2 resultados para Periodismo - Legislación

em RepoCLACAI - Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro


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El presente documento contiene un análisis de la legislación sobre aborto desde tres perspectivas: la legalización (estudio de normas nacionales que han legalizado el aborto y la reglamentación existente para su aplicación), la despenalización (estudio de los códigos penales de los Estados donde el aborto es delito pero en los que hay excepciones/ causales excluyentes de responsabilidad) y atenuantes de la pena. Pese a que este estudio está centrado en los países que están incluidos en el Observatorio de igualdad de género de América Latina y el Caribe, resulta relevante entender su situación en el contexto de la situación mundial de las leyes relativas al aborto. El 97% de los países del mundo permiten el aborto para salvar la vida de la mujer y solo un 3% de países lo mantiene completamente penalizado. Éstos se ubican en su mayoría entre los países de este estudio junto con otros como Malta y con la Santa Sede. En términos de población, los países que tienen el aborto completamente penalizado, corresponden tan solo a un 1% de la población mundial. En el lado contrario se encuentran los países que permiten el aborto por la sola voluntad de la mujer, los cuales representan el 29% de los países del mundo que se corresponden con cerca del 40% de la población del mundo. En cuanto a las causales, entre un 63 a 67% permiten el aborto para preservar la salud física o mental de las mujeres. Los países de este estudio que también prohíben estas dos causales comparten esta situación con países que están mayoritariamente ubicados en África y Asia.

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Para el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos – PROMSEX el tema del secreto profesional de las y los profesionales de la salud ha sido una línea de reflexión desde hace años atrás. El interés radica en lo decisivo que resulta esta condición para asegurar la característica de confidencialidad en la atención del derecho fundamental a la salud. Este rasgo, que forma parte de la aceptabilidad de este derecho, pone el acento en el secreto profesional como garantía para las/los usuarias/os pues una inadecuada regulación del secreto profesional médico merma la confianza que fundamenta la relación entre médicas/os y otros/as profesionales de salud y las/los pacientes; en esa medida, la falta de confidencialidad se constituye en una barrera de acceso al derecho a la salud de las personas y en un factor que afecta la calidad de la atención sanitaria. Complementariamente, debe remarcarse que el secreto médico es parte también de las garantías de todas/os las/os profesionales de la salud para lograr el mejor ejercicio de su profesión.