45 resultados para Reforma, Estado, mercado, leyes, competencia.


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El desarrollo de los impresos en el siglo XIX en Argentina, o sea la marcha desde su prehistoria colonial hacia una configuración moderna durante la generacion del '80, es un campo fértil para demostrar no sólo como lo político, lo cultural y lo económico se entrelazan en formas siempre interdependientes, sino como el nacimiento de nuevas necesidades siempre va de la mano de la danza entre la oferta y la demanda. Promediando el siglo, un mercado que aún estaba en dando sus primeros pasos, altamente inestable y que manejaba su distribución por el método de suscripción, ve la aparición de La Moda. Iniciativa del joven Juan Bautista Alberdi, esta publicación vernácula representa un punto dilecto para sumergirnos en el producción editorial porteño de la época. Atrapado en un mercado que no es capaz de sostenerse a sí mismo, como lo prueba su corta andadura de menos de un año, el ?gacetin semanal? de todos modos introduce innovaciones tanto en forma como en contenido que no pueden ser ignorados, y nos hablan de un mundo en pleno proceso de formacion y florecimiento. Nos provee, en definitiva, una plataforma privilegiada para pensar la vida intelectual y experiencia cultural porteñas decimononicas, siempre partidas entre dos orrillas: Lo europeo y lo americano, lo novedoso y la tradicion, el cambio y la permanencia

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En la presente ponencia analizaremos las diferentes -y a veces contradictorias- políticas de reforma de la gestión pública en la provincia de Buenos Aires durante el gobierno del Ing. Felipe Solá (2002-2007). Nos detendremos en las grandes líneas de las reformas impulsadas, a través del estudio de sus programas, proyectos y normas propiciadas por las áreas con competencia en esta materia durante el período en estudio, esto es, por Secretaría para la Modernización del Estado y luego Ministerio de Gobierno y Secretaría General de la Gobernación (Subsecretaría de la Función Pública, luego de la Gestión Pública, Secretaría Ejecutiva de Gobierno Electrónico y Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa). Se seleccionó el Plan Rector de Modernización y la reforma política impulsada por el Cr. Florencio Randazzo; el Plan Trienal de la Gestión Pública 2004-2007 propiciado por la Subsecretaría de la Gestión Pública; el Plan Estratégico de Gobierno Electrónico y las normas impulsadas por la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa. Si bien la gestión expresó un fuerte compromiso con la modernización del Estado, se advierte la coexistencia de procesos de modernización y reforma sustentados en distintas concepciones del Estado y sus funciones. De su análisis podrán advertirse, al menos, tres visiones de la gobernabilidad dentro de una misma gestión: una visión relacionada con la eficacia (realismo político), otra visión relacionada con la legitimidad (tradición del buen gobierno) y otra con el orden (estabilidad del sistema). Sin perjuicio de ello, advertiremos cómo las experiencias exitosas de modernización están asociadas a la innovación y exploración, siendo central para ese éxito la detección de las necesidades reales y concretas

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La instalación del modelo neoliberal consideró la privatización de la educación bajo la hipótesis de que al entrar nuevos actores económicos se produciría una mejora en la calidad, producto de la competencia. El resultado de esta política fue el surgimiento de dos tipos de educación: una privada que suponía mejor calidad, y una pública con resultados inferiores, lo cual contribuyó a segmentar la educación entre una ?para ricos? y otra ?para pobres?. A día de hoy no se ha comprobado que la hipótesis que dio origen al sistema haya resultado; lejos de aquello, las mediciones de la calidad de la educación tanto en establecimientos públicos como privados permanecen en niveles muy bajos, resultando únicamente en la consolidación de grupos económicos que se han beneficiado de las subvenciones que el Estado entrega, lo cual ha generado diversas movilizaciones tanto de estudiantes como de profesores en pos de defender el derecho a una educación de calidad, pública y gratuita para todos. A partir de aquí el artículo reflexiona en torno a las consecuencias de la entrada de la educación en el mercado, específicamente en la transformación de padres y profesores en "sujetos de mercado" más que en "agentes educativos"

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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Este estudio comparado de las leyes de educación superior de Argentina, Chile y España, promulgadas durante la última década del siglo pasado en el contexto dominante de la políticas liberales, apunta a determinar las analogías y diferencias existentes; así como derivar conclusiones sobre los sistemas y criterios que sirvan al perfeccionamiento y reforma de la ley de educación superior, resignificando el rol de las instituciones universitarias en la Argentina reciente. El abordaje investigativo ha estado transversalizado por el planteo acerca de cuáles han sido las consecuencias de los cambios legislativos sobre los modelos organizacionales de conocimiento, habilidades, curriculum, finanzas, rendición de cuentas y organización. Los ítems comparados fueron las regulaciones estatales y las políticas de evaluación establecidas y su incidencia en las autonomías universitarias; la emergencia de nuevos actores y modos de organización en los procesos universitarios de oferta académica y producción de saber: la diferenciación institucional y expansión de proveedores privados; la multiplicidad de las fuentes de financiamiento y las presiones en torno a la búsqueda de una mayor "utilidad social" de los contenidos impartidos y los conocimientos generados por sus investigadores; el ingreso universitario y las restricciones a la libre admisibilidad como pauta de inclusión / exclusión educativa. Las leyes de educación superior analizadas comparativamente son: la Ley de Educación Superior argentina (LES, 1995), la Ley Orgánica Constitucional de Educación chilena (LOCE, 1989) y la Ley Orgánica de Universidades española (LOU, 2001)

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A fines de la década de 1870, el gobierno provincial, con el objeto de lograr mayor control social sobre la población rural, implementó una reestructuración policial en la campaña bonaerense. La misma tenía por objetivo afianzar la propiedad privada y contribuir al mercado de trabajo, asimismo perseguía un fuerte interés en satisfacer la necesidad del estado de hombres en plena etapa de expansión de la frontera. La presión reclutadora del estado se reflejará en un aumento de detenidos por vagancia, dado que las leyes de represión de la vagancia del Código Rural permitían su penalización al servicio de las armas. El Código Rural sancionado en 1865 estipulaba dos normas procesales a cumplir en los acusados: formación de un sumario y constitución de un jury para su juzgamiento. Disposiciones que raramente se pusieron en práctica por los jueces de paz desde que esta legislación entró en vigencia. Será a fines de la década de 1870 cuando el gobierno exigirá más firmemente no solo la persecución de la vagancia sino también la aplicación de estas normas procesales en los acusados. Aún así, el análisis de la práctica judicial revelará que continuará existiendo una constante manipulación normativa sobre la base de dos valores que se intentaban afianzar, el trabajo y la propiedad. En los perjudiciales que atentaran contra estos dos valores, será en quienes se manipulará la normativa sancionada y se canalizará la presión reclutadora.

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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