9 resultados para Confirmation.
em Memoria Académica - FaHCE, UNLP - Argentina
Resumo:
Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.
Resumo:
En este trabajo propongo analizar el rol asignado a las mujeres peronistas y a las unidades básicas femeninas del Partido Peronista Femenino como promotoras del ahorro y la economía doméstica dentro del Plan Económico de Austeridad y el 2° Plan Quinquenal. Luego de la amplia confirmación de la popularidad del gobierno obtenida en las elecciones de noviembre de 1951, el presidente Perón consideró oportuno producir una rectificación y un ajuste en el rumbo de la política económica. Se trataba de una serie de medidas imprescindibles para superar una coyuntura que se tornaba crítica, y que se resumían en el aumento de la producción y la austeridad en el consumo. Esta última responsabilidad recayó en la mujeres - amas de casa amparadas en la acción de las unidades básicas femeninas que actuaron como consejeras y promotoras de los planes de austeridad implementando una serie de medidas que iban desde la cursos de cocina que enseñaban a cocinar con productos alternativos y más económicos hasta la fiscalización de los comercios que no cumplían con los precios máximos oficiales.
Resumo:
Una de las cuestiones más llamativas de las obras de Platón y Aristóteles estriba en su silencio acerca de la historia. Leyeron y criticaron a físicos, filósofos, matemáticos, biólogos, poetas, retóricos, políticos, etc. Sin embargo, sus citas a propósito de los historiadores de su momento cabrían en una cuartilla. En este breve artículo tratamos de ofrecer una explicación a propósito de tal omisión. Así mismo, aprovechamos para ofrecer una razón del Menéxeno y aportar una confirmación de las razones que condujeron a L. Edelstein a cuestionar la autenticidad de las cartas séptima y octava atribuidas a Platón
Resumo:
En este trabajo propongo analizar el rol asignado a las mujeres peronistas y a las unidades básicas femeninas del Partido Peronista Femenino como promotoras del ahorro y la economía doméstica dentro del Plan Económico de Austeridad y el 2° Plan Quinquenal. Luego de la amplia confirmación de la popularidad del gobierno obtenida en las elecciones de noviembre de 1951, el presidente Perón consideró oportuno producir una rectificación y un ajuste en el rumbo de la política económica. Se trataba de una serie de medidas imprescindibles para superar una coyuntura que se tornaba crítica, y que se resumían en el aumento de la producción y la austeridad en el consumo. Esta última responsabilidad recayó en la mujeres - amas de casa amparadas en la acción de las unidades básicas femeninas que actuaron como consejeras y promotoras de los planes de austeridad implementando una serie de medidas que iban desde la cursos de cocina que enseñaban a cocinar con productos alternativos y más económicos hasta la fiscalización de los comercios que no cumplían con los precios máximos oficiales.
Resumo:
Una de las cuestiones más llamativas de las obras de Platón y Aristóteles estriba en su silencio acerca de la historia. Leyeron y criticaron a físicos, filósofos, matemáticos, biólogos, poetas, retóricos, políticos, etc. Sin embargo, sus citas a propósito de los historiadores de su momento cabrían en una cuartilla. En este breve artículo tratamos de ofrecer una explicación a propósito de tal omisión. Así mismo, aprovechamos para ofrecer una razón del Menéxeno y aportar una confirmación de las razones que condujeron a L. Edelstein a cuestionar la autenticidad de las cartas séptima y octava atribuidas a Platón
Resumo:
Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.
Resumo:
Una de las cuestiones más llamativas de las obras de Platón y Aristóteles estriba en su silencio acerca de la historia. Leyeron y criticaron a físicos, filósofos, matemáticos, biólogos, poetas, retóricos, políticos, etc. Sin embargo, sus citas a propósito de los historiadores de su momento cabrían en una cuartilla. En este breve artículo tratamos de ofrecer una explicación a propósito de tal omisión. Así mismo, aprovechamos para ofrecer una razón del Menéxeno y aportar una confirmación de las razones que condujeron a L. Edelstein a cuestionar la autenticidad de las cartas séptima y octava atribuidas a Platón
Resumo:
Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.
Resumo:
En este trabajo propongo analizar el rol asignado a las mujeres peronistas y a las unidades básicas femeninas del Partido Peronista Femenino como promotoras del ahorro y la economía doméstica dentro del Plan Económico de Austeridad y el 2° Plan Quinquenal. Luego de la amplia confirmación de la popularidad del gobierno obtenida en las elecciones de noviembre de 1951, el presidente Perón consideró oportuno producir una rectificación y un ajuste en el rumbo de la política económica. Se trataba de una serie de medidas imprescindibles para superar una coyuntura que se tornaba crítica, y que se resumían en el aumento de la producción y la austeridad en el consumo. Esta última responsabilidad recayó en la mujeres - amas de casa amparadas en la acción de las unidades básicas femeninas que actuaron como consejeras y promotoras de los planes de austeridad implementando una serie de medidas que iban desde la cursos de cocina que enseñaban a cocinar con productos alternativos y más económicos hasta la fiscalización de los comercios que no cumplían con los precios máximos oficiales.