334 resultados para Justicia Doméstica


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Fil: Casagrande, Agustín Elías. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.

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Tradicionalmente, las gramáticas han destacado la sutileza, diversidad y complejidad de los significados comunicados a través de las construcciones condicionales y, en particular, de los enunciados condicionales contrafactuales. Más recientemente, además, han enfatizado que tales significados exceden los alcances de la semántica veritativa y la gramática "normativa", proponiendo un abordaje pragmático y cognitivo de las emisiones condicionales contrafácticas para dar cuenta de dicha complejidad. En efecto, uno de los programas de investigación que ha aportado un marco teórico y metodológico más desarrollado para el estudio de estas construcciones, en el ámbito de la lingüística cognitiva, es el que iniciaran Turner y Fauconnier a mediados de los ochenta en torno al concepto de "fusión o integración conceptual". El presente trabajo consiste en una exploración de las emisiones condicionales contrafácticas en textos de especialidad propios del derecho -ámbito discursivo considerado por numerosos autores como una variedad profesional del lenguaje- adoptando dicha perspectiva teórica. En la construcción del corpus, hemos tenido en cuenta que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina representan "la última palabra" en los procesos judiciales iniciados en el territorio nacional, y que, por lo tanto, se caracterizan por un proceso de revisión, negociación y reelaboración -hasta su versión definitiva- que deja un margen sumamente estrecho para el "discurso no planificado". Siguiendo la perspectiva cognitiva que encuentra en los enunciados contrafácticos determinados "mundos posibles" que se construyen a través del discurso, proponemos un análisis en torno a (1) los actores del proceso judicial, (2) las acciones, (3) las relaciones de implicación y (4) los "espacios mentales" que los enunciadores de los fallos proyectan en dichos mundos alternativos. En la medida que este trabajo constituye el primer avance de nuestro proyecto de tesis doctoral, nos posicionamos en un nivel de investigación exploratorio descriptivo y, en consecuencia, adoptamos una estrategia metodológica de tipo cualitativo

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En la historia de la interpretación del carmen 64 de Catulo pueden observarse algunas constantes, que tienen que ver principalmente con discusiones acerca del género, la estructura, la unidad y diversidad del poema. En este artículo se retoman diversas propuestas de acuerdo con estos ejes, revisando ciertas consideraciones y preguntándose una vez más por su sentido. La elección de los personajes, por ejemplo, y las alteraciones deliberadas en los detalles de la historia respecto de la tradición, al tiempo que desorientan y siembran la duda, revelan la compleja dimensión axiológica del texto, que parece involucrarnos más de lo esperado

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A presente pesquisa tem como objetivo examinar as origens da Lei n. 11.340 de 2006 (Lei Maria da Penha), e evidenciar, para tanto, os dados levantados sobre a condiçao jurídica da mulher no Brasil desde a codificaçao do primeiro Código Civil do país (Lei n. 3.071 de 1916) até a atualidade. Pretende-se, também, apresentar os instrumentos utilizados no Brasil para efetivar o diploma legal, ilustrando o quadro coevo de proteçao à mulher vítima de violência doméstica e familiar, com ênfase nas iniciativas e perspectivas de açao. O procedimento metodológico constitui-se de pesquisa bibliográfica e documental, fundada na discussao teórica do vasto acervo levantado. Tem-se por resultados, em primeiro plano, a demonstraçao de que, no Brasil, somente a partir da Constituiçao Federal de 1988 e da Lei n. 11.340 de 2006, os direitos da mulher foram, de fato, reconhecidos, restando, em igual sentido, comprovada, a influência de instrumentos internacionais de proteçao à mulher como norteadores dessa nova prática. E, sob um segundo prisma, pôde-se corroborar, face às inúmeras interpretaçoes suscitadas, a dificuldade de efetiva aplicaçao de algumas das consignaçoes previstas pela Lei Maria da Penha, contudo, comprovou-se a busca por alternativas viáveis para dotar de efetividade aludida legislaçao

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Tabla de contenidos: Los blandengues de la frontera : Perfil social y vida cotidiana / Carlos Mayo, Amalia Latrubesse. Pobreza y formas de subsistencia en el Virreinato del Río de la Plata a fines del siglo XVIII / Silvia Mallo. Plebe urbana y justicia colonial : Las fuentes judiciales. Notas para su manejo metodológico / Carlos Mayo, Silvia Mallo, Osvaldo Barreneche.

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Esta tesis se inscribe dentro del campo de la sociología jurídica y del sistema penal juvenil, específicamente en el área de estudios sobre control socio penal de niños, niñas y adolescentes. En la misma intento desarrollar distintos tópicos relacionados a mi lugar como Defensor Oficial Penal Juvenil y desde el cual propongo puntos de vista empíricos y teóricos como análisis reflexológicos para la performance que fui desplegando desde julio de 2008 hasta la fecha en el Fuero Penal Juvenil de La Plata. Para ello, parto del problema del nativo y de la ruptura epistemológica con el propio campo de acción, a la vez que utilizo una estrategia de investigación cualitativa y "autorreflexiva", combinando distintas técnicas, tales como observación participante, entrevistas, análisis de documentos, estadísticas, relevamientos cuantitativos. Si bien cada capítulo puede que muestre cierta disparidad de temáticas, se trata de temas que están relacionados en algún punto o inquietud del recorrido, y que proponen una mirada critica de la visión formalista, escolástica o judicialista que caracteriza el punto de vista de los abogados, funcionarios o juristas. En definitiva, se trata de exponer la trama de relaciones, que construye a este tipo de agencia judicial, basada en una en un ritual de asignación moral y sospecha donde jóvenes infractores quedan enmarañados como agentes pasivos-expectantes de su destino; o bien por su capacidad performática, alcanzan a modificar los rituales convirtiéndose en actores activos que negocian, suspenden, neutralizan el tipo de sospecha o moralidad asignada

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El presente artículo busca discutir, a partir de una breve reconstrucción histórica de los dos ciclos de justicia transicional en la Argentina, algunos posicionamientos sobre la actualidad del debate sobre memoria política. El primer ciclo, luego después de terminada la dictadura (1976-1983), se refiere a la elaboración del informe Nunca Más (1984) y al juicio público a la junta militar (1985). El segundo ciclo tiene inicio en 1997 con los ?juicios por la verdad?, con la anulación de las leyes de indulto en 2003 y con la retomada de los juicios que se extienden hasta la actualidad con las llamadas ?megacausas?. Sin embargo, no faltaron opiniones contrarias a la retomada de la justicia penal a represores: entre ellas, Beatriz Sarlo acusa al gobierno de forjar un metarrelato histórico-político, y Claudia Hilb advierte que el exceso de justicia inhibe la verdad y la reconciliación. Buscaré defender que la justicia no sólo contribuye a la verdad, sino también a la ejemplaridad (Todorov)

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En este trabajo presentaré un recorte de mi investigación laboral, vinculado a una de las fuentes abordadas: las sentencias dictadas por los tribunales de trabajo en conflictos vinculados al servicio doméstico. En mi investigación considero a la economía informal integrada a la economía capitalista, antes que como prácticas pre-capitalistas y evidencias de una modernización insuficiente. El crecimiento de la informalidad antes que responder a una fragmentación de circuitos económicos, podría pensarse como una dualización social entre aquellos que pueden insertarse en un reducido núcleo del empleo asalariado, y una mayoría de trabajadores precarios que se ve obligado a negociar individualmente con el capital. Las diversas modalidades de trabajo informal serían, en esta línea, un exponente del proceso de "abolición" del trabajo asalariado. Desde la consolidación de una justicia laboral en Argentina, la informalidad laboral ha sido penalizada por las normativas que regulan las relaciones entre capital y trabajo. El servicio doméstico, con una regulación tardía y discriminatoria, ha sido frágilmente considerado "trabajo", entre otras razones porque se da por sentado que no contribuye al crecimiento del capital. Existen además condicionantes de género que han favorecido la invisibilización del carácter laboral del servicio doméstico, como su asociación a la "naturaleza" femenina del trabajo doméstico. La noción de "régimen de invisibilidad" que propongo en esta investigación, surge en contraste a los elementos que, según Robert Castel, 2 han permitido que el trabajo pasara de la esfera de la servidumbre a la esfera de la libertad. Según el autor, dos elementos centrales permiten la construcción del estatuto del salariado: el derecho del trabajo y la protección social. Es decir, el trabajo dejó de ser servidumbre al alejarse del "reino exclusivo del mercado", al superarse el régimen de meras transacciones interindividuales de trabajo por dinero. El espacio en que se desarrollan las tareas y la superposición de funciones con el trabajo femenino gratuito, contribuyen a esa invisibilización. La justicia laboral parece haber reforzado este "régimen de invisibilidad", y por lo tanto la informalidad laboral en el sector. Caracterizaré brevemente el discurso jurídico que permite afirmar esta hipótesis. Finalmente, propongo una reflexión acerca de los alcances y limitaciones de esta fuente para los estudios del trabajo, y una revisión de las explicaciones que desde las Ciencias Sociales se han dado a la segregación laboral del servicio doméstico