56 resultados para Art 123 Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina


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La llegada a la presidencia de Juan Perón en 1946, significó para el agro argentino la continuidad de algunas políticas desarrolladas antes de la Revolución de 1943 y profundizadas por ésta. A esas decisiones de carácter productivo y de comercialización se sumaron aquellas orientadas a la mejora de la clase trabajadora rural, sector descuidado hasta el momento. La aplicación del Estatuto del Peón Rural (1947) en un territorio de frontera productiva y ocupacional como el Chaco, en un contexto local desfavorable, despertó uno de los más agitados enfrentamientos entre las entidades Cooperativas agrícolas-en representación de sus asociados- y la Administración local encargada de su aplicación. Es objetivo de este trabajo estudiar, desde la documentación que produjeron las cooperativas y los medios gráficos locales, el conflicto que se despertó en el Chaco al momento de implementarse el Estatuto del Peón

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El estatuto del color fue analizado en la obra de Trakl insistiendo siempre en su dimensión simbólica. Tras señalar los diferentes registros de dicho estatuto (el sensorial, en el que los colores se presentan ya como atributos de objetos ya como presencias autónomas, el alusivo, referencia indirecta a los afectos, y el simbólico, en el que se presentifica un sentido simultáneamente preciso e indeterminado), intentaremos analizar el uso del color en Trakl según el cromatismo como sistema propiamente pictórico, particularmente a partir de la concepción de la escuela expresionista contemporánea al autor

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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Tradicionalmente, las gramáticas han destacado la sutileza, diversidad y complejidad de los significados comunicados a través de las construcciones condicionales y, en particular, de los enunciados condicionales contrafactuales. Más recientemente, además, han enfatizado que tales significados exceden los alcances de la semántica veritativa y la gramática "normativa", proponiendo un abordaje pragmático y cognitivo de las emisiones condicionales contrafácticas para dar cuenta de dicha complejidad. En efecto, uno de los programas de investigación que ha aportado un marco teórico y metodológico más desarrollado para el estudio de estas construcciones, en el ámbito de la lingüística cognitiva, es el que iniciaran Turner y Fauconnier a mediados de los ochenta en torno al concepto de "fusión o integración conceptual". El presente trabajo consiste en una exploración de las emisiones condicionales contrafácticas en textos de especialidad propios del derecho -ámbito discursivo considerado por numerosos autores como una variedad profesional del lenguaje- adoptando dicha perspectiva teórica. En la construcción del corpus, hemos tenido en cuenta que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina representan "la última palabra" en los procesos judiciales iniciados en el territorio nacional, y que, por lo tanto, se caracterizan por un proceso de revisión, negociación y reelaboración -hasta su versión definitiva- que deja un margen sumamente estrecho para el "discurso no planificado". Siguiendo la perspectiva cognitiva que encuentra en los enunciados contrafácticos determinados "mundos posibles" que se construyen a través del discurso, proponemos un análisis en torno a (1) los actores del proceso judicial, (2) las acciones, (3) las relaciones de implicación y (4) los "espacios mentales" que los enunciadores de los fallos proyectan en dichos mundos alternativos. En la medida que este trabajo constituye el primer avance de nuestro proyecto de tesis doctoral, nos posicionamos en un nivel de investigación exploratorio descriptivo y, en consecuencia, adoptamos una estrategia metodológica de tipo cualitativo

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En este artículo nos aproximamos al estudio de los testimonios de la Comunidad Maya Ixil en el marco del proceso judicial llevado en contra del ex dictador Efraín Ríos Montt acusado por genocidio en el 2013. abordaremos los relatos desde dos dimensiones: La primera, corresponde a las cuestiones jurídicas que buscan comprobar los hechos durante el periodo que se juzga. La segunda, trata de la dimensión emocional que da cuenta de las crisis, conflictos y elaboraciones del pasado traumático en el presente

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Fil: Socolovsky, María Yamile. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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En este artículo nos aproximamos al estudio de los testimonios de la Comunidad Maya Ixil en el marco del proceso judicial llevado en contra del ex dictador Efraín Ríos Montt acusado por genocidio en el 2013. abordaremos los relatos desde dos dimensiones: La primera, corresponde a las cuestiones jurídicas que buscan comprobar los hechos durante el periodo que se juzga. La segunda, trata de la dimensión emocional que da cuenta de las crisis, conflictos y elaboraciones del pasado traumático en el presente

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Fil: Socolovsky, María Yamile. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.