8 resultados para OPTOMETRIA - PROGRAMAS DE SALUD VISUAL - 2013-2014

em RepoCLACAI - Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro


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Las mujeres que buscan servicios de urgencia por complicaciones de un aborto (hemorragia, infección y lesiones del tracto reproductivo) deberían ser un grupo prioritario para los programas de salud reproductiva. Frecuentemente, estas mujeres reciben atención de mala calidad que no cubre sus múltiples necesidades de salud. En ocasiones se les da de alta sin haber recibido consejería en recuperación postoperatoria, planificación familiar y otros aspectos de salud reproductiva

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El presente Manual promueve la implementación, en el marco de la Ley 18987, de la regulación de la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones específicas. Esta ley, junto con la 18426, busca asegurar el ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos de la población y garantizar el derecho a la procreación consciente y responsable. Su propósito es bregar por la sistematización de prácticas que aseguren la calidad de atención, el trato digno y el respeto a derechos en la implementación de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Se enmarca en los avances en la atención de la salud sexual y reproductiva, con perspectiva de derechos y género, en particular vinculada a la disminución de riesgos y daños del aborto inseguro y a las consecuencias del embarazo no intencional ni planificado, al descenso de la mortalidad y morbilidad de las mujeres, - ya avanzada en el país mediante la instrumentación de la Normativa “Medidas de protección materna frente al aborto provocado en condiciones de riesgo”.

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Este documento se preparó de acuerdo con las recomendaciones de la OMS incluidas en la 2ª edición de la “Guía Técnica y de Políticas para Sistemas de Salud, Aborto sin Riesgo” con algunas modificaciones basadas en las condiciones locales (2012). No debe ser interpretado como una norma que dicta una forma exclusiva de tratamiento. Podrán introducirse variaciones en la práctica basadas en las necesidades individuales de las pacientes o de acuerdo a los recursos y limitaciones institucionales. El uso de las recomendaciones clínicas debe adaptarse a cada mujer, y se debe enfatizar su condición clínica y el método de aborto específico que se utilizará. Se considerarán, de ser factible, las preferencias de cada mujer respecto de la atención.

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http://www.ins.gob.pe/insvirtual/images/artrevista/pdf/rpmesp2013.v30.n3.a20.pdf

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Este artículo se origina en una investigación llevada a cabo mediante metodologías cualitativas de las ciencias sociales. Su objetivo es compartir algunos de los avances del estudio realizado en una clínica del Gobierno del Distrito Federal para explorar los efectos de la implantación de la interrupción legal del embarazo (ILE) en el personal que proporciona este servicio sanitario. Se subraya que además de disminuir los riesgos en la salud de las mujeres, la ILE con misoprostol impulsó un cambio de actitud de muchas usuarias, lo que expresa una disminución de los efectos negativos provocados por el estigma, aunque se sigue detectando la persistencia del estigma en las opiniones del personal sanitario. El fortalecimiento personal de las mujeres que se someten a este procedimiento legal se debe a que llevan a cabo el ejercicio pleno de un derecho.