16 resultados para Lovet, Ernest-1831-1888
Resumo:
Un relevamiento cualitativo y cuantitativo de los avisos de fugas y extravíos de esclavos publicados en La Gaceta Mercantil entre 1823 y 1831 nos permitió analizar pormenorizadamente los atuendos que utilizaba dicho grupo social, sus estados, telas y colores, y cuestionar la visión recibida de los contemporáneos sobre un esclavo mal vestido y harapiento. Comprobamos que vestían mayor variedad y cantidad de prendas, lo cual pudo representar, junto con los ornamentos que complementaron sus ajuares y cierto cuidado en la apariencia personal, una forma de reafirmación de la propia individualidad y el intento de preservación de la identidad de grupo
Resumo:
La sanción del código penal en la provincia de Buenos Aires en el año 1877, fijó en el homicidio la penalidad y determinó las circunstancias del delito mediante la enumeración de los atenuantes y agravantes. El objetivo era contemplar todas las posibilidades del delito para reducir el "arbitrio judicial". Sin embargo, deteniéndonos en los cambios operados en cuanto a la ebriedad en la normativa legal y en la práctica judicial, se puede observar que la función del juez no se redujo únicamente a computar la pena según el delito. A su cargo quedó la apreciación de las pruebas y la interpretación legal. En este sentido, la ley dejó márgenes para considerar a la ebriedad como atenuante o no de la penalidad. Sin embargo, los jueces le negaron tal beneficio al imputado, lo cual marcó una ruptura con respecto al período anterior. Interpretación que estuvo determinada no por un cambio en la percepción sobre el efecto del alcohol como perturbador de la conciencia, sino por ciertos prejuicios que otorgaron una jerarquía y un valor a los motivos que pudieran cegar al trasgresor. Considerada aun como un vicio y no una patología, revelaron la condena a esta práctica social determinando que hechos ya no quedaban comprendidos como circunstancias atenuantes. En definitiva, la ebriedad posibilita apreciar el complejo proceso de codificación que consistió no únicamente en la aplicación literal de la ley sino también en la interpretación que de ella se hiciera.
Resumo:
Un relevamiento cualitativo y cuantitativo de los avisos de fugas y extravíos de esclavos publicados en La Gaceta Mercantil entre 1823 y 1831 nos permitió analizar pormenorizadamente los atuendos que utilizaba dicho grupo social, sus estados, telas y colores, y cuestionar la visión recibida de los contemporáneos sobre un esclavo mal vestido y harapiento. Comprobamos que vestían mayor variedad y cantidad de prendas, lo cual pudo representar, junto con los ornamentos que complementaron sus ajuares y cierto cuidado en la apariencia personal, una forma de reafirmación de la propia individualidad y el intento de preservación de la identidad de grupo
Resumo:
La sanción del código penal en la provincia de Buenos Aires en el año 1877, fijó en el homicidio la penalidad y determinó las circunstancias del delito mediante la enumeración de los atenuantes y agravantes. El objetivo era contemplar todas las posibilidades del delito para reducir el "arbitrio judicial". Sin embargo, deteniéndonos en los cambios operados en cuanto a la ebriedad en la normativa legal y en la práctica judicial, se puede observar que la función del juez no se redujo únicamente a computar la pena según el delito. A su cargo quedó la apreciación de las pruebas y la interpretación legal. En este sentido, la ley dejó márgenes para considerar a la ebriedad como atenuante o no de la penalidad. Sin embargo, los jueces le negaron tal beneficio al imputado, lo cual marcó una ruptura con respecto al período anterior. Interpretación que estuvo determinada no por un cambio en la percepción sobre el efecto del alcohol como perturbador de la conciencia, sino por ciertos prejuicios que otorgaron una jerarquía y un valor a los motivos que pudieran cegar al trasgresor. Considerada aun como un vicio y no una patología, revelaron la condena a esta práctica social determinando que hechos ya no quedaban comprendidos como circunstancias atenuantes. En definitiva, la ebriedad posibilita apreciar el complejo proceso de codificación que consistió no únicamente en la aplicación literal de la ley sino también en la interpretación que de ella se hiciera.
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Un relevamiento cualitativo y cuantitativo de los avisos de fugas y extravíos de esclavos publicados en La Gaceta Mercantil entre 1823 y 1831 nos permitió analizar pormenorizadamente los atuendos que utilizaba dicho grupo social, sus estados, telas y colores, y cuestionar la visión recibida de los contemporáneos sobre un esclavo mal vestido y harapiento. Comprobamos que vestían mayor variedad y cantidad de prendas, lo cual pudo representar, junto con los ornamentos que complementaron sus ajuares y cierto cuidado en la apariencia personal, una forma de reafirmación de la propia individualidad y el intento de preservación de la identidad de grupo