15 resultados para DERECHO A LA SALUD

em RepoCLACAI - Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro


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El documento ha sido elaborado a base del libro de González Vélez, A.C. Causal salud: interrupción del embarazo, ética y derechos humanos. La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, La Alianza Nacional por el Derecho a Decidir y la FLASOG. 2008

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MILES–Chile en este 28 de septiembre, Día por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe, hace un llamado urgente a la sociedad chilena como un imperativo humanitario velar por la salud de las mujeres. No se trata de imponer sino de que las mujeres y sus más cercanos tengan la posibilidad de optar frente a circunstancias tan difíciles como un problema grave de salud, una inviabilidad fetal y en caso de violación

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Presentación en el Taller Jurídico Regional: Intercambio para la inclusión de estándares de derechos reproductivos en el espacio académico universitario y de incidencia. Lima, Perú, 19 y 20 de febrero de 2015

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El tema que provoca esta investigación se inserta en el ámbito de los derechos reproductivos, reconocidos estos como derechos humanos y garantizados en diversos instrumentos internacionales, pero que se hace necesario darles vigencia en el nivel nacional para garantizar su garantía y cumplimiento. Los derechos reproductivos contienen dos principios fundamentales: el derecho a la autonomía reproductiva y el derecho a la atención en salud reproductiva. Este último está contenido en los instrumentos internacionales de derechos humanos que protegen la vida y la salud; y además en informes de órganos del sistema regional de protección de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El misoprostol es un medicamento ampliamente usado en ginecología y obstetricia en otros países de la región latinoamericana, pues técnicamente es menos invasivo que otras procedimientos usados, ya sea para inducción de parto de término o para el tratamiento del aborto incompleto, es más barato que otras prostglandinas, es termoestable (ideal para climas tropicales); su inclusión en listados oficiales de medicamentos contribuye a asegurar el cumplimiento del derecho a la atención en salud reproductiva y el derecho al goce del avance científico de las mujeres. El cumplimiento de este, a través de medidas no legislativas estaa en concordancia con el derecho internacional de derechos humanos al que está adscrito Costa Rica.

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http://www.ms.gba.gov.ar/ssps/Residencias/biblio_12/pdf%20Comun/ley_26529_salud_publica.pdf

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Presentado en el II Congreso Latinoamericano Jurídico sobre Derechos Reproductivos, 28-30 nov. 2011, San José, CR

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Póster presentado en la Primera Conferencia Latinoamericana Prevención y Atención del Aborto Inseguro. Lima, Perú, 29 y 30 de junio de 2009.

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Los derechos y obligaciones constitucionales frente a la prestación del servicio de aborto, reconocidos a partir de la sentencia C-355/06 y la jurisprudencia posterior de la Corte Constitucional, tienen plena vigencia. Sin embargo, la suspensión del Decreto Reglamentario 4444 del Ministerio de Protección Social por parte del Consejo de Estado, ha creado una confusión generalizada que puede poner en peligro los derechos a la vida, a la salud, a la integridad personal y a la dignidad humana de las mujeres colombianas. Por esta razón Women´s Link Worldwide decide elaborar esta publicación, que compila de manera sistemática los diferentes lineamientos constitucionales que deben seguirse para la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE)

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Informe presentado por Sr. Paul Hunt Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Adición Misión al Perú, Comisión de Derechos Humanos,E/CN.4/2005/51/Add.3, 4 de febrero de 2005.

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Desde nuestro compromiso con la promoción de una atención en salud para las mujeres de acuerdo con los más altos estándares de cuidado, y con base en la evidencia, afirmamos que el embarazo no deseado y su continuación forzada afectan la salud mental. Existe suficiente evidencia que sustenta que la continuación de un embarazo no deseado aumenta el riesgo de experimentar problemas de salud mental y, desde ese punto de vista, toda mujer en esta situación enfrenta un riesgo para su salud que no está obligada a asumir a la luz de la legislación vigente en Colombia y, por lo tanto, tiene derecho a interrumpir su embarazo.

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El Grupo Médico por el Derecho a Decidir tiene entre sus objetivos realizar pronunciamientos sobre temas críticos relativos a los derechos sexuales y reproductivos, basados en sus conocimientos científicos y en su contacto con la realidad de las mujeres. El presente documento de posición está motivado por un caso de una adolescente de 12 años que no pudo recibir atención para una interrupción voluntaria del embarazo, debido entre otras, a la posición de los profesionales que la atendieron, quienes minimizaron los riesgos del embarazo sobre su salud y cometieron una serie de arbitrariedades a lo largo del proceso de atención.

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Para el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos – PROMSEX el tema del secreto profesional de las y los profesionales de la salud ha sido una línea de reflexión desde hace años atrás. El interés radica en lo decisivo que resulta esta condición para asegurar la característica de confidencialidad en la atención del derecho fundamental a la salud. Este rasgo, que forma parte de la aceptabilidad de este derecho, pone el acento en el secreto profesional como garantía para las/los usuarias/os pues una inadecuada regulación del secreto profesional médico merma la confianza que fundamenta la relación entre médicas/os y otros/as profesionales de salud y las/los pacientes; en esa medida, la falta de confidencialidad se constituye en una barrera de acceso al derecho a la salud de las personas y en un factor que afecta la calidad de la atención sanitaria. Complementariamente, debe remarcarse que el secreto médico es parte también de las garantías de todas/os las/os profesionales de la salud para lograr el mejor ejercicio de su profesión.

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Presentación en el Seminario Acceso al aborto para mujeres sobrevivientes de violencia sexual. Guatemala, el 28 y 29 de octubre de 2014.