309 resultados para Década 1880


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Durante los años cuarenta en la Argentina se produce la entrada masiva de las mujeres al espacio público, caracterizada por el aumento de la participación femenina en la actividad económica y por la sanción de la ley 13.010 que consagraba una reivindicación histórica de las mujeres: el voto femenino. Tradicionalmente, y desde una visión estereotipada, se asignaba a los varones la participación en la esfera pública: el espacio de la producción, el trabajo remunerado y la participación política; mientras que la intervención de las mujeres quedaba reducida a la esfera del mundo privado: es decir, el trabajo no remunerado llevado a cabo en el hogar. Aun cuando la entrada masiva de las mujeres al mundo público no parece haber modificado substancialmente los papeles asignados por una sociedad tradicional y patriarcal, la participación masiva de las mujeres en el mercado de trabajo y en la acción política constituyeron un rasgo dominante del período. El presente trabajo se propone identificar y analizar las valoraciones acerca del rol de la mujer y su participación en los espacios público y privado durante la década de 1940, tal como aparecen enunciados discursivamente en dos publicaciones de gran circulación y fácil acceso, dirigidas específicamente al público femenino, las revistas El hogar y Para Ti.

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Fil: Lucero, Paula Aldana. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina.

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Fil: Bisso, Andrés. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Fil: Buret, María Florencia. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Históricamente, los juristas han tenido en cuenta la condición de fragilitas de las mujeres como una condición indispensable para adquirir derechos y contraer obligaciones. En función de ello, el derecho precodificado ha definido la condición civil de las mujeres en función de la capiti deminutio, es decir la privación de la plena capacidad civil. El derecho codificado, luego de la sanción de los Código Civil y Penal, de 1869 y 1886 respectivamente, mantuvo el uso jurídico de la capiti deminutio a través del concepto de "incapacidad relativa" de las mujeres. Se realizó así una clara distinción entre la posesión del derecho y su ejercicio: las mujeres fueron incapaces de ejercerlo. De allí la sujeción a la autoridad del marido, del padre, del hermano, de los hijos. Se las descalificó como sujetos autónomos y titulares de derechos, y fueron objeto de protección y corrección. Equiparadas a los niños, a los sordos, a los tullidos, las mujeres fueron consideradas por las distintas normativas con diferentes grados de minusvalía dentro del grupo familiar. En la sociedad decimonónica de Buenos Aires existían ámbitos reconocibles de "corrección" y punición que no incumbían al aparato estatal que reconocemos como moderno. La jurisdicción de la Iglesia, las sanciones privativas de los patrones y los amos; la capacidad para castigar de ciertas instituciones; y las decisiones sobre los bienes que recayó por siglos en los jefes de familia, representaban los mecanismo predilectos que articulaban las relaciones sociales. En este particular contexto, la Sociedad de Beneficencia fue una institución civil con carácter "público", que entre otras cuestiones, se ofrecía como medio adecuado para resolver las problemáticas del "bello sexo". A lo largo del siglo XIX, se trató de modificar un viejo orden sociopolítico, económico y cultural, para que se colocasen los fundamentos de un nuevo conjunto de relaciones sociales. El paulatino proceso de consolidación de un Estado moderno llevó detrás de sí modificaciones en instituciones tales como la familia tradicional de raigambre colonial y la Sociedad de Beneficencia. Sin embargo las normas que se refieran a las mujeres, sancionadas en el Código Civil y Penal, no introdujeron inmediatamente un quiebre en el orden institucional. Siendo así nos proponemos estudiar el carácter que tuvieron las instituciones encargadas de brindar protección y/o corrección a mujeres, en este caso el Hospital de Mujeres Dementes de la ciudad de Buenos Aires, lo cual posibilitaría una mejor comprensión de las características que definieron a las instituciones estatales modernas en torno a la problemática de las mujeres

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En 1927, el poeta Guillermo de Torre publica en la revista La Gaceta Literaria de Madrid, una convocatoria a la juventud americana titulada "Madrid, meridiano intelectual de Hispanoamérica". La propuesta generó una polémica que se extendió a todo el continente. En Argentina, los jóvenes de la vanguardia publicaron en la revista Martín Fierro una serie de artículos y cartas que en ese momento fueron interpretados como la respuesta más efusiva y dura de las que produjeron. Esto generó, a su vez, la réplica de los intelectuales españoles. La ponencia indagará algunos textos que participaron de esta discusión no sólo porque en ellos están presentes las tensiones del campo cultural, sino porque problematizan la conexión entre el proceso de autonomía, la conformación de las identidades nacionales y el afianzamiento de un mercado cultural transoceánico.