72 resultados para Bien jurídico
Resumo:
Las oraciones condicionales son unas de las construcciones más complejas del español que mediante la expresión de lo contingente expresan situaciones hipotéticas e imaginarias; forman parte del ámbito semántico de la causalidad junto con otro tipo de oraciones (causales, concesivas, etc.). En este trabajo, estudiamos las relaciones y los límites difusos que existen en construcciones con el esquema propio de las oraciones condicionales, si p, q y aquellas construcciones de carácter híbrido. Hemos tomado como antecedentes la clasificación de Montolío (1999) y el trabajo de Julián Mariscal (2007). Nuestro corpus de estudio está formado por 13 entrevistas de los años 2000 -2001 en las que analizamos 34 oraciones con el esquema si p, q, en las cuales las nociones de condicionalidad se superponen con otro tipo de relaciones, a saber, causa (por si), concesión (si bien), comparación hipotética (como si), entre otras. El estudio es de tipo descriptivo. Los datos se describen desde una perspectiva cualitativa.
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Fil: Calandria, María Sol. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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A lo largo del siglo XX, y aún a comienzos del siglo XXI, la mayor parte de los estudios sobre la obra de Paul Ricoeur han enfatizado sus escritos fenomenológico-existenciales y su posterior filosofía hermenéutica. Como corolario, su legado filosófico parece mayormente limitarse a una pretensión fenomenológico-hermenéutica, ocasionalmente mediada por el estructuralismo, enraizada en el campo de una antropología filosófica. No se trata de impugnar aquí que la cuestión del "sujeto", o mejor, del "sí mismo", sea individual o colectivo -tal como aparece en el lenguaje técnico de Soi-même comme un autre (1990)-, se erige como un tema central en su vasta obra. Tampoco es cuestión de negar que si bien sus escritos constituyen, como él mismo advierte, "la estructura de recepción para la filosofía política [...] Esta filosofía política queda por hacer" (ver Ricoeur, P., "Le philosophe et le politique devant la question de la liberté", 1969). Lo que sí se intentará destacar es que, como enseña nuestro pensador en "Le paradoxe politique" (1957), "[...] la humanidad viene al hombre por medio del cuerpo político [...] que el individuo no se hace humano más que en esa totalidad que es la 'universalidad de los ciudadanos'". Sirva la cita al solo efecto de mostrar que si bien no elaboró una filosofía política metódica, que su investigación se detuvo en el umbral de lo político en el sentido preciso de una teoría del Estado y que existe escasísima bibliografía secundaria sobre el tema, su interés por la filosofía política no estuvo ausente en su obra. Como advierte y en gran parte muestra su principal biógrafo, François Dosse, "[p]or el contrario, sus trabajos siempre se nutrieron de la filosofía política". Bajo esta premisa, se rastrearán sus reflexiones políticas, primero ocasionales y dispersas, luego un poco más sistemáticas, desde el que el propio Ricoeur considera su texto seminal en la materia, el ya citado artículo "Le paradoxe politique", hasta su última obra publicada en vida, Parcours de la reconnaissance (2004). Aclarado el punto de partida, la hipótesis de este trabajo -enunciada de manera sumaria- es que si bien el hilo conductor, y a su vez el telos, de su pensamiento político es el "vivir-bien" -razón por la cual lo político y lo ético de algún modo se co-implican sin fusionarse-, mientras sus trabajos tempranos apuntan a una síntesis entre libertad e institución, en el marco de una filosofía política autonomizada de lo económico; en los textos tardíos la síntesis es entre justicia e institución, en el dominio de una filosofía política que se resiste a ser reducida a lo jurídico. Enunciada la hipótesis y dentro de una reconstrucción que podría calificarse de escalonada, se expondrán y se hará el esfuerzo cuasi inédito de articular, siguiendo un orden mayormente cronológico y en la medida de lo posible también contextual, los hitos principales del legado político de Ricoeur. Se declinará explícitamente todo intento de elaborar un sistema político orgánico porque si bien en sus escritos aparecen una y otra vez las nociones básicas de la filosofía política tradicional -Estado, poder, institución, contrato, violencia, etc.-, como dice con acierto Dauenhauer en "Ricoeur and the Tasks of Citenzenship" (2002): "Ricoeur no ha desarrollado una filosofía política comprehensiva, sistemática, que se dirija a los principales asuntos políticos [...] Aunque su pensamiento político no está desprovisto de principios afianzados que conforman una unidad genuina"
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O presente trabalho visa a uma análise dos articuladores textuais, enquanto recursos retóricos e persuasivos presentes no discurso jurídico, sendo que, o corpus abarca recortes de discursos judiciários colhidos durante a sessao de júri na cidade de PE-Sao Paulo. Os dados evidenciaram que, a presença dos articuladores argumentativos influenciou na decisao final do referido julgamento
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El objetivo del trabajo es poner en tensión las interacciones entre los distintos actores gubernamentales y la sociedad civil, así como las producidas por el entrecruzamiento de la lógica estrictamente jurídica con otras racionalidades y prácticas que intervienen en el funcionamiento cotidiano de la administración de las justicias. Para realizarlo se aplicará un estudio de caso, vinculando las especificidades de la situación en relación a los procesos de nivel macro que intervienen allí. En este sentido, se trabajará con la experiencia del "Sistema Sostén", un programa que otorga una beca de desarrollo a jóvenes judicializados/as en tres sentidos: aquellos/as que fueron víctimas de violencia de delito; aquellos/as menores de 16 que han entrado en conflicto con la ley pero no existe familia que se responsabilice, y entre 16 y 18 que han entrado en conflicto con la ley y en el marco de la justicia de menores. Para el análisis se propondrá una perspectiva construida a partir de un esquema tripódico conformado por las categorías: Hibrides, Autonomía e Informalidad. De esta forma, el recorrido abordará cinco elementos específicos. Su condición de hibrido, ya que pertenece tanto al Poder Judicial como al Poder Ejecutivo; su horizonte de desinstitucionalización; su trabajo transdisciplinario; su metodología de acompañamiento y su enfoque en torno a la autorresponsabilidad
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Fil: Bisignano, Julia Alejandra. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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La enseñanza del Español como Lengua Extranjera es relativamente nueva en comparación con otros idiomas, ello deriva en que no se haya explotado teórica y metodológicamente muchas de las posibilidades de recorte por campo semántico en los métodos de enseñanza. En el presente trabajo expondremos una propuesta didáctica de enseñanza de Español para juristas extranjeros. Comenzaremos tratando las vertientes teóricos del lenguaje jurídico y sus características morfosintácticas, estilísticas y retóricas, que le otorgan significancia propia a la hora de equipararlo a otros lenguajes especializados. Seguidamente, analizaremos diferentes abordajes metodológicos para la enseñanza de este lenguaje para extranjeros que deseen aprender español como lengua extranjera orientado al recorte técnico requerido La propuesta metodológica que presentaremos, se sustentará en un abordaje de aprendizaje por tareas, circunscribiremos los objetivos y el campo semántico al ámbito jurídico de los contratos de locación de inmuebles (contrato de alquiler), analizando sus aspectos léxicos e implicancias semánticas, abordaremos las formas típicas de redacción de este tipo contractual en la jurisprudencia argentina
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El presente trabajo propone presentar y poner en debate los avances de investigación realizados en torno a la problemática de los crímenes sexuales en la provincia y ciudad de Buenos Aires en la segunda mitad del siglo XIX. El mismo se inserta entre los nuevos estudios sobre la historia social del derecho, considerando el problema de la norma y la teoría penal así como la cuestión de la práctica judicial específica y las formas cómo esta afecta a la sociedad. En este sentido se busca explorar las formas únicas que presentan estos delitos en el proceso judicial decimonónico, las discusiones e interpretaciones que se confrontaron, la jurisprudencia y doctrina que fueron sentándose con el correr del tiempo y el asesoramiento indispensable que prestaron al desarrollo de todo ello la ciencia médica junto a los primeros trabajos sobre la sexología. Se expondrán a continuación los puntos nodales de las investigaciones que vengo desarrollando desde hace algunos años, continuación de los estudios de grado sobre esta compleja problemática decimonónica, resultado de la participación en proyectos específicos de investigación y que finalmente se insertan en el marco actual de mis estudios de doctorado en Historia que tiene como tema los delitos sexuales y las construcciones jurídicas así como médico-legales en el contexto de la codificación penal argentina, desde sus primeros intentos a partir de 1863 hasta la sanción del Código Penal Nacional de 1921. Se recorrerán como centros de análisis la forma en que el funcionamiento del sistema judicial va creando y recortando, de hecho, el perfil que convierte a una víctima en 'aceptable', es decir, en una persona que merece ser considerada como tal ante los ojos de los tribunales. Para esto se tienen en cuenta las diferencias que se registran en el tratamiento de los hombres/niños y las mujeres/niñas que son presentados ante la Justicia por sus padres como atacados. En este sentido, se resalta el lugar central que ocupa la familia en el proceso judicial, en tanto, por un lado son quienes pueden hacer la denuncia poniendo en funcionamiento la maquinaria judicial y por otro lado deben demostrar que han resguardado a sus hijos hasta el momento del ataque, protegiéndolos en un doble sentido: físicamente y psíquicamente, evitando su conocimiento "del mundo", entendido aquí de la sexualidad