305 resultados para Justicia transicional

em Memoria Académica - FaHCE, UNLP - Argentina


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Fil: Gianoglio Pantano, Luciana Micaela. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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El presente artículo busca discutir, a partir de una breve reconstrucción histórica de los dos ciclos de justicia transicional en la Argentina, algunos posicionamientos sobre la actualidad del debate sobre memoria política. El primer ciclo, luego después de terminada la dictadura (1976-1983), se refiere a la elaboración del informe Nunca Más (1984) y al juicio público a la junta militar (1985). El segundo ciclo tiene inicio en 1997 con los ?juicios por la verdad?, con la anulación de las leyes de indulto en 2003 y con la retomada de los juicios que se extienden hasta la actualidad con las llamadas ?megacausas?. Sin embargo, no faltaron opiniones contrarias a la retomada de la justicia penal a represores: entre ellas, Beatriz Sarlo acusa al gobierno de forjar un metarrelato histórico-político, y Claudia Hilb advierte que el exceso de justicia inhibe la verdad y la reconciliación. Buscaré defender que la justicia no sólo contribuye a la verdad, sino también a la ejemplaridad (Todorov)

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El presente artículo busca discutir, a partir de una breve reconstrucción histórica de los dos ciclos de justicia transicional en la Argentina, algunos posicionamientos sobre la actualidad del debate sobre memoria política. El primer ciclo, luego después de terminada la dictadura (1976-1983), se refiere a la elaboración del informe Nunca Más (1984) y al juicio público a la junta militar (1985). El segundo ciclo tiene inicio en 1997 con los ?juicios por la verdad?, con la anulación de las leyes de indulto en 2003 y con la retomada de los juicios que se extienden hasta la actualidad con las llamadas ?megacausas?. Sin embargo, no faltaron opiniones contrarias a la retomada de la justicia penal a represores: entre ellas, Beatriz Sarlo acusa al gobierno de forjar un metarrelato histórico-político, y Claudia Hilb advierte que el exceso de justicia inhibe la verdad y la reconciliación. Buscaré defender que la justicia no sólo contribuye a la verdad, sino también a la ejemplaridad (Todorov)

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El presente artículo busca discutir, a partir de una breve reconstrucción histórica de los dos ciclos de justicia transicional en la Argentina, algunos posicionamientos sobre la actualidad del debate sobre memoria política. El primer ciclo, luego después de terminada la dictadura (1976-1983), se refiere a la elaboración del informe Nunca Más (1984) y al juicio público a la junta militar (1985). El segundo ciclo tiene inicio en 1997 con los ?juicios por la verdad?, con la anulación de las leyes de indulto en 2003 y con la retomada de los juicios que se extienden hasta la actualidad con las llamadas ?megacausas?. Sin embargo, no faltaron opiniones contrarias a la retomada de la justicia penal a represores: entre ellas, Beatriz Sarlo acusa al gobierno de forjar un metarrelato histórico-político, y Claudia Hilb advierte que el exceso de justicia inhibe la verdad y la reconciliación. Buscaré defender que la justicia no sólo contribuye a la verdad, sino también a la ejemplaridad (Todorov)

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Los últimos diez años han visto reaparecer la pregunta en torno al comportamiento de la sociedad civil durante la última dictadura. Esta pregunta, heterogénea en su interior -los comportamientos eclesiásticos, empresariales, partidarios, sindicales y, finalmente, del hombre común y corriente-, no es sin embargo una novedad en el campo argentino de los derechos humanos y la memoria: en la misma dictadura algunas voces preguntaron por ella (Rokkind, 2004:238). Este trabajo, enmarcado en nuestra tesis doctoral en curso sobre responsabilidad colectiva y pequeñas resistencias para con la última dictadura a partir de memorias de vecinos de CCD en sus representaciones literarias y cinematográficas en articulación con una etnografía sobre las vecindades de un ex CCD en particular, intentará volver sobre esta pregunta de dos modos distintos pero articulados. Por un lado, repasando dos trabajos clásicos sobre derecho transicional y responsabilidad de dos autores de destacada participación en el Juicio a las Juntas (Nino, 1997; MalamudGoti, 2000). Por el otro, rastreando el modo en que aquellas responsabilidades y justicias aparecen en dos entrevistas realizadas a vecinas de un ex CCD en particular, la Seccional 1o de Santa Rosa-La Pampa, durante nuestro trabajo de campo. En esta dirección intentará orientarse este trabajo

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Los últimos diez años han visto reaparecer la pregunta en torno al comportamiento de la sociedad civil durante la última dictadura. Esta pregunta, heterogénea en su interior -los comportamientos eclesiásticos, empresariales, partidarios, sindicales y, finalmente, del hombre común y corriente-, no es sin embargo una novedad en el campo argentino de los derechos humanos y la memoria: en la misma dictadura algunas voces preguntaron por ella (Rokkind, 2004:238). Este trabajo, enmarcado en nuestra tesis doctoral en curso sobre responsabilidad colectiva y pequeñas resistencias para con la última dictadura a partir de memorias de vecinos de CCD en sus representaciones literarias y cinematográficas en articulación con una etnografía sobre las vecindades de un ex CCD en particular, intentará volver sobre esta pregunta de dos modos distintos pero articulados. Por un lado, repasando dos trabajos clásicos sobre derecho transicional y responsabilidad de dos autores de destacada participación en el Juicio a las Juntas (Nino, 1997; MalamudGoti, 2000). Por el otro, rastreando el modo en que aquellas responsabilidades y justicias aparecen en dos entrevistas realizadas a vecinas de un ex CCD en particular, la Seccional 1o de Santa Rosa-La Pampa, durante nuestro trabajo de campo. En esta dirección intentará orientarse este trabajo

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Los últimos diez años han visto reaparecer la pregunta en torno al comportamiento de la sociedad civil durante la última dictadura. Esta pregunta, heterogénea en su interior -los comportamientos eclesiásticos, empresariales, partidarios, sindicales y, finalmente, del hombre común y corriente-, no es sin embargo una novedad en el campo argentino de los derechos humanos y la memoria: en la misma dictadura algunas voces preguntaron por ella (Rokkind, 2004:238). Este trabajo, enmarcado en nuestra tesis doctoral en curso sobre responsabilidad colectiva y pequeñas resistencias para con la última dictadura a partir de memorias de vecinos de CCD en sus representaciones literarias y cinematográficas en articulación con una etnografía sobre las vecindades de un ex CCD en particular, intentará volver sobre esta pregunta de dos modos distintos pero articulados. Por un lado, repasando dos trabajos clásicos sobre derecho transicional y responsabilidad de dos autores de destacada participación en el Juicio a las Juntas (Nino, 1997; MalamudGoti, 2000). Por el otro, rastreando el modo en que aquellas responsabilidades y justicias aparecen en dos entrevistas realizadas a vecinas de un ex CCD en particular, la Seccional 1o de Santa Rosa-La Pampa, durante nuestro trabajo de campo. En esta dirección intentará orientarse este trabajo

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En este trabajo presentaré un recorte de mi investigación laboral, vinculado a una de las fuentes abordadas: las sentencias dictadas por los tribunales de trabajo en conflictos vinculados al servicio doméstico. En mi investigación considero a la economía informal integrada a la economía capitalista, antes que como prácticas pre-capitalistas y evidencias de una modernización insuficiente. El crecimiento de la informalidad antes que responder a una fragmentación de circuitos económicos, podría pensarse como una dualización social entre aquellos que pueden insertarse en un reducido núcleo del empleo asalariado, y una mayoría de trabajadores precarios que se ve obligado a negociar individualmente con el capital. Las diversas modalidades de trabajo informal serían, en esta línea, un exponente del proceso de "abolición" del trabajo asalariado. Desde la consolidación de una justicia laboral en Argentina, la informalidad laboral ha sido penalizada por las normativas que regulan las relaciones entre capital y trabajo. El servicio doméstico, con una regulación tardía y discriminatoria, ha sido frágilmente considerado "trabajo", entre otras razones porque se da por sentado que no contribuye al crecimiento del capital. Existen además condicionantes de género que han favorecido la invisibilización del carácter laboral del servicio doméstico, como su asociación a la "naturaleza" femenina del trabajo doméstico. La noción de "régimen de invisibilidad" que propongo en esta investigación, surge en contraste a los elementos que, según Robert Castel, 2 han permitido que el trabajo pasara de la esfera de la servidumbre a la esfera de la libertad. Según el autor, dos elementos centrales permiten la construcción del estatuto del salariado: el derecho del trabajo y la protección social. Es decir, el trabajo dejó de ser servidumbre al alejarse del "reino exclusivo del mercado", al superarse el régimen de meras transacciones interindividuales de trabajo por dinero. El espacio en que se desarrollan las tareas y la superposición de funciones con el trabajo femenino gratuito, contribuyen a esa invisibilización. La justicia laboral parece haber reforzado este "régimen de invisibilidad", y por lo tanto la informalidad laboral en el sector. Caracterizaré brevemente el discurso jurídico que permite afirmar esta hipótesis. Finalmente, propongo una reflexión acerca de los alcances y limitaciones de esta fuente para los estudios del trabajo, y una revisión de las explicaciones que desde las Ciencias Sociales se han dado a la segregación laboral del servicio doméstico