30 resultados para Comentario a las Sentencias

em Memoria Académica - FaHCE, UNLP - Argentina


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Las Sentencias de Porfirio, que constituyen un compendio de las Enéadas de Plotino, incluyen una revisión del locus vexatus de platonismo del siglo III, que tiene su origen en la interpretación de un controvertido pasaje del Timeo, 39e. Revisaremos los antecedentes de Porfirio, bajo la influencia de Longino, y la polémica suscitada con Plotino y Amelio a su llegada a Roma. Su posterior "retractación" le lleva a aceptar que la Inteligencia se identifica con la multiplicidad de los inteligibles que intelige. La Inteligencia es sujeto inteligente y, al mismo tiempo, objeto inteligido, es decir, ejerce sobre sí misma su propia actividad intelectual. Nuestro análisis tratará de poner en conexión textos de las Sentencias, particularmente provenientes de la 43, con pasajes extraídos de los tratados plotinianos

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Las Sentencias de Porfirio, que constituyen un compendio de las Enéadas de Plotino, incluyen una revisión del locus vexatus de platonismo del siglo III, que tiene su origen en la interpretación de un controvertido pasaje del Timeo, 39e. Revisaremos los antecedentes de Porfirio, bajo la influencia de Longino, y la polémica suscitada con Plotino y Amelio a su llegada a Roma. Su posterior "retractación" le lleva a aceptar que la Inteligencia se identifica con la multiplicidad de los inteligibles que intelige. La Inteligencia es sujeto inteligente y, al mismo tiempo, objeto inteligido, es decir, ejerce sobre sí misma su propia actividad intelectual. Nuestro análisis tratará de poner en conexión textos de las Sentencias, particularmente provenientes de la 43, con pasajes extraídos de los tratados plotinianos

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Las Sentencias de Porfirio, que constituyen un compendio de las Enéadas de Plotino, incluyen una revisión del locus vexatus de platonismo del siglo III, que tiene su origen en la interpretación de un controvertido pasaje del Timeo, 39e. Revisaremos los antecedentes de Porfirio, bajo la influencia de Longino, y la polémica suscitada con Plotino y Amelio a su llegada a Roma. Su posterior "retractación" le lleva a aceptar que la Inteligencia se identifica con la multiplicidad de los inteligibles que intelige. La Inteligencia es sujeto inteligente y, al mismo tiempo, objeto inteligido, es decir, ejerce sobre sí misma su propia actividad intelectual. Nuestro análisis tratará de poner en conexión textos de las Sentencias, particularmente provenientes de la 43, con pasajes extraídos de los tratados plotinianos

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En el presente artículo buscamos un doble objetivo. Por un lado, realizar una propuesta metodológica de lectura y análisis de presupuestos implícitos en los archivos estatales de tierras, construidos por el estado de la Provincia de Chubut. Por otro, nos abocamos al interior del discurso estatal a reconstruir las premisas que articularon las relaciones interétnicas entre el estado provincial y las familias indígenas, autoidentificadas como mapuche y mapuche-tehuelche. Tomamos como punto de partida con-ceptos como los de performance, contextualización y entextualización con la finalidad de (Bauman y Briggs, 2000) proponer una estrategia de análisis y reconstrucción de los marcos de referencia de los que partían los discursos estatales acerca del indígena y, al mismo tiempo, nos ocupamos de indagar cómo dichos marcos proveían de representaciones en curso a partir de las cuales se fijaba el sentido de las relaciones entre este grupo y el resto de la sociedad. El abordaje de las relaciones interétnicas entre el estado provincial y los indígenas requiere de un análisis desde una perspectiva histórica y multisituada. En consecuencia, cruzamos las sentencias de los archivos estatales con los posiciona-mientos de las narrativas indígenas y nos introducimos, entonces, en las particularidades de procesos conformación de comunidad provincial y de alterización de los indígenas al interior de las premisas que la primordializaban

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En el presente artículo buscamos un doble objetivo. Por un lado, realizar una propuesta metodológica de lectura y análisis de presupuestos implícitos en los archivos estatales de tierras, construidos por el estado de la Provincia de Chubut. Por otro, nos abocamos al interior del discurso estatal a reconstruir las premisas que articularon las relaciones interétnicas entre el estado provincial y las familias indígenas, autoidentificadas como mapuche y mapuche-tehuelche. Tomamos como punto de partida con-ceptos como los de performance, contextualización y entextualización con la finalidad de (Bauman y Briggs, 2000) proponer una estrategia de análisis y reconstrucción de los marcos de referencia de los que partían los discursos estatales acerca del indígena y, al mismo tiempo, nos ocupamos de indagar cómo dichos marcos proveían de representaciones en curso a partir de las cuales se fijaba el sentido de las relaciones entre este grupo y el resto de la sociedad. El abordaje de las relaciones interétnicas entre el estado provincial y los indígenas requiere de un análisis desde una perspectiva histórica y multisituada. En consecuencia, cruzamos las sentencias de los archivos estatales con los posiciona-mientos de las narrativas indígenas y nos introducimos, entonces, en las particularidades de procesos conformación de comunidad provincial y de alterización de los indígenas al interior de las premisas que la primordializaban

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En el presente artículo buscamos un doble objetivo. Por un lado, realizar una propuesta metodológica de lectura y análisis de presupuestos implícitos en los archivos estatales de tierras, construidos por el estado de la Provincia de Chubut. Por otro, nos abocamos al interior del discurso estatal a reconstruir las premisas que articularon las relaciones interétnicas entre el estado provincial y las familias indígenas, autoidentificadas como mapuche y mapuche-tehuelche. Tomamos como punto de partida con-ceptos como los de performance, contextualización y entextualización con la finalidad de (Bauman y Briggs, 2000) proponer una estrategia de análisis y reconstrucción de los marcos de referencia de los que partían los discursos estatales acerca del indígena y, al mismo tiempo, nos ocupamos de indagar cómo dichos marcos proveían de representaciones en curso a partir de las cuales se fijaba el sentido de las relaciones entre este grupo y el resto de la sociedad. El abordaje de las relaciones interétnicas entre el estado provincial y los indígenas requiere de un análisis desde una perspectiva histórica y multisituada. En consecuencia, cruzamos las sentencias de los archivos estatales con los posiciona-mientos de las narrativas indígenas y nos introducimos, entonces, en las particularidades de procesos conformación de comunidad provincial y de alterización de los indígenas al interior de las premisas que la primordializaban

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En este trabajo presentaré un recorte de mi investigación laboral, vinculado a una de las fuentes abordadas: las sentencias dictadas por los tribunales de trabajo en conflictos vinculados al servicio doméstico. En mi investigación considero a la economía informal integrada a la economía capitalista, antes que como prácticas pre-capitalistas y evidencias de una modernización insuficiente. El crecimiento de la informalidad antes que responder a una fragmentación de circuitos económicos, podría pensarse como una dualización social entre aquellos que pueden insertarse en un reducido núcleo del empleo asalariado, y una mayoría de trabajadores precarios que se ve obligado a negociar individualmente con el capital. Las diversas modalidades de trabajo informal serían, en esta línea, un exponente del proceso de "abolición" del trabajo asalariado. Desde la consolidación de una justicia laboral en Argentina, la informalidad laboral ha sido penalizada por las normativas que regulan las relaciones entre capital y trabajo. El servicio doméstico, con una regulación tardía y discriminatoria, ha sido frágilmente considerado "trabajo", entre otras razones porque se da por sentado que no contribuye al crecimiento del capital. Existen además condicionantes de género que han favorecido la invisibilización del carácter laboral del servicio doméstico, como su asociación a la "naturaleza" femenina del trabajo doméstico. La noción de "régimen de invisibilidad" que propongo en esta investigación, surge en contraste a los elementos que, según Robert Castel, 2 han permitido que el trabajo pasara de la esfera de la servidumbre a la esfera de la libertad. Según el autor, dos elementos centrales permiten la construcción del estatuto del salariado: el derecho del trabajo y la protección social. Es decir, el trabajo dejó de ser servidumbre al alejarse del "reino exclusivo del mercado", al superarse el régimen de meras transacciones interindividuales de trabajo por dinero. El espacio en que se desarrollan las tareas y la superposición de funciones con el trabajo femenino gratuito, contribuyen a esa invisibilización. La justicia laboral parece haber reforzado este "régimen de invisibilidad", y por lo tanto la informalidad laboral en el sector. Caracterizaré brevemente el discurso jurídico que permite afirmar esta hipótesis. Finalmente, propongo una reflexión acerca de los alcances y limitaciones de esta fuente para los estudios del trabajo, y una revisión de las explicaciones que desde las Ciencias Sociales se han dado a la segregación laboral del servicio doméstico

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Este trabajo tiene por objeto plantear el problema de la referencia objetiva de los universales en Aristóteles. En primer lugar, analizaré su posición más temprana en el libro I del tratado Sobre las Ideas, donde parece admitir la existencia de "cosas comunes" (koiná) (I). Luego reconstruiré la interpretación porfiriana del universal aristotélico, tal como aparece en su Comentario a las Categorías, como una propiedad idénticamente compartida por una multiplicidad de particulares (II). Por último, atenderé a los argumentos que Aristóteles despliega en Metafísica Z, 13-14 contra la sustancialidad del universal (III). Sostendré que las aporías que Aristóteles encuentra en el platonismo lo conducen más y más a afirmar que no hay nada en la realidad a lo que haga referencia el término universal, con las consecuencias nefastas que esta posición acarrea para su concepción de la ciencia como conocimiento universal y verdadero.

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Este trabajo tiene por objeto plantear el problema de la referencia objetiva de los universales en Aristóteles. En primer lugar, analizaré su posición más temprana en el libro I del tratado Sobre las Ideas, donde parece admitir la existencia de "cosas comunes" (koiná) (I). Luego reconstruiré la interpretación porfiriana del universal aristotélico, tal como aparece en su Comentario a las Categorías, como una propiedad idénticamente compartida por una multiplicidad de particulares (II). Por último, atenderé a los argumentos que Aristóteles despliega en Metafísica Z, 13-14 contra la sustancialidad del universal (III). Sostendré que las aporías que Aristóteles encuentra en el platonismo lo conducen más y más a afirmar que no hay nada en la realidad a lo que haga referencia el término universal, con las consecuencias nefastas que esta posición acarrea para su concepción de la ciencia como conocimiento universal y verdadero.

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En este trabajo presentaré un recorte de mi investigación laboral, vinculado a una de las fuentes abordadas: las sentencias dictadas por los tribunales de trabajo en conflictos vinculados al servicio doméstico. En mi investigación considero a la economía informal integrada a la economía capitalista, antes que como prácticas pre-capitalistas y evidencias de una modernización insuficiente. El crecimiento de la informalidad antes que responder a una fragmentación de circuitos económicos, podría pensarse como una dualización social entre aquellos que pueden insertarse en un reducido núcleo del empleo asalariado, y una mayoría de trabajadores precarios que se ve obligado a negociar individualmente con el capital. Las diversas modalidades de trabajo informal serían, en esta línea, un exponente del proceso de "abolición" del trabajo asalariado. Desde la consolidación de una justicia laboral en Argentina, la informalidad laboral ha sido penalizada por las normativas que regulan las relaciones entre capital y trabajo. El servicio doméstico, con una regulación tardía y discriminatoria, ha sido frágilmente considerado "trabajo", entre otras razones porque se da por sentado que no contribuye al crecimiento del capital. Existen además condicionantes de género que han favorecido la invisibilización del carácter laboral del servicio doméstico, como su asociación a la "naturaleza" femenina del trabajo doméstico. La noción de "régimen de invisibilidad" que propongo en esta investigación, surge en contraste a los elementos que, según Robert Castel, 2 han permitido que el trabajo pasara de la esfera de la servidumbre a la esfera de la libertad. Según el autor, dos elementos centrales permiten la construcción del estatuto del salariado: el derecho del trabajo y la protección social. Es decir, el trabajo dejó de ser servidumbre al alejarse del "reino exclusivo del mercado", al superarse el régimen de meras transacciones interindividuales de trabajo por dinero. El espacio en que se desarrollan las tareas y la superposición de funciones con el trabajo femenino gratuito, contribuyen a esa invisibilización. La justicia laboral parece haber reforzado este "régimen de invisibilidad", y por lo tanto la informalidad laboral en el sector. Caracterizaré brevemente el discurso jurídico que permite afirmar esta hipótesis. Finalmente, propongo una reflexión acerca de los alcances y limitaciones de esta fuente para los estudios del trabajo, y una revisión de las explicaciones que desde las Ciencias Sociales se han dado a la segregación laboral del servicio doméstico

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En este trabajo presentaré un recorte de mi investigación laboral, vinculado a una de las fuentes abordadas: las sentencias dictadas por los tribunales de trabajo en conflictos vinculados al servicio doméstico. En mi investigación considero a la economía informal integrada a la economía capitalista, antes que como prácticas pre-capitalistas y evidencias de una modernización insuficiente. El crecimiento de la informalidad antes que responder a una fragmentación de circuitos económicos, podría pensarse como una dualización social entre aquellos que pueden insertarse en un reducido núcleo del empleo asalariado, y una mayoría de trabajadores precarios que se ve obligado a negociar individualmente con el capital. Las diversas modalidades de trabajo informal serían, en esta línea, un exponente del proceso de "abolición" del trabajo asalariado. Desde la consolidación de una justicia laboral en Argentina, la informalidad laboral ha sido penalizada por las normativas que regulan las relaciones entre capital y trabajo. El servicio doméstico, con una regulación tardía y discriminatoria, ha sido frágilmente considerado "trabajo", entre otras razones porque se da por sentado que no contribuye al crecimiento del capital. Existen además condicionantes de género que han favorecido la invisibilización del carácter laboral del servicio doméstico, como su asociación a la "naturaleza" femenina del trabajo doméstico. La noción de "régimen de invisibilidad" que propongo en esta investigación, surge en contraste a los elementos que, según Robert Castel, 2 han permitido que el trabajo pasara de la esfera de la servidumbre a la esfera de la libertad. Según el autor, dos elementos centrales permiten la construcción del estatuto del salariado: el derecho del trabajo y la protección social. Es decir, el trabajo dejó de ser servidumbre al alejarse del "reino exclusivo del mercado", al superarse el régimen de meras transacciones interindividuales de trabajo por dinero. El espacio en que se desarrollan las tareas y la superposición de funciones con el trabajo femenino gratuito, contribuyen a esa invisibilización. La justicia laboral parece haber reforzado este "régimen de invisibilidad", y por lo tanto la informalidad laboral en el sector. Caracterizaré brevemente el discurso jurídico que permite afirmar esta hipótesis. Finalmente, propongo una reflexión acerca de los alcances y limitaciones de esta fuente para los estudios del trabajo, y una revisión de las explicaciones que desde las Ciencias Sociales se han dado a la segregación laboral del servicio doméstico

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Este trabajo tiene por objeto plantear el problema de la referencia objetiva de los universales en Aristóteles. En primer lugar, analizaré su posición más temprana en el libro I del tratado Sobre las Ideas, donde parece admitir la existencia de "cosas comunes" (koiná) (I). Luego reconstruiré la interpretación porfiriana del universal aristotélico, tal como aparece en su Comentario a las Categorías, como una propiedad idénticamente compartida por una multiplicidad de particulares (II). Por último, atenderé a los argumentos que Aristóteles despliega en Metafísica Z, 13-14 contra la sustancialidad del universal (III). Sostendré que las aporías que Aristóteles encuentra en el platonismo lo conducen más y más a afirmar que no hay nada en la realidad a lo que haga referencia el término universal, con las consecuencias nefastas que esta posición acarrea para su concepción de la ciencia como conocimiento universal y verdadero.

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Fil: Pastor, Javier. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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