74 resultados para Jueces arbitradores

em Memoria Académica - FaHCE, UNLP - Argentina


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El presente trabajo estudia desde la historia jurídica el proceso de criminalización del vagabundaje en Buenos Aires desde el período 1785-1829, concentrándose particularmente en las formas procesales utilizadas por las autoridades políticas para la persecución de los acusados por dicha transgresión. Partiendo de una hipótesis que observa la simplificación de las formas procesales, se analiza la puja institucional entre las autoridades jurisdiccionales que conformaban la justicia vecinal de Buenos Aires en el período colonial frente a la emergente institucionalidad político-administrativa que arribaría con las reformas borbónicas, hasta el despunte de la institución de policía que actuaría en la ciudad y la campaña bonaerense hacia la década de 1820. Dentro de esa dinámica conflictual utilizando el concepto de dispositivo se pasa a un estudio de las fuentes desde tres niveles de análisis distintos. El primero de ellos tiene en cuenta los discursos utilizados por los actores, el segundo las reformas institucionales acontecidas en dicho período y finalmente, la praxis jurisdiccional-policial, que conformaría las prácticas represivas en un tiempo previo a la conformación estatal. Como resultado de esa investigación empírica, surge el tema central que da título a este trabajo que es el estudio de la racionalidad económica -forma de gobierno doméstico- como una de las matrices que irían ocluyendo el campo de acción de la justicia tradicional y permitiría la concreción de un modo de control social más cercano a las prácticas policiales del gobierno ejecutivo, dejando atrás las lógicas y formas de actuar de la jurisdicción. En dicho pasaje no sólo se observan los cambios en el dispositivo de control social sino sobre todo, se comprende el cambio en las formas de persecución y castigo como una resultante del asentamiento de una racionalidad doméstica que hasta 1820 había estado en puja con la racionalidad jurisdiccional -política-

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Este artículo se propone analizar la forma en que se implantó la Justicia de Paz en el interior de la provincia de Buenos Aires entre 1865 y 1910, a través del estudio de los sujetos que desempeñaron esa función y los entramados políticos en los que participaron. El mismo se ha realizado a partir del estudio de un Juzgado en particular, como fue el del partido de Tres Arroyos. Por un lado, se reconstruye el perfil de los sujetos que ejercieron el cargo de Jueces de Paz, con la intención de entender las lógicas que guiaron su designación. Para ello, se indaga en la reconstrucción de sus biografías asociadas a los diversos momentos de ocupación e institucionalización local. Posteriormente se identifican dos modos de nucleamiento que sirvieron de base relacional a los individuos del lugar y que permiten completar la explicación generada desde las biografías individuales: una red de tipo iniciática, como fue la masonería; y una red del conservadurismo local, dirigida por poderosos estancieros del lugar. Por último, se observa si esas redes influyeron en la administración de justicia local. Las fuentes utilizadas son diversos álbumes conmemorativos locales, datos censales, periódicos locales, expedientes correccionales tramitados en la Justicia de Paz de Tres Arroyos, el Libro Copiador de Notas del Juzgado y el Libro de Actas de la Logia Hiram de Tres Arroyos.

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En perspectiva comparada, investigamos la participación de los propietarios rurales como jueces de paz en la campaña bonaerense durante el siglo XIX, para reflejar las similitudes y diferencias durante la ampliación de la frontera y teniendo en cuenta el estado casi permanente de beligerancia en que se encontraban. Describimos las atribuciones de estos funcionarios, y encontramos que la legislación les ayudó a estrechar sus conexiones con los hacendados de mayor predicamento en la región, pues el cargo de jueces les otorgaba, no sólo el control sobre la tierra repartida por los gobiernos provinciales, sino también la posibilidad de intervenir en el mercado secundario de transferencias de derechos

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En este artículo, nos proponemos analizar la construcción y el funcionamiento de una red de poder ego-centrada, la de Juan Manuel de Rosas, durante el período de su primer (1829-1832) y segundo gobierno (1835-1852), a través de la correspondencia que mantuvo con los jueces de paz de la campaña bonaerense a través de sus edecanes. Esto nos pone, fundamentalmente, en contacto con el tema de la comunicación, la circulación de la información y la construcción de un espacio de relación política.

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En la nochebuena de 1734, un feroz incendio devastó el Real Alcázar de Madrid, sede de la familia Real y de la Corte. Felipe V ordenó levantar en su lugar un Palacio y, para sufragar los gastos de su fabricación, exigió contribuciones a todas las partes del cuerpo de la monarquía. Este artículo examina una de las miles de secuelas microscópicas desatadas por la Real Cédula firmada por Felipe V que ordenaba recaudar ese dinero: el empadronamiento de los habitantes ubicados en las campañas al sur de la ciudad de Santa Fe (gobernación del Río de la Plata, virreinato del Perú). Originado en una preocupación vinculada con datos demográficos, además de constituir un ejercicio metodológico sobre un padrón, el trabajo se propone articular las informaciones que obtiene de la fuente con hipótesis y cronologías atinentes al movimiento de la población en un territorio considerado por entonces riesgoso e inestable. Así, su contribución se ubica en el cruce entre el conocimiento del quehacer de los jueces rurales y el campo de la historia de las técnicas de gobierno de las poblaciones en los territorios americanos de la monarquía hispánica durante el siglo XVIII

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En la nochebuena de 1734, un feroz incendio devastó el Real Alcázar de Madrid, sede de la familia Real y de la Corte. Felipe V ordenó levantar en su lugar un Palacio y, para sufragar los gastos de su fabricación, exigió contribuciones a todas las partes del cuerpo de la monarquía. Este artículo examina una de las miles de secuelas microscópicas desatadas por la Real Cédula firmada por Felipe V que ordenaba recaudar ese dinero: el empadronamiento de los habitantes ubicados en las campañas al sur de la ciudad de Santa Fe (gobernación del Río de la Plata, virreinato del Perú). Originado en una preocupación vinculada con datos demográficos, además de constituir un ejercicio metodológico sobre un padrón, el trabajo se propone articular las informaciones que obtiene de la fuente con hipótesis y cronologías atinentes al movimiento de la población en un territorio considerado por entonces riesgoso e inestable. Así, su contribución se ubica en el cruce entre el conocimiento del quehacer de los jueces rurales y el campo de la historia de las técnicas de gobierno de las poblaciones en los territorios americanos de la monarquía hispánica durante el siglo XVIII

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Este artículo se propone analizar la forma en que se implantó la Justicia de Paz en el interior de la provincia de Buenos Aires entre 1865 y 1910, a través del estudio de los sujetos que desempeñaron esa función y los entramados políticos en los que participaron. El mismo se ha realizado a partir del estudio de un Juzgado en particular, como fue el del partido de Tres Arroyos. Por un lado, se reconstruye el perfil de los sujetos que ejercieron el cargo de Jueces de Paz, con la intención de entender las lógicas que guiaron su designación. Para ello, se indaga en la reconstrucción de sus biografías asociadas a los diversos momentos de ocupación e institucionalización local. Posteriormente se identifican dos modos de nucleamiento que sirvieron de base relacional a los individuos del lugar y que permiten completar la explicación generada desde las biografías individuales: una red de tipo iniciática, como fue la masonería; y una red del conservadurismo local, dirigida por poderosos estancieros del lugar. Por último, se observa si esas redes influyeron en la administración de justicia local. Las fuentes utilizadas son diversos álbumes conmemorativos locales, datos censales, periódicos locales, expedientes correccionales tramitados en la Justicia de Paz de Tres Arroyos, el Libro Copiador de Notas del Juzgado y el Libro de Actas de la Logia Hiram de Tres Arroyos.

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En este artículo, nos proponemos analizar la construcción y el funcionamiento de una red de poder ego-centrada, la de Juan Manuel de Rosas, durante el período de su primer (1829-1832) y segundo gobierno (1835-1852), a través de la correspondencia que mantuvo con los jueces de paz de la campaña bonaerense a través de sus edecanes. Esto nos pone, fundamentalmente, en contacto con el tema de la comunicación, la circulación de la información y la construcción de un espacio de relación política.