará una diversidad de voces y miradas implicadas en el proceso de configuración y judicialización de los delitos

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Los delitos sexuales entre la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX presentan problemas particulares en relación a la posibilidad de su imputación y castigo vinculados a la forma particular como se conciben estos crímenes. Propongo, a partir del análisis de expedientes judiciales, problematizar algunas de estas cuestiones partiendo desde el análisis de su concepción como "dependientes de iniciativa privada" y por tanto la necesidad de una "acusación particular" que implicó largos debates en los tribunales ya que la interpretación de esta situación tuvo más de una lectura posible: quedaban satisfechos los requerimientos de la ley con la denuncia o debía continuarse la participación de la parte hasta la misma sentencia, es decir, llegar hasta la vista de acusación? En este contexto se pone entonces en discusión la participación del Agente Fiscal en el proceso en tanto acusador y por lo tanto el interés del Estado como tal en la persecución de estos crímenes. Busco, simultáneamente mostrar las discusiones que se dieron en la práctica penal, que reflejan distintas formas de interpretar y pensar estos delitos; las razones implícitas en su persecución y castigo o por el contrario de su finalización y falta de pena

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Las villas y aldeas de Castilla recorrieron juntas un largo y difícil camino desde los siglos medievales, cuando se fueron conformando como cuerpos políticos, basados en servicios recíprocos que aspiraban a alcanzar el bien común del conjunto. La naturaleza jerárquicamente desigual de dicho cuerpo fue acentuándose y las cabezas jurisdiccionales llevaron a la práctica unas relaciones de dominio cada vez más acusado frente a las aldeas. En estas comunidades rurales, linajes en ascenso aspiraban, no obstante, a ampliar sus propias cotas de autogobierno. La armonía que debía presidir el cuerpo común de villas y aldeas fue desapareciendo, y la política regia de ventas de villazgos con fines hacendísticos, iniciada por Carlos V, respondió a una demanda de segregación que solucionaba al mismo tiempo las aspiraciones jurisdiccionales de las comunidades rurales y de sus nuevas oligarquías así como las necesidades de ingresos extraordinarios de la real hacienda